Notificación
NOTIFICACIÓN En causa RIT M-340-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo Valdivia, se ordenó notificar lo que sigue: El 05 de diciembre de 2022, don MARCELO IGNACIO PINO BERROCAL presentó demanda en procedimiento monitorio en contra de VILLALOBOS ASOCIADOS LTDA. (Seguridad V&G), sociedad del giro de venta de comida rápida, representada legalmente por JAIME RENE VILLALOBOS HURTADO, con domicilio en Calle Ramírez 335, Castro, y solidariamente de las obligaciones laborales y previsionales de dar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 183-B del Código del Trabajo, o en su defecto de manera subsidiaria para el caso que haya hecho uso de los Oficina de Defensa Laboral Región de Los Ríos derechos que la ley le concede, en contra del MINISTERIO DE BIENES NACIONALES, RUT: 61.402.000-8, representada por don NATALIO VODANOVIC SCHNAKE, RUT: 10.363.065-7 o por quien lo represente, ambos domiciliados en Avenida Picarte 1448, de Valdivia, nulidad de despido, despido injustificado y Cobro de Prestaciones Laborales: 1. - La suma ascendente a $500.000. - pesos a título de indemnización laboral sustitutiva de aviso previo. 2.- La suma ascendente a $500.000. - pesos a título de remuneración del mes de septiembre de 2022.
Oficina de Defensa Laboral Región de Los Ríos 3. - La suma ascendente a $300.000 a título de turnos extras, a razón de $25.000 cada turno, realizados en 6 turnos extras y 2 turnos realizados en días feriados, pagaderos con recargo del 100%. 4.- La suma periódica de $500.000. - pesos mensuales, a título de remuneración, que se devengue entre la fecha de mi despido y la de su convalidación de conformidad a lo dispuesto en el incisos 5,6 y 7 del artículo 162 del Código del Trabajo. - 5. - Las cotizaciones previsionales por todo el período trabajado. - 6. - Reajuste, interés de las sumas señaladas, o de las que S.S. estime en derecho y las costas de la causa.
Funda sus pretensiones en que la trabajadora ingresó a prestar servicios con fecha 3 de septiembre de 2022 y que fue despedida con fecha 1 de octubre de 2022, través de una carta de despido en la que su empleador no invocó causales de hecho y de derecho. Con fecha 30 de diciembre de 2022, se resolvió: Valdivia, treinta de diciembre de dos mil veintidós Por cumplido lo ordenado.
A lo principal, en atención a no existir antecedentes suficientes para emitir pronunciamiento y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 496 y 500 del Código del Trabajo, por interpuesta demanda laboral en procedimiento monitorio y, conforme a lo dispuesto en la ley 21.226 y 21.394, se cita a audiencia de conciliación, contestación y prueba, para el día 3 de marzo de 2023 a las 10,00 horas, a la que deberán comparecer con patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. La audiencia se realizará a través de video conferencia de la plataforma ZOOM.
La ID de la reunión es la siguiente: SALA 1 Tema: JLABVALDIVIA SALA 1 VIRTUAL Hora: Este es una reunión recurrente Reunirse en cualquier momento Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/9834668216 ID de reunión: 983 466 8216. La audiencia se celebrará con las partes que asistan, afectando a aquella que no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Se hace presente a las partes que en el evento de concurrir a la audiencia decretada, por intermedio de mandatario, éste deberá estar expresamente revestido de la facultad de transigir.
A la audiencia decretada las partes deberán concurrir con todos sus medios de prueba, las partes deberán digitalizar y subir al sistema informático de seguimiento de causas, la prueba documental, con dos días de antelación a la fecha de la audiencia fijada. Y, para efectos de rendición de la prueba testimonial y confesional deberán contar con los medios tecnológicos idóneos para ello. Para facilitar las comunicaciones, se insta a las partes a informar en su primera o próxima presentación forma especial y expedita de contacto, prefiriendo teléfono celular a su cargo o correo electrónico. Asimismo, deberán remitir minuta de toda la prueba ofrecida al correo electrónico institucional jlabvaldivia@pjud.cl en formato Word. Al primer otrosí, por acompañados los documentos. Al segundo otrosí, téngase presente y como se pide a la forma especial de notificación. Al tercer otrosí, no ha lugar. Notifíquese al apoderado de la parte demandante por correo electrónico.
Notifíquese a la parte demandada principal VILLALOBOS ASOCIADOS LTDA. (Seguridad V&G), por intermedio DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.590 Sábado 1 de Julio de 2023Página 2 de 2 CVE 2330126 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl de su representante legal don JAIME RENE VILLALOBOS HURTADO, o a quien ejerza habitualmente las funciones de tal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, personalmente o de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 437 del mismo cuerpo legal, en el domicilio ubicado en calle Ramírez 335, Castro, para tal efecto exhórtese al Juzgado de Letras del Trabajo de Castro.
Notifíquese a la parte demandada subsidiaria MINISTERIO DE BIENES NACIONALES, por intermedio de su representante legal don NATALIO VODANOVIC SCHNAKE, o a quien ejerza habitualmente las funciones de tal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, personalmente o de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 437 del mismo cuerpo legal, en el domicilio ubicado en Avenida Picarte 1448 de Valdivia, por el Centro de Notificaciones RIT M-340-2022 egm RUC 224-0444758-4 Proveyó don DAVID SILVA ESTRADA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. En Valdivia a treinta de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Solicitud notificación por aviso: Resolución. Valdivia, catorce de marzo de dos mil veintitrés.
Conforme lo faculta el artículo 439 del Código del Trabajo, notifíquese a la demandada VILLALOBOS ASOCIADOS LTDA. (Seguridad V&G), la demanda, su proveído y la presente resolución, por aviso que se publicará por una sola vez en el Diario Oficial mediante extracto.
Apercíbase a la demandada a fin que fije domicilio dentro del radio urbano donde funciona el tribunal, dentro de tercero día de notificado, bajo apercibimiento de notificársele todas las resoluciones que se dicten fuera de audiencia, incluidas las que se dicten en la etapa de cumplimiento de la causa considerándose dentro de ellas el requerimiento de pago, por el estado diario; sin perjuicio de las facultades de la parte demandada de establecer alguna de las formas de notificación que dispone el artículo 442 del Código del Trabajo, preferentemente el correo electrónico.
De acuerdo al mérito de los antecedentes de la causa, lo resuelto anteriormente, forma de notificación por aviso en el Diario Oficial que publica sólo los días 1° y 15 de cada mes, cítese a las partes a audiencia de conciliación, contestación y prueba, para el día 28 de abril de 2023, a las 10:00 horas, sala 3, la que se realizará a través de video conferencia de la plataforma ZOOM. La ID de la audiencia es: SALA 3; https://zoom.us/j/96261716575; ID de reunión: 962 6171 6575. A la audiencia decretada las partes deberán concurrir con todos sus medios de pruebas y acompañar una minuta con el detalle de éstos.
Respecto de la prueba documental las partes deberán digitalizarla y subirla al sistema informático de seguimiento de causas, conforme lo dispone el artículo 6 de la Ley 20.886, sobre Tramitación Electrónica, con 5 días de antelación a la audiencia fijada.
Para los efectos del artículo 13 de la Ley 14.908 al contestar la demanda en un otrosí o en una primera presentación, empleador demandado deberá informar al Tribunal si ha sido notificado de resolución judicial que le exija retener y pagar pensión de alimentos con cargo a la remuneración del trabajador demandante. Notifíquese por correo electrónico al apoderado de la parte demandante y a la empresa demandado por aviso en el Diario Oficial. RIT M-340-2022; RUC 22-4-0444758-4. Proveyó doña MARIANELA LORETO LUNA NEIRA, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. En Valdivia a catorce de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
Valdivia, doce de junio de dos mil veintitrés Como se pide, se reprograma la audiencia fijada la que se llevará a efecto el día 21 de agosto de 2023, a las 10:00 horas, sala 3, la que se realizará a través de la plataforma ZOOM. La ID de la reunión es la siguiente: https://zoom.us/j/96261716575.
ID de reunión: 962 6171 6575, Notifíquese a los apoderados comparecientes por correo electrónico y a la demandada principal, VILLALOBOS ASOCIADOS LTDA. (Seguridad V&G), por aviso publicado en el Diario Oficial. - RIT M-340-2022, RUC 22-4-0444758-4. - Proveyó doña MARIANELA LORETO LUNA NEIRA, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. - En Valdivia, a doce de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.