Corte Suprema ordena desalojo de "toma alto molle" y establece plazo de seis meses
Corte Suprema ordena desalojo de "toma alto molle" y establece plazo de seis meses En una decisión que marca un precedente en los conflictos de ocupaciones irregulares en el norte del país, la Corte Suprema revocó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Iquique, acogiendo un recurso de protección presentado por una sociedad inmobiliaria propietaria de un terreno emplazado en el sector Alto Molle de Alto Hospicio, actualmente ocupado por miles de personas.
La resolución del máximo tribunal reconoce que la ocupación irregular del terreno afecta gravemente el derecho de propiedad y la igualdad ante la ley del titular del inmueble, desestimando el criterio anterior de la Corte de Iquique, que considero que el caso no era susceptible de ser resuelto mediante un recurso de protección. "La conducta de las personas que ocupan irregularmente la heredad del recurrente resulta ser ilegal (. .. ] los hechos demuestran la afectación directa de los derechos del recurrente, al verse privado ilegitimamente y sin su consentimiento de la posesión del bien inmueble", sostiene la sentencia. autorizando expresamente el desalojo con auxilio de Carabineros en caso de oposición, pero estableciendo condiciones especiales para su ejecución.
OCUPACIÓN SE MANTIENE DESDE 2018 GARANTÍAS PARA POBLACIÓN VULNERABLE El terreno en cuestión fue ocupado desde enero de 2018, generando lo que hoy se conoce como el Macro Campamento de Alto Molle, uno de los asentamientos más extensos de la Región de Tarapaca. La recurrente argumento que esta situación no sólo vulnera su derecho de dominio, sino que también ha sido ignorada por parte de las autoridades, pese a multiples solicitudes de restitucion del bien. El recurso buscaba que se ordenara a los ocupantes abandonar el inmueble en un plazo de 10 dias, bajo apercibimiento de uso de la fuerza pública.
Sin embargo, la Corte Suprema resolvió otorgar un plazo de seis meses para el retiro voluntario de los ocupantes, El fallo también introduce elementos de resguardo para los derechos de las personas que habitan actualmente el campamento.
En ese sentido, el tribunal ordenó que se respeten los estándares mínimos de dignidad durante el desalojo, prestando especial atención a los adultos mayores, niños, mujeres jefas de hogar, personas migrantes y personas en situación de discapacidad o vulnerabilidad social. Adicionalmente, instruyó al municipio de Alto Hospicio, en coordinación con los ministerios del Interior, Vivienda y Desarrollo Social, la habilitación de un recinto transitorio que permita acoger a las personas desalojadas,.