Resolución exenta número 3.523, de 2024.- Modifica resolución Nº 3.312 exenta, de 2024, que delimita y denomina cuenca de planificación para el desarrollo del Plan Estratégico de Recursos Hídricos en las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg; constituye mesa es
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.013 Lunes 2 de Diciembre de 2024 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2572750 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas MODIFICA RESOLUCIÓN DGA Nº 3.312 (EXENTA), DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2024, QUE “DELIMITA Y DENOMINA CUENCA DE PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE RECURSOS HÍDRICOS EN LAS CUENCAS COSTERAS ENTRE SENO DE ANDREW Y PUNTA DESENGAÑO - SSC RÍO HOLLEMBERG; CONSTITUYE MESA ESTRATÉGICA DE RECURSOS HÍDRICOS E IDENTIFICA INTEGRANTES; Y DESIGNA DELEGADO DE COORDINACIÓN”, POR RAZONES QUE SEÑALA, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA (Resolución) Núm. 3.523 exenta. - Santiago, 15 de noviembre de 2024. Vistos: 1.
El decreto con fuerza de ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, que aprueba el Código de Aguas, modificado por la ley 21.435, de 6 de abril de 2022; en especial los artículos 293 bis y 299, y 300 literal g); 2. El artículo 13 de la Ley Nº 21.455, Ley Marco de Cambio Climático; 3. La Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen ley los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; 4. La ley Nº 21.074, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que establece fortalecimiento de la regionalización del país; 5. La Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del ley Estado, modificada en lo pertinente por la ley Nº 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública; 6.
El decreto supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 58, de 3 de abril de 2023, que aprueba el Reglamento que establece procedimiento para la elaboración, revisión y actualización, así como el monitoreo y reporte de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en cuencas; 7. La resolución DGA (exenta) Nº 333, de 20 de febrero de 2024, que establece el procedimiento para la formalización de la convocatoria de las mesas estratégicas de recursos hídricos; 8.
La resolución DGA (exenta) Nº 1.190, de 10 de mayo de 2024, que establece el orden de elaboración de cada Plan Estratégico de Recursos Hídricos en cuencas, conforme al artículo 6º del decreto MOP Nº 58, de 3 de abril de 2023; 9.
La resolución DGA (exenta) Nº 3.312, de 29 de octubre de 2024, que Delimita y Denomina Cuenca de Planificación para el Desarrollo del Plan Estratégico de Recursos Hídricos en las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg; Constituye Mesa Estratégica de Recursos Hídricos e Identifica Integrantes; y Designa Delegado de Coordinación; 10.
La resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2572750 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Las atribuciones que me confiere el artículo 300, letra c), y 301 del Código de Aguas, en relación con el decreto Nº 131, del 1 de agosto de 2022, del Ministerio de Obras Públicas, y la resolución DGA (exenta) Nº 2.150, de 6 de septiembre de 2022, y Considerando: 1.
Que, la ley Nº 21.435, de 6 de abril de 2022, que reforma el Código de Aguas, incorpora el artículo 293 bis, mediante el cual se establece que, cada cuenca del país deberá contar con un Plan Estratégico de Recursos Hídricos (en adelante, “PERHC”) tendiente a propiciar la seguridad hídrica en el contexto de las restricciones asociadas a cambio climático, el cual será público y deberá ser actualizado cada diez años o menos. Asimismo, establece expresamente que un Reglamento dictado por el Ministerio de Obras Públicas establecerá el procedimiento y requisitos específicos para confeccionar los PERHC. 2.
Que, la ley Nº 21.455, de 13 de junio de 2022, Ley Marco de Cambio Climático, en su artículo 13, establece que el Ministerio de Obras Públicas estará encargado de la elaboración de los PERHC, en conjunto con el Ministerio del Medio Ambiente, de Agricultura, de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, de Relaciones Exteriores cuando comprenda cuencas transfronterizas, y de los Comités Regionales de Cambio Climático ( ) respectivos. CORECC 3.
Que, con fecha 4 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 58/2023, que dicta el Reglamento mediante el cual se establece el procedimiento para la elaboración, revisión y actualización, así como el monitoreo y reporte de los PERHC. 4.
Que, según el artículo 8º del citado Reglamento, la Dirección General de Aguasconformará la Mesa Estratégica de Recursos Hídricos de la Cuenca (en adelante, “MERH”), considerando la existencia previa de instancias de coordinación público-privada formales o informales de cada cuenca. 5. Que, la MERH será presidida y conducida por la Dirección General de Aguas y sesionaráprevia invitación efectuada por este Servicio. 6.
Que, mediante la resolución DGA (exenta) Nº 1.190, de 10 de mayo de 2024, se establece un procedimiento de definición de alcance territorial progresivo para cada cuenca, lo cual podría determinar la necesidad de complementar el acto administrativo que acredite su constitución de cada MERH. 7.
Que, según lo dispuesto en el artículo 8º del DS Nº 58/2023, la Dirección General de Aguas identificó a los actores existentes en la cuenca y los convocó a integrar la MERH por cada PERHC. 8.
Que, estos actores son representantes, cuando correspondía, de: a) El Consejo Regional. b) Las Municipalidades de las comunas que se encuentren dentro del área considerada en el PERHC. c) El Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred). d) La junta de vigilancia respectiva o en su defecto se considerarán otras organizaciones de usuarios de aguas. e) Las empresas o asociaciones productivas o asociaciones gremiales con usos intensivos de aguas dentro de la cuenca y que no sean parte de una junta de vigilancia u otra organización de usuarios de la cuenca. f) Las empresas de servicios sanitarios. g) Los servicios sanitarios rurales. h) Los centros de investigación o universidades con estudios o iniciativas de investigación en la cuenca. i) Los pequeños productores agrícolas y campesinos conforme lo dispuesto en la ley Nº 18.910, y que no sean parte de asociaciones productivas o asociaciones gremiales con usos intensivos de aguas dentro de la cuenca ni de una organización de usuarios de agua de la cuenca. j) Organizaciones con personalidad jurídica sin fines de lucro, con presencia en la cuenca, que tengan por objeto la protección del medio ambiente o la promoción del derecho humano al agua o al saneamiento. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2572750 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, sin perjuicio de lo anteriormente señalado, la Dirección General de Aguas puede haber considerado invitar a participar a la MERH a otros órganos de la administración del Estado, y/o actores privados cuya intervención y participación resulte relevantepara la planificación y gestión hídrica de la cuenca de planificación que se trate. 11. Que, mediante el oficio Ord.
DGA Región de Magallanes Nº 75, de 18 de marzo de 2024, la Dirección General de Aguas convocó a la primera sesión de la MERH de las cuencas costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg. 12.
Que, se debe formalizar la constitución de la MERH para cada cuenca, en relación con los requisitos establecidos por la resolución DGA (exenta) Nº 333, de 20 de febrero de 2024, orientada a las funciones establecidas en el artículo 7º del DS MOP Nº 58, de 3 de abril de 2023, y sus eventuales rectificaciones y complemento, de acuerdo con la dinámica del proceso de cada instancia de coordinación público-privadapara cada cuenca. 13.
Que, en razón de lo anterior, se dictó la resolución DGA (exenta) Nº 3.312, de fecha 29 de octubre de 2024, que Delimita y Denomina Cuenca de Planificación para el Desarrollo del Plan Estratégico de Recursos Hídricos en las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg; Constituye Mesa Estratégica de Recursos Hídricos e Identifica Integrantes; y Designa Delegado de Coordinación. 14.
Que, la mencionada resolución DGA (exenta) Nº 3.312, identificó en su Resolutivo Nº 4, los participantes convocados para la Mesa Estratégica de Recursos Hídricos, de las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg. 15.
Que, por razones de buen servicio, es necesario identificar los convocados y su asistencia a la primera sesión de la Mesa Estratégica de Recursos Hídricos, de las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg. 16.
Que, en virtud de lo anterior, se estima pertinente dictar el presente acto administrativo, con el objeto de modificar el Resolutivo Nº 4 de la resolución DGA (exenta) Nº 3.312, de fecha 29 de octubre de 2024, e identificar los convocados y su asistencia a la primera sesión de la Mesa Estratégica de Recursos Hídricos, de las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg. Resuelvo: 1.
Modíficase, la resolución DGA (exenta) Nº 3.312, de fecha 29 de octubre de 2024, que “Delimita y Denomina Cuenca de Planificación para el Desarrollo del Plan Estratégico de Recursos Hídricos en las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg; Constituye Mesa Estratégica de Recursos Hídricos e Identifica Integrantes; y Designa Delegado de Coordinación”, en los siguientes términos: Resolución DGA exenta Nº 3.312, de fecha 29 de octubre de 2024, Resuelvo 4º: Donde dice: Identifíquese, los participantes convocados para la Mesa Estratégica de Recursos Hídricos, de las Cuencas Costeras entre Seno de Andrew y Punta Desengaño - SSC Río Hollemberg: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2572750 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Director Nacional de Obras Hidráulicas; a la Dirección de la DGA; a la Jefatura de la División de Estudios y Planificación de la DGA; a la Jefatura de la División Legal de la DGA; a la Jefatura del Departamento de Organizaciones de Usuarios de la DGA; a las Secretarías Regionales Ministeriales; a la Sra. Ministra del Medio Ambiente; al Sr. Ministro de Agricultura; a la Sra. Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; al Sr. Ministro de Relaciones Exteriores; al Director de Difrol; al Presidente del Comité Regional de Cambio Climático ( ); al Sr. /Sra.
Gobernador/a CORECC Regional de la Región de Magallanes; a los funcionarios designados en calidad de Delegado Titular y Subrogante; a las Direcciones Regionales de la Dirección General de Aguas, y a las demás unidades de la Dirección General de Aguas que corresponda. Anótese, publíquese y comuníquese. - Rodrigo Alejandro Sanhueza Bravo, Director General de Aguas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2572750 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl