Extractos: Clasificados
Extractos: Clasificados Clasificados 200 PROPIEDADES ARRIENDAN agrupadas por sector y ordenadas por precio 222 Departamentos Vida Centro 450.000. 1HABITACIÓN, COCINA, baho, comedor, 62 mts2, sin estacionamiento, acogedor, luminoso, ventanales termopanel, 32288-4665.1100 DEPORTES Y PASATIEMPOS 1101 Articulos para Deportes y Pasatiempos COMPRO LIBROS JURDICOS Supero precios. 931313273.1300 EMPLEOS 1309 Profesionales se Necesitan Colegio Viña del Mar solicita ATE para para los siguientes items 1. Las neurociencias aplicadas en el aula. 2. Estrategias de articulación pedagógica y trabajo colaborativo. 3. El abordaje de las desregulaciones emocionales y conductuales en el contexto escolar Las ofertas serán recibidas hasta el dia 18 de Julio de 2025.
Enviar antecedentes a contacto@emanantial.cl 1600 LEGALES Y PUBLICOS 1608 Documentos Nulos EXTRAVÍOCERTIFICADO DE curso, folio 374537 A2, Escuela Nacional Valparako. 1611 1º JUZGADO CIVIL Vila del Mar, Por sentencia de 18 junio 2025 Concedio Posesión Efectiva Herencia Testada de Roberto Katz Cuadra, Rut 2:914.234 -3. a sus hijos Roberto Katz Magallanes. Ran 8.138.243 -3; Raúl Katz Magallanes. Run 8.302.864 -5: Rodrigo Katz MagaIlanes, Run 8.302.871 -8: Maria Elena Katz Magallanes, Run 8.303.438 -6; Maria Elisa Katz Magallanes. Run 13.551.425-K y Luis Felipe Katz Mejias. Run 13.012.481-K, todos en calidad de herederos de la mitad legitimaria.
A Su hijo Luis Felipe Katz Mejias, Run 13.012.481-K en calidad de asignatario de la cuarta de mejoras y a Sara Margot Mejias Herrera Run 5.586.938 -3. en calidad de asignataria de la cuarta de libre disposición. Sin perjuicio otros herederos de igual o mejor derech ??. "Mejiar-Katz" Rol V-60-2025.
SecretaANTE PRIMER JUZGADO Civil de QuiBota, en autos caratulados "Cataldo/Cataldo" Rol V-108-2023, don Juan Del Carmen Cataldo Pizarro, cédula nacional de identidad Nº7955.218 -6. don Jorge Benedicto Cataldo Pizarro, cedula de identidad Nº10.012.045-3. don Carlos Humberto Cataldo Pizarro, cédula de identidad Nº8.765.135 -5 y don Carlos Andres Cataldo Arias cédula de identidad Nº 15.999.841-K_ comuneros de la herencia quedada al fallecimien to de don Jorge Benedicto Del Carmen Cataldo Pastén, cédula de identidad nacional Nº 3.862.028 -2 efectuaran la firma del inventario solemne de los bienes que componen la posesión efectiva, el dia 15 de julio del año 2025 a las 11:00 am, en la Notaria Monroy ubicada en calle O'Higgins Nº 414, en la comuna y ciudad de Quillota. Firma de Secretaria.
ANTE PRIMER JUZGADO Civil de Qui lota, en autos caratulados "Cataldo/Pizarro" Rol V-112-2023, don Juan Del Carmen Cataldo Pizarro, cédula nacio nal de identidad Nº 7955.218 -6. don Jorge Benedicto Cataldo Pizarro, oldula de identidad Nº10.012.045-3. don Carlos Humberto Cataldo Pizarro, cedula de identidad Nº8.765.135 -5 y don Carlos Andres Cataldo Arias cédula de identidad Nº 15.999.841-K_ comuneros de la herencia quedada al fallecimien to de doria Rosalba Del Carmen Pizarro Tapia, cédula de identidad nacional Nº 4.540.062 -Kefectuarán la firma del inventario solemne de los bienes que componen la posesión efectiva, el dia 15 de julio del año 2025 a las 13:00 am, en la Notaria Monroy ubicada en calle O'Higgins Nº 414, en la comuna y ciudad de Quillota. Firma de Secretaria.
CUARTO AIZGADO CIVIL DE VALPARAISO, en autos Rol C-409-2025, caratulado "Scotiabank/Movimiento de Tierra San José SpA", Ordenó notificación por avisos a Luciano Raimundo Rojas Aranda Rut: 15.948.307-K, como representante legal de deudora principal "MOVIMIENTO DE TIERRA SAN JOSE SPA" y además en su calidad de aval fiador y codeudor solidario de la misma. lo siguiente: EN LO PRINCIPAL, presento demanda ejecutiva y solicito a US. se requiera de pago a sociedad Movimiento de Tierra San José SPA, del giro de su denominación, representada por Luciano Raimundo Rojas Aranda, ignoro profesión, domiciliados en Calle Los Encinos Nº1. comuna de Casablanca.
Quinta Región, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por $ 16.856.746. por el pagare en cuotas individualizado en el N'1 de la demanda y pagarés a la vista individualizados en los N'2 y 3 de la demanda, y en contra de don Luciano Raimundo Rojas Aranda, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario del pagaré singularizado en N'1 de la demanda. por $ 12.064.411. -. cuya primera cuota impaga es la Nº8, de fecha 14 de octubre del año 2024 y las demás restantes hasta hoy, mais reajustes e intereses penales pactados, desde la mora y hasta el pago efectivo mas comisión legal del 1% anual por pagaré singula rizado en Nº1 de la demanda, por concepto de utilización del Fondo de Garantia para Pequeños Empresarios con una cobertura del 80%, PRIMER OTRO Si, se designa para embargo todos bienes inmuebles, muebles y vehículos que sean de dominio de los demandados, como los bienes muebles con los cuales, haya alhajado amoblado y provisto sus domicilios. SEGUNDO OTROS4. acompaña materialmente titulo ejecutivo pagarés operación N'710144268218, Nº600220688124 y Nº710151010554. TERCER OTROSI. acredita personeria. CUARTO OTROSI patrocinioy poder. Con fecha 23 de mayode 2025, Tribuna provee: Valparaiso 6 de marzo de 2025.
Providencia a la demanda: Afectando a esta Juez la causal de recusación contemplada en N'S del art. 196 del Código Orgánico de Tribunales respecto de la parte ejecutanDe, y de conformidad a lo dispuesto en el art. 199 de dicho cuerpo legal, en relación al art. 125-del Código de Procedimiento Civil, póngase en conocimiento de las partes para los efectos correspondientes, Por cumplido lo ordenado se provee la demanda de autos: A lo Principal, como se pide despchese mandamiento de ejecución y embargo por $ 16.856.746 mis intereses y cos125.
Al primer otrosi, como se pide y se designa depositario provisional a la parte ejecutada, bajo sa responsabilidad legal, Al segundo otrosi, téngase por acompañado bajo apercibimiento del art. 346 Nº3 del C.P.C. y contratosefalado, guardense en custodia 2622025. Al tercer otrosi, téngase presente y por acompañado documento. com citación, Al cuarto otrosi, tengase presence patrocinio y poder asumido y mail señalado. Mandamiento.
Un receptor en calidad ministro de fe, requerirá de pago a Movimiento de Tierra San José SpA", representada por Luciano Raimundo Rojas Aranda, en calidad deudora directa por $ 16.856.746 yen contra de Luciano Raimundo Rojas Aranda en calidad de aval fiador y codeudor solidario por $ 12.064.411, mas comisión legal del 1% anual, por pagare singularizado en N' I demanda por utilización Fondo de Garantia para Pequeños empresarios, más intereses y costas, para que al momento Intimación paguen a Scotiabank Chile sumas señaladas. Si no efectuaren pago, trábese embargo en viene propios de la ejecutada, equivalentes a monto antes señalado, más costas de la causa. Se ha designado depositario de los bienes que se embarguen a la ejecutada, bajo responsabilidad legal.
Tribunal resuelve a foja 22: Como se pide, se complementa lo resuelto a lo principal de folo 36 enel sentido siguiente: "Visto lo dispuesto en articulo 54 del C.P.C. y atendido mérito de oficios y constancias agregadas, notifiquese demanda ejecutiva a Luciano Rojas Aranda Rut: 15.948.307-K, como representante legal de la deudora principal "MOVIMIENTO DE TIERRA SAN JOSE SPA" yen su calidad de aval y codeudor solidario de la misma, por medio de 3 avisos publicados en diario "El Mercurio" de esta ciudad, redactados en extracto por Secretaria del Tribunal, sin perjuicio del aviso en Diario Oficial ordenado en inciso final de disposición legal citada y visto lo dispuesto en articulos 443 N' 1. del C.P.C., citesele por los mismos para efectos del requerimiento de pago, para el dia 21 de julio de 2025 a las 12:00 horas, en dependencias de este Tribumal, debiendo ejecutante gestionar que el respectivo llamado sea efectuado por un receptor judicial. Para efectos de la publicación el compareciente deber remidr el extracto respectivo a la Sra.
Secretaria del Tribunal al correo electrónico Igonzalezdojud. cl para su revisión y posterior firma digital, Sin perjuicio de lo anterior afectando a esta Juez la causal de recusación contem plada en el N'S del articulo 196 del Código Organico de Tribunales respecto de la parte ejecutante, y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 199 de dicho cuerpo legal, en relación al articulo 125 del Código de Procedimiento Chil, póngase en conocimiento de las partes para los efectos correspondienDes, Redactese el extracto indicando lo señalado precedentemente. " Secretaria (S) EN CAUSA RIT V-155-2025 carabulada Escobedo Fernandez seguida por Patria Potestad de Vincent Scetano Valien tin Escobedo Femandez, Run 22.792 277-K, resolución de 24 de Junio año 2025 ordenó notificar por avisos a sus ascendientes y consanguineos hasta tercer grado en la linea colateral que se ha interpuesto demanda, que se ha acogido a tramitación y se les cita a auciencia preparatoria para el dia 29 de Julio del 2025 a las 08:30 horas en las dependencias de este Tribunal de Familla ubicado en calle Tomás Ramos 98.
Valparaiso bajo apercibimiento del articulo 99 inciso 3' de la ley 19:968 y articulo 54 del CPC Las partes podran comparecer a la audiencia preparatoria, mediante la plataforma de Videoconferencia ZOOM ID de reunión 946 6232 0788 sin código de acceso. Publi quese en Diario El Mercurio de Valparaio por tres dias seguidos y uno en el Diario Oficial.
Valparaiso Junio veinticuatro del 2025 Ministro de Fe EXTRACTO: ANTE EL 2' Juzgado Civil de Valparaiso, en causa ROL V592025, caratolada "FIGUEROA", sobre nombramiento de curador, por resolución de 27-06-2025, se cita a audiencia de parieenes de don GERMAN ANDRES FIGUEROA FOO, cédula de identidad N'15.075.249-3, para el dia 21-07-25. las 10:30 horas. En dependencias del tribunal, calle Prat 779,5" piso, Valparaiso. Secretario Subrogante. EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISOS.
Segundo Juzgado de Policía Local de Villa del Mar, Rol Nº2426-2023. caratulado "Promotora CMR Falabella S.A. con Hernandez", se ordenó con fecha 23 de octubre de 2023, notificar por aviso extractada de la demanda. proveido y fecha de comparendo de estilo a doña JEAN CARLOS HERNANDEZ URBINA, se ignora profesión u oficie. cédula de identidad nacional N" 27.353.563-2. domicilio desconocido.
En lo principal: Héctor Solano Piconi. abogado, en representación convencional de la empresa PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., del giro de su denomi nación, ambos con domicilio procesal en calle Esmeralda N'1107. segundo piso oficina Nº23, Valparaiso interpone demanda en juicio especial previsto en el articulo 5º de la Ley 20.0 :09 en contra de JEAN CARLOS HERNÁNDEZ URBINA, con domicilio desconocido para que se dedare que las transacciones reclamadas en este libelo se efectuaron por culpa grave del usuario de la tarjeta de crédito; que se deje sin efecto la cancelación de cargos de 35 UF abonadas por mi representada las que debe restituir, mis intereses, teniendo derecho a cobrartas, que mi representada no debe cancelar los cargos en la parte que exceden a las 35 UF antes seMaladas hasta el monto de $3.890.000. correspondiente a las transacciones. y que el demandado debe pagar los costas del juicio. Primer otrosii solicita deSignación de receptor ad-hoc. Segundo otros: se ordene indagatoria. Tercer otrose solicita citar al demandado a absolver posiciones en la audiencia sobre hechos propios y sin posibilidad de delegar. Cuarto otrosi: solicita notificación electrónica. Quinto otrosi: acompaña mandato notaria donde consta la personeria, con citación. Sexto otrosi: patrocinio y poder. Con fecha 1 de marzo de 2023, el Tribunal resuelve A lo Principal: por interpuesta la demanda, traslado. Al primer otrosi: como se pide. se designa receptor ad-hoc. Al segundo otrose no ha lugar. Al tercer otrosi: no ha lugar, Al cuarto otrosi: como se pide. Al quinto ysexto otrosies: téngase presente.
Con fecha de 10 de octubre de 2024 se decreta la práctica de notificación de la demanda por medio de avisos, debiendo publicarse en el Diario Oficial los dias primero o quince del mes, ypor tres dias en el Diario El Mercurio de Valparaiso, conforme el extracto que deberá ser redactado por la Secretaria abogado del Tribunal.
Con fecha 9 de mayo del año 2025, se fija como nuevodia y hora para la celebración del comparendo de contestación. conciliación y prueba la audiencia del dia 18 de julio de 2025, a las 10:00 horas.
SECRETARIO EXTRACTO: EL JUZGADO de Familia de Limache, el O1 de julio de 2025. dic ta sentencia en causa RIT C-459-2024. sobre Cuidado Personal, decretando: LQue se acoge la demanda de cuidado personal interpuesta por Elizabeth Andrea Montenegro Briones, R.U.N. 16.917.303-6. y Jorge Antonio Montenegro Briones. R.J.N. 15.085.888-7. en contra de Edith Rosa Valdebenito Arayo, RIJ.N. 15.825.282-1 y. en consecuenFonoavisos 227534313 cia, se les confia de consuno a los actores el cuidado personal definitivo de la nila ALMENDRA ANASTACIA MONTENEGRO VALDEBENITO. R.U.N. 27.391.125-1, nacida el 2 de noviembre del año 2020, inscrita en la Circunscripción de Quilpué, con el número 1.838, del Registro de Nacimientos del año 2020, del Servicio de Registro Civil e Identificación. Il. Ejecutoriada la presente sentencia, se ordena oficiar al Servicio de Registro Civil e Identificación, para que se practique la subinscripción al margen de la inscripción de nacimiento. IIL-Que, teniendo presenbe la rebeldia de la parte demandada. y antecedentes de la causa RIT X112 2022. de este Tribunal, no se regula un régimen comunicacional entre la demandada y la niña. IV. No se condena en costas a la parte demandada. Limache 02 de julio de 2025. Luis Araya Quero, Ministro de Fe.
EXTRACTO: PRIMER JUZGADO Civil de Valparaiso, causa Rol V:34-2025, caratulado "CIFUENTES/", materix interdicción por demencia y nombramiento de curador, sentencia definitiva fecha 19 de junio de 2025, declara interdicción definitiva por discapacidad mental de DENNISSE ANDREA ESCOBAR CI FUENTES, cédula de identidad Nº14.176.415-2, quedando privada de la administración de sus bienesa designa curadora general definitiva a doña MARIA HAY DE CIFUENTES MUÑOZ, cédula de identidad N'5.107.001 -L Secretaria.
EXTRACTO: PRIMER JUZGADO Civil de Vila del Mar, causa Rol V-305-2024, caratulada "FUENTEALBA", cita a la confección de Inventario Solemne de los bienes de la Interdicta DANIELA PAZ RODRIGUEZ FUENTEALBA RUN 19.615.662-3, a todos los interesados conocidos y que según ley tengan derecho a asistir, el 18 de julio de 2025 a las 16:00 horas ante Notario Público Titular ORLANDO CERDA SILVA 7ª Notaria de vina del Mar, ubicada en calle 12 Norte nº 785, Piso I, Edificio Pamplona, Vila del Mar. Secretario Subrogante, EXTRACTO.
SEGUNDO JUZGADO de Letras de Quilcca, causa RIT V-76-2024. rectifico sentencia de fecha 9 de octubre de 2024. por la que se concedió posesión efectiva de los bienes habidos al fallecimiento de dolla MARIA ROSA OYANEDEL TAPIA, RJJUL. 3.706.141-7, ultimo domicilio Freire 1230, Quillota, y fallecida 11 mayo 2023: cuyo extracto fuera publicado en El Mercurio de Valparaisolos dias 11.12 y 13 de noviembre de 2024, en el sentido que esta concedio la posesión efectiva a don Hans Wemer Kunze Oyanedel en su condición de legatario testamentario, sin perjuicio de otros herederos con igual o mejor derecho. Quillota, 24 de junio de 2025. El Secretario. EXTRACTO SENTENCIA: 1º Juzgado de Letras e Quilpue, causa V-99-2024.
Por sentencia de 17-12-2024, rectifica da el 01-04-2025, en autos sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador caratulada "TRONCOSO" se declara a Manuel Hugo Troncoso Siez ci. 2.800.118 -5, interdicto por demencia, quedando privado de la administración de sus bienes y se designa como curador definitivo del interdicto a Maria Angelica Troncoso Reyes ci. 7.868.473 -9 a quien se eximiò de la obligación de rendir fianza e inventario solemne, debiendo jurar en el cargo y acompañar apunte privado de los bienes del interdicto. Secretaria.
EXTRACTO: TERCER JUZGADO Civil Villa del Mar, "BANCO DE CREDITO E INVERSIONES CON VARELA", Rol C-35632024, juicio ejecutivo, por resolución 11 de junio del año 2025, ordenó notificar mediante avisos al demandado don JOSE IGNACIO VARELA CANEO, la siguienbe demanda: JULIO BLANCO PRADE.
NAS, abogado, en representación judicial, de fuente convencional, en virtud del mandato que consta en un otrosi, del BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, sociedad anónima bancaria del g)ro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Calle 2 Poniente Nº355 oficina 34, comuna de viha del Mar, a SS. con respeto digo: Banco de Crédito e Inversiones, es dueño del pagaré NºDO8800080667-, que acompaño, cuyo valor inicial de $32.553.302. , se dividió para su pago en 72 cuotas mensuales, iguales y suceshas de $696.649 cada una de ellas, en las que se encuentran comprendidos los intereses de 1,2% mensual, con vencimiento los dias 05 de car da mes o dia hábil siguiente, a contar del mes de octubre del año 2023EI pagare fue suscrito el 11 de Julio del año 2023 por doha Jesica Andrea Pizamro Rivera, como apoderada Bei en representación de don JOSE IGNACIO VARELA CANEO, de quien ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle 10y medio Norte N'1034, de la comuna de Viña del Mar.
Se encuentra impaga la cuota correspondiente al 05 de marzo del año 2024 por lo cual se hacen exigibles las 67 cuotas de $696.649 debidas, por lo cual se demanda un capital insoluto a la fecha de $31.998.668.
Se estipulo que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide el pago de la obligación, se devengarian como interés moratorio, el pactado en el pagané aumentado en un 50% o el interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero no reajustables vigentes a la fecha de otorgamiento del pagaré o a las épocas de la mora o el retardo: a elección del acreedor, el que correrá desde la mora o simple retardo, hasta la fecha del pago efectivo. sin perjuicio de otros derechos del acreedor.
Asimismo, segin consta del referido pagare, en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligación, se considera vencido el plazo de todas las obligaciones de crédito de dinero que el deudor hubiere contraido con Banco de Crédito e Inversiones, pudiendo exigirse el total adeudado. En este sentido Banco de Crédito e Inversiones, haciendo uso de este derecho, demanda ejecutivomente el pago total de la deuda insoluta que asdende a $31.998.668. La firma de la apoderada Bci yrepresentante del Suscriptor, del referido pagare, se encuentra debidamente autorizada ante notario. La obligación es liquida, actualmente exigible, el titulo es ejecutivoy su acción no se encuentra prescrita. por lo que procede la ejecuciónen contra del obligado al pago.
POR TANTO: Con elmérito de lo expuesto y de lo dispuesto por la Ley 18.092 y Art. 434y sigtes. del Código de Procedimiento CIWI SOLICITO A SS. se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ha) JOSE IGNACIO VARELA CANEO, ya individualizadola), ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $31998.668 -,mis intereses penales, demandando se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de todo lo adeudado. con costas. PRIMER OTROSE SOLICITO A SS. Tener presente que sefalo como bienes para la traba de embargo, todos aquellos que guarecen en el domicilio del deudortral ytodos aquellos conocidos por el ministro de le encargado de La diligencia que estime suficientes. SEGUNDO OTROSI: SOLICITO A SS. Tener presente que designo depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio deudortal, bajo su responsabilidad legal. TERCER OTROSI: SOLICITO A 55. Se sirva tener por acompañado, con citacibe, el siguiente documento y ordenar su custodia, pagare NºD08800080667. CUARTO OTROSI: SOLICITO A SS.
Tener por acompañados los siguientes documentos con citación;. Acta Nº690 de la Reunión de Directorio del Banco de Crédito e inversiones de fecha 27 de junio del aho 2023. reducida a escritura pública con fecha 17/2/2023 ante el Notario de La Cuadragésima Notaria de Santiago. don Alberto Mozo Aguilar, que posee firma electronica avanzada, en la cual consta mi personeria. Contrato CuenJudiciales.
Extractos: Clasificados ta Corriente Y Otros Servicios Banca rios Bci, donde consta el mandato general en que el deudor faculta a lidi paradocumentar deuda ysuscribir pagares en su representación.. Acta Nº3.362 Reunión Comité Ejecutivo del Banco de Crédito e Inversiones de fecha 25 de octubre del año 2018, reducida a escritura pública el 23/11/2018 ante notario público titular de la cuadragisima Notaria de Santiago, don Alberto Mozo Aguilar, donde Bcifaculta a su apoderada Jesica Andrea Pizarro Rivera a firmar pagares en representación de los clientes, que posee firma electrónica avanzada. QUINTO OTROS ! : SOLICITO A SS. Tener presente que vengo en señalar mi mail legalblancodgmailcom como medio de nochcación electrónica, según lo establecido en el articulo 254 Nº2 del código de procedimiento civil SEXTO OTROS ! ! SOLICITO A SS. Tener presente que conforme al pagare que se acompaña a la gestión, las partes prorrogaron competencia para ante tribunales de esta comuna. SEPTIMO OFROSE: SOLICITO A SS.
Tener presente que en mi calidad de abogado, vengo en asumir patroch nio y poder en esta causa conforme a las facultades del art 7 del código de procedimiento civil, inciso I" y 2', Especialmente las de percibir, transigir y avenir, Villa del Mar, once de junio de dos mil veinticinco Abendido el merito de los antecedentes, en particular la recepción de los oficios de Policía de Investigaciones. Carabineros de Chile.
Servicio de Registro Civil, Servicio de Impuestos internos, Tesoreria General de la República, Servicio Electoral y AFP Modelo, y de conformidad con lo prevenido en el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil, ha lugar a lo solicitado y, en consecuencia, se ordena notificar la demanda ejecutiva al ejecutado por avisos, debiendo publicarse en el diario El Mercurio de Valparaiso en tres dias distintos y en el Diario Offcial los dias I' o 15 del respectivo mes.
En cuanto al requerimiento de pago, se fija al efecto el tercer dia hiba después de la última notificación, a las 10:00 horas, en la oficina de la receptora Ma ria Eugenia Biere Marquer, ubicada en Paseo Cousino, número 3, oficina 1. Viha del Mar. EXTRACTO: TRIBUNAL FAMILIA Villa Alemana, Causa RIT C-555-2024, "ASTORGA/ZAMORANO", Demanda de Alimentos Menores. En lo principal: ELENA SOLEDAD ASTORGA LAZO, interpone demanda de Alimentos en contra de Don IVAN ALFONSO ZAMORANO TAPIA. Primer otrosi: Acompañla documentos. Segundo otrosi: Alimentos provisorios. Tercer otrosE: Privilegio de pobreza. Cuarto Otrosi: Patrocinio y Poder Quintootrosi: forma especial de Notificación, Resolución 21 JUNIO 2024. A lo principal: Por interpuesta demanda de alimentos, traslado, Al primer otrosi: Por acompañados. All segundo otrosi: se regulan alimentos provisorios afavor del alimentario en 5.32158 UTM. pagaderos dentro de los cinco primeros dias de cada mes, desde el mes siguiente a aquel en que se practique la notificación. Al tercer y cuarto otrosi: Téngase presente. quinto otrosi: Como se pide. 07 JULIO 2025. Cita a las partes a audiencia preparatoria el dia 25 de SEPTIEMBRE de 2025 a las 09:30 horas, sala 2. Notifiquese a don IVAN ALFONSO ZAMORANO TAPIA, por aviso conforme lo dispuesto articulos 23 y 27 de la Ley 19968 y 54 del CPC. CLAUDIA ROJAS VILLARRO.
EL MINISTRO DE FE EXTRACTO: 2 JUZGADO de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, cara tulados Banco del Estado de Chile con Juan Eliseo Vilches Lobos, Rol C-10922006, por resolución de fecha 09 de mayo de dos mil veinticinco, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación seexpone: Confecha 26 de agosto de 206. En lo principal: Deduce demanda ejecutivary solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo.
EVELYN CARMEN VOLTA SAPIAIN, abogada, en representación según se acreditará, del Banco del Estado de Chile, empresa autonoma de créditos del Estado, a US. digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es duello del pagare N'5143842 que se acompaña en el primer otrosi de esta demanda, que fue suscrito por don(ha) VILCHES LOBOS JUAN ELISEO, CI. 8.945.902 -8, ignoro profesión u oficio, en su calidad de deudor principal, domiciliado en ITATA Nº 1860. LOS ANDES y por don (Aa) CONTRERAS HERRERA ADRIANA LUZ, CL 9.108.672 -7, ignoro profesiónu oficio. en su calidad de avalista y codeudor solidario, domiciliado en CALLE URUGUAY N' 351. LOS ANDES. El pagaré fue suscrito por la suma de $17.317912, por concepto de capital, más un interés del 0.8% MENSUAL, a contar del 12/11/2015. El deudor se obligó a pagar en 60 cuotas MENSUALES, iguales y Sucesivas. venciendo la primera de ellas el dia 11/12/2015. Las cuotas siguientes, hasta el pago de la última, vencerán el dia 11 del mes correspondiente al servicio pactado. Las cuotas serán de $365.631 -cada una, salvo la ultima que sera de $365.658. , Estas cuotas comprenderan el pago integro de los intereses devengados y la diferencia será abono a capiEal.
Esdel caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota convencimiento al dia 11/04/2016, indusive. y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decididohacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $16.398.598más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados. y a lo dispuesto en el articulo 98 y siguienbes de laley 18.092, articulos 254,434 Nº 4 y siguientes del Código de Procedi miento Civil, y demis normas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don (ha) VILCHES LODOS JULIAN ELISEO, en Su calidad de deudor principal, y de don (ha) CONTRERAS HERRERA ADRIANA LUZ en su calidad de avalista y codeudor solidario, ya individualizado, en la calidad antes señalada, admitirta a tramitación yordenarse despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $16.398.598. , más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en cosES. PRIMER OTROSE Acompaña documentos bajo apercibimiento legal ysolicita custodia. SEGUNDO OTROSE: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario, TERCER OTROSE Acredita personenia. CUARTO OTROSIE Se tenga presente. QUINTO OTROSE Patrocinio ypoder. Con fecha 29 de agosto de 2016: Apercibimiento poder y/o titulo. Presentación de fecha Of de septiombre de 2006c Cumple lo ordenada.
Com fecha Of de septiembre de 2006: Proveyendo presentación de fecha 01 de septiembre die 2006: A lo principal, tengase presentey por acreditada la personerilc al primer otrosi. tengase presente el patrocinio y poder conferidos al segundo otrosi, por acompañados los documentos. Estese lo que se resolverá a continuación.
Proveyendo derechamente demanda de fecha 26 de agosto de 2016r A lo principal, despachese mandamiento de ejecución y embargo, al primer otrosi, por acompañados los documentos, custodiese el papanes al segundo, cualto y quinto otrosi, tengase presente; al tercer otrosi, tengase presente y por acreditada la personeria, con citación.
EnLos Andes, a 07 de septiembre de dos mil veintiséis, Mandamiento de Ejecución y Embargo: Un Ministro de Fe requer ir a de pago a don JUAN ELISEO VILCHIES LOBOS, como deudor principal, con domicilio en itata Nº 1860, Los Andes y por doña ADRIANA LUZ CONTRERAS HERRERA, como avalista y codeudor solidario, con domicilio en Calle Uruguay Nº 351, Los Andes, para que en el acto del requerimiento paguen al BANCO DEL ESTADO DE CHILE o a quien Sus derechos represente, la suma de $ 16.398.598-mis intereses y costas. No verificado el pago procederá a trabar embargo en bienes de propiedad de la parte cjeostada por un monto equivalente alo adeudado, mis intereses y costas. Nombrense depositarios provisiomales de los bienes embargados a los propios ejecutados bajo su exclusiva nesponsabilidad civil y penal. Presentación de fecha 07 de mayo de 2025: Solicita notificación por avisos.
Con fecha 09 de mayo de 2025: Atendido elmérito delos antecedentes, como se pide, notifiquese y requiérase de pago al demandado JUAN ELISEO VILCHES LOBOS, cédula de identidad N"8.945.902 -8, y al aval y codeudor solidaria ADRIANA LUZ CONTRERAS HERRERA, cédula de identidad N'9.108.672 -7, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante anisos por medio de tres publicaciones enel diario selalado yuna veren el Diario Oficial, Presentación de fecha to de mayo de 2025: Comección de oficio. Com fecha 26 de mayo de 2025: Complementa resolución de fecha 09 de mayo de 2025.
Secretaria EXTRACTO: 3º JUZGADO Civil de Val paraiso, Rol V-55-2025, caratulada "ARANCIBIA", sobre Interdicción y Designación de Curadoc cita audiencia de parientes de don IAN FRANCO ARANCIBIA UGARTE, RUN 20.478.629-L para el dia 11 de agosto de 2025 a las 09:00 horas. La audiencia se realizará de ma nera presencial en dependencias del tribunal. Secretaria.
EXTRACTO 3º JUZGADO Civil de Vila del Mar, causa Rol V-148-2025, por resolución de 8 de julio del 2025, se cita a audiencia de parientes de doña María Graciela Gahona Carvajal, Run: 3.080.402 -3, en Procedimiento de Interdicción, a que comparezcan a la audiencia del 31 de julio del 2025, a las 13.00 hrs. que se llevará a efecto mediante videoconferencia, a través de Zoom; ID de reunión: 976 3548 0223. Código de acceso: 965034.
JUZGADO DE LETRAS de Casablanca, en Causa Rol V-56-2025, caratulado "Bertin/Vaisman" sobre solicitud de Posesión Efectiva testamentaria. por sentencia definitiva dictada el 18 de junio de 2025 se concede con beneficio de inventario la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Mauricio Alberto Vais man Bitran, cédula nacional de identidad Nº 4.962550-k, en favor de sus herederos: su cónyuge Cecilia Alejandra Bertin Silva y sus hijos Tatiana Denisse Vaisman Romero, José Antonio Vaisman Romero y Daniela Beatriz Vaisman Romero. El Secretario. JUZGADO DE LETRAS de La Calera roll V-140-2024 "Molina" sentencia definitiva ejecutoriada del 10 de Febrero 2025 dedara interdicción definitiva por causa de demencia de Nelson del Carmens Molina Molina, C.I. N 5.371.512 -5. quedando privado de la administración de sus bienes, nombrándose curadora definitiva de su persona y bienes, a su hija, Rosa Elvira Molina Leiva, C.A. Nº 10.898.844-4. Jefe unidad.
POR RESOLUCIÓN DEL Juzgado de Familia de Limache, en causa RIT C-3872024, sobre Impugnación y Reconocimiento de Paternidad, se ha ordenado notificar por este medio a Victor Hugo Suárez Alvarado, cédula de identidad N 9.106.903 -2. que debe comparecer al Servicio Médico Legal de Valparaiso, ubicado en calle Orella Nº954, de dicha ciudad, el dia 24 de septiembre de 2025. a las 11:30 horas, para la realización de la prueba pericial de ADN de crecada en autos.
Se hace presente que deberá concurrir el dia y hora sellalada, portando su cédula de identidad, la que debe estar en buen estado, como asimismo la presente resolución, con a lo menos 10 minutos de antelación.
Lo anterior, bajo el apercibimiento dispuesto en el articulo 199, incisos 4y5. del Código Civil, esto es, que la negativa injustificada para practicarse elexament mencionado har presumir legalmente la paternidado maternidad, o la ausencia de ella, según corresponda, encendiendose que hay ausencia injustificada si, citada la parte dos veces, no concurre a la realización del examen. Limache, 02 de julio de 2025.
Luis Araya Quero, Ministro de Fe. 1612 Remates ANTE EL 2º Juzgado Civil Valparaiso, en causa"Banco Falabella / Romo" rol C-2542-2024, se rematará 29 julio 2025,11 hrs., depto. 1803, piso 18, Edificio A, de la Primera Etapa del Condominio Barrio Bosque Inglés, ubicado en calle Navio San Martin nº 101. Valparaiso. Dominio inscrito a nombre de la demandada a fojas 2500 nº 3860. del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de valparaiso. año 2012. Minimo para posturas sera de $41.014.195 según avaluo fiscal vigente, rol 6307-141.
Interesados presentar caución equivalente al 10% del minimo fijado, según cupón de pago en Banco Estado, cuyo comprobante debe ser acompañado en forma digital y legible a mas tardar a las 12 ho ras del dia hábil anterior al remate, a través del módulo establecido al efecto en la QIV, indicando individualización del postor, rol de la causa, correo electrónico y un número telefónico. Se certificarà la suficiencia de las garantias por parte del ministro de fe del Tribunal. La subasta se realizará via plataforma Zoom, siendo carga de los postores disponer de elementos tecnológicos y conexión necesarios para participar, debiendo conectarse oporbunamente a la audiencia. Pago saldo remate será de 3 dias hábiles desde su realización, por medio de depósito en dinero efectivo en cuenta corriente del tribunal. Demis bases y antecedentes en expediente. Secretario Subrogante.
EXTRACTO: ANTE EL 2" Juzgado Civil Viña del Mar, Arlegui Nº 346,4º Piso, Viña del Mar, causa RIT V-295-2024. caratulados VARELA, el 13 de agosto 2025 a las 10:30 horas, por videoconferencia plataforma Zoom https://piud cl. zoom. us/1/98579630161? pwd-Px24ocOhkHdnauxFigulvC30W19eOy.1.
ID reunion 985 7963 0161, Código acceso 038673. se remataran derechos sobre el inmueble ubicado en Caupolican Nº 320,00. muna de Viña del Mar, Rol SIJ. 825-11, inscrito a fojas 2614 Nº 2809 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de Viña del Mar de 1991. Minimo: $72.500.000.
Todo postor debe presentar garantia por una suma no inferior al 10% de la postura minima fijada mediante depósito judicial o cupón de pago BancoEstado en la cuenta corriente del tribunal hasta las 12.00 horas del 11 agosto 2025 e ingresar comprobante legible de rendición a través de módulo de Oficina Judicial Virtual a más tardar a las 16:00 horas del 11 agosto 2025, individualizándose e indicando numero de causa, correo electrónico y beléfono, sin perjuicio de poder enviar comprobante de depósito de garantia, cedula de identidad por ambos lados y datos de contacto a jc2 vinadelmar remates@pjud.c. El adjudicata. rio deberá consignar el saldo de precio dentro de tercer dia hábil al remate. Bases y antecedentes Secretaria del Tribunal, Viña del Mar, 30 junio 2025. REMATE JUDICIAL, ORDENA 19 Ju2grado Civil Valparaiso, Rol E-387-2025. Causa "Nissan-Tanner-Financial-Services-Retail-Spa/Moragues", dia 15 Ar1io/12:00 horas, Online. Station Wagon Nissan Kicks Cvt 16 Aut, 2022, SDK1.72-5: sin precio minimo. Mis comisión e imp. Legales: bases y condiciones en Www. Rematescrovetto. CL Aldo-Crovetto, Martillero-PublicoJudicial.
RNM. 1774, Camino Viejo Las Docas PC1377, Fundo Curauma, valpa1615 Citan a Reunión Instituciones CITACIÓN: CLUB DE Tenis Unión, cita a Asamblea General Ordinaria de Socios en primera citación, para el jueves 31 de julio, a las 18.00 hrs., de conformidad al articulo 17 de los estatutos. El Directorio. INMOBILIARIA STADIO ITALIANO SA Segunda citación. Citase a junta general ordinaria para el 24 de julio de 2025. a Las 19.00 horas, a realizarse en sede sodal Amunátegui 2293, Valparaiso. Tabla: LLectura acta anterior 2. Memoria y balance general 2024.3. Eleccióndirectorio. 4. Informe de auditor externoy designación próximo periodo 5. Varios. Tendrán participación de la junta los accionistas que figuren inscritos en Registro de Accionistas el quinto dia anterior a su celebración, calificación de poderes se efectuar á mismo dia yhora de la junta. El Directorio. SE CITA A Asamblea Ordinaria de Socios del Club de EE.CC. Armada R. Prat Ch. Dia Sabado 26 de Julio 15 Hrs. en Primera Ctacióny 15:30 Hrs. en Segunda Citacon, Sala de Parroquia de Vila ubicadaen calle Alvarez 662. Temas: Balance financiero allo 2024 e Informe Anual Sr. Presidente SI USTED ESTA LEYENDO ESTE AVISO ENTONCES ESTA PUBLICIDAD ES EFECTIVA. AVISOS.