EXTRACTOS: clasificados
EXTRACTOS: clasificados 1100 DEPORTES Y PASATIEMPOS PASATIEMPOS PASATIEMPOS acto y atendido que los demandados o evacuaron el trámite de la dúplia, vengo en solicitar a SS. se sirva dar curso progresivo a los autos, citan partes a una audiencia de partes a una audiencia de partes a una audiencia de 1101 Artículos para Deportes y Pasatiempos COMPROLIBROS JURÁDICOS supero precios. 931313273.1400 CAPACITACIÓN E INSTRUCCIÓN E INSTRUCCIÓN 1411 preuniversitarios y Clases Particulares Clases Particulares CLASES DE MATEMÁTICAS, educación básica-media, universitaria, 322675242,994158148. 322675242,994158148. SI ESTA LEYENDO ESTE AVISO.
ESTE AVISO. e euronces Esta, 1 PUBLICIDAD ES EFECTIVA ES EFECTIVA ES EFECTIVA ES EFECTIVA 1600 LEGALES Y NAS NAS 1611 Judiciales 1 JUZGADO CIVIL de Viña del Mar, autos rol V-147-2023, por sentencia de 15 de abril de 2025, rectificada por resolución de 21 de abril del mismo año, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, con beneficio de inventario, quedada al fallecimiento de doña Juliet Vivian Zahr Maluk a sus herederos testamentarios.
Secita alos interesadosa larectificación del inventario solemne quedados a su fallecimiento, el ía 3 de julio de 2025 a las 10:00 horas, en las dependencias de la 8va Notaría de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, de don Marcos Díaz León. Secretaria 0). ACTUACIÓN DE FECHA 19 de junio de 2025. Curso progresivo alos autos y solicita lo que indica.
SJL. de La Calera Juan Guillermo Torres Fuentealba, abogado, por las demandantes, en los autos sobre prescripción adquisitiva, caratulados "Torres/Fernández", Rol C-375 2025, a SS. respetuosamente digo: Por el presente petuosamente digo: Por el presente petuosamente digo: Por el presente petuosamente digo: Por el presente conciliación., se solicita que esta presentación y su resolución sean notificadas por avisos a los demandados, con excepción de don Alfredo Segundo Barraza Díaz, a guien sele notificará por cédula. Por Tanto, ASS. PIDO: Acceder alo solici tado y se ordene que esta presentación y suresolución sean notificadas poravisos a los demandados, con excepción de don Alfredo Segundo Barraza Díaz, a quien se le notificará porcédula. Resolución. Nomendatufa; 1. [490] Cita Audiencia conciliación. Juzgado: Juzgado de Letras de La Calera Causa Rol: (+375-2025 Caratulado: Torres/Fernández. La Calera, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.
Proveyendola presentación de folio 58: Comose pide, noti quese la presente resolución por avi sos conformello dispuesto en el ar culo54 del Código de Procedimiento Civil, exceptuando al demandado don Alfredo Segundo Barraza Díaz, debiéndose publicar por tres veces consecutivas en el diario el Mercurio. de Valparaiso, además de la inserción de un aviso en el Diario Oficial, correspondiendo ser redactado el extracto.
Contando este tribunal con autorización de funcionamiento excepcional, de conformidad a lo puesto en el artculo 47 D del Código Orgánico de Tribunales, vengan las partes a comparendo de conciliación, a la audiencia que se llevará efecto el día 18 de agosto de 2025 a las 09:30 horas, por medio del sistema de videoconferencia, https://www.zoom.us, uniéndose en el día y hora señalado a la reunión con la 1D 9116879265.
Se hace presentelo dispuesto en el inciso tercero della norma recién citada, debiendol parte señalar hasta dos días antes dela realización de la audiencia, tna forma expedita de contacto, como número de teléfono o correo electrónico, a efectos de que eltribunal coordine con ellas los aspectos logísticos necesarios. En caso que la parte interesada no cumpliere oportunamente con su carga o no fuere posible contactarla luego de tres intentos a través delos medios ofrecidos, se entenderá que no ha comparecido ala audiencia.
Se informa a mismo que, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del ar culo referido, cualquier persona legitimada a comparecer en la causa podrá solicitar, hasta dos días antes de larealización dela audiencia, que estase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, tase desarrolle de forma presencial, o que, por circunstancias particula: res, quede en una situación de indefensión. Sin perjuicio de lo anterior, ante una eventual contingencia coimuniquese con ministro de fe del Tr con ministro de fe del Tr bunal al número 332221028. Notifiquese ala parte demandante por correo electrónico y alos demandados por avisos, exceptuando al demanpor avisos, exceptuando al demanula. En La Calera, a veinticuatro de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jefe de Unidad. ción precedente. Jefe de Unidad.
CUARTO JUZGADO CIVIL Valpar: CUARTO JUZGADO CIVIL Valpar: so, Rol V-76:2023, ordenó facción ventario solemne de la herencia quedada al fallecimiento Leonor Olimpia Cabrera Iturra, para lunes 14 julio 2025, alas 11:30 horas, Notaria Sepúlveda Ponce, calle Prat 863, Valparaíso, Secretaria (5). raíso, Secretaria (5). EXTRACTO.
CITACIÓN Y Notificación Tribunal Familia de Quillota, en causa RIT C-654-2025, RUC 25 5496176-3, sobre "CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO", caratulado "BUGUENO/PÉREZ", cita a los parientes señalados porel artículo 42 del Código Civil del niño/a, ANTONELLA ROSA LAGOS BUGUEÑO, C.
N0 24.993.531K, a audiencia fijada para el 24 de SEPTIEMBRE de 2025 las 10:45 horas, ante este tribunal ubicado en calle Ramón Freire N*190 de esta ciudad, pudiendo solicitar su comparecencia a través de videoconferencia de acuerdo a lo prescrito en el artículo 60 bis dela ley 19968. Quill veinticuatro de junio de dos mil vei ticinco. ticinco. ticinco. ticinco. EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISO Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar, en los autos Rol N' C-40952022, caratulado "INVERSIONES AGURS.A.
JJARA", proveyendo la presentación de fecha 11 de junio de 2025:se ha ordenado A Lo Principal, con fecha 12 de junio de 2025, a Folio 98, notificar por avisos la citación a audiencia de conciliación fijada a Folío 96, para el día viernes 04 de julio de 2025 a las 09:45, ala demandada de autos, doña Silvana del Carmen Reyes Galindo, Rut n*13.633.812-9, mediante avisos publicados en el Diario "El Mercurio" de Valparaíso, los que no deben ser menos de tres en extractos redactado por el Secretario del Tribunal EXTRACTO POR DECRETO MOP. (Exento) N0396, de 02 de junio de 2025, y en base a la facultad otorgada porel artículo 3*letra a), 10*letra e Oe de 1997, que fijó el texto refundido, ooráhado ysstemalizado de la Ley N*15.840 y del DFL. MOP.
N'206 de 1960, se expropió el lote de terreno N*1, para la obra: AMPLIACIÓN RUTAF-210, ACCESO A QUINTERO, que figura a nombre de BOMTEMPI PRIETO CARLOS Y OTROS, rol de avalúo 270-36, Comuna de QUINTERO, REGIÓN DEVALPA! superficie 20.721 m2.
La Comisión de Peritos integrada por LORETO ISABEL HERNANDEZ RIOS, PEDRO IGNACIO ZEGERS RIESCO y PATRICIA VERÓNICA ZAVALA CONTRERAS, mediante informe de tasación de 09 de julio de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en a cantidadde$617967.500, para el lote N'1, La indemnización se pagará al ontado. La publicación se efectúa en iento alo dispuesto enel artículo 7* del Decreto Ley N*2186, de 1978. Fiscalia MOP. EXTRACTO.
POR RESOLUCIÓN del Tribunal de Familia de Quillota, en causa RITC-79-2024, sobre ALIMEN5, caratulado "OLIVARES/NAVARRO", se ha ordenado notificar por este medio en calidad de demandado a don LUIS ESTEBAN NAVARRO do a don LUIS ESTEBAN NAVARRO do a don LUIS ESTEBAN NAVARRO do a don LUIS ESTEBAN NAVARRO do a don LUIS ESTEBAN NAVARRO do a don LUIS ESTEBAN NAVARRO do a don LUIS ESTEBAN NAVARRO SEPULVEDA, cédula de identidad 1N017636.023 -2, de la demanda presentada, con fecha 15 de Enero de 2024, resolución recaída en esta con fecha 26 de Enero de 2024 y resolución de fecha 30 de Junio de 2025 quecita a audiencia preparatoria para el día 21 de Julio de 2025, a las 08:30 horas ante el Juzgado de Familía de Quillota, bajo el apercibimiento del artículo 59 de la ley 19968. La audiencia se celebrará en forma personal en dependencias de este tribuSal ubicado en Calle amén FrcreN 190, Quillota.
Notifíquese al demandado enveiud de lo Uspuesto enel artículo 54 del Código de Procedi'mientoCivil, esto es, una publicación enel diario oficial y tres notificacioes en un diario de circulación local de capital de Provincia o de circulación Regional.
EXTRACTO: PRIMER JUZGADO Civil de Valparaíso, causa Rol v-80-2024, materia: posesión efectiva testada, sentencia definitiva folio 13, fecha 6 de Febrero de 2025, concede posesión efectiva testada, causante doña Ángela Margarita Figueroa Arancibia a sus herederas testamentarias y universales doña Herna Margarita Fl gueroa Figueroa y doña Maria Angéfica Figueroa Figueroa, sin perjuicio deotros herederos con igual o mejor derecho. Secretaria. derecho. Secretaria. derecho. Secretaria. derecho. Secretaria. derecho. Secretaria.
EXTRACTO: PRIMER JUZGADO Civil de Valparaíso, causa voluntaria NO V-36-2024, caratulada "Llanos/Sepúlveda", materia: posesión testada, sentencia fecha 04-062025, concede posesión efectiva testada, causante doña Isabel Minervina Sepúlveda Ávila, cédula de iden! dad 3.561.3943 hijos: Jorge Alejandro, Eduardo Erico Esteban, Tulio Alfonso todos de apellidos Llanos Sepúlveda y, cónyuge sobreviviente don Walter Dennis Flores Nina, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho.
Secretaria, EXTRACTO: PRIMER JUZGADO Civil Viña del Mar, Rol C-3212-2021, caratulada "ITAU CORPBANCA CON RIVEROS", por resolución de 05 de junio de 2025 ordena notificar por avisos al demandado Francisco Roberto Riveros Olivares, RutN*13.870.124-7 la resolución de fecha 03 de junio de 2025 que concede el cumplimiento incidental, con citación. Secretario incidental, con citación. Secretario incidental, con citación. Secretario incidental, con citación. Secretario EXTRACTO: PRIMER JUZGADO Civil Viña del Mar.
Rol V-15-2025, caratulado "CARRASCO/, cita a confección de inventario solemne de bienes de don Fernando Esteban Forster Bota, C1N'3,54218-K, parael 4 dejulio de 2025 alas 10 horas, ante Secretario del Primer Juzgado Civil de Viña del Mar, calle Arlegui 346 piso 3. Viña del Mar.
Secretario (S) EXTRACTO: SEGUNDO JUZGADO Civil de Valparaíso, causa Rol voluntaría V-124-2024, caratulada "GONZALEZ/LAGOS", sobre posesión efectiva, por sentencia firme y ejecutoriada de fecha 6 de enero de 2025, se dictó sentencia que concede la posesión efectiva testada quedada al fallecimiento de doña DOMINGA DEL CARMEN LAGOS PARRA, bajo el imperio desu testamento abierto otorgado el 31 de agosto del 2023ante el Notario Público don Carlos Wendt Notario Público don Carlos Wendt Notario Público don Carlos Wendt Gaggero, instituyendo como único heredero a su sobrino don David Moisés GonzálezLagos cedula nacio: nal de identidad N*9.439.636 -0, si Peru. de olvs herederos de Igual o mejor derechos. Secretario.
EXTRACTO: TERCER JUZGADO Civil de Viña del Mar, causa V-60-2021, caratulada URIBE, sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador de ALEJANDRO ANTONIO: URIBE LOPEZ, RUT 15.382.957-8, se cita aaudiencia de sus parientes, por cambio de curador, para el día 10 de :00 horas, meña plataforma Zoom, enlace: zoom audien: cias je3vinadelmardppjud. cl. tema: Audiencias voluntarias Tercer Juzgalo Civil, 1D de reunión: 976 3548 0223, código de acceso: 965034.
Secretaria cretaria cretaria cretaria EXTRACTO TERCER JUZGADO Civil de Viña del Mar causa rol V229-2024 por resolución de fecha 8 de abril de 2025 se concede la Posesión Efectiva Testada de los bienes quedados alfallecimiento de don Aquiles CarlosOgnio Airola fallecido 12 de noviembre de 2022, último domicilio fue calle Amunátegui 1562 Recreo Viña del Mar, bajo el imperio de su testamen. to solemne abierto otorgado el 29 de noviembre de 2011 ante el notario de Valparaíso Manuel Jordán López a sus hijos alejandra Ognio Forno, Mi: rella María Ógnio Forno, Carla Valeria Ognio Forno y Francesco Salvatonio Forno, y a su cónyuge Gina Catalina Forno Aguila y sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. El Secretario(a) derecho. El Secretario(a) derecho. El Secretario(a) derecho. El Secretario(a) derecho. El Secretario(a) derecho.
El Secretario(a) EXTRACTO 19 JUZGADO Civil de Civil de ña del Mar, Causa Rol C-4867-2024, caratulada "BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ISTRIBUIDORA Y COMERCIA: LIZADORA GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS EIRU", Cobro de pagaré, RA VEGAS EIRU", Cobro de pagaré, en extracto: EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecucióny embargo. PRIMER OTRO: SÍ: Acompaña documentos bajo ll a día. SEGUNDO OTROSI: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSi: patrocinio y poder. S. ).L. Civil.
FELIPE ANDRES CATALDO MOYA, abo: gado, domiciliado en San Diego 81, piso8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 dejulio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaamos en unotrosíde esta presentación, domiciliado en Avda.
Libertador Bernardo O'Higgins NO 1111, pi 50 80, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl An. tonio GonzálezNarbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N* 6362085: ismo domicilio, aus, decimos: Mi decimos: Mi decimos: Mi decimos: Mi decimos: Mi decimos: Mi ta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal DISTRIBULDORA Y COMERCIALIZADORA GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS EIRL. ignoro giro, representada legalmente por don(ña) GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS, ignoramos profesión oficio, domiciliados en AVENIDA VALPARAÍSO 1321, VIÑA DEL MAR y en calidad de avalista y codeudora)solidario(a), por don(ña) GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS, ignoro profesión woficio, con domicilio en AVENIDA VALPARAISO 1321, VIÑA DEL MAR.
El pagaré fue suscrito por la sumade $14.835.551.. por concepto de capital, más un interés del 0,8500% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 48 cuotas mensuales y sucesivas cuyo monto y vencimientose consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da expresamente por reproducido.
Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera delas cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido enelcaso de no pago de cualq. ra de lascuotas en que se dividió la obligación.
El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0,0000% anual sobre el capital garantizado ue el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una sa de garantía de 850% del saldo capital.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 de julio de 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado deChile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $14.835.551. -, más los intereses pactados devengados y los quese devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión egal del 0,0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantia para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa.
Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y. la(s) firma(s) de este(os) se encuen tra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible yla acción ejecutiva no se encuentra prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, ya lo dispuesto enel artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos254,434 N% y siguientes del Cólos254,434 N% y siguientes del Cólos254,434 N% y siguientes del Cólos254,434 N% y siguientes del Cólos254,434 N% y siguientes del Cólos254,434 N% y siguientes del Cólos254,434 N% y siguientes del Códemás normas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecuner por interpuesta demanda ejecutiva en contra de DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS EIRL.. representada legalmente por GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS y de GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS, ya indiviENRIQUE RIVERA VEGAS, ya indivirepresentado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosi de es: acompaña en el primer otrosi de es: ), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento ordenar se despache mandamiento.
EXTRACTOS: clasificados deejecución y embargo en su contra por la suma de $14.835.551. ;, más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del capital garantizadopor el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pagoal deudor, y disponerse siga adelante esta ejecución hasta que a mirepresentada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener por acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 N*3 del Código de Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia.
SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a 5. tener presente quesealo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales eincorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal.
TERCER OTROSÍ: Sirvase SS. tener presente que nuestra personería para actuar en representación del Banco del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf aestos autos. con citación.
CUARTO 'OTROSÍ: Que por este acto vengo en Sefslara Ss. como medi de RON: ación los siguientes correos electró. nicos; notificacionesdmpabogada. cl nicos; notificacionesdmpabogada. cl nicos; notificacionesdmpabogada. cl nicos; notificacionesdmpabogada. cl y abogadospempresasdbeco. bancoestado. cl QUINTO OTROSÍ: Solicito aS. S, tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejerciciodela profesión, asumoel patrocinio dela demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso.
Asimismo, en virtud de las facultades que me ha conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, ambos domicilíados para estos efectos, en ANGAMOS N*1686, BARRANCAS, SAN ANTONIO, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mí en señal de aceptación. / RESOLUCIÓN 04/11/2024: A folio 4: Por cumplido conlo ordenado. A folio 1: lo prin«cipal, despáchese. Al primer otro: téngase por acompañado el pagaré bajo el apercibimiento del artículo 346 N93 del Código de Procedimiento Civil, guárdense en custodia el título, bajo el N'3705-2024. Al segundootrosí, éngase presente. Al tercer trosí, téngase presente y poracompañado documento, con citación. Al Cuarto otrosí léngase presente, y conforme alo enelartícuenelartícuenelartícuenelartícuenelartícuenelartícudeban serle notificadas personalmeteo por cédula, Al quinto otrosí, téngase presente. -/ MANDAMIENTO. Viña del Mar, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro.
Un Ministro de Ferequerirá a DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS EIRL, representada por don Gustavo Enrique Rivera Vegas, en calidad de deudora principal y a don GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS, en calidad de avalista y codeudorsolidario, para que paguen a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, 0 uiensus derechos represente, las ima de $14.835.551. -, más la comisión legal del 0% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas. No verificado el pago en elacto del requerimiento, se trabará embargo en bienes suficientes de dominio dela parte demandada, hasta por la suma antes indicada, procediendo en todo en conformidad a la ley.
Así está ordenado por resolución de ésta fecha, designándose depo: tario provisional de los bienes que se embarguen, ala propia ejecutada del domicilio señalado en la demanda, bajo las responsabilidades civiles y penales que correspondan. /RESOLUCIÓN 11/03/2025 A folio 42: A lo principal y primer otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes, notifíquese la demanda de autos y cítesele para el quinto día hábil contado desde la última publicación, a las horas en las dependencias del tribunal ubicado en calle Arlegui 346, tercer piso, Viña del Mar, a fin de practicar el requerimiento de pago a DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS EIRL, RUT 76.857.085, representada por don Gustavo Enrique Rivera Vegas, en calidad de deudora principal y a don GUSTAVO ENRIQUE RIVERA VEGAS, RUT 26.024.540-6, encalidaddeavalista y codeudor solidario, por avisos publicados en el Díario El Mercurio de Valparaíso, los ue no deberán bajar de tres, en extracto redactado por la Secretaria del tribunal o quien le subrogue, debiendo insertarse el aviso en los números del Diario Oficial correspondiente a los días primero oquince de cualquier mes, o al día siguiente sino se ha publicado en las fechas indicadas.
Se hace presente que el día y a la hora en que deba realizarse el requerimiento, el inter jecutanjecutanjecutanjecutanjecutanMEN FIGUEROA CÁRCAMO, a Cristina Isabel Fierro Figueroa en su calidad de hija; legitimaria y heredera testamentaria, a Patricia Cecilia Fierro Figueroa en su calidad de hija, legitiMaria, heredera testamentaria y asignataria de la cuarta de mejoras; Ricardo Osvaldo Fierro Figueroa en sucalidad de hijo, legitimario y heredero testamentario; Luis Elizardo Fierro Figueroa en su calidad de hijo, legitimario y heredero testamentario; María Cecilia Fierro Fierro en su calidad de asignataria de la cuarta de libre disposición. Sin perjuicio de los demás derechos y otros herederos de igual o mejor derecho. Secretario. tario. tario.
EXTRACTO. 2* JUZGADO de Letras de Quilpué, causa Rol V-61-2025, interdicción y nombramiento de curador, citase a parientes de don Julio Enrique Cabello Araya, Run 3.621.251, a audiencia 17 dejulio de 2025, a las15:00 horas, se llevará a efecto vía ZOOM: 1D de la reunió: 960 8668 3073, Código de acceso: 709952. LA SECRETARÍA 709952.
LA SECRETARÍA EXTRACTO: 20 JUZGADO LETRAS QUILPUE, caga YA312024, orsende mayo de 2025, conc: posesión efectiva, causante doña IRMA HORTENSIA LAZO ALVARADO, chilena, viuda, labores, RUN 1734.418 -8, a sus hijas doña IRMA ANGELICA MACKENNA LAZO, jubilada, RUN 4.384.192 -0, domiciliada en 105. Van Wagenen St.
Henderson NV 89105, Estados Unidos de Norteamérica; a doña ELIZABETH MACKENNALAZO. profesora, RUN 7.178.8822, domiciliada en calle Díaz NO 649, Villa Alemana, y a su hijo don NEL SON MACKENNA LAZO, intérprete, RUN 4.062.358 -2, domiciliado en 1205 Shadow Mountain Place Las Vegas NV 89108, Estados Unidos de Norteamérica, como herederas y heredero universales de todos los bienes de la causante, y sin perjuicio de otros herederos deigual o mejor derecho.
LA SECRETARIA (5). EXTRACTO 40 JUZGADO Civil Valparaíso, concedió posesión efectiva testada de Juan de los Angeles Contreras Contreras, a su heredera universal doña Patricia Angélica Pérez Montecinos, como heredera universal, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. Causa rol v-128-2024. Secretaria. v-128-2024. Secretaria. v-128-2024. Secretaria. v-128-2024. Secretaria. v-128-2024. Secretaria. v-128-2024. Secretaria. v-128-2024. Secretaria. 1e) debe concurrir de manera presencial al tribunal y solicitar que se practique el requerimiento. En caso de presentar dudas el requerido de pago, puede realizar sus consultas al correo electrónico ¡ el vinadelmardpjud. cl, o bien, al número de teléfono del Tribunal: 32 2682594. Alsegundo otrost Etese alo resuelto previamente.
Secretario (S) (S) (S) 108 de la Ley 20.886 sobre tramitación electrónica, notifíquese al correo electrónico indicado todas las resoluciones que de acuerdo a la ley EXTRACTO. 2* JUZGADO Civil de Viña del Mar, causa rol V-262-2024, concedió posesión efectiva, herencia testada de MARÍA ROSA DEL CARtestada de MARÍA ROSA DEL CARtestada de MARÍA ROSA DEL CARJUZGADO DE FAMILIA VIÑA DEL MAR CERTIFICO: Que ante este Tribunal de Familia de Viña del Mar, en causa RIT (-2354-2024, sobre Alimentos Cesación, caratulada "ARGOMEDO / ARGOMEDO", se ha ordenado notificar por avisos la demanda interpuesta por don JOSE SEGUNDO ARGOMEDO SILVA, cédula de iden dad 4.827.091 6, su proveído de fecha 6 de noviembre de 2024 y resolución de fecha 17 de junio de 2025, que cita al demandado don ALVARO que cita al demandado don ALVARO que cita al demandado don ALVARO ESTEBAN ARGOMEDO RUBIO, cédula nacional de identidad 20.944.990-0, aaudiencia preparatoria de juicio fijada para día 18 de agosto de 2025 A LAS 13:30 HORAS, horas, de forma presencial ante el mismo tribunal ubicado. en calle Traslaviña 145 de: ñadelMar.
Lo anterior bajo apercibimiento de llevar a cabo la audiencia contas partes que asistan afectándolea la queno concurran todas lasresoluciones que en ella se dicten sín ulterior notificación en virtud de lo dispuesto en el inciso final delartícu10 59 dela Ley 199968, Viña del mar, a veinticinco de junio de dos mil 2025. Dora Smirnoff Schapira ministro de Fe. RITC-2354-2024 Fe. RITC-2354-2024 PRIMER JUZGADO CIVIL de Viña del Mar.
ROL V 33-2025, caratulada "AREVALO". Por resolución de fecha 02 de Junio de 2025, se declaróla interdicción definitiva de don Yonathan David Zamora Silva, Cédula Nacional de identidad N*17480.4745, domiciliado en Calle Gabriela Mistral, casa N*265, Población Villa Independencia, Paradero 10, Achupallas, Viña del Mar quedando privado de administrar sus bienes, nombrándose como su curadora definitiva a doña Paula de Las Mercedes Arévalo Silva, Cédula Nacional de identidad N. 911.546.0013. Secretario (5). N. 911.546.0013. Secretario (5). PRIMER JUZGADO CIVIL de Viña del Mar.
Rol V310-2024 caratulada "RAMOS". Por resolución de fecha 11 de abril de 2025, se declaró la interdicción definitiva de don Ángel Patricio Garcia Ramos, Cédula Nacional de identidad No22.067.455-K domiciliado en, Pasaje Lago Pellaifa, N'1235, Lomas del Bosque, Reñaca Alto, co'muna de Viña del Mar, quedando privado de administrar sus bienes, 'nombrándose como su curadora definitiva a doña Patricia Sil ra, Cédula Nacional de identidad N. 08.181.708. Secretario (5). N. 08.181.708. Secretario (5). N. 08.181.708. Secretario (5). SEGUNDO JUZGADO CIVIL de Viña del Mar.
Causa Rol V-77-2025 caratulada "LUCO", Resolución de fecha 02 de Mayo de 2025, se declaróllainterdicción por discapacidad definitiva de don, Eric Luco Martinez, Cédula Nacional d identidad N. 03.387.161-9, domiciliado en Casa de Reposo Juaa Rosa, ubicada en Calle Isla Navaino N. 0 710 Canal Beagle, Viña del Mar quedando privado de administrar sus bienes nombrándose como su curadora definitiva doña Sandra Luco Amunategui, Cédula Nacional deidentidadN. 0 12.015.205.
Secretario. 1612 remates EXTRACTO AVISO: EN juicio p: cional "Córdova con Carreño" segui doante Juezpartidor don John Parada Montero, e fija remate para miércoles martes 15 de julio de 2025, a16 horas, del inmueble ubicado en Pasaje José Zapiola número 27, Población Nueva RPC, Concón, rol de avalú0 3291-63, Título de dominio afojas 23 vuelta número 23 del Registro de Propiedad año 2024, Conservador de Bienes Raíces de Concón. Mínimo su basta $ 73.100.000. Copia de vale vista acompañarse alcorreoelectrónico johnparadad gmail. com. Caución para participar 10% del valor mínimofijado. La subasta serealizara por video conferencia. Más antecedentes en bases de remate. Viña del Mar, junio de 2025.
JUEZ PARTIDOR, MATÍAS Allan Ro bertson Cortés, rematará 18 de julio alas 12:00, inmueble calle Luis El lío Recabarren N*60, Villa Linda Sur, Agua Santa, Viña del Mar, inscrito fojas 7908, N'9193 del Registro de Pro: piedad CBR Viña del Mar año 2022, Mínimo subasta 764 UF a fecha subasta. Remate se realizará en oficios Actuario Tribunal, Villanelo 66, Viña del Mar (Notaría Farren). Postor deberárendir caución 10% del mínimo en vale vista a la orden del Tribunal.
Bases y demás antecedentes correo Juez partidor: matiasallanro: bertsonagmail. com REMATE CONCURSAL LIQUIDACIÓN/DIEZ, 03/Julio 12:00 ho: ras/Online, ordenado por Liquidador/Tomás Andrews, Juzgado Letras, Garantía Putaendo, C-433-2024, Automóvil Chevorlet Corsa Extra PWR, 2006,2K1903, mínimo $500.00 ; Más comisión e impuestos Legales; Bases/condiciones en www.rematescrovetto.c, Aldo Crovetto, Martillero. Publico Concursal RNM1774 Camino. antiguolas Docas PC1377 Valparaíso.
REMATE CONCURSAL LIQUIDACIÓN/FRIVOLA, 03/Julio 12:00 horas/Online, ordenado por Liquidador-SYLVIA RECABARREN, 2ojuzgado CIVIL VIÑA DEL MAR, C-1177-2025, Automovil Chevrolet Corsa Extra-L. 6,2002, VD-5869, mínimo $500.000 ; especie, sin precio minimo; Más co misión e impuestos Legales; Bases/condiciones en www. rematescrovettoc, Aldo Crovetto, Martillero Publico Concursal RNM1774 Camino antiguolas Docas PC1377, Valparaí: antiguolas Docas PC1377, Valparaí: antiguolas Docas PC1377, Valparaí: antiguolas Docas PC1377, Valparaí: antiguolas Docas PC1377, Valparaí: antiguolas Docas PC1377, Valparaí: 1615 citanaReunión Instituciones CIRCULOEX ALUMNOS Escuela Grumetes cita asamblea general ex traordinaria de socios viernes 04 de julio 2025, primera citación 09:45 horas, segunda citación 10:00 horas. Tema: modificación estatuto.
La rectiva. rectiva. rectiva. rectiva. rectiva. rectiva. rectiva. rectiva. 1617 saneamiento de Títulos 24 Publicación 24 Publicación NOTIFICACIÓN: LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES DE LA REGIÓN DE VALeurálso, Melgarejo 669, Pio 8, val o, Fono:, Por Reso(icon Exento cn de fecha 20 de enero de 2025, acogió a tramite la solicitud para inscripción de propiedad, recaída en expediente 186362 del CLUB DEPORTIVO MIRAFLORES DE SAN RAFAEL.
Inmueble ubicado enCallejón El Bosque s/n, sector San Rafael, comuna de San Felipe, Provincia de San Felipe de Aconcagua, Rejón e Valparaíso, Supertice1.46 hectáreas, que deslinde: NORTE Arco Sómios Uli en ramo A-8, separado por cero; ESTE: Callejon El Bosque (Ruta F-851, en tramo B-C; SUR: Pedro Arsenio Benítez, en tramo CD, deparado por pandereta, Pedro Arsenio Benitez, en tramo E-F, Antonio Facuse Muñoz, en tramo FG, Ana Farias Menares, en tramoG-H, Elisa Martinez Martinez en tramo H1 y Mario Sandoval, en tramo, todos, separado por Cerco; OESTE: Pero Arsenio Benitez, en tramo D-E y Sucesion Brizuela Ibarra, entramo 4 bos separado por cerco. Plano Individual STO! 1324 SR, Rede avalúos matriz N0329-75 y 329-3 de la comuna de San Felipe. Inscripción Fojas 270 vta, N0390, Registro de Propiedad Conservador de Bienes Raíces de San Felipe. De conformidad con el D.
L 2695 de 1979, los tereros interesados tienen 60 días hábiles después de la segunda publicación en El Mercurio de Valparaiso para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenar inscripción a favor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. vor de lasolicitante. HALEIDO ESTE AVISO? AVISO? AVISO? AVISO?.