EXTRACTOS:
EXTRACTOS: Extracto EIA “Parque Fotovoltaico Cristaria Solar” Cristaria Solar SpA Rep. Legal: Julio Albarrán Ríos Apertura de Participación Ciudadana por modificaciones sustantivas Cristaria Solar SpA., a través de su representante legal señor Sr.
Julio Albarrán Ríos, informa a la comunidad que, con fecha 13 de febrero de 2025, ha ingresado a tramitación ambiental la Adenda al Estudio de Impacto Ambiental (en adelante, “EIA”) del proyecto “Parque Solar Cristaria Solar”, (en adelante, el “Proyecto”), la cual contiene las respuestas a las observaciones formuladas en el Informe Consolidado de Solicitudes de Aclaraciones, Rectificaciones yio Ampliaciones (en adelante, “ICSARA”), Se hace presente que, incorporadas dichas aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones en la Adenda, se ha constatado que éstas modifican sustantivamente el Proyecto, por cuanto es posible advertir la generación de nuevos impactos significativos y la alteración significativa en la ubicación de las partes, obras y/o acciones del Proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92 del Decreto Supremo N” 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”). En consecuencia, mediante Resolución Exenta N” 20250300142, de fecha 25 de marzo de 2025, la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación Ambiental, resolvió iniciar una nueva etapa de participación ciudadana en el marco del proceso de evaluación ambiental del EIA del Proyecto, previamente individualizado. El Proyecto consiste en la construcción y operación de un parque fotovoltaico que tendrá por objetivo la generación de energía eléctrica a partir de la radiación solar. La potencia máxima instalada que tendrá el Proyecto será de 200 MWn. Para lograr lo anterior, se estima la instalación de 320.850 paneles fotovoltaicos de 625 W cada uno, sobre seguidores horizontales de un eje, alcanzado una superficie de 300 ha aproximadamente. Con relación a la energía eléctrica que generará el parque fotovoltaico, esta será evacuada por medio de una línea de transmisión eléctrica de alta tensión (LAT) aérea de lx 500 kV. Esta línea eléctrica tendrá una longitud de 21,4 km aproximadamente y estará soportada por 65 estructuras (torres) autosoportantes metálicas de tipo reticulada.
La línea de transmisión eléctrica de alta tensión que contempla el Proyecto permitirá inyectar la energía eléctrica generada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante la subestación eléctrica existente (S/E) Nueva Maitencillo, ubicada en la comuna de Freirina.
El Proyecto se emplaza en la comuna de Freirina, provincia del Huasco, Región de Atacama. específicamente a 15km aproximadamente al Norte del centro de la Comuna de Freirina, sin embargo, también considera el transporte de mano de obra e insumos desde la comuna de Vallenar.
En particular, las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones incorporadas por el Titular en la Adenda del EIA que modifican sustantivamente el Proyecto dicen relación con la presentación de una modificación del trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica de Alta Tensión (LAT) del Proyecto. En concreto, la modificación en el trazado LAT entre las Torres originalmente T13 hasta T20 trasladándose hacia el Sur de la localidad de Maitencillo y la Quebrada de Tátara.
En este contexto, y conforme al nuevo “Layout” propuesto para la Línea de Alta Tensión (LAT), que se ubica al Sur de la localidad de Maitencillo y la Quebrada de Tátara, se identifican áreas de uso para diversas comunidades indígenas.
En particular, se consideran las siguientes comunidades: CID Diaguita Ayllu de Los Robles Aguadita de Tátara, CID Luincara de Maitencillo y la CID Chipasse Ta Tátara la cual posee dos rutas de trashumancia que intersectan la LAT en la Quebrada de Tátara.
Por otra parte, en lo referente a la predicción y evaluación de los impactos ambientales del Proyecto, respecto a la solicitud realizada en ICSARA sobre la evaluación de las emisiones de ruido generadas en la construcción de la Línea de Alta Tensión en el sector río Huasco sobre la componente fauna, específicamente sobre la especie CaiyptocephalelÍa gayl (rana chilena), especie en categoría de conservación Vulnerable (Vu), se configura el Impacto Significativo asociado a la “Alteración de las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas, con especial énfasis en aquellos recursos propios del país que sean escasos, únicos y representativos”, para la fase de construcción como de cierre del Proyecto.
El expediente de evaluación y la Adenda señalada se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Yerbas Buenas 295, Copiapó; en la Ilustre Municipalidad de Freirina, ubicada en calle Ohiggins 1016 Freirina, en la Ilustre Municipalidad de Vallenar, ubicada en calle Plaza Ambrosio Ohiggins 25 y en la Delegación Presidencial Provincial del Huasco, ubicada en Plaza de Armas S/N, Vallenar.
En el marco de la nueva etapa de participación ciudadana decretada y en virtud de lo establecido en el artículo 29 inciso 2o de la Ley No 19.300 y el artículo 92 del RSEIA, cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones a la Adenda del Proyecto, disponiendo para ello de un plazo de 30 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la última publicación del presente extracto en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional.
Dichas observaciones deberán formularse por escrito ante el Servicio de Evaluación Ambiental, a través del sitio web www.sea.gob.cI, o a través de su Oficina de Partes Virtual https://opv.sea.gob.cl/, o bien, en papel en la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Yerbas Buenas 295, Copiapó.
Las observaciones deberán contener sus fundamentos, referirse a la evaluación ambiental del Proyecto, y deberán señalar, al menos, el nombre del Proyecto, nombre completo de la persona natural o jurídica que las hubiere formulado (en el caso de persona jurídica, también debe incluirse el nombre completo de su representante legal), números de RUT, domicilios postales, correos electrónicos y/o números de contacto. En el caso de personas jurídicas, éstas deberán acreditar su personalidad jurídica y representación vigente.
Se deja constancia que este texto ha sido visado por la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación Ambiental, sobre la base de los antecedentes proporcionados en el Estudio de Impacto Ambiental y en la Adenda.. -