Autor: ANA MARÍA STUVEN Corporación Abriendo Puertas
Un ejemplo inglés
Un ejemplo inglés En días recientes, “El Mercurio” informó que el gobierno de Gran Bretaña liberó a más de 2.800 personas privadas de libertad, a fin de disminuir el hacinamiento en las cárceles.
Se trató de una reacción de emergencia, en el país que cuenta con la mayor cantidad de prisioneros per cápita de Europa 150 por cada 100 mil habitantes, ante la saturación de más del 99% de la capacidad carcelaria.
La clave para entender esta sobrepoblación, indicó el profesor de criminología de la Universidad de Portsmouth, Francis Pakes, citado en el artículo, es la inflación de las sentencias de entre un 25 y un 36% en la última década, el aumento de los casos en prisión preventiva y la falta de mecanismos para facilitar la reinserción, entre otras. La información es relevante para pensar el caso chileno. Según datos del World Prison Brief, la tasa de encarcelamiento en Chile es la 4ª mayor entre los países de la OCDE, superada solo por Estados Unidos, Turquía y Costa Rica. Se incrementó 57% en los últimos dos años y la saturación en las prisiones es del orden del 135%, por cierto mayor que en Inglaterra. Es conocido que la sobrepoblación carcelaria falta de camas, por ejemplo provoca la lucha por el espacio y crea condiciones para la tortura, la violencia y la corrupción. Hay muchos ejemplos dramáticos e indig-nantes. Una muestra: en la Penitenciaría, con capacidad para 2.389 internos, hoy hay 6.098. En Colina 1, cárcel de imputados, hay 2.539 donde caben 2.056. Y así sucesivamente se repiten casos parecidos en distintos penales; de hombres y mujeres. La principal razón del sobrepoblamiento en el caso chileno no es el aumento de la delincuencia.
Las mayores tasas de encarcelamiento, y especialmente de la prisión preventiva, que se ha duplicado en los últimos 10 años, están asociadas, por una parte, con la sensación de inseguridad que induce a los jueces a sancionar con mayores medidas de privación de libertad y, especialmente en el caso de las mujeres, con la implementación de la Ley 20.000, que condena el tráfico de drogas. Si bien las mujeres, en general, son detenidas por delitos menores, como posesión o microtráfico, y tienen perfiles delictuales menos complejos, reciben mayores condenas como consecuencia del endurecimiento de las políticas de drogas. Sin embargo, la experiencia indica que ellas se involucran en el comercio de la droga por su situación de pobreza e inequidad de género. Un estudio de la Universidad Católica consignó que de las que egresaron del penal entre 2013 y 2023, la mayoría no terminó su educación formal. Encarcelarlas aumenta su vulnerabilidad y afecta también directamente a sus familiares, principalmente a sus hijos e hijas, causando efectos negativos en su bienestar emocional y psicológico. Ante la emergencia del terremoto de 2010, el gobierno debió dictar una ley de indulto gene-ral y aumentar las libertades condicionales. Estas últimas también aumentaron para enfrentar la urgencia de la pandemia. Nuevamente, urge reaccionar ante la situación de sobrepoblamiento carcelario y las carencias de salud de la población. No debiera permitirse, como sucede actualmente, que 100 personas, con orden y diagnóstico de internación psiquiátrica, 21de ellas en la Región Metropolitana, se mantengan en prisión por ausencia de camas. El Estado no solo debe recluir, sino asegurar las condiciones de cuidado y salud de quienes permanecen en su custodia.
Políticas como limitar el uso de la prisión preventiva, especialmente para mujeres con delitos menores, a través de medidas alternativas, promover la aprobación de una ley de ejecución de penas con jueces especializados, y no abandonar a la población recluida son medidas que interpelan con urgencia a las autoridades. Con estos niveles de sobrepoblación es difícil confiar en posibilidades de reinserción.
Menos aún si no se visibiliza el problema ni se asume como un flagelo social que requiere de condiciones carcelarias dignas, adecuadas polític a s d e i n s e r c i ó n s o c i o l a b o r a l, y acompañamiento y capacitación intra y pospenitenciarios.
Si el Estado no asume su responsabilidad y si la sociedad civil no comprende el drama humano y el peligro social que significan estas condiciones, tendremos que seguir lamentando, especialmente en el caso de mujeres madres, más jóvenes involucrados en el delito, más quiebres familiares y mayor pobreza en los hogares más vulnerables.. “... Limitar el uso de la prisión preventiva, especialmente para mujeres con delitos menores, a través de medidas alternativas; promover la aprobación de una ley de ejecución de penas con jueces especializados, y no abandonar a la población recluida, son medidas que interpelan con urgencia a las autoridades... ”.