Decreto exento número 454, de 2024.- Modifica concesión de servicio público de voz sobre internet que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.963 Miércoles 2 de Octubre de 2024 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2551252 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET QUE INDICA Santiago, 13 de septiembre de 2024. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 454 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) La resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N 36, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó las concesión.
Considerando: a) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 88.725, de 12.07.2024; b) La resolución exenta Nº 1.254, de 25.06.2024, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que autorizó previamente la transferencia; y c) La escritura pública, de fecha 08.07.2024, otorgada en la Segunda Notaría de Providencia.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Público de voz sobre Internet, otorgada a la empresa Andes Inversiones SpA., RUT N 76.489.264-K, con domicilio en Armando Carrera N 5218, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, por decreto supremo de la letra e) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular, será la empresa Andes Telecom SpA, RUT N 77.893.344-6, con domicilio para estos efectos en Avenida del Parque N 4680-A, oficina 402, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago: 1. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora, de acuerdo a lo establecido en el decreto que otorgó la concesión. 2. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Múñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribe para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2551252 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl