EXTRACTOS: clasificados
EXTRACTOS: clasificados 600 CONSTRUCCIÓN 600 CONSTRUCCIÓN 602 Construcciones y Ampliaciones LDICONSTRUCCIONES Proyectos, Reparaciones, Revestimien105, Pinturas, Electricidad, Remodelaclones. Atención 24/7 Fono: 9 8233 3143 / 958289890 1200 SERVICIOS 1200 SERVICIOS 1215 medicina, Farmacia, Laboratorios, Equipos e Instrumentos ID DR. CHRISTIAN FONTECILLA M.
CIRUJANO OFTALMÓLOGO OCULOPLÁSTICO "UNIVERSIDAD DE BARCELONA "UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA O Especialista en párpados, O Especialista en párpados, O Especialista en párpados, O Especialista en párpados, 1318 Buscan Empleo y Ocupaciones AMPLIACIONES, PINTURAS, ALBAÑ LERÍA, presupuesto, tabiquerías, pisos flotantes, cerámica, fletes, 979234461.
EGRESADO TÉCNICO REALIZA trabajos gratuitamente, de oficina o julor 456984367457.1400 CAPACITACIÓ E INSTRUCCIÓN E INSTRUCCIÓN 1411 preuniversitarios y Clases Particulares CLASES DE MATEMÁTICAS, Física, educación básica-media, universitaria, 322675242,99458148. 1600 LEGALES Y PÚBLICOS PÚBLICOS 1606 cheques Nulos por Extravío 7779; Código de acces eretario Subrogante EXTRACTO: JUZGADO DE Letras de Casablanca, Causa Rol C-366-2023, Cobro Ejecutivo de Mutuo, BANCO DEL ESTADO DE CHILE/SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA, ordena notificar y requerir de pago en extracto, /EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ Acompaña documentos y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Sehala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROsÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Designa correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. ). L.
DE CASABLANCA CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario Judicial en representación convenclonal, según se acreditará, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Óscar González Narbona, chileno, casado, o civil industri o civil industri o civil industri o civil industri NULO POREXTRAVÍO.
Sociedad Médica Cano y Compañía Limitada, fecha emisión 30/05/2023, N* documento 7661925, cuenta corriente 9023691,7661925, cuenta corriente 9023691,7661925, cuenta corriente 9023691, vía lagrimal y orbita a td $ Cirugía reconstructiva y 1611 judiciales estética de párpados AA E Rejuvenecimiento oculofacial 0.
Manejo integral del ojo seco O Tecnología Láser (02, HIFU, JPL, LLU Sr Miopía, Astigmatismo eoemetroda. "Atención desde 20ños! EEES MALL BOULEVARD, PISO 6 OF. 601, VIÑA DEL MAR M Contacto +56 92223 6706 +56 92223 6706 1300 EMPLEOS 1309 profesionales del Mar, con fecha 29 de diciembre de 2023, en la causa V-128-2013, caratulados "Espinoza/Velasquez", ha otorgado la posesión efectiva de la herencia testada de doña Lidia Velasquez Jacome, a Fernando Arturo Reyes silva y a don Alejandro Osvaldo Araya Velasquez.
RUTN*6.362.085 -8, ambos domicillados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N* 1111, Santiago, a us, digo: Que en la representación que invisto vengo en demandar a don(ña) SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CAMINO A CASABLANCA 1069, CASA 41, CONDOMINIO MAR ADENTRO, ALGARROBO, por las razones de hecho y funda: mentos de derecho que a contínua» ción señalo: Por escritura pública otorgada en la ciudad de Santiago de fecha 21 de diciembre de 2015, ante el Notario Público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, documento cuya copia auto zábal, documento cuya copia auto rizada se en un otrosí, el en un otrosí, el EXTRACTO.
CAUSA ROL V-1092023, Segundo Juzgado de Letras de Quilpué, caratulada "HERNÁNDEZ". Sentencia de fecha 5 de abril de 2024, acoge el cambio de curador de CAROLINA ANDREA REDROBÁN HERNÁNDEZ, cédula de identidad N* 12.626.554,9, y nombra como curadora general y definitiva a EVELYN REDROBÁN HERNÁNDEZ, cédula de identidad N* 10.172.559-6. Secretaría.
EXTRACTO: CITACIÓN. 1* Juzgado Civil Viña del Mar, causa V-225-2022 caratula GARCIA/GARCIA, por Fesolución de 13 mayo de 2024 se autorizó la ampliación del inventario solemne de la posesión efectiva de Edlemne de la posesión efectiva de Edse Necesitan mundo García Hugas.
Se cita a hereeros e interesados para la ampliaCOLEGIODEVIÑADELMAR COn de nentario solemne a reali zarse el 30 de mayo 2024,15:15 hobusca Educadora diferencial Estudiantecursandoa lo menos Séptimo Semestre de la Carrera, por 43, enviar CV a plegcolegjocastelíano. l 1312 Administrativos, Secretarias, Cajeras Secretarias, Cajeras ras, en 7* Notaría Viña del Mar a cargo del Notario Orlando Cerda va, 12 Norte 785, primer piso, Viña del Mar, Secretaria (S) del Mar, Secretaria (S) EXTRACTO INTERDICCION ROL V87-2024, Interdicción, del 2d0. Juzgado Civil Viña del Mar, caratulada PASCUAL. Por resolución de fecha se Necesitan 02.
MAY. 2024, cítese a audiencia de parientes e don MARIO EDUARDO SEOFRECE ADMINISTRATIVO, ampla PINTO PASCUAL, para el 11.06.2024, experiencia laboral, 940378612. experiencia laboral, 940378612. alas 10:30 hrs, por video conferenalas 10:30 hrs, por video conferenBanco del Estado de Chile dio en préstamo a don(ña) SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA, la cantidad de 1620. Unidades de Fomento.
El deudor se obligó a pagar la expresa» da cantidad, en el plazo de 300 cuotas mensuales, contados desde el día 01 de febrero de 2016, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escritura de mutuo, comprendiéndoseen ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida del 3,89% De acuerdo a lo estipulado enla mencionada escritura, en caso de morao simple retardo, cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la terés penal igual al máximo que la ble, hasta el momento de su pago efectivo. Se pactó, asimismo, la divisibilidad de las obligaciones que emanan del contrato referido.
A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en la referia escritura de mutuo, el deudor constituyó primera hipoteca et Vr deldanto del Estado de Cll sobre inmueble ubicado en CAMINO ACASABLANCA 1069, CASA 41, CONDOMINIO MAR ADENTRO, ALGARROBO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 BO, inscrito a su nombre a fs. 1388 N* 1479, del Registro de Propiedad del año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Por su parte la hipoteca referida se inscribió afs. 716 vta.
N' 442 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota correspondiente a los meses de octubre de 2020 a diciembre de 2022, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 1582,784704.
Unidades de Fomento, equivalentes al día 21 de diciernbre de 2022 a la suma de $55.395.043., más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra Prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y sigulentes de la ley 18.092, artículos 254,434 N* 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás ormas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 1582,784704. : Unidades de Fomento, equivalentes al día 21 de diciembre de 2022 a la suma de $55.395.043. más Intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entere y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas PRIMER OTROSI: Sírvase SS, tener por acompañada con citación de la contraria copia autorizada de la escritura de mutuo e hipoteca referida en lo principal, que constituye el título de esta demanda, ordenando su custodia. Asimismo, acompaño, con citación. certificado de liquidación de la deuda otorgada por mi representa» do.
SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provislonales, bajo su responsabilidad civil y penal.
Designo especialmente para la traba de embargo inmueble ubicado en CAMINO A CASABLANCA 1069, CASA 41, CONDOMINIO MAR ADENTRO, ALGARROBO, inscrito a su nombre a fs. 1388 N* 1479, del Registro de Propiedad del año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. TERCER OTROSÍ: Sírvase su SS.
Tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en páfa estos auen páfa estos auen páfa estos auen páfa estos auen páfa estos auen páfa estos autos, con citación.
CUARTO OTROSÍ: Qué por este acto vengo en señalar aS.S., como medio de notificación los siguientes correo electrónicos; notificacionesempabogada. cl y abogadosnortedbeco. bancoestado. cl QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio dela profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso.
Asimismo, en virtud de las facultades que me ha conferido mi mandante, atorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don MARCELA MONTSE: RRAT PIÑA VASQUEZ, ambos domiciliados para estos efectos, en ANGAMOS 1686, SAN ANTONIO, con quien podré actuar en forma conJunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mí en señal de aceptación. /RESOLUCIÓN 01-032023: Atendido a lo dispuesto en el inciso final del artículo 8 de la Ley 21.226, se provee derechamente la demanda. A lo principal: Por interpuesta la demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de don SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA, por la suma de 1582.784704. Unidades de Fomento, equivalentes al ía 21 de diciembre de 2022 a la sur ma de $55.395.043. más interés y costas.
Al primer otrosí: Por acom» pañados los documentos que se sealan con citación, en cuanto a la custodia atendida la contingencia sanitaria nacional, no ha lugar por ahora, sin perjuicio de solicitarse en otro estado de la causa y con citación. Al segundo otrosí: Téngase presente sólo respecto de bienes muebles. Al tercer y quinto otrosíes: Téngase presente y por acompaña: dos los documentos con citación.
Al cuarto otrosí: téngase como medio de notificación. /MANDAMIENTO 0103-2024: Requiérase a don(a) SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA, para que pague a BANCO DEL ESTA: DO DE CHILE, la suma de 1582.784704 Unidades de Fomento, equivalentes al día 21 de diciembre de 2022 a la suma de $55.395.043, más intereses y costas.
No verifica: do el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán enssu poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal Dicha especie quedará en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. /EN LO PRINIPAL: NOTIFICACIÓN POR AVISOS. PRIMER OTROSI: SE ORDENE REDUCIR A EXTRACTO. SEGUNDO OTROSI: TENGA PRESENTE. S. J.
L DE CASABLANCA MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, por la ejecutante, en autos sobre cobro de pagaré en procedimiento ejecutivo, caratulado "BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ ALISTE ORELLANA SAMUEL ANTONIO" ROL (-366-2023, a S.S. respetuosamente digo: Que, en autos se han despachado oficios de domictfio alas siguientes instituciones, cuyas respuestas se indican: a) Servicio de Impuestos Internos: Milton Rossel N* 7273, villa Kennedy, Comuna de Lo Prado. b) Policía de Investigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) vestigaciones: No consta salida. c) Comisar a Virtual de Carabineros de Chile: Mar de Chile Nro. 488, comuna de Malpú. d) Tesorería General de la República: Milton Rossel N* 7273, Lo Prado, y en Camino a Casablanca 41,1069, Algarrobo. e) AFC: Milton Rossel N* 7273, Lo Prado. f) FONASA: Calle Milton Rossel N* 7273, Villa Presidente Kennedy, Co'muna de Lo Prado. g) Servel: Milton Rossel 7273 Lo Prado, R. Metropolitana, Santiago. h) Registro Civil e Identificación: Milton Rossel N"7273 Lo Prado. 1) 1PS: Avda.
Los Canteros 8600, comuna de La Reína, Región Metropolitana Consta por otra parte que se realizaron búsquedas negativas en los siguientes domicilios y fechas: 1.16-03-2023 Camino a Casablanca 1069, casa 41, Condominio Mar Adentro, Algarrobo. 2.28-062023 Calle Av. Los Canteros 8600, comuna de La Reina. 3.20-07-2023 Calle Milton Rossel N* 7273, Comuna de Lo Prado. 4.08-09-2023 calle Mar de Chile N* 488, comuna de Maipú.
Por lo anterior, vengo en solícitar a 5.s., tenga a bien decretar senotifique al demandado de autos, don SAMUEL ANTONIO ALISTE ORE: LLANA, en la forma establecida en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, es decir, POR AVISOS, toda vez que, los únicos domicilios conocidos por mi representado fueron certificados por el Receptor Judicial como búsquedas negativas según consta de los atestados que rolan en la causa y alos cuales se ha hecho referencia.
En virtud de lo expuesto, y atendido a que esta parte no cuenta con otros domicilios del ejecutado, habiendo resultado los oficios de domicilios despachados infructuosos, y con el único objeto de dar curso progresivo a estos autos, es que vengo en solicitar a5.S., sesirva decretar la Notificación por Avisos contemplada en la Ley.
Solicito, asimismo. que de conformidad al art. 443 del Código de Procedimiento Civil, que, en su caso, el avíso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la última notificación publicada en el diario que S.
S, designe, a las 10:00 en la oficina del receptor que designe para tal efecto, quien hará el llamado a la hora y lugar índiicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédi 10, Íntereses y costas, que se cobran en estos autos. POR TANTO y, en atención lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. SOLICITÓ A S.S. : decretar se notífique a la demandada por avisos, indicando el número de éstos, rio en que se deba practicar dicha publicación, y señalando el receptor que deberá practicar el requerimiento. PRIMER OTROSI: Ruego a US.
Conforme lo dispuesto en el art, 54 del Código de Procedimiento Civil, se sirva decretar, para los efectos de realizar la notificación por avisos solicitada en lo principal, se ordene alíla) Sr(a). Secretario(a) del Tribunal faccionar un extracto de todo lo actuado hasta la fecha, por cuanto, de otro modo la notificación resultará excesivamente dispendiosa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte. SEGUNDO OTROSÍ: sa para mi parte.
SEGUNDO OTROSÍ:. EXTRACTOS: clasificados 1611 Ruego a UsS. tener presente que vengo en proponer a don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, Receptor Judicial de Casablanca, Como receptor para efectuar el requerimiento de pago, indicando que su domicilio queda ubicado en PORTALES 11529 OF. 3.
CASABLANCA /RESOLUCIÓN 15-11-2023: Alo principal y primer otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes y habiéndose diligenciado sin resultado positivo la notificación del demandado don SAMUEL ANTONIO ALISTE ORELLANA en las direcciones proporciona» das por las instituciones oficiadas, ¡como consta en autos a fs. 7,8, 9,10, 12,15, 18,23 y 33 configurándose lo dispuesto en el artículo 54 del Cód go de Procedimiento Civil, notifi quese al demandado ya referido por medio de tres avisos publicados en el diario El Mercurio de Valparaíso y uno en el Diario Oficial. Adjúntese proyecto de extracto para revisión del ministro de fe del Tribunal Al segundo otrosí: Téngase presente. /SOLICITA LO QUE INDICA. S.. L. DE CASABLANCA MARCELA MONTSE: RRAT PIÑA VASQUEZ, por la ejecuante, en los autos sobre Juicio ejecutivo, caratulado "BANCO ESTADO DE CHILE con ALISTE ORELLANA SAMUEL ANTONIO", ROL C-366-2023, a.
S. respetuosamente dig atendido que el procedi autos es un Juicio ejecutivo, solicito a SS. se resuelva la solicitud contenida en presentación de folio 37, en elsentido de complementar la resolución de 15 de noviembre de 2023, y de conformidad alart. 443 del Có: digo de Procedimiento Civil, se orene que el aviso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la última notificación publicada, a las 10:00, en la oficina del Receptor Judicial de Casablanca, don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, domiciliado en PORTALES 41529 0F. 3.
CASABLANCA; quien hará el llamado a la hora y lugar indicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa citación, se hará de inmediato y sín más trámite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédito, Intereses y costas, que se cobra en estos autos. POR TANTO, RUEGO a $.s. : acceder a lo solicitado/ RESOLUCIÓN 23-11-2023: Como se pide, compleméntese la resolución de fe: cha 15 de Noviembre de 2023, a folío 38, en los términos solicitados. La Secretaria.
Judiciales Judiciales Judiciales Judiciales Judiciales Judiciales EXTRACTO: JUZGADO DE Letras de Casablanca, Causa Rol C-1810-2023, Cobro ejecutivo de pagaré, "BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ARAYA GODOY MATÍAS", ordena notificar y requerir de pago en extracto. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y secta custoa. SEGUNDO yTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo, desigha depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J. L. Civil.
FELIPE ANDRES CATALDO MOYA, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional, según se acreditará, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma decréitos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato Judicial de fecha 09 de Diciembre de 2021, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otroside esta presentación, domicllados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N* 1111, Santiago, a US, Respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosíde esta demanda que fue suscrito por don(ha) Carolina Andre Díaz L. Rut, 17413075-2, en nombre y represen: tación de don(ña) MATIAS ARAYA GODOY, ignoro profesión u oficio, ¡con domicilio en LAS PARCELAS 34. EL QUISCO.
El pagaré fue suscrito por la suma de 80106502 Unidades de Fomento, por Concepto de capital, más un interés del 3,77% real del 3,77% real del 3,77% real del 3,77% real del 3,77% real del 3,77% real anual, durante el período comprendido entre la fecha de suscripción y el 01 de noviembre de 2021, fecha ésta última en que vencerán y se capitalizarán los intereses devengados, conformando así el nuevo capttal. A contar de la misma fecha y hasta el día 01 de marzo de 2043, se deberán intereses del 3,77% real anual.
El deudor se obligó a pagar en 256 cuotas, mensuales y sucestvas, de 0.460478 Unidades de Fomento, cada una, salvo la última que será de 0,460478 Unidades de Fomento, venciendo la primera de ellas el 01 de diciembre de 2021, Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda ¡ como sí fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 10 de enero de 2023, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 80.763513 Unidades de Fomento, en su equivar lente en dinero efectivo al día del pago, equivalentes al 25 de julio de 2023, fecha de mera referencia a la suma de $2.912.576. -, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa, Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documel dela obligación de protesto y, la fl ma de estos se encuentra autori: da por Notario. La obligación es quída, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y alo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254,434 N* 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes, A S' PIDO: tener por interpuesta deman. da ejecutiva en contra de don(ha) MATÍAS ARAYA GODOY, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 80.763513 Unidades de Fomento, en su equivalente en dinero efectivo al día del pago, equívalentes al 25 de julio de 2023, fecha de mera referencia a la suma de $2912.576. -. ms Intereses pactados y costas, requerirá de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener por acompañado pagaré individualizado en lo principal de esta presentación, respecto del cual solicitamos su custodia, bajo apercibimiento del artículo 346 N* 3 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S. 5. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ: Sírvase su SS.
Tener presente que mi personería pa: ra actuar en representación del Banco Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 9 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
CUARTO OTROSI: Que por este acto vengo en señalar a 5.5.. como medio de notificación los siguientes correo electrónicos; notificacionesempabogada. cl y abogadospempresasabeco. bancoestado. cl QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente en mi Solicito a S.S. tener presente en mi Solicito a S.S. tener presente en mi Solicito a S.S. tener presente en mi Solicito a S.S. tener presente en mi Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación enel presente proceso.
Asimismo, en virtud de las fa: cultades que me ha conferido mandante, otorgo patrocinio y por der al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, ambos domiciliados para estos efectos, en ANGAMOS 1686, BARRANCAS, SAN ANTONIO, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a míen señal de acepta. / RESOLUCIÓN 28-08-2022: Proveyendo escrito de fecha 24 de Agosto de 2023, follo 3: Alo principal: Por acompañados los documentos, bajo apercibimiento legal Guárdense en custodia bajo el número 912-2023. Al otrosí: Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá. Proveyendo la presentación de folio 1: Atendido a lo dí puesto en elincisofínal del artículo 8 de la Ley 21.226, se provee derechamente la demanda.
Alo principal: Por interpuesta la demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de MATIAS ARAYA GODOY por la suma de 80.763513 Unidades de Fomento, en su equivalente en dinero efectivo al día del pago equivalentes al 25 de julio de 2023, fecha de mera referencia a la suma de $2.912.576, más interés y costas. Al primer otrosí: Por acompañados el documento que se señala bajo el apercibimiento que indica, Al segundo y quinto otrosíes: Téngase presente. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañado con citación. Al cuarto otrosí: Téngase como medio de notificación /MANDAMIENTO 28-08-2023.
Requiérase a dion(a) MATÍAS ARAYA GODOY, para que pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de 80.763513 Unidades de Fomento, en Su equivalente en dinero efectivo al día del pago, equivalentes al 25 de jullo de 2023. fecha de mera referencia ala suma de $2912.576, más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. Dicha especie quedará en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisíonal, bajo su responsabilidad legal. Cuantía: 80.763513 Unidades de Fomento. /EN LO PRINCIPAL: NOTIFICACIÓN POR AVISOS. EN EL PRIMER OTROSI: SE ORDENE REDUCIR A EXTRACTO. EN EL SEGUNDO OTROSI: TENGA PRESENTE. 5. ).L. CIVIL JDO LETRAS DE CASABLANCA.
MARCELA MONTSERRAT PIÑA VAS: QUEZ, por la ejecutante, en los au tos sobre juicio ejecutivo, caratulado "BANCO ESTADO DE CHILE con ARAYA GODOY MATÍAS", ROL C1023, a SS. respetuosamente ue, vengo en solicitar a 5.5. tenga a bien decretar se notifique al demandado de autos, en la forma establecida en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, es decil, POR AVISOS, toda vez que, en los únicos domicilas conocidos por mi representado, fueron certificados por el Receptor Judicíal como búsquedas negativas según consta de los atestados que rolan en la causa.
Envirtud de lo expuesto, y atendido a que esta parte no cuenta con otros domicilios dela ejecutada, habiendo resultados los oficios de domicilios despachados infructuosos, y con el único objeto de dar curso progresivo a estos autos, es que vengo ensolicitar a $... se Sirva decretar la Notificación por Avisos contemplada en a Ley.
Solicito asimismo, que de conformidad al art. 443 del Código de Procedimiento Civil, que en su caso, el aviso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la Última notificación publicada, alas 10:00 horas, en el domicilio del receptor que Ss. designe, quien hará el llamado a la hora y lugar índicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, suficientes, para cubrir el crédito, intereses y costas, que se cobra en estos autos. POR TANTO, lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. RUEGO a 5. decretar se notifique a la demandada por avisos, indicando el número de éstos, diario en que se deba practicar dicha publicación, y seña» lando el receptor que deber practicará el requerimiento. OTROS! PRIMERO: Ruego a US.
Conforme lo dispuesto en el art. 54 del Código de Procedimiento Civil, se sirva decretar, para los efectos de realizar la notificación por avisos solicitada en lo principal. se ordene al(la) Sr(a). Secretario(a) del Tribunal faccionar tn extracto de todo lo actuado hasta lafecha, por cuanto, de otro modo la notificación resultará excesivamente dispendiosa para mi parte. 'OTROSI SEGUNDO: Ruego a US. tener presente que vengo en proponer. a don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, Receptor Judicial Casablanca, como receptor para efectuar el requerimiento de pago, indicando que su domicilio queda ubicado en PORTALES N' 529 OF. 3.
CASABLANCA. /RESOLUCION 08/05/2024: Al folio N* 52: Atendido. el mérito de autos se acoge la reposición deducida, dejándose sin efecto lo resuelto al folio N* 51 y resolviendo en su lugar lo siguiente: Al folio N*50: Alo principal y al primer otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos, la búsqueda de domicilios practicadas y no constando que el demandado se encuentre fuera del territoio de la República, como se pi de; notifíquese de conformidad al art. 54 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones insertas en el diario el Mercurio de Valparaíso, y uno en el Diario Oficial. Adjúntese proyecto de extracto para surevisión por la Sra. Secretaria del Tribunal, o por quien la subrogue legalmente. Al segundo otrosí: Téngase presente. La Secretaria. taria. taria. taria. taria. EXTRACTO: JUZGADO DE Letras de Casablanca, Causa Rol (-206-2023, Cobro Ejecutivo de Mutuo, BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CÁCERES CONTRERAS OSCAR OLIVER, ordena notificar y requerir de pago en extracto. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario, TERCER OTROSe tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. 5. J.L.
Civil (CASABLANCA) CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judícial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salínas, que acompañamos en un otroside esta presentación, domicillado en Avda.
Libertador Bernardo O'Higgins N* 1111, piso 8". Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, íngenlero Civil, RUT N* 6.362.085 -8, de mí mismo domicilio, a US. respetuosamente decimos: Que en la representación que invisto vengo en demandar adon(ña) OSCAR OLIVER CACERES CONTRERAS, Ignoro profesión u oficio, con domicilio en DEPARTAMENTO 1303,13er piso, con acceso principal por CAMINO A CASABLANCA N* 788, Edificio VISTA MAR, Condominio LAGUNA VISTA, ALGARROBO; por las razones de hecho y fundamentos de derecho que a continuación señalo: Por escriturapública otorgada en la ciudad de Santiago de fecha 09 de abril de 2013, ante el Notario Público de Santíago don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, documento cuya copia autorizada se acompaña en un otrosí, el Banco del Estado de Chile dio en préstamo a don(ña) OSCAR OLIVER CACERES CONTRERAS, la cantidad de 2835 Unidades de Fomento.
El deudor se obligó a pagar la expreEl deudor se obligó a pagar la expreEl deudor se obligó a pagar la expreEl deudor se obligó a pagar la expreEl deudor se obligó a pagar la expresada cantidad, en el plazo de 360 cuotas mensuales, contados desde el día 09 de mayo de 2013, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escrítura de mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida del 4,5% De acuerdo a lo estipulado en la mencionada escritura, en caso de mora o simple retardo, cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito de dinero reajustable, hasta el momento de su pago efectivo. Se pactó, asimismo. la indivisiblidad de las obligaciones que emanan del contrato referido.
ALfin de garantizar el cumplimiento delas obligaciones contraídas en la referida escritura de mutuo, el deudor constituyó primera hipoteca en favor del Banco del Estado de Chile sobre inmueble correspondiente a DEPARTAMENTO 1303,13er piso, el estacionamiento N* 180 ubicado en el subterráneo y la bodega N* 102 ubicada en el subterráneo, todos del Edificio VISTA MAR, con acceso principal por CAMINO A CASABLANCA N* 788, Condominio LAGUNA VISTA, ALGARROBO.
Comprende el derecho de dominio proporcionales sobre los bienes comunes, en a forima y proporciones establecida en la ley de copropiedad inmobilíaria, su reglamento y en el reglamento de copropiedad respectivo; inscrito a su nombre afs. 1850 N* 2350 del Registro de Propiedad del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Por su parte la hipoteca referida se inscribló a. 953N" 555 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Casa» blanca.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota correspondiente a los meses de febrero de 2022 a enero de 2023, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha dec do hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 2494,249024.
Unidades de Fomento, equivalentes al día 10 de enero de 2023 a la suma de $87.837.375.. , más los intereses pactados deven: gados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. La obligar ción es líquida, actualmente exiglble y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, ya lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254,434 N* 4 y slguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertientes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) OSCAR OLIVER CACERES CONTRERAS, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 2494,249024.
Uni: dades de Fomento, equivalentes al día 10 de enero de 2023 a la suma de $87.837.375. más Intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mí representada se le haga entere y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas PRIMER OTROSI: Sírvase SS. tener por acompañada con citación de la contraria copia autorizada de la escritura de mutuo e hipoteca referida en lo principal, que constituye el título de esta demanda, ordenando su custodia. Asimismo, acompaño, con citación, certificado de liquidación de la deuda otorgada por mi representa» do.
SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a 5.5. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provislonales, bajo su responsabilidad civil y penal.
Designo especialmente para la traba de embargo inmueble DEPARTAMENTO 1303, ¡3er piso, el estacionamiento NO 180 ubicado en el subterráneo y la bodega N* 102 ubicada en el subterráneo, to102 ubicada en el subterráneo, to102 ubicada en el subterráneo, to102 ubicada en el subterráneo, to102 ubicada en el subterráneo, to102 ubicada en el subterráneo, todos del Edificio VISTA MAR, con acceso principal por CAMINO A CASABLANCA N*788, Condominio LAGUNA VISTA, ALGARROBO.
Comprende el derecho de dominio proporcionales sobre los bienes comunes, en la forma y proporciones establecida en la ley de copropiedad inmobiliaría, su reglamento y en el reglamento de copropiedad respectivo; insrito a su nombre as. 1850 N* 2350 del Registro de Propiedad del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces, de Casablanca.
TERCER OTROSÍ: Sírvase SS. tener presente que nuestra personería para actuar en representación del Banco del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, frmada a traé s de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
CUARTO OTROSÍ: Que por este acto vengo en señalar a S.S.. como medio de notificación los correo electrónicos; not nesampabogada. cl y abogadosnorte(dbeco. bancoestado. cl QUINTO 'OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente en mi calídad de abogado habil tado para el ejercicio de la profe, asumo el patrotinío de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso.
Asimismo, en virtud de las facultades que me ha conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, ambos domiciliados para estos efectos, en ANGAMOS 1686, SAN ANTONIO, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mí en señal de aceptación. / RESOLUCIÓN 02-02-2023 Atendido a lo dispuesto en el inciso final del artículo 8 de la Ley 21.226, se provee derechamente la demanda. A lo principal: Por interpuesta la demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de OSCAR OLIVER CACERES CONTRERAS, por la suma de 2494,249024. Unidades de Fomento, equivalentes al día 10 de enero de 2023 a la suma de $87.837.375. más Interés y costas.
Alprimer otrosi: Por acompañados los documentos que se señala bajo apercibimiento que indica, en cuanto a la custodia atendida la contingencia sanitaria nacional, no ha lugar por ahora, sin perjuicio de solicitarse en otro estado de la causa y con citaci ci ci ci ci ci ci ci ci Téngase como medio de notifica: ción. / MANDAMIENTO 02-02-2023: Requiérase a don(a) OSCAR OLIVER CÁCERES CONTRERAS, para que pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de 2494,249024. Unidades de Fomento, equivalentes al día 10 de enero de 2023 a la suma de $ 87.837.375, más intereses y costas.
No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal, en especial el inmueble DEPARTAMENTO 1303,13er piso, el estacionamiento N*180 ubicado en el subterráneo y la bodega N* 102 ubicada en el subterráneo, todos del Edificio VISTA MAR, con acceso principal por CAMINO A CASABLANCA N* 786, Condominio LAGUNA VISTA, ALGARROBO.
Comprende el derecho de dominio proporcional sobre los bienes comunes, en la forma y proporciones es: tablecida en la ley de copropiedad inmobiliaria, su reglamento y en el reglamento de copropiedad respectivo; inscrito a su nombre a fs. 1850 1 2350 del Registro de Propiedad del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Dicha especie quedará en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. /EN LO PRINCIPAL: NOTIFICACIÓN POR AVISOS. PRIMER OTROSI: SE ORDENE REDUCIR A EXTRACTO. SEGUNDO OTROSI: TENGA PRESENTES.. L.
DE CASABLANCA MARCELA MONTSERRAT PIÑA VÁSQUEZ por la ejecutante, en autossobre co: por la ejecutante, en autossobre co:. EXTRACTOS: clasificados 1611 bro de pagaré en procedimiento ejecutivo, caratulado "BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CACERES CONTRERAS OSCAR OLIVER", ROL C206 2023, a S.S. respetuosamente digo: Que, en autos se han despachado oficios de domicilio a las siguientes instituciones, cuyas respuestas se indican: a) Servicio de Judiciales moreceptor para efectuar el requerimiento de pago, indicando que su domicilio queda ubicado en PORTALES 529.0 F. 3.
CASABLANCA, RESOLUCIÓN 15-11-2023: A lo principal y primer otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes y habiéndose diligenciado sín resultado positivo la notificación del demandado don OSCAR OLIVER CÁCERES CONTRERAS en las dir proporcionaproporcionaproporcionaproporcionaproporcionaInternos. 1390 DEPARTAMENTO 1406, Santiago. b) Policía de Investigaciones: No consta salida. c) Comisaría Virtual de Carabíneros de Chile: Compañía 1390, Santiago. d) Tesorería General de la República: Compañía 1390,14006, Santiago; Compañía 1390,1102, Santiago. e) Instituto de Previsión Social(1PS): Huértanos 886, Santla80.1 ) AFC: Compañía de Jesús 1390,1102, Santiago. g) FONASA: Pasaje Miravalles N* 20048, Pudahuel. h) Servel: Compañía 1390 oficina 1102, Piso 11, Santlago. 1) Regístro Civil e Identificación: Compañía de Jesús N* 1390 Of. 1406 Santiago.
Consta por otra parte que se realizaron bisquedas negativas enlos siguen: tes domicilios y fechas: 1.2023: Departamento 1303,301 PL 0, con acceso principal por Camino a Casablanca N* 788, Edificio Vista Mar, condominio Laguna Vista, Algarrobo. 2.21-03-2023: Compañía De Jesús N* 1390, Depto. 1406, comuna Santiago. 3.27-03-2023: Avenida Víctor Jara N*5211, comuna Lo Prado. 4.29-03-2023: Avenida Apoquindo N*7850, Depto. 6, comuna Las Condes. 5.31-05-2023: Pasaje Los Maitenes 0636, Colina. 6.14-092023: Compañía 1390, departamento 1102, Santiago. 7.04-10-202 Huérfanos 886, Santiago. 8.10-102023: Pasaje Miravalles N* 20048, Pudahuel, 9.17-10-2023: Avenida Apoquindo N*7850 Torre 3 Depto. 6, Las Condes.
Por lo anterior, vengo en solicitar a S.S.. tenga a bien decretar se notifique al demandado de autos, don OSCAR OLIVER CÁCERES CONTRERAS, en la forma establecida en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, es decir POR AVISOS, toda vez que, los ún os domicilios conocidos por mi representado fueron certificados por el Receptor Judicíal como búsquedas negativas según consta de los atestados que rolan en la causa y a los cuales se ha hecho referencía.
En virtud de lo expuesto, y atendido a que esta parte no cuenta con otros domicilios dela ejecutada, habiendo resultados los oficios de domicilios despachados infructuosos, y con el único objeto de dar curso progresivo a estos autos, es que vengo en solicitar a 5.5., se sirva decretar la Notificación por Avisos contemplada en a Ley.
Solicito, asmismo, que de conformidad al art. 443 del Código de Procedimiento Civil, que, en su caso, el aviso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la Última notificación publicada en el diario que $.S. designe, a las 10:00, en la oficina del receptor que U.S. designe para tal efecto, quien hará el llamado a la hora y lugar indicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa a esa a esa a esa a esa a esa a esa a esa a esa a esa a esa das por las instituciones oficiadas, como consta en autos a fs. 7,8, 10,12,13, 30,32, 34.38 y 60 configurándose lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese al demandado ya referido por medio de tres avisos publicados en el diario El Mercurio de Valparaíso y uno en el Diario Oficial. Adjúntese proyecto de extracto para revisión del ministro de fe del Tibunal. Al segundo otrosí: Téngase presente. / SOLICITA LO QUE IND A.S.J.L.
DE CASABLANCA MARCELA MONTSERRAN PIÑA VASQUEZ, por la ejecutante, en los autos sobre Juicio ejecutivo, caratulado "BANCO ESTADO DE CHILE con CACERES CONTRERAS OSCAR OLIVER", ROL C206-2023, a S.S. respetuosamente digo: Que, atendido que el procedimiento de autos es un juicio ejecutivo, solicito a SS. se resuelva la solicitud contenida en presentación de folio 61, en el sentido de complementar la resolución de 15 de noviembre de 2023, y de conformidad al art. 443 del Código de Procedimiento Civil, se ordene que el aviso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la última notificación publicada, alas 10:00, en la oficina del Receptor Judicial de Casablanca, don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, domiciliado en PORTALES $529 OF. 3.
CASABLANCA; quien hará el llamado a la hora y lugar indicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédito, intereses y costas, que se cobra en estos autos, PORTANTO, RUEGO a 5.S. : acceder a lo solicitado/RESOLUCIÓN 23-112023: Como se pide. compleméntese la resolución de fecha 15 de Noviembre de 2023, a folio 62, en los términos solicitados. La secretaria, términos solicitados. La secretaria, términos solicitados. La secretaria, términos solicitados. La secretaria, términos solicitados. La secretaria, términos solicitados. La secretaria, EXTRACTO: JUZGADO DE Letras de Casablanca, Causa Rol C-5642023, Cobro Ejecutivo de Mutuo, BANCO DEL ESTADO DE CHILE/GONZÁLEZ SÁNCHEZ JONATHAN ALEXIS, ordena notificar y requerir de pago en extracto. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos y solicita custodía. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Designa correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J.L.
Civil (CASABLANCA) CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, domiclllado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional. según se acreditará, del Banco del Estado de acreditará, del Banco del Estado de pagar la expresada cantidad, en el plazo de 360 cuotas mensuales, contados desde el día 01 de julio de 2015, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escritura de mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida del 4,08%. De acuerdo a lo estipulado en la mencionada escritura, en caso de mora o simple retardo. cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito de dinero reajustable, hasta el momento de su pago efec tivo. Se pactó, asimismo, la indivisibilidad de las obligaciones que emanan del contrato referido.
A fin de garantizar el cumplimiento de Jas obligaciones contraídas en la referida escrítura de mutuo, el deudor constituyó primera hipoteca en favor del Banco del Estado de Chile sobre inmueble consistente en el sitio y casa del Conjunto Habitacional villa Valle verde, ubicado en calle Presidente Balmaceda numero ciento sesenta y cuatro, comuna de Curacavi, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, que corresponde al sitio número DIEZ de la Manzana E, del plano de loteo agregado al final del Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y siete, bajo el número dieciocho, inscrito a su nombre a 2890 vuelta, N*3318, del Registro de Propiedad del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Por su parte la hipoteca referida se inscribi a fs. 1828 vta. N* 1126 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota correspondiente a los meses de abril de 2022 a febrero de 2023, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando suma de 1825,806095. -Unidades de Fomento, equivalentes al día 22 de febrero de 2023 a la suma de $ 64.723.180. -, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas d esta causa. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra Prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, ya lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254,434 N* 4 y siguientes del código de Procedimiento Civil, y demás hormas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) JONATHAN ALEXIS GONZALEZ SANCHEZ, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 1825,806095. -Unidades de Fomento, equivalentes al día 22 de fe: brero de 2023 a la suma de $ 64.723.180. más intereses pactados y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al dos y costas, requerir de pago al citación, se hará de ysin más trámite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédito, intereses y costas, que se cobran en estos autos. POR TANTO y, en atención a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. SOLICITO A 5.S. : Decretar se notifique a la demandada por avisos, dicando el número de éstos, diario en que se debe practicarse dicha publicación, y señalando el receptor que deberá practicar el requerimiento. PRIMER OTROSÍ: Solicito a U.S.
Conforme lo dispuesto en el art, 54 del Código de Procedimiento Civil, se sirva decretar, para los efectos de realizar la notificación por avisos solicitada en lo principal, se ordene alla) Sr(a). Secretario(a) del Tribunal faccionar un extracto de todo lo actuado hasta la fecha, por cuanto, de otro modo la notificación resultará excesivamente díspendiosa para mi parte.
SEGUNDO '0SÍ: Ruego a U.S. tener presente que vengo en proponer a don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, TEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, TEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, TEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, TEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, TEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, Chile, empresa de créditos del estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Óscar González Narbona, chileno, casado, Ingeniero civil industrial, RUT N* 6.362.085 -8, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N* 1111, Santiago, a US. digo: Que en la representación que invisto vengo en demandar a don(ña) JONATHAN ALEXIS GONZALEZ SANCHEZ, empleado, domiciliado en calle Presidente Balmaceda N* 174, Valle Verde, Curacaví, por las razones de hecho y funda mentos de derecho que a continuación señalo: Por escritura pública otorgada en la ciudad de Santiago de fecha 17 de junio de 2015, otorgada ante el Notario Público de Santiago doha Myriam Amigo Arancibia, documento cuya copía autorizada se acompa a en un otrosí, el Banco del Estado de Chile dio en préstamo a don(ña) JONATHAN ALEXIS GONZALEZ SANCHEZ, la cantidad de 2.010,9469 Unidades cantidad de 2.010,9469 Unidades cantidad de 2.010,9469 Unidades cantidad de 2.010,9469 Unidades cantidad de 2.010,9469 Unidades deudor, y dí: se siga adelant esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entere y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas PRIMER OTROSI: Sírvase SS. tener por acompañada con citación de la contraría copla autorizada de la escritura de mutuo e hipoteca referida enlo principal, que constituye el ttulo de esta demanda, ordenando su custodia. Asimismo, acompaño, con citación, certificado de líquid: ción de la deuda otorgada por mi representado.
SEGUNDO OTRO: Solicito a 5.5. tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e Inmuebles, y todos los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal.
Designo especialmente para la traba de embargo inmueble sitio y casa del Conjunto Habitacional Villa Valle Verde, ubicado en calle Presille Verde, ubicado en calle Presille Verde, ubicado en calle Presille Verde, ubicado en calle Presille Verde, ubicado en calle Presisesenta y cuatro, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, que corresponde al sitio número DIEZ de la Manzana E, del plano de loteo agregado al final del Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y siete, bajo elnúmero dieciocho, inscrito a su nombre a 2890 vuelta, N* 3318, del Registro de Propiedad del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. TERCER OTROSÍ: Sírvase su SS.
Tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos au tos, con citación.
CUARTO OTROSÍ: Que por este acto vengo en señalar s.. como medio de notificación los siguientes correos electrónicos; notificacionesampabogada. cl y abogadosnortebeco. bancoestado. cl QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumo el patro cinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proce50.
Asimismo, en virtud de las facultades que me ha conferido mi mandante, otorgo patrocinio y po: der al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, ambos domiciliados para estos efectos, en ANGAMOS 1686, SAN ANTONIO, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, quien firma junto a mí ense al de aceptación. / RESOLUCIÓN 31-03-2023 Atendido a lo dispuesto en el inciso final del artículo 8 de la Ley 21.226, se provee derechamente la demanda.
A lo principal: Por interpuesta la demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de don JONATHAN ALEXIS GONZALEZ SANCHEZ, por la suma de 1825,806095. -Unidades de Fomento, equivalentes al día 22 de fe: brero de 2023 a la suma de $ 64.723.180. -más interés y costas. Al primer otrosí: Por acompañados los documentos que se señala con citación. Al segundo y quinto otrosfes: téngase presente. Al tercer otrosí Téngase presente y por acompañado con citación. Al cuarto otrosí: Téngase como medio de notifica: ción. / MANDAMIENTO31-03-2023: Requiérase a don(a) JONATHAN ALEXIS GONZÁLEZ SÁNCHEZ, para que pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de 1825,806095. Unidades de Fomento, equivalentes al día 22 de febrero de 2023 a la suma de $ 64.723.180, más intereses y costas.
No verificado el pago. t bese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provislonal y bajo su responsabilidad legal, en especial inmueble sitlo y casa del Conjunto Habitacional villa Valle verde, ubicado en calle Presidente Balmaceda número ciento sesenta y cuatro, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, que corresponde al sitio número DIEZ de la Manzana E, del plano de loteo agregado al final del Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y siete, bajo el número dieciocho, inscrito a su nombre a 2890 vuelta, N* 3318, del Registro de Propiedad del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Dicha especie quedar en poder del ejecutado, en calidad de depositario provislonal, bajo su responsabilidad legal. /EN LO PRINCIPAL: NOTIFICACIÓN POR AVISOS. PRIMER OTROS! SE ORDENE REDUCIR A EXTRACTO. SEGUNDO OTROSI: TENGA PRESEN.. L.
DE CASABLANCA MARCE= LA MONTSERRAT PIÑA VÁSQUEZ, por la ejecutante, en autos sobre cobro de pagaré en procedimiento ejecutivo, caratulado "BANCO DEL ESTADO DE CHILE/GONZALEZ SAN: CHEZ JONATHAN ALEXIS", ROL C564-2023, a 5.S. respetuosamente digo: Que, en autos se han despachado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sichado oficios de domicilio a las sipuestas se indican: a) Servicio de Impuestos Internos: Presidente Balmaceda 164, Valle Verde Curacaví. b) Policía de Investigaciones: No consta salida. c) Comisaría Vir tual de Carabineros de Chile: Balmaceda 164, Curacaví. d) Tesorería General de la República: Presidente Balmaceda 164, Valle Verde Cu: racaví; Pasaje Camilo Henríquez 1033, Curacaví. e) Registro Civil: Presidente Balmaceda N*164, Villa Valle Verde Curacaví. f) Instituto de Previsión Social (1PS): Camilo Henríquez 1033, Villa El Olivar, Curacaví. 3) AFC: Camilo Henríquez 1033, Villa El olivar, Curacavi h) FONASA: Calle Camilo Henríquez N* 1035, El Olivar, Curacaví. l) Servel: Pasaje Camilo Henríquez 1033, Villa El Ol var, CuracavÍ.
Consta por otra parte que se realizaron búsquedas negativas en los siguientes domícillos y fechas: 1.10-04-2023:Calle Presidente Balmaceda N* 174, Valle Verde, Curacaví. 2.04-05-2023: Presi dente Balmaceda N"164, Valle Verde, CuracavÍ. 3.31-08-2023: Camilo Henríquez 1033, Villa El Olivar, Curacaví 4.05-06-2023: Simón Bolívar N' 6327, Comuna La Reina. 5.1511-2023: Isabel Riquelme 515, CuraRiquelme 515, CuraRiquelme 515, CuraRiquelme 515, CuraRiquelme 515, CuraHenríquez N* 1035, El Olivar, Curacaví.
Por lo anterior, vengo en Solicitar a S.s., tenga a bien decretar se notifique al demandado de autos, don JONATHAN ALEXIS GONZALEZ SANCHEZ, en la forma establecida en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, es decir, POR AvI505, toda vez que, los únicos domicilios conocidos por mi representa» do fueron certificados por el Receptor Judicial como búsquedas negativas según consta de los atestados que rolan en la causa y a los cuales se ha hecho referencia.
En virtud de lo expuesto, y atendido a que esta parte no cuenta con otros domicilios de la ejecutada, habiendo resultados los oficios de domicilios despachados infructuosos, y con el Único objeto de dar curso progrestvo a estos autos, es que vengo en ar a S.S., se sirva decretar la ficación por Avisos contemplada en la Ley.
Solícito, asimismo, que de conformidad al art. 443 del Código de Procedimiento Civil, que, en su caso, el aviso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la última noúificación publicada en el diarfo que S.S. designe, a las 10:00, en la oficina del receptor que U.S. designe para tal efecto, quien hará el llama: do a la hora y lugar indicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa citación, se hará de inmediato y sin más trá: mite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédito, intereses y costas, que se cobran en estos au105. POR TANTO y. en atención a lo dispuesto en el articulo 54 del Cóalgo de Procedimiento Cuil.
SOLICITO A S.S. : Decretar se notifique a la demandada por avisos, indicando el número de éstos, diario en que se debe practicarse dicha publicación, y señalando el receptor que deber practicará el requerique deber practicará el requerique deber practicará el requerique deber practicará el requeriafs. 7,8, 9,10, 12,14, 24,26 y 32 configurándose lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como Se pide, notifíquese al demandado ya referido por medio de tres avisos publicados enel diario El Mercurio de Valparafso y uno en el Diario Oficial. Adjúntese proyecto de extracto para revisión del ministro de fe del Tribunal. Al segundo otrosí; Como se pide, en los términos solicitados. /SOLICITA LO QUE INDICA. S. J. L. DE CASABLANCA MARCELA MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, por la ejecutante, en los autos sobre juicio ejecutivo, caratulado "BANCO ESTADO DE CHILE con GONZÁLEZ SÁNCHEZ JONATHAN ALEXIS", ROL C-5642023, a.
S. respetuosamente digo: Que, atendido que el procedi 10 de autos es un Juicio ejecutivo, solícito a SS. se resuelva la solicitud contenida en presentación de folio 38, en el sentido de complementar la resolución de 03 de enero de 2024, y de conformidad al art. 443 del Código de Procedimiento Civil, se ordene que el aviso contenga la orden de requerir de pago al deudor, el que solicito se disponga para el quinto día después de la última notificación publicada, a las 10:00, en la oficina del Receptor Judicial de Casablanca, don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, domiciliado en PORTALES '529 OF. 3.
CASABLANCA; quien hará el llamado ala hora y lugar indicado, todo ello bajo apercibimiento que, de no concurrir el deudor a esa citación, se hará de inmediato y sin más trámite el embargo de bienes suficientes, para cubrir el crédito, intereses y costas, que se cobra en estos autos. POR TANTO, RUEGO a 5.S. : acceder a lo solicitado/RESOLUCIÓN 24-01-202: le, compleméntese la resolución de fecha 3 de Enero de 2024, que accede a la notificación por avisos, en los términos solicitados. La secretaria. cretaria. cretaria. cretaria. cretaria. cretaria. EXTRACTO.
JUZGADO DE Letras de La Calera, causa rol V-147-2023, car ratulada "PEREZ", por sentencia definitiva del 02 de mayo de 2024 y rectificación de fecha 09 de mayo de 2024, se declara interdicción defínitiva por demencia de ROSA ESTER CARVAJAL, C.l. 5.304.284 -8, quedando privada de administrar sus bienes, designando como curador definitivo a su hija TERESA ANGELICA PEREZ CARVAJAL, Cl. 11.180.874-0.
EXTRACTO». JUZGADO DE Letras De La Calera, en causa Rol V-1462023 caratulada "GALLEGUILLOS/ por sentencia definitiva ejecutor da dictada el 8 de abril del año 2024, declara interdicción definitiva por causa de demencia de doña SONIA EUFROCINA MONCADA ULLOA, Cl. 4.891.817 -4, quedando privada de la administración de sus bienes, nombrándose curador definítivo de su persona y de sus bienes, a su hija doña MARIA VALESKA GALLEGUILLOS MONCADA, C. 1.15.094.262 :4. C. 1.15.094.262 :4. C. 1.15.094.262 :4. miento. PRIMER OTROSÍ: Solicito a U.S.
Conforme lo dispuesto en el art. 54 del Código de Procedimien10 Civil, se sirva decretar, para los efectos de realizar la notificación por avisos solicitada en lo principal, se ordene alla) Sr(a). Secretario(a) del Tribunal faccionar un extracto de todo lo actuado hasta la fecha, por cuanto, de otro modo la notificación resultará excesivamente dispendiosa para mi parte.
SEGUNDO OTROSÍ: Ruego a US, tener presente que vengo en proponer a don ESTEBAN MEDEL BELTRÁN, Abogado, Receptor Judicial de Casablanca, como receptor para efectuar el requerimiento de pago, indicando que su domicilio queda ubicado en PORTALES 41529 OF. 3.
CASABLANCA. /RESOLUCIÓN 03-01-2024: Pre veyendo escrito de fecha 27 de Diciembre del 2022 a folio 38: A lo principal y primer otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes y habiéndose diligenciado sin resultado positivo la notificación del demandado don JONATHAN ALEXIS GONZALEZ SANCHEZ en las direcciones proporcionadas por las Institucioproporcionadas por las Institucioproporcionadas por las Institucioproporcionadas por las Institucioproporcionadas por las InstitucioEXTRACTO JUZGADO DE Letras de Limache, en causa Rol V-35-2024, caratulada "Retamal", sobre Interdicción por Demencia y Nombramiento Curador General, se cita a audiencia de parientes de don Daniel Alejandro Retamal Osorio, para el día 28 de junio de 2024, a las 10:00 horas, audiencia se realizará bajo modalidad videoconferencia, a través de plataforma Zoom, ID de acceso 997 8277 4372, contraseña 412955. EXTRACTO: JUZGADO DE Letras de Villa Alemana, causa Rol V-552024, caratulada, Silva/ por solicitud de declaración de interdicción de doña Cecilia del Carmen Astudillo Segovia, C. 2.144.0841. Se cita a audiencia de parientes para el 05 de junio 2024 a las 10:00 hrs. Dicha audiencia se realizará vía remota. Se deja Link de conexión. Join Zoom Moe e tion g https://z00m.us/[/98701698611 / Meeting 1D: 987 0169 8611 Meeting 1D: 987 0169 8611 Meeting 1D: 987 0169 8611 Meeting 1D: 987 0169 8611.
EXTRACTOS: clasificados 1611 EXTRACTO: JUZGADO LETRAS La Calera, en causa Rit: V-112-2023, ¡concedió posesión efectiva de la he: rencia testada de don EDUARDO TORIBIO CRUZ SOBARZO, casado, mecánico, cédula de identidad 5.223.037 -3, con último domicillo en General Baquedano N* 212, Villa San José, El Melón, comuna de Nogales, en calidad de heredera universal testamentaría a doña ÉRICA DE LAS MERCEDES SANTIBAÑEZ TORRES, cédula de identidad 6.338.517 -4, domiciliada para estos efectos en calle Carrera N* 1858, La Calera, sin perjuicio de otros herederos con Íguales o mejores derechos. Judiciales EXTRACTO.
JUZGADO LETRAS LImache, en causa Rol V-193-2023, caratulada "Romero", se orden citar para que comparezcan los parientes de Felipe ó Andrés Villalobos Romero,C. 1.17.627673-8, para el día 4 de Junio 2024,10:00 horas, aud se realizará por videoconferencia, plataforma Zoom, 1D reunión 925 0203 7992 y contraseña 436168. Secretaría. Secretaría.
Temáticamente através de platafo! ma Zoom, en caso de cumplir requí sitos artículo 77 bis Código de Procedimiento Civil, Link para unirse: https://200m.us//4174791507 1D de reunión: 417 479 1507, sin perjuicio de participar presencialmente si lo prefiere. Secretario (S) prefiere.
Secretario (S) 'RIMER JUZGADO Ci, Causa rol V-130-2023, concedió posesión efectiva herencia testada de Berta Araya Valdes, Run 2.607.349 -9, a Bernardita Belzabeth Araya Albornoz, Run 6.754.958 sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. Secretaria, igual o mejor derecho. Secretaria, igual o mejor derecho.
Secretaria, EXTRACTO SEGUNDO JUZGADO Civil de Viña del Mar, CAUSA ROL V46-2024 caratulada "VEGA" Resolución de 18 de Abril de 2024, declaró interdicción definitiva de don Jorge René Vega Sáez, C.. : 4.267.612 :8, domicilado en calle 20 norte No1630, Santa Inés Viña del Mar, nombrán* dose como su curadora definitiva a su hija Angélica María Vega Vargas C. 1 10.767.856-5 Secretario Subrogante EXTRACTO JUZGADO JUZGADO EXTRACTO JUZGADO LETRAS LImache, en causa rol V-151-2023, Caratulada CAIMANQUE/. por sentencia definitiva ejecutoriada dictada el 04 de marzo de 2024, se declaró la interdicción definitiva por demencía de don Benjamín Felipe Guzmán Calmanque, Fun 21.749.764quedando privado de la administra: ción de sus bienes, designándose curadora general y definitiva a su madre, doña Andrea Jacinta Caímanque Gacitua, RUN: 11.840.0003. 3. Civil de Viña del Mar.
CAUSA ROL V98-2024 caratulada "BERNAL" sobre declaración de interdicción por demencia de doña Elíana Vargas Araya cita a audiencia de parientes e Inspección personal para el día martes 4 de junio de 2024, a las 11:00 hora, a través de plataforma o.. . mo. https://200m.us//936026037952p vwd=CXIwN1hqWHFSSXpRTKONTGX6 Q3M42209 1D de reunión: 9360260 3795 Código de acceso: 445945.
Secretarlo Subrogante cretarlo Subrogante EXTRACTO POR RESOLUCIÓN del Tribunal de Familia de Viña del Mar, en causa RIT N* C-3399-2023, en materia de Divorcio por Cese de Convivencia, y demanda de compensación económica, iniciada con fecha 5 diciembre 2023, caratulada HENRIQUEZ/RAMIREZ, deducida por KATHERINE HENRIQUEZ VASQUEZ Cl 16887454-5, en contra de CLAUDIO RAMIREZ RIVEROS, Cl 16.801.648-4, se ha ordenado notificar por este medio, dicha demanda, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 23 ínciso 4* de la Ley 12968 yelartículo 54 del código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión normativa del artículo 27 de la Ley 19.968, y resolución de fecha 10 de abril 2024, que cita a audiencia preparatoria para el día 18 de junio del alas 11:15 horas, en Tribunal de Familía Viña del Mar.
Se hace presente que la audiencia se celebrará con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que en ella se dicten sin necesidad de ulterior notificación, bajo apercibimiento de continuar con el procedimiento y resolver de oficio. Viña del Mar, a 11 de Abril del 2024.
Dora Smirnoff Schapira Jefa de Unida de Causas Juzgado de Fami ña del Mar ña del Mar ña del Mar ña del Mar ña del Mar EXTRACTO POR RESOLUCIÓN del Tribunal de Familia de Quillota, en causa RIT C-1122-2023, RUC 23-240168472 sobre ALIMENTOS CESACION, caratulado "ASTORGA/ASTORGA", se ha ordenado notificar por EXTRACTO.
TRIBUNAL DE Familia de Viña del Mar, en causa RIT C-392024, sobre cuidado personal caratulado JORQUERA/NUÑEZ", se ha ordenado notificar por avisos la demanda interpuesta por doña Olga Lidia del Carmen Vásquez Sotelo y don Richard Manuel Jorquera Gomez, su proveído fecha 04 de enero del 2024 y resolución de día 09 de febrero del año en curso, que cita al demandado don Patricio Fernando Gomez Santillana, RUN 11.735.723-6 a audiencia preparatoria de jul Jada para el día 04 dejunio del 2024 alas 13.30 horas, de forma presencial ante el mismo tribunal ubicado en calle Traslaviña 145 de Viña del Mar, o en su defecto, por videoconferencia a través de la aplicación ZOOM en caso de tener medios idóneos.
Lo anterior, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con las partes que asistan afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que en ella se dicten sín ulterior notificación en tud de lo dispuesto en el inciso final del artículo 59 de la Ley 19.968, Viha del Mar, 20 de mayo de 2024. Dora Smirnoff Schapira, Ministro de Fe. Fe. Fe.
EXTRACTO. 20 JUZGADO Civil Viña del Mar, Rol C-5626-2023, caratulado "BANCO SANTANDER-CHILE CHlLE CON MARTINEZ RODRIGUEZ y OTRO", comparece Ezio Coda Castillo, abogado, en representación BANCO SANTANDER-CHILE, la demandante, a US. respetuosamente iguales de $1.621.608 -.. con vencimiento los días 28 de cada mes, a contar del 28 mayo 2021, y hasta el 29 marzo 2027, y una última cuota de $1.621,574. con vencimiento el 28 abril 2027.3. Se estipuló en el pagaré que la suma prestada devengaría un interés del 0,43% mensual, calculado en base a meses de 30 días. La tasa anual de interés se refiere a años de 360 días. Los interesesse pagarán y calcularán sobre el total del capital que se esté adeudando y por los días efectivamente transcurridos entre cada fecha de pago de intereses, 4. El crédito estaba destinado a: Los recursos provenientes de los financiamientos con garantias del Fondo solamente podrán ser utilizados para inversiones, gastos y refinanciamientos sujetos alas restricciones del artículo 6 del Reglamento.
Lo anterior incluye la adquisición de activos fos y las necesidades de capital de trabar jo de la empresa, tales como, pago de remuneraciones y obligaciones previsionales, arriendos, rentas de leasing, mercaderías y suministros, incluyendo aquellos documentados através de cartas de crédito de importación o exportación, y facturas pendientes de liquidación, obligaciones tributarias, boletas de garantía, gastos asociados al otorgamiento de Garantías de Reactivación, y cualquier otro gasto que sea indispensable para el funcionamiento de ésta, entre otros.
Se obligó a destinar las sumas que da cuenta este pagaré a Capital de trabajo y afacilitar al Banco el control de la inversión. 5.Para los efectos del orden interno que el mandante necesita en el giro de sus operaciones comerciales, el documento más arriba singularizado tiene el número de crédito 420021055149.6.
Es del caso que el deudor dejó de pagarla cuota con vencimiento el día 29 mayo 2023, adeudando a mi mandante por saldo insoluto, la cantidad de $70.077.891. -, suma a la que hay que agregar los reajustes e intereses convenidos (compensatorios y moratorios) desde esa fecha y hasta la de pago. 7. El crédito del que da cuenta este pagaré está afecto a la garantía del "Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios" en un porcentaje de 70,00% sobre el saldo de capital adeudado. El plazo de vigencia dela garantía otorgada por FOGAPE se pactó que tendrá un pl 0 de 72 meses. ASu turno, se pactó la posibilidad de pagos anticipados, y en el caso de pagos anticipados parciales de capital adeudado, debía ser por un monto igual o superior al 25% de capital insoluto adeudado. 8.
Debo hacer presente a 5.5. que mi representado, en virtud de lo acordado en el propio pagaré, ha decidido hacer exigible en forma anticipada el total de esta oblígan, sólo a contar de la fecha de presentación de esta demanda. 9.Este pagaré fue suscrito por Nicolas Silva Contreras y Jacqueline Zapata Canales, en representación de la parte deudora, de acuerdo a mandato, según se hizo constar al notario autorizante.
Encontrándose la firma de la parte suscriptora, autorizada ante Notario Público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 434 N* 4 del Código de ProceCivil, el pagaré tiene mériCivil, el pagaré tiene mériCivil, el pagaré tiene mériCivil, el pagaré tiene mériCivil, el pagaré tiene mériCivil, el pagaré tiene mériCivil, el pagaré tiene mérieste medio en calidad de da a doña JARIXA ELIER ASTORGA BELTRAN, C.
I NO 19.151.062-3, de la demanda presentada con fecha 03 de septiembre de 2023, resoluciones de fecha 25 de septiembre de 2023 y de fecha 17 de mayo de 2024 que cita a audiencia preparatoria para el día 17 de Julio de 2024, alas 08:30 horas, bajo apercibimiento del artículo 59 de la ley 19968, ante el Juzgado de Familía ubicado en Calle Ramón Freire N* 190, Quillota pudiendo comparecer en forma telemática a través de la plataforma 00m, previa autorización deltribunal. Quillota, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. EXTRACTO PRIMER JUZGADO ClVIL DE VIÑA DEL MAR.
CAUSA ROL V-91:2024 caratulada "CONTRERAS" sobre declaración de interdicción por demencia de doña CINTHIA ELIZABETH PIZARRO VIEYRA, cita a Auiencia de sus parientes para el lunes 10 de junio de 2024,09:00 hones 10 de junio de 2024,09:00 hones 10 de junio de 2024,09:00 hodigo: En la representación que invisto. vengo en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de la empresa PRONOR CHILE SPA, ignoro giro, representada legalmente por Luls Fernando Martínez Rodríguez (25.773.366-1), Ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en cale Lajarilla 7445, Viña del Mar, en calidad de deudora principal y en contra de LUIS FERNANDO MARTINEZ RODRIGUEZ, ignoro profesión u oficio, con domicilio en FRANCISCO SOZA COUSIÑO 527, CONCON. en caiídad de aval, flador y codeudor solidario, por las razones que a continuación expongo: L La parte deudora, PRONOR CHILE SPA y LUIS FERNANDO MARTINEZ RODRÍGUEZ, suscribió con fecha 28 abril 2021, el Pagaré Moneda Nacional No reajustable FOGAPE REACTIVACION, a la orden del Banco Santander-Chile, por la suma, en capital, de $100.001.500. -, valor préstamo que recibió en moneda nacional. 2. El capital adeudado debía pagarse en capital adeudado debía pagarse en capital adeudado debía pagarse en capital adeudado debía pagarse en to ejecutivo, 10.
Competencia: Las partes otorgaron expresamente competencia en el pagaré a los tr bunales de la comuna y ciudad de Viña del Mar. 11» Siendo la deuda líquida, actualmente exigible y no prescrita, el Banco Santander-Chile viene en hacer efectivo su derecho y en demandar el pago íntegro del crédito a través de este procedinto ejecutivo. POR TANTO, en mérito de lo expuesto, documento acompañado y lo dispuesto en el artículo 434 N* 4 del Código de Procedimiento Civil, A V.S.
RUEGO: tener por interpuesta la presente demanda ejecutiva en contra de la empre5a PRONOR CHILE SPA, representada en la forma indicada, por don LUIS FERNANDO MARTINEZ RODRIGUEZ, en calidad de deudor principal, y en contra de don LUIS FERNANDO MARTINEZ RODRIGUEZ, ya individualizado, en calidad de aval flador y codeudor solidario, ordenando se despache mandamiento nando se despache mandamiento nando se despache mandamiento nando se despache mandamiento nando se despache mandamiento de ellos, por la cantidad de $70.077.891. -, más los intereses convenidos, compensatorios y moratorios, que deben calcularse a partir dela fecha más arriba refertda y hasta la fecha de pago efectivo, y las costas de la causa, declarando en definitiva que debe seguirse adelante con la ejecución hasta hacer a mi representado entero y cumplido pago del total de lo adeudado, con costas. PRIMER OTROSI: Señaló para la traba del embargo todos los bienes que pert ala parte ala parte RESOLUCION, QUE INDICA. RESOLUCION, FOLIO 56: 08 mayo 2024.
Se señala que los avisos deben ser publicados en el Diario "El Mercurio", de Valparaiso los que no deberán ser menos de tres en extractos redactado por el Secretario del Tribunal, debiendo insertarse el aviso en los números del diario oficial correspondientes a los días 1* o 15 de cualquier mes o al día siguiente si no ha publicado en las fecha indicadas. das. das. das. demandada y que sean susceptibles de tal medida. SEGUNDO OTROSI: Ruego a Vs. tener presente que designo a la propia parte demandada como depositaria provisional, bajo su responsabilidad legal, civil y penal. TERCER OTROSH: Ruego a VS. tener por acompañados, con citación y bajo apercibimiento legal, los siguientes instrumentos: Pagaré y mandato, referidos e individualizados en lo principal. CUARTO OTROSl: Ruego a US. tener por acompahada escritura pública de mandato judicial en la que consta mi personería, con citación. QUINTO OTROSI: Ruego a V.S. custodiar el pagaré y mandato, acompañados en el tercer otrosí anterior. SEXTO OTROS: Solícito a VS, tener presente que, en mi calidad de abogado habilitado, con patente al día, constando mi individualización al comienzo de esta presentación, asumo personalmente el patrocinio y poder en esta cau5a. SEPTIMO OTROSI: Ruego a US. tener presente que mi mail es ecodagabogbank. cl, para efectos de notificaciones y para todos los efectos legales a que haya lugar.
RESOLUCION FOLIO 8: 27 noviembre 2023 Por cumplido lo ordenado, se provee la demanda ejecutiva como slgue: A lo principal: despáchese; al primer y segundo otrosí: téngase presente, hasta que cubra el capital adeudado con sus respectivos intereses y costas.
Respecto al depositario provisional, como se pide; al tercer y quinto otrosí: ténganse por acompañados los documentos en forma digital, con citación y/o bajo apercibimiento legal, al cuarto oroténgase por ac ida la perida la perida la perida la perida la perida la perEXTRACTO. 2* JUZGADO de Letras de Quilpué, causa Rol V-45-2024,5 e solícita Rectificación de la partida de matrimonio celebrado con fecha 26 de jll 2011.
Circunscripción ipué, inscripción 453, mismo ¿ o ordenando acancelaión dela ubinscripción de la sentencia definitiva de divorcio, dictada respecto del matrimonio celebrado entre doña MARÍA EDITH DÍAZ OLIVARES y su cónyuge ya fallecido, don JOSÉ DEL CARMEN FERNÁNDEZ VALENZUELA. LA SECRETARIA ZUELA.
LA SECRETARIA EXTRACTO 3* JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR, autos ROL V-82caratulados "VETTIcaratulados "VETTISolemne de bienes quedados alfa: llecimiento de don JORGE EDUARDO GUILLERMO VETTIGER CABRERA, la quese efectuará el día 04-06-2024, alas 16:00 horas, ante la señora Secretaria del Tribunal, a través de la plataforma z00m; demás antecedentes constan en la causa.
La secreta creta EXTRACTO: 5* JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO, en causa Rol v-142: 2023, caratulada "MONDACA", por sentencia de 19 de marzo de 2024, se declaró a doña ORIANA DEL CAR: MEN MONDACA ÁLVAREZ RUN 6.018.823, interdicta por discapacidad mental, quedando privada de la libre administración de sus blenes.
Se nombró curadora definitiva a su hermana ELIANA DE LAS MERCEDES MONDACA ÁLVAREZ, RUN 7.390.498 -6, Secretaria (S).7.390.498-6, Secretaria (S). sonería, con citación: al quinto otrosí: téngase presente; al sexto otrosí téngase presente; y al séptimo otroatendido a que aún se encuentra inhabilitada la notificación por correo electrónico en sede civil. no ha lugar a lo solicitado. MANDAMIENTO.
FOLIO 1: 27 noviembre 2023 Requiérase a empresa PRONOR CHILE SPA, representada en la forma indicada, por don LUIS FERNANDO MARTINEZ RODRIGUEZ, en calidad «e deudor principal, y en contra de don LUIS FERNANDO MARTINEZ RODRIGUEZ, ya individualizado, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario, para que pague a BANCO SANTANDER S.A.. la suma de $70.077.891.-. más intereses y costas, No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedaran en su poder en calidad de depositario provisional y baJo su responsabilidad legal. Así esta ordenado en los autos caratulados BANCO SANTANDER S.A. /MARTINEZ, Rol C(-5626-2023 seguidos ante este tribunal. ESCRITO, FOLIO 46: 28 marzo 2024, SOLICITUD NOTIFICACION POR AVISOS.
RESOLUCION, FOLIO 54: 02 mayo 2024, Atendido el mérito de autos, esto es, que se han recepcionado todos los oficios de las entidades públicas y habiéndose realizado las gestiones necesarias tendientes a notificar ala demandada, todas ellas con resultado negativo, y conforme lo dispone el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: Se accede a notificar la demanda por avisos a la parte demandada, al tenor de lo dispuesto en la norma antes citada, y en cuanto al requerimiento de pago, practíquese este al quinto día hábil de realizada la última publicación en el diario "El Mercurio de Valparalso", debiendo para estos efectos concurrir la parte demandada, al oficio del Sr. Receptor Judicial don Roberto Botto Oakley. con domicilio en Plaza Justicia 45, oficina 513, Valparaíso, a fin de ser requerido de pago, a las 16:00 horas. ESCRITO, FOLIO 55: 07 mayo ras. ESCRITO, FOLIO 55: 07 mayo ras. ESCRITO, FOLIO 55: 07 mayo ras. ESCRITO, FOLIO 55: 07 mayo ras. ESCRITO, FOLIO 55: 07 mayo ras.
ESCRITO, FOLIO 55: 07 mayo EXTRACTO: 5* JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO, por sentencia definitiva dictada en causa Rol V-5-2024, caratulada "FERNANDEZ", se decla: ró a don VICENTE AMÉRICO ESCOBAR FERNANDEZ RUN 15.951.573-7, interdicto en razón de demencia, quedando privado de la libre administración de sus bienes. Se nombró curadora definitiva a su madre MARIA MAGDALENA FERNANDEZ VENEGAS, RUN 8.221.658. Secretaria NEGAS, RUN 8.221.658. Secretaria NEGAS, RUN 8.221.658.
Secretaria JUZGADO LETRAS LIMACHE, en causa ROL V-77-2023, caratulada "BACIGALUPO / DÍAZ", por sentencía de fecha 30 de agosto de 2023, se concedió posesión efectiva herencia testada quedada al fallecimiento de Liliana del Carmen Díaz miento de Liliana del Carmen Díaz don Mauricio Gonzalo Bacigalupo Díaz, Doña Karina Nilda Bacigalupo Díaz y doña Claudia Liliana BacigaTupo Díaz, y a esta última como heredera de la cuarta de mejoras y Ilbre disposición, sin perjuicio otros herederos de igual o mejor derecho. Secretaria.
NOTIFICACIÓN, EN AUTOS caratulados "BERRÍOS" ROL V-822023 del Primer Juzgado de Letras de Los An des, por Sentencia de fecha 30 de abril de 2024, se ha decretado la interdicción definitiva de SONIA ROSA SEPÚLVEDA HERRERA, cédula de identidad N*5.108.173 -0, domlcillada en Sector San Vicente La Caldera Nueva, Calle Cristo Redentor N*49 B, Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, razón por la cual no tiene la libre administración de sus bienes, nombrándose como su cura» dora definitiva a su hija doña YANNETT DEL CARMEN BERRÍOS SE: PÚLVEDA, cédula de identidad N12718.553 -0. N12718.553 -0. N12718.553 -0. DEL CARMEN TOBAR NUÑEZ, para el 17 junio del 2024, alas 10:30 hrs. NOTIFICACIÓN. TERCER JUZGADO Civil de Viña del Mar.
Causa ROL: NO: V 14-2024, caratulada "ZARATE/PI+ concedió la posesión efectiva de herencia testada de la causante doña ANA DOLORES DEL CARMEN PIZARRO MAUREIRA, a Sus sobrinos Miren Garbiñe Pizarro Golcochea o Garbiñe Pizarro Golcochea; Hernán Fernando Pizarro Golco; Patricio Javier Zárate Pizarro, Francisco Javier Zárate Paredes, Pedro Ignacio Zárate Pizarro, y Cristían Gonzalo Zárate Pizarro, como sucesores de la cuota correspondiente a Ana Patricia Victoria rro Golcochea; Paloma Sofía Pizarro Toro, y Florencia Almendra Pizarro Toro, como sucesores de la cuota correspondiente a Eduardo Pizarro. correspondiente a Eduardo Pizarro. correspondiente a Eduardo Pizarro. correspondiente a Eduardo Pizarro. correspondiente a Eduardo Pizarro. correspondiente a Eduardo Pizarro.
Pizarro, y Marité Victoria Cabezas Pizarro, como sucesores de la cuota correspondiente a María Teresa Pizarro Goicochea; Cristian Marcel PIzarro Goicoechea o Cristian Marcel Pizarro Goicochea; Gastón Manuel Pizarro Pérez; Ricardo Mauricio Pizarro Pérez; Eduardo Ramón Pizarro Pérez: Pedro Erich Pizarro Baltz; Gloria Isabel Pizarro Baltz; Jorge Enrique Pizarro Agudo; Mónica Irene Pizarro Agudo; Cristian Andrés Pizarro Allard; Mateo Guzmán Pizarro; Florencia Guzmán Pizarro; y Lucas Guzmán Pizarro; todos ellos en calidad de herederos universales; in perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho y de los legados establecidos en el mismo testamento.
POR RESOLUCIÓN DEL Juzgado de Famila de Limache, en causa RIT 107-2023, sobre Reconocimiento de Paternidad, se ha ordenado notificar en segunda citación por este medio al demandado CRISTIAN ARIEL CHAPARRO PIZARRO, Cédula de Identidad N*15.085.158-0, que debe concurrir el día 25 de junio de 2024 a las 11:30 horas, al Se Médico Legal de Valparaíso, ubicado en calle Orella N"954, Valparaíso, para la realización de la pericia biológica de ADN decretada en au15.
Lo anterior bajo el apercibimiento dispuesto en el artículo 199, incisos 4? y 5* del Código Civil, esto es, que la hegativa Inústficada de una de las partes a practicarse el examen mencionado, hará presumir legalmente la paternidad o maternidad, o la ausencia de ella, según corresponda, entendiéndose que hay ausencia injustificada si, citada la parte dos veces, no concurre a la realización del examen. Se hace presente ala parte demandada que deberá presentarse el día y hora sealados con a lo menos 10 minutos deanticipación, portando cédula de identidad en buen estado. Limache, 22 de mayo de 2024. Luis Araya Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5. Quero. Ministro de Fe (5.1612 remates JDO. COB. LABORAL Y PREVISIONAL DE VALPO., en causa de de cumplimiento laboral, RIT C-689-2017, caratulados "VALDÉS/ALFARO", filó REMATE para el día 04 de junio de2024 a las 12:00 hrs.
El inmueble que se rematará, es la propiedad raíz inscrita a Fojas 5736 número 5346 del Registro de Propiedad año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, a nombre de JAVIER ENRIQUE ALFARO VALENZUELA, correspondien: te a: Lote 41, acceso por Sendero Pedro de Valdivia Dos No 300, Conjunto Habitacional villa Los Fundadores, etapa F-4-2, placilla de Peñuelas Curauma. La propiedad se subastará en el estado material y jurídico en que se encuentre el día dela subasta.
El míntmoffijado para la subasta conforme al avalúo actualizado al 1* semestre de 2024, esde $ 30.736.473, Precio pagado al contado dentro quinto día hábil, contado desde la fecha de la subasta mediante depósito bancario en la cuenta corriente Juzgado. Derecho posturas. posturas. posturas. NOTIFICACIÓN. EN CAUSA Rol V56-2024, Interdicción, del Juzgado vil de Villa Alemana, caratulada IRRIBARRA.
Por resolución de fecha 09 de mayo del 2024, cítese a au09 de mayo del 2024, cítese a au09 de mayo del 2024, cítese a au09 de mayo del 2024, cítese a au09 de mayo del 2024, cítese a aufimo, mediante depósito en la cuenta corrientedel Juzgado, efectuado atravéscupón de pago Banco Estado obtenido en la página Poder Judicial nido en la página Poder Judicial.
EXTRACTOS: clasificados 1612 'wwwplud. cl.. El interesado en partici paren la subasta deberá ingresar con su clave única a la Oficina Judicial Virtual y buscar la respectiva causa en la sección remates y seleccionar la opción postular, debiendo ingresar todos los datos requeridos y adjuntando en la misma el respectivo comprobante de depósito judicial que dé cuenta de la garantía, no existiendo otra forma de postulación, en el caso que el postorno incluya los datos requeridosserá rechazada su postulación. El plazo de postulación vence alas 24:00 horas deldíaanterior ala fecha fijada para el remate. Asimismo el adjudicatario deberá tener su clave única del estado activa, para la eventual suscripción del actaderemate. Serealizará por video«conferencia, plataforma zo0m Id reunión: 926 5314 3820, Código de acceso: 776412 Ejecutante no deberá presentar garantía para tomar parte subasta, abonándose a precio remate el valor del crédito tenga contra ejecutante. Subastador designará domicilio dentro radio urbano Valparaíso. Demás bases y antecedentes del remate dela propiedad y derechos, causa individualizada, accediendo a módulos consulta tribunal o www.poderjudicial.cl. Valparaíso, 30 de abril de dos mil veinticuatro.
KAREN ZAMBRANO CARTAGENA ADMINISTRATIVO JEFE Remates Remates Remates EXTRACTO: REMATE ANTE S.L. de Villa Alemana, el día jueves 11 dejunio de 2024 alas 12:00 hrs, endependencias del tribunal, de los derechos que le corresponden a Lucia Feliciana Améstica Gatica sobre el inmueble Ubicado en la comuna de Vila Alemana, Peñablanca, Población Teniente Orella, Calle Milán 407, que correspondealsitio15 dela manzana H, singula: rizado enel plano archivado bajo eln 146 en el registro de documentos del año 1976, del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, que deslinda y mide: NORTE, en 28 metros con ote 14; SUR, en 28 metros con lote 16; ORIENTE, en 14,50 metros con lote 7y PONIENTE, en 14,50 metros con calle Milán, Inscrito af. 1323N 1945 del Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de villa Alemana.
Mínimo: $15.000.000. para tomar parte de la subasta deber rendir caución del 10% del min,, a través decupón de pagoen Banco Estado depósito Judicial en la cuenta corriente deltribunal (no transferencia electróica). Rol V-134-2022 Bases, más antecedentes jLvillzalemana rematesapjud. cl.
EXTRACTO REMATE JUDICIAL ViDEOCONFERENCIA Z00M 12 DE JUNIO DEL 2024, a las 11:00 horas, Primer Juzgado Civ de viña del Mar "BANCO CREDITO E INVERSIONES CON RIQUELMERIQUELME", RolC:930-2023", mueble inscrito a Fojas 3249, número 3163, del año 2019 (el departamento) a Fojas 3251, número 3165, del año 2019 (el estacionamiento) y a Fojas 3250N' 3164 delaño 2019 (la bodega), del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concón, a nombre de PEDRO ANTONIO RIQUELME RIQUELME, consistente en el Departamento N*-405, ubicado en el cuarto piso; del Estacionamiento N* 115, ubicado en la planta segundo subterráneo: y enla Bodega N*119, ubicada en la planta segundo subterráneo, todos del edificio Altair, con acceso principal por calle Las Pimpinelas 11120 de lacomuna de Concón. Rol de avalúo número 626-26 (Departamen10), 626-312 (Estacionamiento) y 626252 (Bodega). Mínimo posturas $93736.558, precio a pagar al contado dentro de 3 días siguientes ala subastapor consignación en cuenta corriente de tribunal. La subasta se realizará por videoconferencia, plataforma Zoom, link conexión: https://200m.u5/1/4174791507,1D de reunión: 417479 1507. Para participar enlasubasta, todo postor deber tener activa su Clave única del Estado.
Interesados deberán rendir caución noinferlor 10% mínimo, mediante vale vista a nombre del Tribunal o consignación en cuenta corriente del Tribunal, mediante pago directo o cupón de pa80 (NO TRANSFERENCIA ELECTRON CA), datos: Primer Juzgado Civil de Y ñadel Mar, Cuenta Corriente Banco del Estado N* 23500122340, R. 603050207.
Para obtener cupón de pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. pago: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. Sila caución se hace a través de vale vista, este debe ser acompañado físcamente enel Tribunal alo menoscon 48 hrs.. hábiles de anticipación a remate, Encaso de pagarse en línea por cupón de pago o depósito directo, debe ser realizado antes de las 14:00 hrs. delsegundo día hábil anterior aa audiencia, para quese veareflejado en la cuenta corriente con la antelación debida.
En todos los casos comprobante de consignación de caución o entrega de vale vista debe ser acompañado en forma digital y legible con alos menos 48hrs,. de antelación al remate, al correo electrónico jcl vinadielmar rematesapjud. c, indicando dielmar rematesapjud. c, indicando la caución o de entrega del vale vista debe acompañarse en forma digital y legible con a los menos 48 hrs, de antelación a la audiencia de remate, al correo --jel vinadelmar remar tesapjud. clindividualizando alpostor (con nombre, rut, profesión u oficio, domicilio), indicando si adjudica para síopara untercero (individualizándolo) rol causa, correo electrónico y número telefónico por si es necesario contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. Demás bases y antecedentes autos ejecutivos caratulados "Itau Corpbanca/Inmobillaria Concón Spa", Rol NO C-3397-2021, fi cinajudicial virtual. Secretaria (5). cinajudicial virtual. Secretaria (5). cinajudicial virtual.
Secretaria (5). participará con el fn de adjudicarse Para sío para un tercero (individualizandoa dicho tercero) indicando rol de la causa, correo electrónico y número telefónico para el caso que se requiera contactarlo durante la subasta. Postores deberán tener cámara activada y conexión a audio para participar en femate, no cumpliendo requisitostécicoso depósito de caución en tiempo. y forma, no podrá participar en remate. El acta de remate se suscribirá el ismo día mediante firma electrónica simple o avanzada. Demás antecedentes consultar causa en Oficina Judicial Virtual. Teléfonotribunal 32-2682594, Secretaria (S) EXTRACTO REMATE.
LIQUIDADOR Aldo Gómez Concha decretó remate para jueves 13 de junio de 2024,16:30 horas, en juicio "VERGARA CON VILLELLA". propiedad consistente en edlfcio ubicado pleno centro de Vila Alemana, Avenida Valparaíso número 796, con fachada hacia Avenida Valparaíso y calle Condell, superficie de 384.65 m2, en primer piso con 7 locales comerciales y uno en pasillo y en segundo piso de 204.53 m2.7 locales «comerciales, valor paracomenzar postura de 31,577 UF a valor de fecha de subasta. Rol de servicio de impuestos internos 17-15, inscrito a fojas 8v nú: mero 12 del Registro de Propiedad del 2019 del Conservador de Bienes Raícesde villa Alemana. El remateserealízará en dependencias de la propiedad a subastar ubicada en Avda.
Valparaíso número 796, comuna de Vila Alemana y por medio de audiencia a través de videoconferencia por la plataforma ZOOM (z00m. 4s), 1D de reunión: 9919899595 Código de acceso: 123456, datos de propledad y antecedentes para participar deben ser sollcitados a correo electrónico aldogomezabogadoggmail. com, Interesados deben rendir caución equivalente 10% mínimo fijado para posturas, con vale vista a nombre de líquidador ALDO vista a nombre de líquidador ALDO vista a nombre de líquidador ALDO EXTRACTO: REMATE PRIMER Juzgado de Letras de Quillota, en causa Rol C-1191-2023, caratulado "Banco del Estado de Chile con Gallardo", se fijó fecha de subasta para el día 11 de junio de 2024 a las 11:00 horas, la cual se realizará. video conferencia video conferencia lle Israel Roa NO 1524, Conjunto Habitacional Roberto Matta. Inscrito a Fojas 1690, Número 2577 Registro Propiedad 2018, Conservador de Bienes Raices Valparaíso. Mínimo para la subasta$72.410.563.
Precio pagaderoal contado 50 día hábil siguiente a fecha de la subasta, Interesados consignar garantía suficiente para participar en Tasubasta, por equivalente 10% mínimo subasta, mediante cupón de pago del Banco Estado o botón de pago en cuenta corriente del Tribunal.
Deberán remitir comprobante a través del mó: dulo de remates en la oficina judicial virtual ingresando con Clave Única, al menos cuatro días hábiles antes del remate, debiendo individualizarse, sealarrol dea causa, correo electrónico y número telefónico.
Para el caso que no exisierela opción anterior, deberá remitir en los mismos plazos y condiciones dicha información al coreo, ¿lectónico. _ es valparar jud. clindíjud. clindíjud. clindíen plataforma Zoom, respecto a los derechos en el Lote 10 20 de la subdivisión de la reserva cooperativa BC10, conforme al plano archivado bajo el 455 del Registro de Documentos delaño 1996, del Proyecto de Parcelación el Cajón de San Pedro, comuna de Quillota; inscrito a fojas 1990 vuelta 02187 del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Quillota, de propiedad de Doha Alicia Edith Gallardo Espinoza. Mínimo para la postura $539.058, que corresponde a la tasación fiscal del bien embargado primer semestre de 2024.
El precio total de la adjudic: ción, deberá ser pagado al contado, mediante Cupón de pago en Banco Estado o depósito en lacuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del tercer día hábil contado desde la fecha del remate.
Todo postor excepto el banco ejecutante (quien tomará parte en la subasta como postorconcargo suscréditos), para tomar parte en elremate deberá rendir caución por un valor equivalente al 10%, del mínimo fijado para las posturas. la cual se llevará a efecto através de Cupón de Pago en Banco Estado o depósitojudiclal efectuado en la cuenta co: rriente del Tribunal.
En relación al comprobante de dicha garantía, este ha deser remitido al correo electrónico del respectivo tribunal, esto es, Jin quilota rematesapjud. cl, a más tardar alas 12:00 horas del segundo día hábil anterior ala fecha de la subasta, entendiéndose para estosefectos que los días sábados no constituyen días hábiles, indicándose ro! dela causa en la cual participará, correo electrónico ynúmero deteléfono para el caso que requiera ser contactado durante la subasta por problemas de durante la subasta por problemas de durante la subasta por problemas de durante la subasta por problemas de durante la subasta por problemas de Soda posuarónalreredo aviso Comternciase realizará através dels guien rTOS:/200u.
US/919792336027 WD=VLDIOTFPVIPIBEH RKIFYRLRIBXBIUTOS para lo cual se requiere de un computador o teléfono conconexióna internet, en amboscaos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo, siendo carga de las partes y postores tener los elementos de conexión y tecnológicos.
Demásantecedentes rol N*C-2625-2020, "Bancodel Estado de Chile con Bustos". SECRETARÍA (5), EXTRACTO: REMATE SEGUNDO Juzgado Civil de Viña del Mar, calle Arleul No346 piso NOA, rematará eldía12 de junio de 2024; a las 11:00 horas, propiedad raíz ubicada enla comuna de Villa Alemana, Conjunto Habitacional Los Torreones del Carmen, pasaje Jerez de la Frontera N*028, que corres'ponde al lote N*199, inscrito a fojas 9 'N'15 del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raices de Vila Alemana, año 2020.
Mínimo paralasposturas en la suma de $45.810.061. -; el remate será realizado mediante video conferencia, a través de la paa zoom bajo el link: os room //o1609003a027pn8 os room //o1609003a027pn8 os room //o1609003a027pn8 os room //o1609003a027pn8 os room //o1609003a027pn8 piso uno, ambos del edificio Alto Foresta, con acceso por avenida Gastón Hamel Nieto N*535, Viña del Mar.
Se comprende el derecho de uso y goce exclusivo el estacionamiento N'29, y del bicicletero N*45, ambos ubicados enel piso uno del mismo edificio, conjuntamente con los derechos de domi. nio proporcionales en los bienes coimunes del edificio yen elterreno, inserito a fojas 3490 vuelta N'3908 del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raices de Viña del Mar, año 2018, Mínimo posturas en la suma de $147.444.329. -; el remate será realizado mediante video conferencia, a tra. vés de la plataforma 200m lin hups:/200m. 45/1/9757094368320wd =mofSsdz2ctjtyOmenirrzfveznnlz209 1D de reunión: 975 7094 3683 código de acceso: 681687, Todo postor deberátener activa su clave única del estado parala eventual suscripción del acta de remate.
Interesados deberán rendir caución pormedio de vale vista ala orden del tribunal, equivalente 109% del mínimo, acompañándolo materíalmente al tribunal el día hábilanterior ala subasta entre 8:00 y 12:00 horasdeblendo acompañar copla dela cédula de identidad y, en caso de concurrir en favor de un tercero, indicarlo, adjuntando fotocopia de la cédula de identidad o del rol único tributario. En ambos casos se deberá indicar correoelectrónico. Los postores deberán contar con odos los elementos tecnoTógicos y de conexión necesarios para participar, debiendo conectarse con inco mínutos de antelación al link. Concluido el remate se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará. asu correo electrónico un borrador del acta de remate, el que deberá fr: mar y devolver por la misma vía.
El postor que se adjudique para untercero, deberá presentar ante el juez los documentos suficientes afín de acreditar la individualización completa de aquél por el que actúa (nombre y Rut delapersona natural jurídica) al término de lasubasta; sin perjuicio dehaberindicado dicha información al momento de acompañar materialmente elvale vista al tribunal.
Nose admi como postores alas personas que fig ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad ren con inscripción vigente en calidad nvamarxi2dz lok 09 1D de reunión: 9164900 3402 código de acceso: 174102; interesados podránrendir caución mediante depósito judicial o cupón de pago del Banco Estado, en la cuenta corriente del tribunal (no transferencia electrónica ivale vista), hasta las 12:00 horas del 10 de junio de 2024, equivalente al 10% del mínimo.
Interesados deberán ingresar comprobante legíble de haber rendido garantía, través dl mó. ber rendido garantía, través dl mó. ber rendido garantía, través dl mó. de deudor de. en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos. Precio pagadero contado dentro de quinto día hábil siguiente a lasubasta, demás antecedentes en bases de remate y los autos Rol C-47202023, caratulados "Banco de Chilecon Mellado". Lasecretaría.
EXTRACTO REMATE 1* Juzgado Civil Viña del Mar, Arlegui 346, tercer piso, Viña del Mar, Rol V-18-2024, "SAHURIE", se rematará el 25 junio 2024, RIE", se rematará el 25 junio 2024, RIE", se rematará el 25 junio 2024, RIE", se rematará el 25 junio 2024, RIE", se rematará el 25 junio 2024, RIE", se rematará el 25 junio 2024, ANORÉSGÓMEZ CONCHA, cédulaiden conexión.
Lar delasubasta dulo para S tidad 16.143.154-0. ha de llevarse efecto integramente estecfecoenaofina ucicialvirual,. L0O Moras mediante videoconteren por medio de videoconferencia, moti amás tardara las 16:00 horas del 10 por medio de videoconferencia, moti amás tardara las 16:00 horas del 10 EXTRACTO. REMATE.
PRIMER Juzgado Civil Viña del Mar, Arlegui N* 346, de de taa nombre de Inmobiliaria Concón SpA, correspondiente a Lote 5fuslonadoresultantefusión del Lote 1 resultantea su vezsubdivisión del Lote o Sitío Uno de la Manzana 19 y del Lote o Sitio Cinco, de la Manzana 19, ambos del nuevo Lote A, denominado "Loteo Bosques de Montemar, Primera Etapa", hoy calle Los Hibiscus N*1015 comuna de Concón, Inscrita a fojas 1132 Número 11H del regístro Propiedad Conservador Bienes Raíces Concón, año 2018, Rol avalúo 600526. Mínimo subasta $550.765.63, Remate serealizará por videoconferencia a través plataforma Zoom_ bajo el link https:/200m. 45/1/4174791507.1D audiencia 417 479 1507. Postores que deseen participar del remate, deberán tener activasu clave única, cámara activada y conexión de audio, no cumpliendo requisitos técnicos no podrá participar aun cuando haya depositado caución.
Interesados en participar remate deberán rendir garantía equiValente 10% mínimo subasta medi tevale vista orden Tribunal o consignación en cuenta corriente Tribunal, por pago directo o cupón de pago (no transferencia electrónica). Sila cauciónsehace a través de vale vista, deberá acompañarlo físicamente en el Tribunal con 48 hrs, hábiles de antic ción al remate. Caso de pagarse en línea por cupón de pago odepósitoen cuenta corriente, debe realizarlo antes. de las 14:00 hrs del segundo día hábil anterior la audiencia.
En todos losca05, comprobante de consignación de 05, comprobante de consignación de 05, comprobante de consignación de 05, comprobante de consignación de 05, comprobante de consignación de vo porelcual, para efectos de su desarrollo, todos los postores han de contar con un dispositivo electrónico con cámara, micrófono y aplicación Zoom.
Ahora bien, los datos para la incorporación la audiencia de subasta, serán enviados porel tribunal previo al inicio dela audiencia, llo a correo electrónicoindicado al momento de hacerenvío de comprobante de caución respectiva, En cuanto al Acta de Remate, yantesu eventual suscripción por parte delospostores que participan enla subasta, esta se llevará a efecto por medio de vías digitales, por lo cual resulta indispensable que para ello cuenten consu Clave Única del Estado activa, Los gastos e impuestos del acta de remate, de la escritura definitiva de compraventa, incluso impuestos y los demás necesarios para entrar en posesión legal y material del inmueble, como así también todas aquellas. deudas de contribuciones, cuentas y consumos del inmueble serán de cargo delsubastador, salvo que el adjudicatarioseael Banco del Estado de Chile, caso éste en que serán imputados alos gastos el ui y serán de cardelder es es de junio de 2024, individualizándose en dicho módulo e indicando rol de la causa, correo electrónico, número telefónico, para contactarlo en caso de ser necesario.
Se autoriza a los postores interesados que no puedan acceder al señalado modulo y que hayan depositado sus garantías en la cuenta corriente del tribunal hasta las 12 horas del 10 de junio de 2024, para que envíen el comprobante de depósito, la copia de la cédula de identidad por ambos lados y datos de contacto, alcorreoelectrónicojc2 vinadelmar rematesapjud.l. Solo se aceptará el envío delosantecedentes al señalado correo electrónico hasta las 16:00 horas del 10 de junio de 2024. Los postores deberán contar con todos os elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar. Interesados deberán tener activa su clave Única del Estado para la eventual suscripción del acta de remate, la cual será remitida a la oficina judicial virtual del postor adjudicatario.
No se admitirá como postoresalas personas que figuren con inscripción vigente en calidad de deudor de alimentosenel registro nacional de deudores de de de de de Eevá obligado a designar dom dentro del radio urbano de la ciudad en que funciona el Tribunal de US, al momento del remate, bajo apercibimiento de notificársele por el estado diario todas las providencias que se dicten en el juicio. EXTRACTO REMATE.
QUINTO JuzgadoCivil Valparaíso, por videoconferenciarematarael día 17 junio 2024,9:00 hrs, propledad raíz ubicada en Valparaiso, Sitio 8, Manzana A-2, Ubicado cacacacacaPrecio pagadero al contado dentro de quinto día hábilsiguiente alasubasta, demás antecedentes en bases de remate y los autos Rol (-3399-2022, caratulados "Banco de Chile con Espinoza". Lasecretaria. za". Lasecretaria. za". Lasecretaria. 1ps://200m. us/1/4174791507,1 D re nión: 417 479 1507.. los derechos que don JAVIER JOSÉ MELE) SAHURIE, N'16.302.697+ tiene en los inmuebles singularizados como Departamento 28 del 2*piso del Edificio El Escorial, Ubicado en Viña del Mar esquina Norponiente con Plaza José Francisco Vergara, que tene entrada por calle PlaZa Vergara N*172, comprendiéndose enéllos derechos de dominio proporcionales en los bienes comunes del Edificio y en el terreno, derechos ins ¿ ritos fojas 656N"770 del Registro de Propiedad del Conservador dé Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2021, rol de avalúo 00651-00066, Mínimo. para la subasta $20.750.000, preci pagadero contado dentro décimo día hábil siguiente remate.
Interesados rendircaución 10% mínimo, mediante valevista a nombre del tribunaloconsignación en cuenta corriente del trbunal, mediante pago directo o cupón depago (no transferencia electrónica), obtenerlo en htp://reca. pjud. c/recaWeb/. Si es vale vista acompañar fis camentecon 48 horas hábiles de ant cipación: sies cupón de pago o depósito, realizar antes de las 14:00 horas del segundo día hábil anterior.
En toosos casos acompañar comprobante en forma digital y legible ajcl vinadelmar rematesapjud. c con al menos 48 horas de antelación indlvidualizando al postor (nombre, rut, profesión u oficio. si participa para sío si participa para sío si participa para sío si participa para sío si participa para sío EXTRACTO: REMATE TERCER Juzgado civil de Viña del Mar, calle Arlegui 1N9346 piso NO5, rematará el dí 11 de junio de 2024; las 9:00 horas, el departamento N*1301, ubicado en el pi50113, yla bodega N'12, ubicada en el 50113, yla bodega N'12, ubicada en el 50113, yla bodega N'12, ubicada en el untercero (individualizar) indicando rol causa, correo electrónico y teléfono. No sé admitirán como postores personas con inscripción vigente en Registro en calidad de deudor de allmentos. Postores deben tener clave mentos. Postores deben tener clave mentos. Postores deben tener clave única del Estado, cámara activa y conexión a audio, si cumple requisitos técnicos aun cuando haya depositado. caución no podrá participar. Acta de remateserá suscrita dentro del día del remate.
Demás bases, instrucciones y antecedentes, consultar causa en https; /Joficinajudicialvirtual. pjud. cl/ sección consulta de causas y "audiencia deremates". Secretaria (5) cia deremates". Secretaria (5) REMATE: ANTE EL JUZGADO DE LETRAS DE VILLA ALEMANA, el día 18 de junio del año 2024, alas 12:00 horas, por video conferencia vía zoom, consi gulentes datos de acceso ala plataforma: Meeting: 999 2118 3198. Passcode:remate. Se rematará siguiente inmueble y derechos: a) Propiedad raí ubicadaen Villa Alemana, Condominio.
Alto Los OlIvos calle Williamson N*392 que corresponde al Departamento 206 Edificio A, singularizado en los planos archivados con los NO 1321,1322, 1323,1324 y 1325 en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana del año 2016.8 ) e incluyóen la venta el derecho de uso y goce exclusivo sobre el Estacionamiento N*13 del singularizadoenel planoagregado con elN"1.321 enel Registro de Documentos del Conservador de Bienes raíces de Villaalemana del año 2016. c) Se incluyen además os derechos de dominio uso ygoce proporcionales que le corresponden en los bienes que se reputen coimunes del Condominio yen el terreno. Inscrito, afojas 1.010, Número 1.584 enel Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, del año 2017. Mínimo para la subasta: Será la suma equivalente en pesos al día del remate de 1.531,64 Unidades de Fomento.
Precio pagadero de contado, dentro de quinto día há de efectuada subasta mediante depósito en cuenta corriente del tribunal a través de cupón de pago, enlassucursales del Banco del Estado de Chile, Postores deberán: a) Contar con Clave Única del Estado activa, ) Teléfono o computador con cámara micrófono y conexióna internet, siendo de cagode las partes y postores contar con dichos elementos y conexión.
Antes del rematese comprobará identidad delos postores, quienes deberán conectarse a plataforma Zoom con antelación a la horafijada para el remate. c) Interesa» dos (Excepto ejecutante) deberánrencaución por equivalente al 10% del mínimo, mediante depósito en cuenta corriente del tribunal, mediante cupón de pago en las sucursales del del BancoEstado de Chile, el que deberá obtenerse desde la página web https://recaplud.cl. (No transferencia electrónicanivale vista). Con siguientes datos: 1 Juzgado de letras de Villa Alemana. 2.: Cuenta Corriente Banco del Estado 1 25100025046.3. RUT: 60.305.0010. 4.
Rol de la causa C-760-2023 d) Postores Interesados deberán enviar en forma digital al tribunal, a más tardar cona8 horas deanticipaciónal remate, mediante correo electrónico la dirección: ¡ Lvillaalemana_rematesapiudeleomprobant ego de haber rendido la garantía, individualizándose, Indicandorol dela causa, correoelectrónico y número de teléfono para contactarlo. Ministro defe del triBunal, certíficará los postores con garantía suficiente, individualizándolos, monto y número de cupón de pago. No. podrán participar de la subasta quienes figuren en el Registro nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias. Acta de remate: Concluido el remate seenviará al adjudicatario correo electrónicocon borrador delacta deremateelquedeberá ingresarla de manera inmediata en la causa correspondienteatravés dela Oficina Judicial Virtual para efectos de su firma. El Juez oJueza y el ministro de fe del tribunal fi imaran el acta de remate con su firma. electrónica avanzada dejando constancia de haberse firmado porel adjudicatario. Devolución de garantías a postores no adjudicatarios, se efectuaráenel plazo de 15 días siguientes afecha del remate una vez dictadaslasresoluciones correspondientes.
Escritura definitiva de compraventa, deberá extenderse dentro de 30 días hábiles contados desde resolución que ordenaextenderla quede ejecutoriada, Bases y demás antecedentes, juicio ejecutivo, Rol N*C: 760-2023, caratulado "Scotiabank ChileS.A. con Varas", en Página WEB de la Oficina Judicial Virtual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad tual, Jefa de Unidad. EXTRACTOS: clasificados 1612 nawebhttps:/reca. pJud. cl.(Notrans TercelDX1.5-1X125764-BalenoXR125 plataforma Zoom.
Todo postor excep de Chile, acompañado comprobante basta como postor deberá tener actiRemates ferencia electrónica ni vale vista). Con L-POLO 1.4-XR 125-Astra-LegacY-EN to ejecutante, deberá rendir caución enla causa respectiva y enviar com vasu Clave Única del Estado y rendir siguientesdatos: Segundo Juzgado 125-LUV STD DLX-RK 150 GR-GOL1.6 diezporciento delm probantealcoreo electrónico del caución scene 19% del mínimo) REMATE: ANTE SEGUNDO JUZGADO de letras de Quillota. 2.
Cuenta Co Storm CBF 125-Cruze LS 18-Fash tíasdebenser bunal 1, Dichacaución deberá ser consignada DELETRAS DE QUILLOTA, Seremata rriente Banco del Estado N* 4ACC-L300-Pulsar 180-Captiva LS cupóndepagoo depósito judicialenta indicando su "ombre. rutyro/de a 2xta cuenta corten 8 Tema, rá. el 27 de junio de 2024, alas 12:00 23.300.071.198, 3. RUT: 60.305.009 FWD2.2:+2 250-SparkLITE HB800CC cuentacorrientedeltribunal. Lacons causa. Se publican condiciones: Losín mediante depósitojudicial ocupón de horas, mediante video conferencia en 6.4.
Rol de la causa C-1368-2022. d) 390 DUKE-1201A COUPE 20 AUT-NKR titución de garantías, deberán ser in teresados en participar enla subasta pago(NO TRANSFERENCIA ELECTROplataforma Zoom, en link que se co Postores interesados deberán enviar comoentreotros.
Las placas patentes formadas por postor interesado, a más deberánrendircaución equivalenteal NICA) bajo lossiguientes datos: Cuarmunicará oportunamente a los ínte enformadigialaltribunal, amástar de los vehículos a rematar son: tardarcon24 horas de anticipación a 10% del mínimo de la subasta. Los to Juzgado Civil de Valparaíso.
Cuenta resados Siguientes inmuebles: 1. -De dar alas 12:00 horas del día anterior PT2997-FT9030-DY4458-EX1180 lafechadela subasta por correo elec postores deberán comparecer al Tri Corriente Banco del Estado partamento N*1.010 deldécimo piso, alremate, enta forma establecida en LT9137-NJ2987-KDWS7-DPI300 trónico a jcLvalparaiso rema bunaleldía anterior al dela subasta, "23900213638. R.UZ. 60.305.002. del Edificio San Pablo, ubicado en ca el artículo 6 del acta 13-2021, A a, ps su individualización, de0:00a12:00horas, afindeentre: Rol de la causa. El comprobante de lle san Pablo _N*. 050, comuna de 1VS5253-QI536-KI5278-SLJ91WX3931 rol de la causa, correo electrónico y garmaterialmenteelvalevista. elque Consignación de la caución debe ser Quia Normal, Región Metropol. lora rematesgpiudelelcomprobar.
Calzo Usadas VU LABIO SDOIO. numerodetallono. precoss pagara Sera uardadoen acusa del1ibo. acompañadoen formadiita y legible tana, de acuerdo al plano archivado te legible de haber rendido la garan EZ9066-SL269-NX6559-JJP14 alcontado dentro deSto día hábildes nal. Paraestefin, el nterdesadodebe ¿ Sao moras apies de amelarióna la conel N*5684,5684 Aal E, y dere tía, individualizándose, indicandorol TA6958-JU286-DWFS29-WZ6531 defechasubasta.
Propiedad sesubas rácompletar un formulario de parti a odiendaderemate, en laforma esta. chos en proporción al valor de o ad delacausa, correo electrónico y nú 11647FHRL25-PXHO-GDLC23-KRZ63 tacomoespecieo cuerpocierto, enes pación quese proporcionará endicha Eisciga on Jam e del acta 2033021. uirido en unión de los otros adqui mero de teléfono para contactarlo.
CKGT72-KV3343-PV8265 tadoalafecha del remate, Escritura oportunidad, donde se deberá infor ¿ 26 cs atraves del módulo especial: rentes en los bienes comunes entre Ministro de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a de feeltribunal, certificará L3YUAAZB0KC000042 adjudicación debe suscribirse dentro marelnombrey Rutdelapersonaque Stats escaplecido al elector (a loscuales seencuentralterreno.
Ins los postores con garantía suficiente, L5DPCM282CA002096 plazode30díashábilescontadosdes asistirá ala audiencia, así como tamUlla Wii licuos dema critoafojas5.621, No8:006enelRe individualizándolos, monto ynúmero LLCLYL707HA102035 delafecha en que se declare pagado bién los datos de la persona para Fa Judicial Virtual indicando además. gistro de Propiedad del Conservador de cupón de pago. Verificado lo ante ME4KC1947E8008637 elpreciodelremate. Todoslosgastos, quien pretende adquirir, en caso de 3 individualización del postor (con de Bienes Raíces de Santiago del riorseenviará correo electrónico a LY4YCNLN3G0A72731 impuestosseñaladosen bases, decar que corresponda. Bases y demás an NOMDre, RUT profesión oficio, domi: año 2018.2.
Departamento N* 1.011 cada postor indicando día y hora del LAP5CBJ04G0000408 goexclusivosubastador quiendebefi tecedentes. en juicio caratulado "Ban Mo). siparticipará con el fin de adjuel décimo piso, del Edificio San Pa remate y formade conectarse porvi LALPCJ0J8G3200270 jardomicliourbanoenacta de lasu colnteracionalcon inversiones". rol Yicarseparasio parauntercero(ndiblo, ubicado en calle San Pablo deoconferencia. Actaderemate: Con LCSIBYTOSK1070839. Secomunicaa basta. Demás antecedentes en Secre (-3743-2021, La Secretaria. Vtualizanicdo a aJENa tercero) IMMIcan: 14.050, comuna de Quinta Normal, cluido el remate se enviará al adjudi-. lospropietarios quetienenhastaeldía taría deltribunal.
AAA doelroldelapresente causa, correo Región Metropolitana, de acuerdo al catarío un correo electrónico con el yla hora del remate para hacer retiro REMATE, 4* JUZGADO CIVIL VALPA electrónico y un númerotelefónico de plano archivado con el N*5684,5684 borrador del acta de remate el que deelloscontandoconla orden delibe REMATE: VIGÉSIMO SEXTO Juzgado RAÍSO, juicio ejecutivo Rol C-1663 contacto. Demás antecedentes en las.
AalE, y derechos en proporciónalva deberá ingresarla de manera inme ración deltribunal correspondiente y Civilde Santiago, Huérfanos 1409,12 2023, "Banco Santander-Chile con Tor basesderemate aprobadas en la cau lor de o adquirido en unión de los diata en la causa correspondiente a lacancelacióndelosderechos detras Piso, en causa Rol. C-3743-2021, sere ca", fecha remate 19 junio 2024, saycuyarevisión puede realizar enel otros adquirentes en los bienes comu través dela Oficina Judicial Virtual pa lado y custodia. Bases de rematey fo matarádeforma presencialenlas de 11:30hrs. El remate será realizado me portal dela0ficina Judicial Virtual. Tones entre los cuales se encuentra el ra efectos desu firma. ElJuezo Jueza tosensitio web www. remateaparca pendenciasdel Tribunal, eldía11deju diante video conferencia, através de dopostor, adjudicatarioylas partes de terreno.
Inscrito afojas 4.420, NO y elministro de e deltribunal firma deros. cllaextibiciónserá el día miér nio de 2024 a las 15:00 horas, la proeste julio, dan por conocidas y acep6.293 en el Registro de Propiedad del ran el acta de remate con su firma coles 29, Jueves 30 y Viernes 31 desde pledad ubicada en la comuna de Algatan las bases de remate presentadas Conservador de Bienes, Raíces de electrónica avanzada dejando cons las10:00hr. a17:00hr. yeldíaSábado Frobo que corresponde al departa bastará la propiedad ubicada en calle enautos yla resolución que las aproSantiago del año2018.
Mínimo para tancia de haberse firmado por el ad 01 de Junto de 10:00 hr. a 12:00 hren mentoN*60, bodega N*9 del Edificio Profesor Manuel Díaz Paredes núme bó, mismas quese entenderán formar subasta será la suma de $ 28.162.109 judicatario.
Devolución de garantias a ladirección Calle Carrera N. 01766 co Bitácora, se comprenden los derechos ro2048, de laciudad de Los Andes, in parte del acta de remate respectiva y para el departamento señalado enel postores no adjudicatarios, se efec munadeLa Calera.
Comisión 12% más deuso y goce exclusivo del estaciona dividualizado como Lote 28 en el pla seinsertarán íntegramente enla escri N*Lanterior y lasuma de$ 28.162.109 tuaráenel plazo de15 días siguientes. impuestos legales vigentes, losvehicu miento descubierto N* 48, correspon nodel Conjunto Habitacional denomi tura de compraventa correspondienpara el departamento señalado en el a fecha del remate una vez dictadas los yespeciessonrematadaseneles dienteal Proyecto Condominio San Al nado "Jardín Andino", hoy "Villa Lade te. Secretaría Tribunal N'2anterior Precio pagadero decon lasresoluciones correspondientes. Es tado que se encuentran.
Dudas alos fonso del Mar, del plano del Edificio rasde Santa Rosa", protocolizadoba "COC TM tado, dentro de quinto día hábil de crituradefiniiva de compraventa, de númerosde teléfonos 9.48623542-9 agregadoenelaño 1997 enel Registro jo el número 487 del Registro de Pro SUBASTASDECHILE. CL REMATE Juefectuada subasta mediante depósito beráextendersedentro de 30 díashá 4738 1977.
Martilleros públicos Sra. dedocumentosde propiedad delCon piedad del año 2008, acargo delCon dicialmejor postor 31 mayoa las 12,00 encuenta corriente deltribunalatra bilescontados Mónica Ibarra Plaza RNM 839 Don servador de Bienes Raíces de Casa servador de Bienes Raíces de Los An horas(online-vía zoom) remato: Autovés de cupón de pago, en lassucursa 2 LuisMarambio Herrera. RNM 763. blanca, bajo el N*108, ubicados enla des, de una superficie de 154.15 me móvil Suzuki Baleno GL HB 1.4., año les del Banco del Estado de Chile.
Pos REMATE ONLINE MEJOR postor día 2 parcelaN*9, resultante de la subdivi tros cuadrados, y deslinda: ALNORO 2021, Patente PKCG. 92-1, Ordena: 2 tores deberán: a) Contar con Clave Sábado 01 de Junio del 2024 a las REMATE: PRIMER JUZGADO CIVILDE sión del lote Uno, dela comuna de Al RIENTE, en 1Ometros con Calle Profe Juzgado Letras de Quilpué, CaratulaÚnica del Estado activa, D) Teléfono o 15:00 horasordenado por Aparcadero VALPARAISO, CAUSA ROL 1590-2016, gar ¡ desan Antonio, Re sor Manuel Díaz Paredes: AL SURO dororum con Foure, ROL (-16452023, computador con cámara micrófono y Provincial Ltda, se rematan Autos BANCODEL ESTADO con OROZCOCAS: gión de Valparaíso, propiedadínscrita RIENTE, en 15,50 metros con Pasaje comisión e imptos, garantía previa conexión internet, siendo de cago de Camiones Stations Wagons-Camio TILLO PAOLA ANDREA y CARRILLO anombre del deudor a fojas 2946 NO PintorCeramista José medina Moreno; $300.000.. 1d5539692345acces0: su las partes y postores contar con di netas Motosdiferentes Marcas como BRAVO JUAN DAVID, fijaudienciadeló 2601delaño2023delRegistrode pro AL SURPONIENTE, en 1O metroscon Bastas26, agendar visitas 963047323, choselementos y conexión.
Antesdel Nissan-Mayfer-Chevrolet-UMELoncin día! de junio de2024 alas 11:00 ho pledad del Conservador de BlenesRal Calle Pintor Ceramista José Medina Harilero. carsloRamiroz REG. 1240 remate se comprobará identidad de Fiat-Honda-PeugeotHechizo-Bof+Ta ras, para subastar propiedad ubicada cesdel Quisco, de dominio deldeman Moreno; y AL NORPONIENTE, en 15,50. los postores, quienes deberán conec kasaki-Yamaha-Renaultvakuza-Hyun enla comuna de Valparaíso, Casan" dado de autos don Roberto Hernán metrosconLote29.. Eltítulodedomi J615 CitanaReunión tarse a plataforma Zoom con antela daiMazdaToyota-SuzukiVollswagen 94 del Condominio BosquesddeCurau Rodriguez Silva. Mínimo subasta será niose encuentra inscrito annombre de Instituciones ciónalahora lada para elremate. c) Opel-Subaru-Keeway-Mitsubishi-Ba mal, ubicada en Avenida Parque Nor lasumatotal de $ 201.119.450.
Precio laejecutada, a fojas 1391 vuelta númeInteresados (Excepto ejecutante) de Jaj-KTM-8MW-Isuzu y diferentes mo tel*151 FundoCurauma, SectorPlacl pagadero contado dentro de quinto ro 1992 del Registro de Propiedad del berán rendir caución por equivalente delos como V-16 KAI A. 6 STD-EBIKE llade Peñuelas... inscritaafojas2269 díahábil de practicada la subasta. El año 2010 del Conservador de Bienes FEDEGREMCITA ASAMBLEA Extraoral10% del mínimo, mediante depós GEMINI 1.5-FAST Wing-Chevette DL número 3710 Registro de Propiedad saldo de la subasta deberá pagarse Raíces de Los Andes.
Mínimo subasta dinaria para el día O5junio alas 10:30 to en cuenta corriente del tribunal, SXI-147 GLinvicta-205 GTr-Enduro año 2014 Conservador de Bienes Raí mediante cupón de pago en el Banco $43.179.243, el que corresponde al hrsenCirculo Ex Alumnos Sanidad Namediantecupón de pago enlassucur: RSV2-PUNTO 6081.3 -1K 150 GY-Mon ces de Valparaíso. MINIMO SUBASTA Estado de chile, o bien, transferencia avalúo fiscal vigente de la propiedad val de calle Independencia 2594 ESO. sales del del Banco Estado de Chile. za 1.8 SLEXT 225-Megane-Raptor $58.700.699. La subasta se realizará electrónica ala cuenta corriente del Rolavalúofiscal588-28, Los Andes. To Morris ensegundaCitación. Tabla: MoQue deberá obtenerse desde la pági: Avante Touring 1.5-CB1-31.6 -YS 250 por video-conferencia, mediante la Tribunal N* 169471, del Banco Estado dointeresado en participar enlasu dilicación desusestatutos, La Directiva..