Autor: FELIPE SUÁREZ
Banda horaria y jornada 4x3: ministra del Trabajo explica ocho cambios importantes de las 40 horas laborales
Congreso al fin aprobó y despachó el proyecto que reduce la jornada laboral de 45 horas semanales a 40 horas a las personas que tengan contrato bajo el código del trabajo. La iniciativa impulsada por la diputada Karol Cariola (PC) y la actual vocera de gobierno Camila Vallejo (PC) contó con 127 votos a favor y 14 en contra. Se espera que la ley sea promulgada y publicada en el Diario Oficial durante este mes de abril. La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, explica cuáles son las ocho principales modificaciones que contempla la ley de 40 horas. “Son más de 4 millones de trabajadores que reducirán su jornada laboral de 45 a 40 horas semanales. Esta es una enorme alegría porque se concreta un sueño de muchos años para los trabajadores y trabajadoras. Además, permitirá más tiempo para estar con las familias”, dice la jefa de cartera. 1.
Gradualidad: “El proyecto reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales y hay un plazo máximo que otorga la ley para su implementación, que es hasta los cinco años desde que entra en vigencia. El primer año se bajará la jornada una hora, luego al tercer año a otras dos y al quinto año se completan las cinco. Este es el plazo máximo para reducir la jornada laboral. El plazo de cinco años es para las empresas que estén muy imposibilitadas para su implementación, pero la gran mayoría puede reducir antes de ese plazo, según la experiencia que hemos ido recogiendo”, dice Jara. D espués de seis años de tramitación, el 2. Código del trabajo: "Todos los trabajadores que están en el código del trabajo tienen reducción de jornada laboral.
Esto va dirigido a todos los trabajadores que trabajan en oficina, el sector del comercio, trabajadoras de casas particulares, trabajadores embarcados, los trabajadores agrícolas que tenían 180 horas mensuales de trabajo y que ahora pasarán a 160 horas y también los trabajadores mineros de campamento, que tendrán ocho días más de vacaciones entre otros rubros”, agrega la ministra del Trabajo. 3. Remuneración: “Esto no afectará a la remuneración. La ley contempla un artículo en el que se establece que no puede haber rebaja de sueldo. Por eso se da la posibilidad de implementar esto a través de una gradualidad”, sostiene Jara. 4. Jornada 4x3: “Los trabajadores también podrán optar a jornadas laborales con cuatro días de trabajo y tres de descanso a la semana. Para implementar este sistema 4x3, las empresas tienen que adelantarse a las 40 horas. Por tanto, si se adelantan a las 40 horas, ya podrían tener jornada 4x3. Es decir, podrían trabajar diez horas durante cuatro días y los otros tres restantes podrían ser para descansar. Para su implementación, se requiere un acuerdo entre el empleador y el trabajador”, dice Jara. 5. Rubros más beneficiados: “Hay rubros que están regulados especialmente en la ley como las trabajadoras de casa particular. En el caso de ellas, las trabajadoras puertas afuera van a reducir de 45 a 40 horas sus labores. Por otra parte, las trabajadoras de puertas adentro actualmente no cuentan con régimen laboral en Chile, sino que tienen solo una jornada de descanso garantizada. Por tanto, ellas podrían trabajar hasta 12 horas con la ley que actualmente rige.
Con esta ley, en cambio, en vez de reducir la jornada una hora al día para que se queden igualmente en la casa del empleador, lo que se hará es juntar las horas y permitirle dos días de permiso descanso al mes con derecho a pago”, explica la ministra. Horaria: La ley contempla también beneficios para los padres que tienen hijos de hasta 12 años. Estos padres tendrán una banda horaria de dos horas para llegar más tarde o salir más temprano del trabajo para compartir con sus hijos. Por ejemplo, un trabajador que habitualmente entra a las ocho de la mañana, podría tener una banda diferida e ingresar a las nueve o a las diez de la mañana. Por tanto, eso le permitiría dejar a sus hijos al colegio. Pero tiene que cumplir la jornada de 40 horas laborales diarias. De esta forma, se le correrá su hora de inicio o de término: alguien que entra más tarde, saldrá más tarde. Ambos padres pueden utilizar este beneficio”, dice la jefa de cartera. 7. Compensación de horas extra: “Los trabajadores que realicen horas extra van a poder solicitar, si así lo requieren, hasta cinco días adicionales de descanso al año en vez de que se les pague. Una hora extra en términos remunerativos corresponde a una hora y media de trabajo.
De esta forma, alguien que realice dos horas extra, podrá acumular tres horas de permiso para llegar a los cinco días de descanso adicionales”, plantea Jara. 8.52 horas semanales: “Por acuerdo colectivo entre empresa y sindicato se podrá pactar una jornada semanal de hasta 52 horas. Esto quiere decir que dentro de un periodo de un mes, el sindicato puede pactar 52 horas de trabajo en una semana y luego hacer 28 horas de trabajo. En definitiva, las horas semanales se pueden llegar a distribuir hasta un máximo de 52 horas”, agrega la ministra del Trabajo. Otros trabajos ¿ Qué pasa con el trabajo de profesores o personal de salud? Desde el ministerio de Trabajo explican que los profesores funcionan con el estatuto docente. Por ende, no están contemplados en el código del trabajo. Sin embargo, aclaran, que se está trabajando con la mesa del sector público para preparar otro proyecto de ley que reduzca a los trabajadores del sector público y los otros estatutos. Es por eso que los funcionarios de salud que pertenecen al sector público tampoco podrán reducir su jornada laboral.
Tras esta aprobación, nuestro país comparte la misma jornada laboral que 38 países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). El promedio de horas semanales trabajadas en América Latina y el Caribe es de 39,9 horas, mientras que en los países árabes es de 44,6 horas y en el Asia-Pacífico de 47,4 horas. En tanto, el promedio de hora de trabajo en Europa occidental es de 37,2 horas, mientras que en América del Norte de 37,9.
Se espera que el proyecto sea promulgado y publicado en el Diario Oficial durante este mes de abril. "Todos los trabajadores que están en el código del trabajo tienen reducción de jornada laboral”, dice Jeannette Jara “La ley un artículo en el que se establece que no puede haber rebaja de sueldo”, dice la jefa de cartera.