Autor: Señor Director:
SErvicios transitorios
SErvicios transitorios Cartas al DirectorENVIAR A: editor@elpinguino.com Los Servicios Transitorios son una modalidad de contratación de personal creada en Chile a partir del 2007, con la puesta en marcha de la Ley de Subcontratación y Suministros de Personal. Dicho formato permite a las empresas contratar personal por periodos específicos hasta un plazo máximo de 180 días, dependiendo de la causal de contratación, las cuales están claramente definidas en la misma ley. Dentro de estas causales están, entre otras, los reemplazos por licencias médicas o descansos de maternidad, sobre todo ahora que se podría venir una extensión de este a un año. Otras causales son la contratación de personal para eventos extraordinarios, proyectos nuevos, período de inicio de actividades, y aumentos ocasionales de personal o trabajos urgentes.
Algunas ventajas de los Servicios Transitorios son, por ejemplo, el hecho de que la empresa que entrega el servicio se hace responsable de la generación de los contratos, finiquitos, provisionar vacaciones, pagar las leyes sociales y las remuneraciones. Esto le quita una serie de temas administrativos a los clientes, los cuales a fin de cada mes son facturados, siendo además afectos al IVA, por lo que generan un IVA crédito a los clientes.
Adicionalmente, es un servicio que al ser transitorio permite a la empresa cliente tener la relación directa con los trabajadores, lo que se traduce en que ella puede liderar la gestión mientras dure el plazo del contrato, a diferencia del outsourcing donde es la compañía que contrata quien da las directrices.
Para quienes no conocen los Servicios Transitorios, es importante destacar que son una tremenda alternativa para contratar personal, sobre todo en estas fechas de vacaciones o durante el año, con la finalidad de cumplir con los objetivos planteados y con la dotación necesaria para lograrlos. Francisco González, Gerente general de Vertical Hunter.