SELLO MAYOR SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.073 Miércoles 12 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2609997 EXTRACTO MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por instrumento privado protocolizado con fecha 28 de enero de 2025, repertorio número 864-2025, número de protocolización 269, otorgado ante mí, se protocolizó acuerdo de modificación de estatutos de la sociedad SELLO MAYOR SpA, compareciendo la sociedad INVERSIONES MROV SpA, a través de sus representantes legales, doña María de Las Mercedes Rico Sáenz y don Octavio Gustavo Amaro Vergara Andueza, todos domiciliados en calle La Capitanía 80, oficina 108, comuna Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad INVERSIONES COMOV SpA, a través de su representante legal, doña María Jesús Bofill García, ambos domiciliados en calle La Capitanía 80, oficina 108, comuna Las Condes, Región Metropolitana; quienes acreditaron ser los único accionistas de la sociedad, concurriendo el 100% de las acciones emitidas, conforme al registro de accionistas, que tuve a la vista a la fecha de la protocolización. Los comparecientes acordaron modificar los estatutos de la sociedad en los siguientes términos: 1) Se modificó el artículo cuarto por el siguiente nuevo: “Artículo Cuarto: Objeto.
El objeto de la Sociedad será el siguiente: Uno) Actividades de apoyo en la gestión de empresas, servicio de implementación de planes de certificación y cumplimiento normativo; actividades de certificación y cumplimiento normativo, entidad certificadora, Dos) Realización de talleres, formación y eventos; Tres) La inversión en toda clase de bienes, su explotación y administración, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; Cuatro) Cualquier otra actividad que diga relación con el objeto social sin limitación de ninguna especie, incluyendo, entre otros: La comercialización, arrendamiento, compra y venta, distribución, importación y exportación de todo tipo de bienes muebles. La realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento de los objetos sociales. Realizar y organizar todo tipo de eventos, tanto nacionales como internacionales. Participar en sociedades tanto nacionales como internacionales.
Podrá establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Podrá comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna.
Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así los acordaren la mayoría de los accionistas. 2) Se modificó el artículo Quinto por el siguiente nuevo: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de doscientos veintiséis millones de pesos dividido en ciento veintiún mil novecientos cincuenta y un acciones nominativas y sin valor nominal divididas en dos series. La serie “A”, está compuesta de ciento seis mil novecientos cincuenta un acciones; y la serie “B”, por quince mil acciones.
Las acciones de la serie “B” no tendrán derecho a elegir directores, es decir, todo el directorio será designado con los votos de las acciones de la serie “A”. Las acciones precitadas se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio, sobre disposiciones transitorias. El capital podrá ser pagado en dinero o en otros bienes. ” El capital social suscrito y pagado asciende al monto de doscientos un millones de pesos, el monto de capital pendiente de suscripción y pago asciende al monto de veinticinco millones de pesos. Demás estipulaciones constan de acuerdo protocolizado. Santiago, 29 de enero de 2025. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2609997 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl