VICTOR 200, 1 AL 40 / AR Energía Chile SpA
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 43.855 Lunes 20 de Mayo de 2024 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2493771 EN LO PRINCIPAL: Solicita mensura. PRIMER OTROSI: Se deje testimonio. SEGUNDO OTROSI: Acompaña documentos. TERCER OTROSI: Designa perito mensurador. CUARTO OTROSI: Personería. QUINTO OTROSI: Patrocinio y Poder. S.J.L.
Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones MATIAS LEWIN URZÚA, abogado, en representación de AR ENERGÍA CHILE SPA, ambos ya individualizados en los autos sobre constitución de concesión minera de explotación causa Rol V-174-2023 denominada “VICTOR 200,1 AL 40”, a Usía respetuosamente digo: Que, encontrándome dentro del plazo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Código de Minería, vengo en solicitar la mensura de las 40 pertenencias manifestadas originalmente, cubriendo una superficie total de 200 hectáreas, distribuidas en 40 pertenencias de 5 hectáreas cada una, las que tendrán una longitud de 100 metros con rumbo U.T.M. Norte-Sur y 500 metros con rumbo U.T.M. EsteOeste.
Las coordenadas U.T.M. del Punto de Interés (P.I. ) y de los vértices que delimitan el perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias están referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Huso 19, y son las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.
I. 7.446.500 ,00 360.000 ,00 L1 7.447.000 ,00 359.000 ,00 L2 7.447.000 ,00 361.000 ,00 L3 7.446.000 ,00 361.000 ,00 L4 7.446.000 ,00 359.000 ,00 La relación entre el Lindero L 1 y el Punto de Interés (P.I. ) es de: 1.118,034 m. en distancia U.T.M., 129,5167 g. en azimut U.T.M. y S70,4833 g. -E en rumbo. Los valores angulares están expresados en grados centesimales expresados al segundo y las distancias en metros con precisión de centímetros. Se desconoce la existencia de pertenencias vecinas legalmente constituidas, pero de haberlas, serán debidamente respetadas.
POR TANTO, en mérito de lo expuesto, y de lo dispuesto en los artículos 59 y 60 del Código de Minería, RUEGO A US. tener por presentada, dentro de plazo, la solicitud de mensura de estas pertenencias, y ordenar su publicación, dándoseme copia autorizada para ello.
PRIMER OTROSI: Conforme al artículo 60 inciso primero del Código de Minería, solicito a US. dejar testimonio en la misma resolución que ordena publicar esta solicitud de mensura, que la manifestación de autos se tiene por presentada con fecha 30 de noviembre de 2020, fecha en que se presentó el pedimento minero VICTOR 200, que dio origen a la manifestación de autos. POR TANTO, RUEGO A US. consignar el testimonio solicitado.
SEGUNDO OTROSI: Sírvase US. tener por acompañados, en forma legal, los siguientes documentos: a) Comprobante de haberse pagado la tasa de la manifestación. b) Comprobante de haberse pagado la patente proporcional. c) Copia autorizada de la inscripción de la manifestación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2493771 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.855 Lunes 20 de Mayo de 2024 Página 2 de 2 d) Ejemplar del Boletín Oficial de Minería, donde se publicó la inscripción de la manifestación. e) Plano de solicitud de mensura "VICTOR 200,1 AL 40" con la configuración del grupo de pertenencias. POR TANTO, RUEGO A US. tenerlos por acompañados.
TERCER OTROSI: Sírvase US, tener presente que designo para la realización de la mensura al perito nacional autorizado don David Aceval Canales, Cédula de Nacional de Identidad y RUT 16.365.832-1, correo electrónico davidaceval@terradap.cl, domiciliado a estos efectos en Hernando de Aguirre 128 oficina 904, Providencia, Santiago. POR TANTO, RUEGO A US. designar al perito mencionado.
CUARTO OTROSI: Ruego a Usía, se sirva tener presente que mi personería para actuar en representación de AR ENERGÍA CHILE SPA, consta en escritura pública, cuya copia ya se encuentra acompañada en el expediente de autos. POR TANTO, RUEGO A US. tener por acreditada mi personería. QUINTO OTROSI: Sírvase US., tener presente que, atendida mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, patrocinaré y actuaré personalmente en esta gestión. POR TANTO, RUEGO A US. tenerlo presente. NOMENCLATURA: 1. [4698]Practíquese Mensura 2. [4694]Publíquese JUZGADO: Juzgado de Letras y Garantía Mejillones CAUSA ROL : V-174-2023 CARATULADO: AR ENERGIA CHILE SPA/ Mejillones, veintinueve de Abril de dos mil veinticuatro. A lo principal y primer otrosí: Por presentada solicitud de mensura, publíquese conjuntamente con esta resolución en el Boletín Oficial de Minería de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Minería. Atendido lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 41 del Código de Minería, téngase por presentada la manifestación el día 30 de noviembre de 2020. Obténgase las copias del sistema informático. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados los documentos.
Al tercer otrosí: Como se pide, desígnese perito para ejecutar la operación de mensura a don David Aceval Canales, Cédula de Nacional de Identidad y RUT 16.365.832-1, correo electrónico davidaceval@terradap.cl, domiciliado a estos efectos en Hernando de Aguirre 128 oficina 904, Providencia, Santiago. Notifíquese la aceptación del cargo. Al cuarto otrosí: Téngase por acreditada la personería mediante mandato judicial acompañado en autos. Al quinto otrosí: Téngase presente. Proveyó Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones que se individualiza con firma electrónica avanzada. En Mejillones, a veintinueve de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. /odg. Lissete Yair Caimanque Salas Juez PJUD Veintinueve de abril de dos mil veinticuatro 15:19 UTC-4. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl. Código: HQFPXNVNHXG. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2493771 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl