Remates: REMATES
Remates: REMATES 1600 1612 LEGALES Y PÚBLICOS AVISO REMATE JUDICIAL.
PRIMER JUZGADO CIVIL CONCEPCIÓN, Barros Arana 1098, piso 11, Concepción, causa Rol C6998-2017, juicio ejecutivo "BANCO DEL ESTADO DE CHILE con RIFFO GUTIERREZ', se ha ordenado remate audiencia de 15 de MAYO del 2026,10:00 horas, inmueble ubicado en la comuna de San Pedro de la Paz, consiste unidad número 72, Del Condominio "Los Alamos", construido en el Lote L-33, ubicada en calle Avenida Laguna Grande número 1120 de la comuna de San Pedro de la Paz. Rol AVALUO Nº 11004-00123 comuna de San Pedro de la Paz. Inscrito a nombre de la demandada: RIFFO GUTIERREZ ROSA IVONNE, a Fojas 5582 Nº 3344 del Registro de Propiedad del año 2007, del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz.
Mínimo posturas $100.838.629, caución interesados 10 % mínimo ($10.083.862. ) Dicha caución podrá ser mediante: VALE VISTA BANCARIO NOMINATIVO tomado en cualquier Banco de la plaza, a nombre del Primer Juzgado Civil de Concepción, el que deberá ser entregado en Secretaría del Tribunal a lo menos con 3 dias hábiles de anticipación al remate, si recayera sábado, al día hábil siguiente. El ministro de fe del tribunal certificará las garantías suficientes que se hayan presentado para participar dentro de plazo en el remate. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor indicando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 2632021 de la Excma. Corte Suprema. Todos los interesados deberán conectarse a la cuenta Zoom del Primer Juzgado Civil de Concepción, al ID que será remitido vía correo electrónico.
Si algún postor justifica la carencia de medios tecnológicos para llevarla a efecto por esta via o desconocer la forma de hacerlo, deberá informar al Tribunal con la antelación de a los menos 5 días hábiles de anticipación al correo electrónico jc1_concepcion@pjud.cl, bajo apercibimiento de no poder participar en la misma, a fin de asistirlo o permitirle la participación mediante la facilitación de medios tecnológicos. Todo postor deberá tener activa su Clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores y adjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta. Demás menciones en expediente virtual o en Secretaría del Tribunal La Secretaria subrogante. AVISO REMATE JUDICIAL. REMATE: PRIMER JUZGADO CIVIL de CONCEPCION. BARROS ARANA 1098. PISO 11, CONCEPCION. ROL C73482016, juicio ejecutivo, "BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ROCHA CHAVEZ", con fecha 15 de MAYO de 2026 a las 10:00 horas.
La propiedad, que se rematará consiste en el inmueble Unidad 167 que corresponde al DEPARTAMENTO 203, ubicado en el segundo piso de la Torre I, y el uso y goce del estacionamiento 14, del Edificio G, del Condominio Manquimavida II, ubicado en calle Manquimavida número 600 comuna de Chiguayante; Dominio inscrito a nombre del demandado MIGUEL ALBERTO ROCHA CHAVEZ, a fojas 4058 Nº 2777 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante. Rol de avalúo 3115-404, comuna Chiguayante.
Mínimo posturas $41.379.326, caución interesados 10% mínimo ($4.137.932 ) Dicha caución podrá ser mediante: VALE VISTA BANCARIO NOMINATIVO tomado en cualquier Banco de la plaza, a nombre del Primer Juzgado Civil de Concepción, que deberá ser entregado en Secretaría del Tribunal a lo menos con 3 días hábiles de anticipación al remate, si recayera sábado, al día hábil siguiente. El ministro de fe del tribunal certificara las garantías suficientes que se hayan presentado para participar dentro de plazo en el remate. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor indicando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 263-2021 de la Excma. Corte Suprema. Todos los interesados deberán conectarse a la cuenta Zoom del Primer Juzgado Civil de Concepción, al ID que será remitido via correo electrónico.
Si algún postor justifica la carencia de medios tecnológicos para llevarla a efecto por esta vía o desconocer la forma de hacerlo, deberá informar al Tribunal con la antelación de a los menos 5 días hábiles de anticipación al correo electrónico jc1_concepcion@pjud.cl, bajo apercibimiento de no poder participar en la misma, a fin de asistirlo o permitirle la participación mediante la facilitación de medios tecnológicos. Todo postor deberá tener activa su Clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores y adjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta. No se permitirá la adjudicación en remate para persona incluida en el Registro General de deudores de pensiones alimenticias. Demás menciones en expediente virtual o en Secretaría del Tribunal La Secretaria. AVISO REMATE JUDICIAL. REMATE: PRIMER JUZGADO CIVIL de CONCEPCION. Barros Arana 1098, Piso 11, Concepción.
Causa ROL C6095-2024, COMUNICACIONES IMÁGENES juicio ejecutivo, "BANCO DEL ESTADO de CHILE con SANTANA GUERRERO", seha ordenado remate audiencia de 15 de MAYO del 2026,11:00 horas, inmueble corresponde al departamento 543 del edificio 5 del Condominio Bosques de San Pedro, Lote F7-2C-1, ubicado en Avenida Los Parques Nº651, de la comuna de San Pedro de la Paz, inscrito a nombre de la ejecutada Lissette Adriana Santana Guerrero a fojas 5920 Nº 3033 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz. Rol de avalúo 17.483 -79, comuna San Pedro de la Paz.
Mínimo posturas $51.878.500, caución interesados 10% mínimo ($5.187.850 ). Dicha caución podrá ser mediante: VALE VISTA BANCARIO NOMINATIVO tomado en cualquier Banco de la plaza, a nombre del Primer Juzgado Civil de Concepción, el que deberá ser entregado en Secretaría del Tribunal a lo menos con 3 días hábiles de anticipación al remate, si recayera sábado, al día hábil siguiente. El ministro de fe del tribunal certificará las garantías suficientes que se hayan presentado para participar dentro de plazo en el remate. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor indicando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 263-2021 de la Excma. Corte Suprema. Todos los interesados deberán conectarse a la cuenta Zoom del Primer Juzgado Civil de Concepción, al ID que será remitido vía correo electrónico.
Si algún postor justifica la carencia de medios tecnológicos para llevarla a efecto por esta vía o desconocer la forma de hacerlo, deberá informar al Tribunal con la antelación de a los menos 5 días hábiles de anticipación al correo electrónico jc1_concepcion@pjud.cl, bajo apercibimiento de no poder participar en la misma, a fin de asistirio o permitirle la participación mediante la facilitación de medios tecnológicos. Todo postor deberá tener activa su Clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores y adjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta. Demás menciones en expediente virtual o en Secretaría del Tribunal La Secretaria. EXTRACTO REMATE: SEGUNDO Juzgado Civil de Concepción, Castellón Nº 432, piso 2, Concepción. Se rematará el día 12 de mayo de 2026 mediante videoconferencia por la plataforma zoom, a las 10:00 horas, link de conexión y plataforma: https://zoom.us/j/95710494303?pwd=rjh6d efur3brb2h6ou95ckvwatzpqt09. ID de reunión: 957 1049 4303, código de acceso: 918956. La unidad número 33 que corresponde a la vivienda número 33 del Condominio Vista Araucarias calle Los Piñones número 30, de la comuna de Chiguayante. Esta unidad tiene una superficie de terreno de 138,24 metros cuadrados, una superficie total edificada de 105,25 y una superficie de uso y goce exclusivo de 85,13 metros cuadrados. Se comprenden todos los derechos de dominio, uso y goce que le corresponden en elterreno y demás bienes que se reputan comunes. Inscrito a fojas 901 número 736 del registro de propiedad del año 2020 correspondiente al conservador de bienes raices de Chiguayante.
Mínimo para las posturas en la suma de $85.251.223. interesados deberán consignar garantía suficiente para participar de la subasta conforme a las bases de remate por equivalente 10% del mínimo, mediante vale vista a nombre del Segundo Juzgado Civil de Concepción tomado en el Banco Estado.
Todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa su clave única del estado e ingresar a la oficina judicial virtual, dirigirse a la bandeja "ver remates", pudiendo estos consultar en la plataforma por competencia, corte, tribunal, rol o por rango de fechas de remates.
Realizada la consulta aparecerá la información del o los remates buscados, el cual contendrá el detalle de este (tribunal, competencia, causa, fecha y la hora del remate disponible y estado del remate). Los postores deberán ingresar al formulario de postulación, debiendo estos presionar la lupa, la cual desplegará una ventana; en esta, se detallará el remate y los documentos, imágenes e información referencial del remate.
El postor deberá presionar el botón "postular", el cual le abrirá el formulario de postulación, debiendo este ingresar los datos de la garantía y adjuntar el vale vista en formato pdf, además de ingresar su correo y su teléfono.
Una vez realizada la postulación, el postor podrá verificar el remate, desde la bandeja "remates-mis remates", y en el detalle del remate podrá comprobar la información de su postulación, la cual quedará en estado de enviado.
Los postores deberán verificar el estado de su postulación a través de la oficina judicial virtual, desde la bandeja de "mis remates". Para el caso en que dicha forma de postulación no sea posible única y exclusivamente por defectos en la plataforma que estuvieren debidamente justificados, podrá efectuarse aquella acompañando copia del referido vale vista bancario al correo electrónico jc2_concepcion_remates@pjud.cl, debiendo informar además, nombre y cédula de identidad del postor, un correo electrónico y un número telefónico válido.
Atendido que la subasta se realizará por videoconferencia, mediante plataforma Zoom, se requiere de un computador o teléfono celular, en ambos casos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo y conexión a internet, siendo carga de las partes y postores el tener los elementos tecnológicos y de conexión. No se admitirá como postores a las personas que figuren con inscripción vigente en calidad de deudor de alimentos en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos. Precio pagadero al contado dentro quinto día hábil siguiente a la subasta. Demás antecedentes en bases de remate y los autos rol C-3501-2025, caratulados "BANCO DE CHILE CON JARA". Juicio ejecutivo. Secretaría. EXTRACTO. SEGUNDO JUZGADO Civil Concepción, Rol C-6714-2024 caratulada "Banco Itaú Chile S. A con Villagra Cabello limitada", se ha ordenado notificar por avisos en demanda ejecutiva a Enrique Hauenstein Barra. Resolución: Concepción 29 de julio de 2025.
Al escrito del abogado Hugo Larraín Prat, por la demandante, de fecha 23/07/2025, folio 62: Visto: teniendo presente el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, notifíquese la demanda de autos al demandado Enrique Hauenstein Barra, Rut 5.511.925 -2, por avisos publicados por tres veces en el diario "El Sur" de Concepción y por una vez en el "Diario Oficial de la República de Chile". Se fija la audiencia presencial del quinto día hábil, después de la última publicación, a las 08:45 horas, en la Secretaría del Tribunal, para los efectos del requerimiento de pago. En caso, que el quinto día posterior a la última publicación recaiga en sábado, el requerimiento deberá practicarse al día siguiente hábil, a la misma hora, certificándose lo que corresponda, en su oportunidad.
Demanda: Hugo Larraín Prat, abogado, con domicilio en Concepción, calle Caupolicán 374, oficina 511, correo electrónico para efectos de lo dispuesto en el artículo 254 Nº2 del Código de Procedimiento Civil notificaciones@ abogadoslarrain. cl, en representación judicial de Banco Itaú Chile, continuador legal de Itaú Corpbanca, sociedad anónima bancaria, rol único tributario Nº 97.023.000-9 cuyo representante legal es don Gabriel Amado de Moura, ingeniero, cédula de identidad Nº 25.345.916-6, ambos para estos efectos con domicilio en Concepción, calle O'Higgins Nº612, a US., respetuosamente digo: que, en mérito de los documentos que acompaño en un otrosí de esta presentación, y de conformidad a lo dispuesto en el Nº4 del artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, vengo en interponer demanda ejecutiva en contra de Villagra Cabello Limitada, sociedad de giro Construcción y Obras Civiles, Rut 77.873.620-9, representada legalmente por don Luis Anselmo Villagra Cabello, en calidad de deudor principal; y en contra de las siguientes fiadores y codeudores solidarios que a continuación se individualizan: 1. Luis Anselmo Villagra Cabello, casado, constructor civil, Rut 7.828.689 -K; y 2.
Enrique Hauenstein Barra, casado, profesor Rut 5.511.925 -2, todos domiciliados en calle Parque de CarrieIN 5.580, San Andrés del Valle, casa Nº 47 de la comuna de Talcahuano, a fin que el Tribunal de S.S. despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma total de 2.598,4266 Unidades de Fomento, ordenando seguir adelante con dicha ejecución hasta hacer a mi representado entero y cumplido pago de lo adeudado, en capital, intereses y costas, ello de conformidad a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación expongo.
Tal como consta de los documentos que acompaño en un otrosí de esta presentación, Banco Itaú Chile, ya individualizado, es dueño y beneficiario de Crédito contenido en copía autorizada de escritura pública de compraventa y mutuo hipotecario de fecha 31 de enero de 2018, otorgada en la Notaría de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari, en virtud de la cual Itaú Corpbanca, hoy Banco Itaú Chile, dio en mutuo a la Sociedad Villagra Cabello Limitada, ya individualizada, la cantidad de 4.500 Unidades de Fomento.
La deudora se obligó a pagar el préstamo en 144 meses por medio de igual número de cuotas mensuales, vencidas y sucesivas de 38.3004 UF cada una, salvo la primera, que será superior, debiendo pagarse la primera de ellas dentro de los diez primeros días corridos del mes siguiente al de la fecha de la inscripción de la primera hipoteca en favor del Banco. La tasa de interés real, anual y vencida que devenga el mutuo es del 3,5% anual. Se pactó, asimismo, que cada dividendo devengaría desde el día en que debiere haberse pagado un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular, hasta el día de pago efectivo.
Igualmente, se convino que se consideraría vencido el plazo de pago de la deuda y podría el Banco exigir de inmediato el total del saldo adeudado, como si fuere de plazo vencido, entre otros casos, si el deudor retardare en más de 10 días el pago de cualquier dividendo y/o cualquier suma que le deba pagar relacionada con este contrato.
Que, la parte deudora sólo pagó los dividendos hasta el que vencía el 10 de febrero de 2024 (cuota 70 de 144), incurriendo en mora en el pago de los siguientes, de modo que a partir del 11 de marzo del año 2024 (cuota Nº 71 de 144) el Banco quedó en condiciones de hacer exigible el total del saldo adeudado, como si fuere íntegramente de plazo vencido, saldo que por concepto de prepago capital asciende a 2.359,7512 UF más dividendos impagos equivalentes a 238,6754 UF asciende a 2.598,4266 Unidades de Fomento. A ello hay que agregar, la Comisión y costos por Prepago, y los Intereses penales pactados en la misma escritura de Mutuo, que también se demandan.
Para garantizar el cumplimiento exacto, íntegro y oportuno de cada una de las obligaciones que se establecen en el instrumento antes referido para con Banco Itaú Chile, don Luis Anselmo Villagra Cabello y don Enrique Hauenstein Barra, constituyeron en el mutuo indicado hipoteca de primer grado, a favor de dicho Banco, sobre elinmueble consistente en casa y sitio ubicado en la comuna de Tomé, Provincia de Concepción, signado como Lote 16, de la Manzana A1 emplazado en los Lotes 4 G-1 y 4 G-4, de la subdivisión del Fundo Pingueral o tercera etapa Balneario Pingueral, hoy calle La Roca Nº16 de la Manzana A-1, Pingueral, Dichato. El rol de avalúo del inmueble es el Nº51916 de la comuna de Tomé. El dominio, a nombre de los garantes hipotecarios, se encuentra inscrito a fojas 1294 Nº432, en el Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Tomé.
Asi mismo, la parte garante constituye segunda hipoteca con cláusula de garantía general sobre la misma propiedad, con el objeto de garantizar al banco el cumplimiento exacto, integro y oportuno de todas y cualesquiera obligación que le adeude Villagra Cabello Limitada.
Que, además de garantes hipotecarios, don Luis Anselmo Villagra Cabello y don Enrique Hauenstein Barra, se constituyeron en fiadores y codeudores solidarios e indivisibles de todas y cada una de las obligaciones que para con Banco Itaú Chile ha asumido la sociedad Villagra Cabello Limitada, por lo que esta demanda, se interpone también en contra de aquellos.
Que, siendo la obligación liquida, actualmente exigible y estando contenida en título ejecutivo no prescrito, corresponde se despache la ejecución en contra del mutuario por la cantidad liquida de 2.598,4266 Unidades de Fomento, equivalentes al 10 de septiembre de 2024 a la suma de $98.310.924. , según el valor de dicho índice a esa fecha $37.834 ,79 por unidad), reajustadas en conformidad a esta unidad, más dividendos impagos y gastos, más intereses pactados, penales y costas.
Por tanto, en mérito de lo expuesto y de lo prescrito en los artículos 434 Nº4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás disposiciones legales pertinentes, pido a US. se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Villagra Cabello Limitada, ya individualizada, en calidad de deudor principal; y en contra de don Luis Anselmo Villagra Cabello y don Enrique Hauenstein Barra, en su calidad de fiadores y codeudores solidarios e indivisibles; admitirla a tramitación, disponiendo se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad liquida de 2.598,4266 Unidades de Fomento, equivalentes al 10 de septiembre de 2024 a la suma de $ 98.310.924. , según elvalor de dicho índice a esa fecha $37.834 ,79 por unidad), reajustadas en conformidad a esta unidad, más dividendos impagos y gastos, más intereses pactados, penales y costas, conteniéndose en el mandamiento la orden de requerirle de pago y la de embargarle bienes suficientes si no efectuare el pago en el acto de su intimación; y, en definitiva, acoger la presente demanda en todas sus partes, ordenando se siga adelante la ejecución hasta el entero pago de lo adeudado, en capital, gastos, intereses y costas. Primer otrosi: Acompaño, con citación los siguientes documentos: 1. Copia autorizada de la escritura pública de Compraventa y Mutuo hipotecario, referida en lo principal. 2. Liquidación Prepago de Crédito Hipotecario. 3. Copia autorizada de escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2023 otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, que acredita mi personería para representar a la parte ejecutante. Sírvase US. tenerlos por acompañados, con citación.
Segundo otrosi: señalo para el embargo todos los bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, de propiedad de los demandados, especialmente el inmueble referido en lo principal, inscrito a nombre de los garantes hipotecarios a fojas 1294 Nº432, en el Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Tomé, y propongo como depositario provisional de los mismos demandados, bajo la responsabilidad legal de caso. Sírvase US. Tenerlo presente.
Tercer otrosi: sírvase ss., tener presente que en mi calidad de abogado habilitado, patrocino personalmente a la demandante, y que mi personería para representar a Banco Itaú Chile, se acredita con el documento habilitante acompañado en el Nº3 del primer otrosí de esta presentación.
Además, hago presente que, en el documento referido, mi mandante confiere poder a doña Daniela Belén Díaz Sepúlveda, abogada habilitada para el ejercicio de la profesión, Rut 19.088.413-9, de mi mismo domicilio, para que actúe con las mismas facultades que se me otorgan. Ruego a US., tenerlo presente.
Cuarto otrosí: se hace presente fusión de Corpbanca con Banco Itaú Chile, indicándose que en virtud de Juntas Extraordinarias de Accionistas de Corpbanca y de Banco Itaú Chile, celebradas con fecha veintiséis de junio del año dos mil quince y fecha treinta de junio del año dos mil quince, respectivamente, cuyas actas se redujeron a escritura pública con fecha nueve de julio del año dos mil quince ante el Notario Público Interino de Santiago don Víctor Olguín Peña, la de Corpbanca, y con fecha treinta de junio del año dos mil quince en la notaría de Santiago de don René Benavente Cash, la de Banco Itaú Chile, acordaron la fusión de Corpbanca con Banco Itaú Chile, por incorporación del Banco Itaú Chile, que se disuelve, a corpbanca, que lo absorbe, produciéndose la disolución anticipada de banco Itaú chile, cuyo sucesor legal será el absorbente corpbanca, que en el mismo acto cambia su razón social por la denominación Itaú Corpbanca, incorporándose todos los activos, pasivos y patrimonio del primero a éste último, según el artículo cuarenta y nueve número once de la Ley General de Bancos.
Por Resolución número cuatrocientos nueve de fecha cuatro de septiembre del año dos mil quince, de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile, se aprobaron los acuerdos adoptados por las Juntas Extraordinarias de Accionistas referidas precedentemente, y un extracto de dicha Resolución se inscribió a fojas setenta y dos mil setecientos ochenta, número cuarenta y dos mil quinientos ochenta y dos, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil quince, se publicó en el Diario Oficial de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil quince, y se anotó al margen de la inscripción social de fojas trece mil seiscientos ochenta y cinco, número seis mil setecientos sesenta y dos, del año mil novecientos ochenta, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
En Sesión Extraordinaria de Directorio de Corpbanca, celebrada con fecha veintitrés de marzo del año dos mil dieciséis, y en sesión extraordinaria de directorio de Banco Itaú Chile, celebrada con fecha veintitrés de marzo del año dos mil dieciséis, cuyas actas fueron reducidas a escritura pública con fecha veintiocho de marzo del año dos mil dieciséis, repertorio nueve mil trescientos cuarenta, en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, la de Corpbanca, y con fecha veinticuatro de marzo del año dos mil dieciséis, repertorio cinco mil setecientos noventa y nueve, en la notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, la de Banco Itaú Chile, se fijó como fecha de materialización de la fusión el día primero de abril del año dos mil dieciséis. Todos estos instrumentos no se insertan por ser conocidos del notario que autoriza.
Sírvase us., tenerlo presente. quinto otrosí: Conforme lo dispuesto por el Artículo 3 Bis del Código de Procedimiento Civil, y con el fin de ofrecer a la parte demandada salidas alternativas a este juicio, distintas del remate de los bienes que se puedan embargar en autos; o bien del pago íntegro e inmediato del (los) crédito(s) demandado(s) en esta ejecución, vengo en solicitar a S.S. tener presente que para efectos de evaluar alternativas de normalización de su situación crediticia, demandado puede comunicarse al siguiente correo electrónico, adjuntando copia de su cédula de identidad para efectos de asegurar y proteger la información entregada, contactojudicial@itau.cl. Ruego a us., tenerlo presente.
Sexto otrosí: Atendido a que los demandados tiene su domicilio en la comuna de Talcahuano, solicito a Us., tenga a bien exhortar al Juzgado de Letras de Talcahuano con competencia en lo Civil, con inserción de todas las piezas y datos necesarios, a fin de que, Ministro de Fe proceda a notificar la demanda ejecutiva, su resolución y el mandamiento de ejecución y embargo, requiere de pago y se proceda al embargo, facultándose al Tribunal exhortado para rectificar demanda, decretar la notificación sustitutiva del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, y se proceda en conformidad al artículo 443 del mismo texto legal, se ordene la traba embargo sobre los bienes que se encuentran en poder del deudor, con el auxilio de la fuerza pública, se requiera su inscripción, en caso de ser procedente, se designe Martillero, con facultades para fijar día y hora para el remate, se ordene retiro de especies, se conceda auxilio de la fuerza pública, para llevarlo a efecto, de ser necesario, disponer el giro de fondos cuando se le solicite; disponer notificaciones, pudiendo al efecto recibir las informaciones, certificaciones y declaraciones a que hubiere lugar, y, dictar las providencias y resoluciones del caso; habilitar día, horas, lugares y funcionarios; y, en general, practicar y disponer de todas las actuaciones que fueren conducentes al cumplimiento del encargo jurisdiccional; pudiendo diligenciarlo cualquier persona hábil que lo requiera, la que estará también habilitada para regresar el exhorto tramitado, en su oportunidad. Para estos efectos, se solicita copia de la demanda ejecutiva, de su proveído, del mandamiento de ejecución y embargo y del pagaré.
Sírvase US., se disponga exhortar en la forma, para los fines y en los términos señalados, Proveído demanda: Concepción, 4 de octubre de 2025 Proveyendo escrito presentado por el abogado demandante don Hugo Larraín Prat el 30 de septiembre 2024, folio 5: por cumplido con lo ordenado y acompañado materialmente un mutuo repertorio Nº578 de 31 de enero de 2018 en custodia Nº5216-2024 Proveyendo la demanda folio 1:A lo principal, por interpuesta la demanda. Despachese mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad de 2.598,4266 Unidades de Fomento equivalentes a la suma de $98.310.924, más intereses y costas. Al primer otrosí, téngase por acompañado materialmente un mutuo repertorio Nº351 de 26 de enero de 2011, bajo apercibimiento del artículo 346 nº3 del Código de Procedimiento, Civil. Custódiese. En cuanto a la liquidación, repertorio 62405 de 19 de diciembre de 2023 por acompañados digitalmente, con citación. Al segundo, cuarto y quinto otrosíes, téngase presente.
Al tercer otrosí, téngase presente y por conferido el poder a doña Daniela Belén Díaz Sepúlveda Al sexto otrosi, como se pide exhortese como se solicita vía interconexión al Juzgado de turno en lo Civil de la jurisdicción de Talcahuano, solo hasta la traba de embargo, sin fuerza pública téngase presente, además, lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Cuantía la cantidad de 2.598,4266 Unidades de Fomento equivalentes a la suma de $98.310.924 equivalentes a 1.477,00 UTM. Rol 67142024.
Mandamiento: requiérase por un Receptor Judicial, en su calidad de Ministro de Fe, a Villagra Cabello Limitada, representada por don Luis Anselmo Villagra Cabello, domiciliado calle Parque de Carriel N 5.580, San Andrés del Valle, casa N 47 de la comuna de Talcahuano, en su calidad de deudor principal, y en contra de Luis Anselmo Villagra Cabello y Enrique Hauenstein Barra mismos domicilios anteriores en su calidad de fiadores y codeudores solidarios para que en el momento de la intimación paguen a Itaú Corpbanca o quien sus derechos legalmente represente, la cantidad de 2.598,4266 Unidades de Fomento equivalentes a la suma de $98.310.924 (noventa y ocho millones trescientos diez mil novecientos veinticuatro pesos) más intereses y costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, trábese embargo sobre bienes suficientes de propiedad del ejecutado para responder al pago de lo adeudado más intereses y costas. Designase depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo responsabilidad legal. El receptor encargado de la diligencia, deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil. Así está ordenado por resolución de este tribunal, con fecha 4 de octubre 2024, recaída en causa rol 6714-2024 "ITAÚ CORPBANCA CON VILLAGRA CABELLO LIMITADA Y OTROS Sobre juicio ejecutivo. Concepción, 4 de octubre de 2024. La secretaría.
EXTRACTO. 16 JUZGADO Civil Santiago, Huérfanos 1409, piso 4, rematará el día 28 de mayo de 2026, a las 11:20 horas, via plataforma de video conferencia Zoom, el Departamento número 2.304 del Edificio 2, el Estacionamiento número B19, del Edificio 3 y la Bodega número 101 del Edificio 2, todos del Condominio Ankara, construido en el Lote D1-C ubicado en Avenida Costanera Interior número 3.750, de la comuna de San Pedro de la Paz, inscrita a fojas 309 número 277 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz. Mínimo Postura $ 50.169.430.
Toda persona que desee participar en la subasta deberá rendir caución por el 10% del mínimo, mediante vale vista tomado en cualquier banco de la plaza, a la orden del tribunal, con indicación del tomador para facilitar su devolución. El vale vista deberá ser presentado en la secretaría del tribunal el día precedente a a fecha fijada para la realización de la subasta, entre las 11:00 y 12:00 horas. No se admitirán vales vista fuera del horario señalado.
Al momento de presentar el vale vista, el postor deberá informar un correo electrónico y un numero telefónico válido a través de un acta predeterminada que será suscrita por el postor e incorporada a la Carpeta Electrónica por el Ministro de fe conjuntamente con una copia del Vale Vista. El subastador deberá consignar el saldo del precio dentro de quinto día hábil de realizada la subasta mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal o transferencia electrónica. En cualquiera de estos casos deberá informar inmediatamente al tribunal mediante un escrito presentado en la Carpeta Electrónica. Se utilizará la plataforma Zoom, para lo cual se requiere de un computador o teléfono, en ambos casos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo y conexión a internet. La parte que no pudiere acceder a la sesión deberá inmediatamente contactarse con el tribunal, al correo jcsantiago 16_remates@pjud.cl dando cuenta de ello, a fin de solucionar cualquier problema de conectividad. Demás antecedentes en la página web del Poder Judicial www.pjud.cl, autos Rol C: 16283-2023, Caratulados "BANCO ITAÚ CHILE/DEL RÍO", Juicio Ejecutivo. Secretaia (S) REMATE JUDICIAL.
PRIMER Juzgado Civil Concepción, Barros Arana 1098, piso 11, Concepción, causa Rol C-2585-2024, juicio ejecutivo "BANCO SANTANDER-CHILE con MEDINA" se ha ordenado remate audiencia de 22 mayo 2026,10:00 horas, inmueble ubicado en Calle Casas de Lo Espejo Nº2867, que corresponde al sitio 1 de a manzana R de la Etapa cuatro A del Conjunto "Jardines de Santa María", comuna de Maipú, ciudad de Santiago, inscrito a nombre del ejecutado Jose Luis Medina Valencia a fojas 8839 número 13377 del Registro de Propiedad del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Rol de avalúo de la propiedad 8122 1 de la comuna de Maipú.
Mínimo posturas $ 106.713.898. caución interesados 10% mínimo ($10.671.389). Dicha caución podrá ser, mediante: Vale vista bancario nominativo, tomado en cualquier Banco de la plaza, a nombre del Primer Juzgado Civil de Concepción, el que deberá ser entregado en Secretaría del Tribunal a lo menos con 3 días hábiles de anticipación al remate, si recayere en sábado al día siguiente hábil. El ministro de fe del tribunal certificará las garantías suficientes que se hayan presentado para participar dentro de plazo en el remate. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor indicando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 263-2021 de la Excma. Corte Suprema. Todos los interesados deberán conectarse a la cuenta Zoom del Primer Juzgado Civil de Concepción, al ID que será remitido vía correo electrónico.
Si algún postor justifica la carencia de medios tecnológicos para llevarla a efecto por esta vía o desconocer la forma de hacerlo, deberá informar al Tribunal con la antelación de a los menos 5 días hábiles de anticipación al correo electrónico jc1_concepcion@pjud.cl, bajo apercibimiento de no poder participar en la misma, a fin de asistirio o permitirle la participación mediante la facilitación de medios tecnológicos. Todo postor deberá tener activa su Clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores y adjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta. Demás menciones en el expediente virtual o en Secretaría del Tribunal. La secretaria subrogante. REMATE JUDICIAL.
PRIMER Juzgado Civil Concepción, Barros Arana 1098, piso 11, Concepción, causa Rol C-9198-2024, juicio ejecutivo "SCOTIABANK-CHILE con ESPINOZA" se ha ordenado remate audiencia de 22 mayo 2026,10:30 horas, inmueble ubicado en calle Quinel Oriente Nº 2647, lote 4 de la manzana AM del Lote Andalué de la comuna de San Pedro de la Paz. El dominio a nombre del ejecutado rola inscrito a fojas 4377, bajo el número 2074 del Registro de Propiedad del año 2006 del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz. Rol de Avalúo Nº 10.038 -9, comuna de San Pedro de la Paz.
Mínimo posturas $ 129.640.650, caución interesados 10% mínimo ($ 12.964.065). Dicha caución podrá ser, mediante: vale vista bancario nominativo, tomado en cualquier Banco de la plaza, a nombre del Primer Juzgado Civil de Concepción, el que deberá ser entregado en Secretaría del Tribunal a lo menos con 3 días hábiles de anticipación al remate, si recayere en sábado al día siguiente hábil. El ministro de fe del tribunal certificar las garantías suficientes que se hayan presentado para participar dentro de plazo en el remate. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor indicando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 2632021 de la Excma. Corte Suprema. Todos los interesados deberán conectarse a la cuenta Zoom del Primer Juzgado Civil de Concepción, al ID que será remitido vía correo electrónico.
Si algún postor justifica la carencia de medios tecnológicos para llevarla a efecto por esta vía o desconocer la forma de hacerlo, deberá informar al Tribunal con la antelación de a los menos 5 días hábiles de anticipación al correo electrónico jc1_concepcion@pjud.cl, bajo apercibimiento de no poder participar en la misma, a fin de asistirlo o permitirle la participación mediante la facilitación de medios tecnológicos. Todo postor deber tener activa su Clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores y adjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta. Demás menciones en el expediente virtual o en Secretaría del Tribunal. La secretaria subrogante. REMATE JUDICIAL. PRIMER Juzgado Civil Concepción, Barros Arana 1098, piso 11, Concepción, causa Rol C-5268-2022, juicio ejecutivo "SCOTIABANK CHILE S.
A. con BAHAMONDES " se ha ordenado remate, audiencia de 15 de mayo de 2026,11:30 horas, inmueble ubicado en Pasaje Llay Llay (región de Valparaíso) Nº 2912 del Conjunto Habitacional "Santa María de Lagunillas, Etapas Uno y Dos", comuna Coronel. El dominio a nombre del ejecutado Edgardo Javier Bahamondes Carrera rola inscrito a fs. 6613 Nº 2721 Registro Propiedad Conservador Bienes Raices Coronel año 2018. Rol de avalúo de la propiedad 3559-32, comuna de Coronel. Minimo posturas $ 29.990.960.
Caución interesados 10% mínimo ($2.999.096 ). Dicha caución podrá ser mediante: vale vista bancario nominativo tomado en cualquier Banco de la plaza, a nombre del Primer Juzgado Civil de Concepción, el que deberá ser entregado en Secretaría del Tribunal a lo menos con 3 dias hábiles de anticipación al remate, si recayera sábado, al día hábil siguiente. El ministro de fe del tribunal certificará las garantías suficientes que se hayan presentado para participar dentro de plazo en el remate. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor indicando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 2632021 de la Excma. Corte Suprema. Todos los interesados deberán conectarse a la cuenta Zoom del Primer Juzgado Civil de Concepción, al ID que será remitido vía correo electrónico.
Si algún postor justifica la carencia de medios tecnológicos para llevarla a efecto por esta vía o desconocer la forma de hacerlo, deberá informar al Tribunal con la antelación de a los menos 5 dias hábiles de anticipación al correo electrónico jc1_concepcion@pjud.cl, bajo apercibimiento de no poder participar en la misma, a fin de asistirlo o permitirle la participación mediante la facilitación de medios tecnológicos. Todo postor deberá tener activa su Clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores y adjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta. Demás menciones en expediente virtual o en Secretaría del Tribunal La secretaria subrogante. REMATE JUDICIAL.
TERCER Juzgado Civil Concepción, causa Rol C-49242025, juicio ejecutivo "SCOTIABANK CHILE con GUTIERREZ' se ha ordenado remate audiencia de 22 mayo 2026,09:00 horas inmueble consistente en la Unidad Nº 16 del Condominio Doña Cristina, construido en el Huerto Nº 106, de la comuna de San Pedro de la Paz. El dominio a nombre del ejecutado rola inscrito a fojas 631, bajo el número 504 del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta N 2632021 de la Excma. Corte Suprema, Auto Acordado para los remates judiciales de bienes inmuebles mediante el uso de videoconferencia en tribunales. Todos los interesados deberán conectarse a la siguiente cuenta zoom del Tercer Juzgado Civil de Concepción: https://zoom.us/j/93331332143. Será carga de los interesados disponer de los elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar en la subasta y de incorporarse oportunamente a la audiencia. El tribunal coordinará su ingreso y participación. Mínimo posturas $107.976.341, caución interesados 10% mínimo, ($ 10.797.634), vale vista bancario cualquier Banco a la orden del Tribunal, con indicación del tomador para facilitar su devolución.
El vale vista deberá ser presentado en la secretaría del tribunal el día martes precedente a la fecha fijada para la realización de la subasta, o el día hábil siguiente si aquel no lo fuera, entre las 9:00 y 12:00 horas.
En dicho acto deberá además informar un correo electrónico y un número telefónico válido a través de un acta predetermina que será suscrita por el postor e incorporada a la Carpeta Electrónica por el Ministro de Fe conjuntamente con una copia del Vale Vista. El ministro de fe del tribunal al día siguiente hábil certificará las garantías suficientes que se hayan presentado para participar en el remate, individualizando al postor, monto y antecedentes del vale vista. Verificado lo anterior, se remitirá un correo electrónico a cada postor reiterando el día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia. La secretaria. REMATE. SEGUNDO JUZGADO Civil de Concepción, Causa Rol C-781-2025 Juicio ejecutivo, caratulado "SCOTIABANK CHILE con PEREZ", se ha ordenado remate para la audiencia del día 19 de mayo de 2026 a las 10.00 horas.
Se rematará el inmueble ubicado en la comuna de Hualpén, consistente en la vivienda ubicada en calle Diez (nombre provisorio) número 4432 que corresponde al Lote número 15 de la Manzana 8 del Conjunto Habitacional Floresta Gran Bretaña 1V Tercera Etapa. El dominio a nombre del ejecutado José Manuel Pérez Illanes, se encuentra reinscrito a fojas 2311 número 1438 del Registro de Propiedad del año 2025 del Conservador de Bienes Raíces de Hualpén.
Mínimo posturas $22.613.713. caución interesados 10% mínimo $2.261.371. mediante vale a la vista a nombre del Segundo Juzgado Civil de Concepción tomado por quien participará el día del remate en el Banco Estado (no transferencia electrónica). 1. Todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa su Clave Única del Estado 2.
Para efectos de la postulación, los postores deberán ingresar a la Oficina Judicial Virtual y dirigirse a la bandeja "Ver Remates", pudiendo estos consultar en la plataforma por competencia, corte, tribunal, rol o por rango de fechas de remates.
Realizada la consulta aparecerá la información del o los remates buscados, el cual contendrá el detalle del mismo (tribunal, competencia, causa, fecha yla hora del remate disponible y estado del remate) Los postores deberán ingresar al formulario de postulación, debiendo estos presionar la lupa, la cual desplegara una ventana; en esta, se detallará el remate y los documentos, imágenes e información referencial del remate.
Aquí el postor deberá presionar el botón "Postular", el cual le abrirá el formulario de postulación, debiendo este ingresar los datos de la garantía y adjuntar el vale vista en formato pdf, además de ingresar su correo y su teléfono.
Una vez realizada la postulación, el postor podrá verificar el remate, desde la bandeja "RematesMis Remates" y en el detalle del remate podrá comprobar la información de su postulación, la cual quedara en estado de enviado Los postores deberán verificar el estado de su postulación (aceptado o no aceptado) a través de la Oficina Judicial Virtual, desde la bandeja de "Mis Remates". El remate se efectuará por videoconferencia, vía plataforma zoom y que todo interesado en participar en el remate deberá efectuar la postulación a través de la Oficina Judicial Virtual, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha fijada para el remate, además de los requisitos necesarios para participar en la audiencia de remate, señalados precedentemente. Link de conexión y plataforma: Link de conexión y plataforma: https://zoom.us/j/95710494303? p wd = R jh 6 dEUR 3 Br b2h60U95ckVWaTZpQT09. ID de reunión: 95710494303. Código de acceso: 918956. Demás antecedentes en la carpeta virtual del propio juicio. El secretario subrogante. REMATE.
SEGUNDO JUZGADO Civil de Concepción, fijó audiencia para el 15 de mayo de 2026 a las 11:00 horas, para rematar las unidades no transferidas del Lote número 26, de la comuna de Lebu, inscrito a fojas 649 número 596 del Registro de Propiedad del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Lebu, conforme a las siguientes bases: Las unidades no transferidas a rematar son 25 viviendas. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia, a través de la plataforma Zoom.
Para efectos de la postulación, todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa su Clave Única del Estado, e ingresar a la Oficina Judicial Virtual, dirigirse a la bandeja "Ver Remates", pudiendo estos consultar en la plataforma por competencia, corte, tribunal, rol o por rango de fechas de remates.
Realizada la consulta aparecerá la información del o los remates buscados, el cual contendrá el detalle del mismo (tribunal, competencia, causa, fecha y la hora del remate disponible y estado del remate). Los postores deberán ingresar al formulario de postulación, debiendo estos presionar la lupa, la cual desplegará una ventana; en esta, se detallará el remate y los documentos, imágenes e información referencial del remate.
Aquí el postor deberá presionar el botón "Postular", el cual le abrira el formulario de postulación, debiendo este ingresar los datos de la garantía y adjuntar el vale vista en formato pdf, además de ingresar su correo y su teléfono.
Una vez realizada la postulación, el postor podrá verificar el remate, desde la bandeja "RematesMis Remates" y en el detalle del remate podrá comprobar la información de su postulación, la cual quedará en estado de enviado.
Los postores deberán verificar el estado de su postulación (aceptado o no aceptado) a través de la Oficina Judicial Virtual, desde la bandeja de "Mis Remates". Para el caso en que dicha forma de postulación no sea posible única y exclusivamente por defectos en la plataforma que estuvieren debidamente justificados, podrá efectuarse aquella acompañando copia del referido vale vista bancario al correo electrónico jc2_concepción_remates@pjud.cl, debiendo informar, además, nombre y cédula de identidad del postor, un correo electrónico y un número telefónico válido.
Para participar en la subasta deberá acompañarse vale vista tomado en el Banco Estado equivalente al 10% del mínimo fijado para el remate, a nombre del Segundo Juzgado Civil de Concepción, por la persona que va a participar en el remate.
Los postores deberán contar con un computador o teléfono celular, en ambos casos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo y conexión a internet, siendo carga de estos, el tener los elementos tecnológicos y de conexión, y de incorporarse oportunamente a la audiencia. El tribunal coordinará su ingreso y participación.
Todo interesado en participar en el remate deberá efectuar la postulación a través de la Oficina Judicial Virtual o en su caso al correo electrónico jc2_concepción_remates@pjud.cl, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha fijada para el remate. Para participar en la audiencia indicada los interesados deberán ingresar a la plataforma Zoom: https://zoom.us/j/95710494303?pwd=Rjh6d EFUR3Brb2h6OU95ckVWaTZpQT09, ID de reunión: 9571049 4303. Código de acceso: 918956. El mínimo para comenzar las posturas de cada unidad será: 1. Pasaje Chilco 224 (rol 711-14): $47.764.080; 2. Pasaje Chilco 226 (rol711-15): $47.764.080;3 Pasaje Chilco 228 (rol 711-16): $47.764.080; 4. Pasaje Peumo 264 (rol 71122): $47.764.080; 5. Pasaje Peumo 262 (rol 711-23): $47.764.080; 6. Pasaje Peumo 260 (rol 711-24): $47.764.080; 7. Pasaje Peumo 258 (rol 711-25): $47.764.080; 8. Pasaje Peumo 256 (rol 711-26):$59.545.886;9. Pasaje Peumo 257 (rol 711-27): $59.545.886; 10. Pasaje Peumo 259 (rol 711-28): $47.764.080; 11. Pasaje Peumo 261 (rol 711-29): $47.764.080; 12. Pasaje Peumo 263 (rol 711-30): $47.764.080; 13. Pasaje Peumo 265 (rol 711-31): $47.764.080; 14. Pasaje Peumo 267 (rol 711-32): $50.593.183; 15. Pasaje Lenga 269 (rol 71133): $50.593.183; 16. Pasaje Lenga 271 (rol 711-34): $47.764.080; 17. Pasaje Lenga 273 (rol 711-35): $47.764.080; 18. Pasaje Lenga 275 (rol 711-36): $47.764.080; 19. Pasaje Lenga 277 (rol 711-37): $47.764.080; 20. Pasaje Lenga 279 (Gabriela Mistral 202) (rol 711-38): $59.545.886; 21. Pasaje Lenga 278 (rol 711-39): $59.545.886; 22. Pasaje Lenga 276 (rol 711-40): $47.764.080; 23. Pasaje Lenga 274 (rol 711-41): $ 47.764.080; 24. Pasaje Lenga 272 (rol 711-42): $47.764.080; 25. Pasaje Lenga 270 (rol 71143): $58.378.320; todas de la comuna de Lebu. Demás bases y antecedentes, en juicio caratulado "BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/INMOBILIARIA LAS ISABELINAS LTDA", ROL C-1679-2019 REMATE. TERCER JUZGADO Civil de Concepción, causa Rol C-2011-2021 Juicio Ordinario Desposeimiento caratulado "BANCO DE CHILE con CARTES FLORES", se ha ordenado remate en audiencia del día 22 de mayo de 2023, a las 12.00 horas.
Se rematará la nuda propiedad que recae sobre el inmueble ubicado Pasaje Lago PanguipuIli 3 número 7.130 y que corresponde al Lote número 404, del Conjunto Habitacional El Portal de San Pedro, de la comuna de San Pedro de la Paz. La nuda propiedad a nombre de Patricio Alonso Cartes Flores rola inscrita a fojas 1329 número 974 del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz. Mínimo posturas 1904,4 Unidades de Fomento al día del remate caución interesados 10% mínimo 190,44 Unidades de Fomento en su valor equivalente al día del remate.
El vale vista deberá ser presentado en la secretaría del tribunal el día martes precedente a la fecha fijada para la realización de la subasta, o el día hábil siguiente si aquel no lo fuera, entre las 9:00 y 12:00 horas.
En dicho acto, el postor deberá además informar un correo electrónico y un número telefónico válido a través de un acta predetermina que será suscrita por el postor e incorporada a la Carpeta Electrónica por el Ministro de fe conjuntamente con una copia del Vale Vista. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia en los términos que dispone el Acta Nº 132021 de la Excma.
Corte Suprema de fecha 11 de enero de 2021, para tal efecto el día y hora que se fije para la subasta, todos los interesados deberán conectarse a la siguiente cuenta zoom del Tercer Juzgado Civil de Concepción: https://zoom.us/j/93331332143. Demás antecedentes en la misma causa, la que puede ser revisada en la OJV respectiva. El secretario subrogante. REMATE 28 DE abril 2026 10:00 horas. VOLKSWAGEN GOL PPU RYKY. 18, año 2022; Mínimo $6.690.000. Rol Causa C6731-2025/SILVA, 3 Juzgado Civil de Concepción, Liquidador Maria Fernanda Cross Caución $500.000. previo depósito, no se recibe efectivo. Comisión 7%+IVA. Martillero RNM 1830 Gabriel Zambrano, Móvilconsulta: 988953928 Parcela 12 camino a Lebu SEGUNDO JUZGADO CIVIL de Concepción, causa caratulada "BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ URRA, ROL C-1600-2025.
Por resolución de fecha 27 de marzo de 2026, se ha ordenado notificar por avisos la demanda a Cynthia Verónica Urra Zúñiga, Rut 13.557.579-8, por avisos publicados por tres veces en el"Diario El Sur" de Concepción y por una vez en el "Diario Oficial de la Republica de Chile". Se fija la audiencia presencial del quinto día hábil, después de la última publicación, a las 08:45 horas, en la Secretaría del Tribunal, para los efectos del requerimiento de pago. En caso, que el quinto día posterior a la última publicación recaiga en sábado, el requerimiento deberá practicarse al día siguiente hábil, a la misma hora, certificándose lo que corresponda, en su oportunidad. Demanda: en lo principal: demanda ejecutiva. Mandamiento de ejecución y embargo. Primer otrosi: señala bienes para embargo y depositario. Segundo otrosí : acompaña documentos. Tercer otrosí: patrocinio y poder. Cuarto otrosi: forma de notificación. S.J.L. Civil Concepción.
José Miguel Flores Acuña, abogado habilitado, en representación judicial de fuente convencional, según consta en mandato que se acompaña en otrosi; del Banco de Crédito e Inversiones, Sociedad Anónima Bancaria, ambos con domicilio para estos efectos en la ciudad y comuna de Concepción, calle Chacabuco 485, piso 9, Edificio Latin Capital, a US., con respeto digo: que, por este acto, vengo en interponer demanda ejecutiva, en contra de doña Cynthia Verónica Urra Zúñiga, fonoaudióloga, en su calidad de suscriptor de la obligación en cobro, con domicilio en Avda. 21 de Mayo Nº 2317, Departamento 803, Edificio del Mar, condominio Conjunto Bordelaguna, Concepción.
Esta acción tiene como pretensión, obtener el pago íntegro de lo debido a mi representada por la demandada, deuda que asciende a la cantidad de 882,1933 Unidades de Fomento, equivalente al 20 de marzo de 2025 a la suma de $ 34.263.558, más reajuste e intereses moratorios; despachar mandamiento de ejecución y embargo en contra del demandado, y ordenar que se siga adelante esta ejecución hasta hacer el entero y total pago de dichas cantidades a mi representada, con costas personales y procesales. Fundo esta acción ejecutiva, en los siguientes fundamentos de hecho y derecho, que expongo, a continuación: I. Crédito.
Título ejecutivo: el crédito de mi representada, que sirve de base a la presente ejecución, consta en copia autorizada de escritura pública de contrato de compraventa, mutuo e hipoteca y alzamiento mutuo tasa fija en pesos y en U. F (mutuo extra), de fecha 18 de octubre de 2007, otorgada en la Notaría de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari, Rep. Nº5.209.
En la cláusula sexta del referido contrato, doña Cynthia Verónica Urra Zúñiga, se obliga a pagar al Banco de Crédito e Inversiones la cantidad de 1.920 Unidades de Fomento, en el plazo de 300 meses por medio de 298 dividendos mensuales, vencidos y sucesivos, Los dividendos debían pagarse dentro de los primeros 10 días de cada mes. La tasa de interés real, anual y vencida que devenga el préstamo es de 5,20%. Il.
Incumplimiento: en caso de mora o simple retardo en el pago de uno cualquiera de los dividendos, éste devengará, desde el día siguiente al del vencimiento, un interés penal igual al interés máximo convencional que la ley permita estipular para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustables, que rija durante la mora o el simple retardo y hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado.
De conformidad a lo establecido en la cláusula 14 se considerará vencido el plazo de la deuda y podrá el Banco exigir el inmediato pago de la suma a que se encuentra reducida, más sus reajustes, intereses, comisiones y costas, si se retarda el pago de cualquier dividendo más de 10 días.
Doña Cynthia Verónica Urra Zúñiga, no pagó el dividendo vencido el 10 de diciembre de 2024 y adeuda al 10 de marzo de 2025,04 dividendos impagos por la cantidad de 43,5233 Unidades de Fomento, más el saldo insoluto del crédito por la cantidad de 838,6700 Unidades de Fomento, lo que totaliza en 882,1933 Unidades de Fomento, equivalente al 20 de marzo de 2025 a la suma de $ 34.263.558, suma respecto de la cual el Banco exige su pago total. III.
Garantía: en garantía del préstamo, doña Cynthia Verónica Urra Zúñiga, constituyó en favor de mi representada hipoteca sobre el inmueble consistente en el departamento Nº 803 del piso octavo, correspondiente e la Unidad Nº 152, del Edificio del Mar, de la Bodega Nº 16 del subterráneo, correspondiente a la Unidad Nº 40, del Edificio laguna, y del estacionamiento cubierto Nº 74 del primer nivel, correspondiente a la Unidad Nº 14, todos forman parte del Condominio denominado Conjunto Bordelaguna, construido en Avenida Veintiuno de Mayo Nº 2317, Concepción. El dominio se inscribió a fojas 5.715, Nº 4.996, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2007. La hipoteca se inscribió en favor de mi representada a fojas 5.278, Nº 3.463 en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2007.
Finalmente, cabe hacer presente, que la obligación contenida en dicho contrato, es líquida, actualmente exigible, el título tiene mérito ejecutivo y la acción ejecutiva no está prescrita, por lo que procede la ejecución en contra de la obligada al pago.
Por tanto; de acuerdo a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 434 Nº 2 y 437,441 443 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicito a US., se sirva tener por deducida demanda ejecutiva en contra de doña Cynthia Verónica Urra Zúñiga, en su calidad de suscriptora, ya individualizado, por la suma de 882,1933 Unidades de Fomento, equivalente al 20 de marzo de 2025 a la suma de $ 34.263.558, más reajuste e intereses moratorios, hasta el pago efectivo del crédito en cobro; se ordene se despache mandamiento de ejecución y embargo por dichas sumas, y se siga adelante la ejecución hasta el entero pago de dichas cantidades, con costas.
Primer otrosi: solicito a US., tener presente que señalo para la traba del embargo el inmueble consistente en el departamento N 803 del piso octavo, correspondiente e la Unidad Nº 152, del Edificio del Mar, de la Bodega Nº 16 del subterráneo, correspondiente a la Unidad Nº 40, del Edificio laguna, y del estacionamiento cubierto Nº 74 del primer nivel, correspondiente a la Unidad Nº 14, todos forman parte del Condominio denominado Conjunto Bordelaguna, construido en Avenida Veintiuno de Mayo Nº 2317, Concepción. El dominio se inscribió a fojas 5.715, Nº 4.996, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2007. Asimismo, dicha propiedad quedará en poder del ejecutado en calidad de depositario provisional, bajo las responsabilidades legales que corresponden. Segundo otrosí: solicito a US., tener por acompañados, con citación y bajo apercibimiento legal, en su caso, los siguientes documentos: 1.
Copia autorizada con firma electrónica avanzada, de escritura pública de contrato de compraventa, mutuo e hipoteca y alzamiento mutuo tasa fija en pesos y en U.F. (mutuo extra), de fecha 18 de octubre de 2007, otorgada en la Notaría de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari, Rep. Nº5.209.2. Certificado control de cobranza judicial créditos hipotecarios y desarrollo de deuda, emitidos por el Banco de Crédito e Inversiones. 3.
Copia de escritura pública de fecha 10 de septiembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar, Rep. 4586/2024. donde consta mi personería para actuar en representación del Banco de Crédito e Inversiones.
Tercer otrosí: solicito a US., tener presente que, dada mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, patrocino estos autos y que mi personería para actuar en representación del Banco de Crédito e Inversiones, consta en Acta sesión ordinaria de directorio numero setecientos cuatro Banco de Crédito e Inversiones, la cual se redujo a escritura pública con fecha 10 de septiembre de 2024, en la Notaría de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar, Rep. 4586/2024, y cuya copia autorizada con firma electrónica avanzada, acompaño con citación, a esta presentación.
Cuarto otrosi: solicito a US., tener presente que señalo como medio de notificación electrónica para los efectos de los artículos 49 y 254 del Código de Procedimiento Civil, el correo electrónico jgranados@fa.cl, solicitando, además, se extienda para efectos de notificar las resoluciones comprendidas en el artículo 48 del referido Código. Proveído 24/03/2025 : A lo principal, por interpuesta demanda. Despáchese mandamiento y ejecución y embargo por la suma de 882,1933 unidades de fomento equivalente a $34.263.558, más intereses, reajustes y costas. Al primer y cuarto otrosíes, téngase presente. Al segundo otrosí, téngase presente y por acompañados en forma digital el contrato de compraventa, mutuo e hipoteca y alzamiento de 18 de octubre de 2007 repertorio nº5209, con citación. En cuanto al Certificado control de cobranza judicial créditos hipotecarios y desarrollo de deuda y la escritura pública de 10 de septiembre de 2024 repertorio n4586, téngase por acompañados en forma digital, con citación. Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada en forma digital la escritura pública de 10 de septiembre de 2024 repertorio nº4586, con citación. Téngase presente, además, lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Cuantía 882,1933 unidades de fomento equivalente a $ 34.263.558 y a 503,62 UTM. Mandamiento.
Requiérase por un Receptor Judicial, en su calidad de ministro de Fe, a Cynthia Verónica Urra Zúñiga, domiciliada en Avda. 21 de Mayo Nº2317, Departamento 803, Edificio del Mar, condominio Conjunto Borde laguna, Concepción, en su calidad de deudora principal, para que en el momento de la intimación pague a " Banco de Crédito e Inversiones", o a quien sus derechos legalmente representen, la suma de 882,1933 unidades de fomento equivalente a $34.263.558 (treinta y cuatro millones doscientos sesenta y tres mil quinientos cincuenta y ocho pesos), más intereses, reajustes y costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, trábese embargo sobre bienes suficientes de propiedad de la ejecutada para responder al pago de lo adeudado más intereses, reajustes y costas. Designese depositario provisional de los bienes que se embarguen a la propia ejecutada, bajo responsabilidad legal. El receptor encargado de la diligencia deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en elartículo 447 del Código de Procedimiento Civil.
PERSONAS BUSCADAS Y COSAS PERDIDAS 1614 I SE LE INFORMA a don Arcadio Torres Reyes Rut 6.549.907 -K, de acuerdo a compromiso de venta que desde el 15 de abril de 2026 se encuentra aprobado la suma pactada, favor informal al 93316209 Marcelo Hernandez Escalona. CITAN A REUNIÓN INSTITUCIONES 1615 CITACIÓN. CORPORACIÓN PARA La Atención Integral del Maltrato en la Región del Bio Bio-CATIM. Asamblea general ordinaria de socios para el día 08 de mayo de 2026, a las 16.00 horas en calle Dr. Wilhelm 1000, Concepción. Directorio ESTADIO ESPAÑOL CHIGUAYANTE. PRIMERA CITACION. ASAMBLEA GENE RAL ORDINARIA DE SOCIOS.
De acuerdo al Artículo Veintidós de los Estatutos, citase a los Señores Socios, en primera citación, a Asamblea General Ordinaria de Socios, para el día 06 de Mayo de 2026 a las 18:00 hrs., en el Estadio Español, O'Higgins 699 Chiguayante, con el fin de pronunciarse sobre Memoria y Balance del Ejercicio 2025, y los demás asuntos de competencia de la Asamblea. El Presidente.. Remates: REMATES.