“En ningún caso lo que el profesor Lovera llama “detallito” me parece que lo sea”
Marisol Peña, constitucionalista UDD, sobre error de causal en acusación oficialismo-DC contra ministra Vivanco: “En ningún caso lo que el profesor Lovera llama “detallito” me parece que lo sea” Rosa Zamora Cabrera Disminuir los factores que pueden prestarse para el “muñequeo” político en el nombramiento de altas autoridades, como los ministros de la Corte Suprema, propone la experta Marisol Peña Torres, directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo.
El planteamiento de quien fue la primera mujer en presidir el Tribunal Constitucional en Chile, consiste en dejar las designaciones a cargo de una sola autoridad política -el Presidente-, “sobre la base de una quina confeccionada por un organismo lo más técnico posible”. La académica fue mencionada entre los expertos a quienes esperan invitar dos de las tres comisiones revisoras de las acusaciones constitucionales contra los ministros de la Corte Suprema Ángela Vivanco, Jean Pierre Matus y Sergio Muñoz.
LA CRISIS MÁS PROFUNDA - que “esta es tal vez la crisis más profunda por la que atraviesan el Poder Judicial y la Corte Suprema”. ¿Cómo espera que se resuelva? - Con medidas de corto, mediano y largo plazo. Las primeras se deben traducir en hacer efectivas las responsabilidades, en caso de comprobarse los hechos imputados.
A mediano y largo plazo, en la revisión del sistema de nombramientos de ministros de la Corte Suprema y eventualmente otras importantes autoridades del Estado donde se aprecian fórmulas relativamente similares de designación, en que intervienen órganos políticos, el Presidente de la República y el Senado. - ¿ El error de causal en el libelo del oficialismo-DC contra la ministra Vivanco podría derivaren que el caso se pierda en la cuestión previa? » He leído con mucha atención las palabras del abogado defensor de la ministra Ángela Vivanco en el sentido de que no rán en la articulación de la defensa ningún defecto, ni de forma ni de fondo, en las acusaciones que sele han formulado a su defendida.
Por lo tanto, no me extrañaría que esto colación, y es un punto que choca porque da cuenta de la precipitación con que se ha formulado ese libelo acusatorio y de la desprolijidad consecuente que ha quedado en evidencia. - Uno de los redactores, el abogado Lovera, sostuvo que ese “detallito” no afecta en absoluto la tramitación. - A mi me extraña mucho que un profesor de derecho constitucional se refiera como “detallito” a la mención de la causal de acusación constitucional contra una autoridad determinada. Las causales son distintas dependiendo de la autoridad y hay sólo dos que pueden ser acusadas por notable abandono de deberes: los magistrados de los tribunales superiores de Justicia y el contralor la República. Por eso le digo que en ningún caso lo que el profesor Lovera denomina “detallito” me parece a mí que lo sea.
LOS PODERES Y EL LOBBY - ¿ El lobby que al menos dos de los ministros habrían desplegado para acceder a la Suprema, sería o no causal de abandono de deberes? - Hay que distinguir aquellas situaciones que se produjeron antes de haber asumido oficialmente el ejercicio del cargo y una vez que éste ya se ejercía. La Constitución dice que uno de los requisitos de validez en la actuación de los órganos del Estado es que esté regularmente investido, esto significa que haya tomado posesión del cargo. Lo que haya hecho antes, en consecuencia, puede merecer reproche ético, moral, pero difícilmente podría conectarse con la infracción de deberes asociados al ejercicio del cargo.
Por eso creo que esta distinción va a estar siempre subyacente en las imputaciones que se han hecho. - ¿ Por qué usted considera que no es afortunado para el sistema político que otro poder del Estado intervenga en la evaluación del desempeño de los jueces? - No existe en ningún estado de derecho la posibilidad de que los poderes del Estada funcionen en forma absolutamente aislada.
Si dentro del Poder Judicial existe un mecanismo de carácter disciplinario que podría conducir a la remoción de aquellos ministros que se estima han incurrido en infracción de deberes sustanciales, y que además pueden comprometer la ética en el ejercicio del cargo, soy partidaria de que opere privilegiadamente ese mecanismo interno.
La injerencia de otros órganos del Estado, como es el caso del Poder Legislativo através de la acusación constitucional, debe ser a mi juicio un último recurso del sistema político. - ¿ Aun cuando de las Cámaras? - En algunos de los libelos acusatorios que se han presentado se refuerza la idea de que la acusación constitucional debe resolverse políticamente.
Y eso abre un campo eventual para una serie de subjetividades o puntos de vista que pudieran, de alguna manera, chocar con el debido proceso, con la apreciación de las causales exclusivamente desde un punto de vista jurídico.
Lo que digo es que ojalá no llegue a influir otro poder del Estado, aun cuando reconozco que en un estado de derecho la acusación constitucional es uno de los principales frenos y contrapesos a la actuación tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Judicial, NOMBRAMIENTOS - A propósito de los nombramientos, usted mencionó que “el desafio país es cómo articular un sistema que evite la politización de los jueces”. - La politización se favorece en la medida que órganos políticos, que son elegidos y que funcionan políticamente, como son los casos del Presidente de la República y del Senado, intervienen enel nombramiento de los jueces y de varias otras autoridades.
Escosa de observar cómo se han desarrollado los procesos relativos, por ejemplo, al nombramiento del fiscal nacional para darnos cuenta de que entra a tallar de “gallitos” políticos, o en otros casos empieza a operar casi automáticamente el cuoteo político.
Creo que ese tipo de lógicas puede conspirar en contra de que lleguen a ejercer altos cargos las personas más idóneas, más probas, más capacitadas. - ¿ Cómo podría evitarse? - Observando el derecho comparado podriamos ver que existe una tendencia a separar las funciones administrativas de las propiamente jurisdiccionales. Es decir, que los jueces se dediquen asu función propia, que es conocer causas y juzgarlas.
Y que todo lo relacionado con lo administrativo, es decir con los nombramientos, ascensos, permutas, régimen disciplinario y la formación, quede entregado aun órgano distinto. - ¿ Quiénes lo integrarían? - Evidentemente tiene que haber jueces, pero debe estar integrado, a mi juicio, por una mayoría de personas técnicas. Pienso en decanos de las facultades de derecho, elegidos por sorteo, y representantes del Colegio de Abogados, que por lo demás se preocupa de velar por la conducta ética de la profesión. Ese órgano debería conformar una quina de la cual salío el Presidente elija un nombre, excluyendo la participación del Senado. Con eso se logra de alguna manera equilibrar los criterios técnicos con el criterio político que podría animar la decisión del Presidente. Y además algo muy importante, y es que la intervención de órganos reconocidamente políticos se dice que comunica legitimidad a órganos como los jueces, que no son electos popularmente.
MINISTRA VIVANCO - Usted trabajó en la UC con la ministra Vivanco, ¿Qué opinión tiene de ella? - Tengo la más óptima opinión de la ministra Vivanco como profesora de derecho constitucional, formadora de generaciones, generadora de una importante doctrina constitucional, además muy relevante en temas de bioética, Como ministra del Tribunal Constitucional pude comprobar que tiene eximias condiciones como litigante. Como ministra de la Corte Suprema también ha tenido una actuación relevante en algunas áreas relacionadas con el derecho a la salud. Digo esto y lo enfatizo porque estoy muy sorprendida -come muchos de quienes nos relacionábamos con ella en este plano por la cantidad de cosas que se le imputan.
Indudablemente no nos calza, de modo que sólo cabe esperar que el derecho opere objetivamente, conforme a estándares de debido proceso, y que salga a la luz la verdad jurisdiccional, porque la acusación constitucional, especialmente en la etapa del Senado, es un juicio político.
“EXISTE UNA TENDENCIA A SEPARAR LAS FUNCIONES ADMINISTRATIVAS DE LAS JURISDICCIONALES”. $6 La politización se favorece en la medida que órganos políticos, como el Presidente de la República y el Senado, intervienen en el nombramiento de los jueces”,