Extractos:
Extractos: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA Ciudad de la Eterna Juventud VILLA ALEMANA, 04 de julio de 2025 DECRETO ALCALDICIO Nº1337/ Con esta fecha el Sr. Alcalde ha emitido el siguiente Decreto: VISTOS: La Providencia Nº5051, de fecha 25 de junio de 2025 de la Administración Municipal, con V8 del Sr. Alcalde; Los Ord.
Nº1603, del 17 de junio de 2025 y Nº2143, del 06 de septiembre de 2024, ambos emitidos por la Dirección de Obras Municipales y antecedentes que acompaña; La Sentencia dictada con fecha 20 de marzo de 2023, correspondiente a la Causa Rol 201.753 ; Las disposiciones contenidas en el Articulo 148 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; Las facultades que me confiere la Ley 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; DECRETO: 1.
DISPÓNGASE la demolición total de las construcciones irregulares existentes en el inmueble ubicado en calle El Patagual, Parcela Nº1, Villa Alemana, rol de avalúo Nº877-3, a costas de quien figura como propietaria, doña ANA AGUILAR CORTES, domiciliada en calle Cena Manantiales Nº1868, Quilpué, de acuerdo con lo establecido en el Artículo Nº148 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 2.
NOTIFÍQUESE el presente Decreto Alcalidicio, por parte del Secretario Municipal a la persona individualizada en el párrafo anterior y, si esta no fuere habida, la notificación se hará por medio de avisos, que se publicarán tres veces, en dias distintos, en un periódico de la ciudad cabecera de la provincia 3.
OTORGASE a doña ANA AGUILAR CORTES, un plazo de sesenta (60) dias, contados desde la fecha de notificación, a fin de proceder a ejecutar las obras de demolición respectivas, debiendo dar cumplimiento a las instrucciones técnicas que para el efecto señale la Dirección de Obras Municipales. 4.
APERCIBASE al propietario del inmueble ya individualizada, que, en el caso de no ejecutar las obras de demolición total ordenadas por medio de este Decreto Alcaldicio, en el plazo fijado en el mismo, dichas obras serán dispuestos por la propia Municipalidad de Villa Alemana, a costas del propietario. 5.
ESTABLÉCESE que desde la fecha de notificación de la presente resolución, el propietario podrá presentar el recurso de reposición establecido en el articulo 152 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y solicitar a su costa que se proceda a efectuar una nueva revisión de la obra por el Director de Obras Municipales, asesorado por el ingeniero o arquitecto que designe, sin perjuicio de poder ejercer, además, el derecho a reclamar ante la Justicia Ordinaria, conforme lo establece el artículo 154 de la Ley ya referida. 6. DISPÓNGASE el auxilio de la fuerza pública si fuese necesario, para el cumplimiento del presente Decreto Alcaldicio. ANOTESE, COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE. PATRICIO TORRES PALOMINOS SECRETARIO MUNICIPAL NELSON ESTAY MOLINA ALCALDE.