CMF rechaza el recurso de reposición de la china Tianqi por el acuerdo Codelco-SQM
CMF rechaza el recurso de reposición de la china Tianqi por el acuerdo Codelco-SQM MINERÍA.
Frente a esta resolución, la firma podría apelar mediante un reclamo de ilegalidad, disponiendo de un plazo de 10 días hábiles para realizar la acción. a Comisión para el MerL cado Financiero (CMF) ha desestimado nuevamente el recurso dereposi presentado por la empresa china'Tiangi, en contra dela resolución que resolvió que el reciente acuerdo entre Codelco y SQM, para la exploración, explotación y comercialización delitio en el Salar de Atacama; no requería ser aprobado por una junta de accionistas. una junta de accionistas. una junta de accionistas. Como parte de sus conclusiones, la Comisión consideró que "la reposición interpuesta noaporta elementos que justifiquen modificar el oficiorecurrido, de modo que no puede ser acogida.
En efecto, y en atención aqueen el recurso no se esgrimieron nuevos antecedentes ni alegaciones que logren desvirtuar el análisis efectuado, se concluye que no existe mérito para acoger lo solicitado por el recurrente a efectos dealterarlo pronunciado enel oficio ordinario N"74.987 " ASÍ RESOLVIÓ En lo medular, en su resolución la Comisión rechazó "el recurso de reposición interpuesto, por la empresa china "Tiangi, en contra del Oficio Ordinario N*74.987 de 2024, manteniendo lo resuelto en dichoacto administrativo". Asimismo, concluyó que "en cuanto a la solicitud relativa a que se adopten todas las tras medidas preventivasocorrectivas que esta Comisión estime necesarias para proteger los intereses de esta parte, y de todos los accionistas minoritarios, se rechaza en atención a nosolicitarse medidas en conreto susceptibles de ser analizadas en atención a su legalidad, merito oconveniencia". dad, merito oconveniencia". Adicionalmente, la CMF comunicó que "contra la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad, el que deber serinterpuesto antela Corte de Apelaciones de Santiago denApelaciones de Santiago denOPERACIONES PRODUCTIVAS DE SQM EN EL SALAR DE ATACAMA. tro del plazo de10 días hábiles computado de acuerdo alo establecido en el artículo 66 del Código de Procedimiento Civil, contado desde la notificación dela presente Resolución". 63.