Extracto
EXTRACTO María Fernanda de los Santos Ferraz, Notario Público suplente de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2023, Repertorio N° 11149/2023, ante la Notario titular, FSP SpA, Rol Único Tributario 76.981.330-6, representada por don FRANCISCO VERGARA ROSALES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cedula de identidad 10.906.598-6, ambos domiciliados en calle Don Carlos número tres mil ciento ochenta y siete, comuna las condes, y LNG ENERGY SpA, Rol Único Tributario 77.658.877-6, representada por don JAN MASFERRER TRIUS, español, conviviente civil, ingeniero industrial, cedula de identidad 24.353.827-0 y don PABLO CASADO CÓRDOVA, chileno, divorciado, empresario, cedula de identidad 7.070.123 -5, todos domiciliados en calle Orrego Luco cero cincuenta y tres, piso dos, comuna de Providencia, constituyeron una Sociedad por Acciones que se extracta a continuación. (i) Nombre o Razón Social: “EL TAMBILLO SpA”, en adelante, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluyendo sus actuaciones ante bancos e instituciones financieras públicas o privadas, Servicio de Impuestos Internos, de Tesorería, Banco Estado de Chile y otros, el nombre de fantasía “TAMBILLO”. (ii) Domicilio: El domicilio de la sociedad es aquella parte de la Provincia de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tiene competencia el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. (iii) Objeto: El objeto social será principalmente: a) la inversión en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión y la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos civiles o productos; b) la inversión, compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de activos, en especial aquellos energéticos, incluyendo infraestructura eléctrica de distribución, centrales de generación eléctrica en base a fuentes de energías renovables, calderas, biomasa, sistemas de transporte de electricidad y proyectos de eficiencia energética; c) proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles y equipamiento eléctrico y mecánico, destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitada a, centrales de generación de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; d) captar, generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; e) la constitución de sociedades, agencias o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas; f) celebrar cualquier clase de contratos y actos jurídicos, ya sea a nombre propio o ajeno y celebrar y ejecutar toda clase de mandatos comerciales y comisiones, ya sean generales o especiales, para administrar bienes de terceros; g) prestar toda clase de servicios o asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas, en materias financieras, energéticas y empresariales; h) administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios, agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza; i) en general, todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y; j) las demás actividades que los socios determinen de común acuerdo. (iv) Duración: indefinida. (v) Administración: se designa como administradores a los señores Pablo Casado Córdova, y Francisco Vergara Rosales, para que actuando individualmente cualquiera de ellos, y en nombre y en representación de la sociedad, y anteponiendo a la razón social su firma, representen judicial y extrajudicialmente a la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. (vi) Capital: El capital de la sociedad asciende a un millón DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.692 Sábado 4 de Noviembre de 2023Página 2 de 2 CVE 2400625 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl de pesos divididos en mil acciones de una misma serie, nominativas, sin valor nominal.
El socio, FSP SpA, con quinientas acciones, equivalentes a quinientos mil pesos del capital social, que corresponde al cincuenta por ciento de las acciones, y LNG ENERGY SpA, con quinientas acciones, equivalentes a quinientos mil pesos del capital social, que corresponde al cincuenta por ciento de las acciones, suscriben y pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo mil acciones, equivalentes a un millón de pesos, suma que ingresa a caja social a entera conformidad y satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital social queda íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. - SANTIAGO, 20 de octubre de 2023.