Decreto exento número 2.005, de 2024.- Declara duelo oficial por dos días en la provincia de Isla de Pascua, con ocasión del fallecimiento del ex alcalde don Alberto Hotus Chávez
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.895 Martes 9 de Julio de 2024 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2516423 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría del Interior DECLARA DUELO OFICIAL POR DOS DÍAS EN LA PROVINCIA DE ISLA DE PASCUA, CON OCASIÓN DEL FALLECIMIENTO DEL EX ALCALDE DON ALBERTO HOTUS CHÁVEZ Núm. 2.005 exento. - Santiago, 27 de junio de 2024.
Visto: El oficio ordinario Nº 213, de 26 de junio 2024, del Delegado Presidencial Provincial de Isla de Pascua; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 171, de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Aprueba Reglamento de Ceremonial Público y Protocolo de Estado; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. - Que, la ciudadanía se ha impuesto con pesar del sensible fallecimiento de don Alberto Hotus Chávez, quien ejerció como Alcalde de Isla de Pascua entre los años 1992 a 1994 y luego se desempeñó como Concejal en la misma comuna entre los años 1996 a 2016.
De igual manera, invistió por décadas la calidad de Presidente del Consejo de Ancianos Ma'u Hatu Rapa Nui. 2.- Que, las autoridades públicas, en particular de la provincia de Isla de Pascua, adhieren al sentimiento de pesar, considerando su destacado desempeño en los cargos antes referidos y su compromiso personal y permanente con el bienestar de la comunidad local y el resguardo del patrimonio material e inmaterial de la isla. Decreto: Artículo primero: Declárase duelo oficial durante los días 28 y 29 de junio del año 2024, en la provincia de Isla de Pascua, con motivo del fallecimiento de don Alberto Hotus Chávez.
Artículo segundo: Durante los días señalados, en la provincia de Isla de Pascua se izará el Pabellón Nacional a media asta en las sedes del Gobierno, en las oficinas y reparticiones públicas y en las Unidades de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. Artículo tercero: Facúltese a las personas y entidades particulares para izar el Pabellón Nacional, en igual forma y oportunidad, en todos los edificios, residencias o establecimientos de carácter privado. Anótese, comuníquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516423 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl