Extractos: clasificados
Extractos: clasificados 1611 EXTRACTO NOTIFICACION POR AN sos Juzgado de Familia de Viña del Mar, En la causa RIT 35-202, sobre alimentos subsidiarios, caratulada Blanco/Contreras, a fojas 63 ordeño confecha 12 de mayo Notificara doña Ensy Cecilia Contreras Rivera Cedula de identidad N*6.706.602 -2 mediante avisos redactados el extractos por el funcionario que desempeñe las funiones de Ministro de Fe, laresolución, quecita alas partesa audiencia preparatoria, se celebrara el día 8 de julio de 2025 alas 13:30 horas, bajola mo¿ alidad presencial. publiques. Viña del JueMar, Alejandra Elina Saldias VásquezViña del mar, 16 de mayo de 2025. Dora Smirnoff Schapira, Ministrode Fe.
EXTRACTO EN AUTOS sobre Inter: ción por Demencia caratulados Fritis/, Rol Y-17-2025 del Segundo Juzgado de Letras de Quillota, por sentencia de fecha 24 de abril del 2025 se declara la interdicción definitiva de don Renato Fritis Ossandón, Rut 3.697996-8, con domicilio en calle AlemaniaN*1202, comuna y ciudad de Quillota, y se nombra como curadora adoña Patricia Soledad Fritis Garcia, RUTN*9.424,965 -1, afin de quelerepresente o autorice en todos los actos judiciales o extrajudiciales que le conciernan y puedan menoscabar sus derechos, tendiéndose también la curatela a la persona dela interdicta.
EXTRACTO: tras Quilpué, en autos sobre interdicción, caratulada “Figueroa”, Rol V-122025, citese a los parientes de MauriFigueroa Arturo N* imponerle obligaciones, exPRIMER JUZGADO LeNecochea Run cio 1N'8.163.395 -9, afin de que comparezcanalaaudiencia el día 28 de mayo de 2025, alas 10:00 horas, en las dependencias del tribunal.
NOTIFICACIÓN JUDICIAL, JUZGADO Viña del Mar, Causa RIT: deGarantíade Se co35282025, RUC:2510022855-9. imunica que con fecha 12 de mayo de 2025, el Juzgado de Garantía de Viña del Mar ha admitido a tramitación querella criminal interpuesta Por Hofímann, Anderson y Halpern, Abogados, Especialidades Spa, representada por don Felipe José Julio Muranda, en causa caratulada “Felipe José Julio Muranda C/ Jacqueline Loreto Henriquez Barraza”. La presente publicación se efectúa en cumplimiento delosrequisitos procesales establecidosenta legislación vigente, respetándose plenamente la presunción de inocencia que ampara alas partes.
Para consultarlos antecedentes completos: Juzgado de Garantía de Viña del Mar, PRIMER JUZGADO LETRAS Quilpu enautos sobre interdicción caratula: da “Caroca”, Rol V-136-2024, citese a losparientes de Ana Margarita Munoz Zuñiga Run N? 5.109700-9, a fin de que comparezcan alaaudienciael día 6de junio de 2025, alas 11:00 horasen Longitud 78'49' 48,6700 " W El objeto dela solicitud consiste en amparar la construcción e instalación de un centro experimental de desarrollo de procesos industriales de productos el mar, con valor agregado, en la lí nea de fresco, refrigerado, congelado y otros métodos de conservación; yla habilitación de las mejores fi les, como parte del centro propiamente tal y como bodega para guardar enseres y materiales. Los antecedentes de la solicitud se encuentran a disposición del público en la plataforma de tramitación digital disponihttps://portalconcesioble en nesssffaa. c, los cuales también podrán ser visualizados en la Capitanía de Puerto respectiva. EXTRACTO JUZGADO DE Letras de Casablanca, Causa Rol (-2864-2023, Cobro Ejecutivo de Mutuo, “BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MOLINA POBLETE CARLOS ALFREDO”.. Ordenanotificar y requerir de pago en extracto. ENLO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento deejecución y embar80. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos y solicita custodia, SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. J.L. Civil (CASABLANCA). FELIPE ANDRES CATALDO MOYA, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatariojudicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónomadecréditos del Estado, segúnse acretaconescrturapúblcade man. Rafdel Registro de Propiedad del año 2018, ces de Casablanca. Por su parte la poteca referida 1258 del Conservador de Bienes se inscribió a fs. 1779 via del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde lacuotacorrespondiente alos meses de abril de2023 anoviembre de 2023, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad dela deuda, demandando la suma de 3.580.756190.
Unidades de Fomento, equivalentes al día 07 de noviembre de 2023 a la suma de $ 130.502.199. -, más los intereses pactados devengados y los que se devenen hasta el completo pago de la e La líquida, actualmente obligación es exigible la cciónejectilvanoseen: cuentra prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y alo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18,092, artículos 254,434 N' y siProcedimiento guientes del Código de Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: Tener por interpuesta demanda ejecutiva en contradedon(ña) CARLOS ALFREDO MOLINA POBLETE, ya individualizada, adria atrami n y ordenar se despache mandaect de eccución y embargo ens contra por la suma de 3.580,756190.
Unidades de Fomento, equivalentesal día07 de noviembre de 2023 la suma de $ 130.502.199. más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor y disponer se sigaadelanteesta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa conena en costas. PRIMER OTROS: vase SS. tener por acompañadacon d+ tación de la contraria copia autorizada dela escritura de mutuo ehipoteca referida en lo principal, que constituyeel título de esta demanda, ordenandosu custodia. Asimismo, acompaño, concitación, certificado deliquidación dela deuda otorgada por mirepresentado.
SEGUNDO OTROSÍ: Sofiitoa tener presente queseñalo para latraba del embargo todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, y todos los que muebles e puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán ensu poder en calidad de depositarios pr Ap y penal.
Designo responsabilidad civil especialmente para la traba de em. bargo el inmueble ubicado en DepartamentoN*1404 del décimo cuarto piso, yla bodega No 87, del primer subterráneo, ambos del Edificio Océano, E l del Proyecto Laguna Bahía dela Coimuna de Algarrobo, y que tiene acceso común por Avenida Parque Norte N* 200, Algarrobo, que comprende del esademás el uso y goce exclusivo NO0 898, ¡perficie taci Comprendelos derechos proporcionales en os bienes comunes y en el tereno, en la forma y proporciones establecida en la ley de copropiedadinmobiliaria, su reglamento y en el reglamento de copropriedad respectivo.
Se encuentrainscrito asu nombre as. 3065 N*3433 del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca TERCER OTROSÍ: Sírvase SS. tener presente uenuestra personería paraactuar en representación del Banco del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 dejulio de 2022, otorgada entaNotarlade Santiagodedon Ava: ro González Salinas, firmada através de firma electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estosautos, con citación.
CUARTO OTROQue por este acto vengo en señalar aS:S., como medio de notificación los siguientes correos electrónicos; notificacionesampabogada. c y aboga: dospempresasabeco, bancoestado. d QUINTO OTROSÉ: Solicito a S.. tener presenteen mi calidad de abogadohabilitado para el ejercicio dela profesión, asumo el patrocinio de la demanco de Santiago don Alvaro González Salinas, que acompañamos en un de esta presentación, domiciliaotrosí do en Avda.
Libertador Bernardo O Higgins NO 111, piso So, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecativo don na, Ni US, respetuosamente decimos: Que, enla representación que invisto, vengo en demandar a don(ña) CARLOS ALFREDO MOLINA POBLETE, relacio: nadora pública, con domicilio en Departamento N'1404 del piso 140, del Edificio Océano, del Proyecto Laguna Bahía, conacceso común por Avenida Parque Norte N*200, Algarrobo; por las razones de hecho y fundamentos acontinuación seña. que de derecho : Por escritura pública otorgada en lcd de santo de ei de julio de 2018, ante el Notario Público deSantiago, don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, cuya copia autorizada se acompaña en un otros el Banco del Estado de Chile dio en préstamo a don(ña) CARLOS ALFREDO MOLINA POBLETE, la cantidad de 3933 Unidades de Fomento.
El deudorseobligóa pagar laexpresada cantidad, enel plaZode 300 cuotas desdeel díaprimero del segundo mes. siguiente al de la fecha de desembolso del producto del préstamo, por medio de dividendos vencidos, mensualesy sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escritura de mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida del 3,78%. De acuerdo a lo estipulado en la mencionada escritura, en caso de mora osimpleretardo, cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito de dinero su reajustable, hasta el momento de pago efectivo. Se pactó, asimismo, la emanan del contrato referido.
A fin de garantizar el cumplimiento delas obligaciones contraídas en la referida escritura de mutuo, el deudor constit yó hipoteca de primer grado y específica en favor del Banco del Estado de Chile sobre inmueble correspondiente al Departamento N*1404 del déci mo cuarto piso, yla bodega NO 87, del Primer subterráneo, ambos del Edif cio Océano, del Proyecto Laguna Bahía de la Comuna de Algarrobo, y que tiene acceso común por Avenida Parque Norte N? 200, Algarrobo, que comprende además el uso y goce exclusivo del estaci de superficie NO O 898. Comprende los derechos proporcionales enlos bienes co'munes y en el terreno, en la forma y proporciones establecida en la ley de copropiedad inmobiliaria, su reglamento y enel reglamento de coproSe encuentra ins priedad respectivo. Crito a su nombre a fs. 3065 N'3433 dante y actuaré personalmente en su nombre y representación en el presente proceso.
Asimismo, en virtud de lasfacultades que me ha conferido mi do dí el CEA lon o profesión MONTSERRAT PIÑA VASQUEZ, ade domiciliados para estos efectos, en con ANGAMOS 1686, SAN ANTONIO, quien podré actuar en forma conjunta separada, indistintamente, quien firma junto a mí en señal de acepta ción. / RESOLUCIÓN: Casablanca, cua tro de Diciembre de dos mil veintitrés. Proveyendo escrito de fecha 1 de ciembre del 2023, a folio 3: Alo principal: Por acompañados los documentos, bajo apercibimiento legal. Guárdense en custodia bajo el número Por cumplido lo defo: 1480-2023. Al otrosi: ordenado, estese a lo que se resolverá.
Pr la pr lío 1: ciso final del artículo 8 de la Ley Por interpuesta la demanda ejecutiva, despáchese goen contra de CARLOS ALFREDO MOla suma de de Fomento, de 2023 a la suma de $ 130.502.199 Por acompañados los documentos Téngase presente.
Altercer otrosí:téngase presente y poracompañadocon citación.. /MANDAMIENTO: Casablan, veintitrés, Requiérase a don(a) CARque pague a BANCO DEL ESTADO DE dades de Fomento, equivalentesal día de 2023 alasumade y costas. go sobre los bienes suficientes de la ránen su poder en calidad de deposilidad legal. Dicha especie quedará en positario oa ional, respc mil veinticuatro.
Proveyendo escrito. defecha 16deoctubre de 2024, afolio primer otrosí: Aten58:Alo principal dido el mérito de los antecedentes y habiéndose diligenciado sin resultado positivo la notificación del demandado don CARLOS ALFREDO MOLINA POBLETE en las direcciones proporcionadas por lasinstituciones ofciadas, comoconstaenautosafs. 1,10,11, 1,13, 15,16 ,19,20 ,22,26, 27,50 configurándose lo dispuesto enelartículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notf do ya referido por quese al medio detres avisos publicados en el diario El Mercurio de Valparaíso yuno enel Diario Oficial. Adjúntese proyec to de extracto pararevisión del mi tro de fedel Tribunal. Alsegundo otroTéngase presente. El Secretario. Sres.
Extracción, Elaboración y Comercialización de Productos del Mar El N* Limitada, Saladero 79.541.290, han presentado ante la RUT Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, mediante su plataforma digital disponible para una solici efecto el tud de concesión marítima mayor, número de trámite N* CM-000452025, sobre un sector de terreno de playa, en el lugar denominado Bahía Cumberland, comuna de Juan Fermández, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso, requiriendo una superficie total de 840,00 m2, de acuerdo a plano de fecha 18 de febre. ro de 2025 aprobado con el N* 348255, por el Departamento de Asuntos Marítimos.
A modo referencial se señala la siguiente coordenada geográfica: Latitud 3338' 06,5729 "S, REMATE, 29” JUZGADO Civil tiago, Huérfanos 1.409, piso 18”, Sanhoras, subastará inmueble corresponmo piso, del Edificio Lyon, ubicado en nida Borgoño número 15278, acceso agregado con el número 4166 en el dor de Viñadel Mar, año 1993.
Dominio Propiedad Conservador de Bienes Raípara iniciar las posturas 16.450 Unidaberá pagarel saldo o tro de quinto día hábil de efectuado el dencias para que los fondos estén deTribunal dentro de dicho plazo, lo que teresado. Todo postor excepción dela parte ejecutante y el ben rendir garantía suficiente para lor de tasación aprobado, mediante vildeSantiago, documento que se desecretaría hrs. Del díahábil anterior lasubasta, vienes anterior ala subasta.
La subasta se llevar a efecto zando para ello el siguiente enlace: 200m. 45/1/9338287817?pwd-WNw6Í hace presente que los participantes teléfono con conexión a Internet, en y audio del mismo equipo, siendo carelementos de conexión Todo interesado en participar enla sudel Estado, para la eventual suscripción de la corresponingresar comprobante legible de rendición de la caumente establecido al efecto en la Ofiala casillaelectrónica jcsantiago29 rede Santiago, el día 16 de junio de 2025a 15:15 lente al departamento 101 del décilaciudad de Viña del Mar, Reñaca, Avecomún, individualizado en el plano Regisiro de Documentos del Conservaafojas 8630 N'10128 del Registro de cesde Viña del Mar, año 2019. Mínimo des de Fomento.
El adjudicatario dediferencia, hasta completar el precio de lasubasta, denremate, adoptando todas las provipositados en la cuenta corriente del será responsabilidad exclusiva del interesado, con acreedor hipotecariosilo hubiere, departicipar, equivalente al 10% del vavalevista a laorden del 29* Juzgado Ciberá presentar materialmente en la del Tribunal hasta las 12:00 y si dicho día fuera sábado, hasta las 12:00 hrs. del mediante la plataforma Zoom, utilhttos://pjudel.
BViQOWaOASOrNMG4USR3bUmar. 1 Se deberán contar de un computador o ambos casos, con cámara, micrófono ga de las partes y postores tener los y tecnológicos. basta como postor, deberá tener activa su Clave Única dienteacta de remate.
Los postoresn: teresados deberán ción, a través del módulo especialna Judicial Virtual, y envíar uncorreo astalas 1200 hs del cho día fuera sábado, hasta las 12:00 hrs, del vienes anterior a la subasta, indicando su nombre completo y adjuntando copia -por ambos ladosde su cédula de identidad, indicando el Rol de la causa en la cual participará, uncorreo electrónico y número telefónico para el caso que se requiera contactarlo durante lasubasta por problemas de conexión. Demás bases y antecedentes constan en autos caratulados “Itaucorpbanca contra Península. Internacional Investment SPA", Rol C23232022. La Secretaria. Atendido a o dispuesto en el in21.226, 5e provee derechamentela demanda, Alo principal: mandamiento de ejecución y embarLINA POBLETE por 3580756190. Unidades equivalentes al día 07 de noviembre más interésy costas. Al primer otrosí: quese señalan concitación.
Alsegundo y quinto otrosíes: Alcuaréngase como medio de noca, cuatro de Diciembre de dos mil LOS ALFREDO MOLINA POBLETE, para CHILE, la suma de 3580,756190 Uni 07 denoviembre $130.502.199, más intereses Noveríficado+l pago, trábese embarpropiedad del deudor, los que queda tario provisional y bajos responsabipoder del ejecutado, en calidad de debajo blanca, veintiocho de octubre de dos sy EXTRACTO POR SENTENCIA definitva de fecha 13 de julio de 2018, afolio 9, en Causa Rol V-120-2018 del Juzgado de Letras de Villa Alemana, se concedela posesión efectiva de la herenciatestada quedada al fallecimiento de doña Silvia Del Solar Moyano, a su heredero universal Marcelo Vicente Jeraldino Aguilera, el testamento fue otorgado con fecha 7 de junio del año 2001, ante el Notario público de Alemana, doña Marianne Hauser Soii íS Villa EXTRACTO. 2* JUZGADO de Letras de Quilpué, causa Rol V-29-2025, interdicción por demencia y nombramientode curador, citese a parientes de don ENRIQUE ISMAEL VIDAL SOTO, RUN 11.827956 -5, aaudiencia 12 dejunio de 2025, a las 14:30 horas, vía la plataforma 200M. La 1D dela reunión corresponde a 993 4742 1094, su código de acceso es 571715. La Secretaria.
EXTRACTO. 2* JUZGADO de Letras de Quilpué, Rol V-50-2025, interdicción por demencia y nombramiento de curador, cítese a parientes de doña MÓNICA LASTENIA LÓPEZ CASTRO, RUN 4.722.507, a audiencia 24 de junio de 2025, alas14:30 horas, vía Z00M. 10 de la reunión: 988 43030203, código de acceso: 016571.
La Secretaí EXTRACTO JUZGADO DE Letras de Villa Alemana, en causa Rol V-1952024, el 7 de mayo de 2025 se dictó sentencia definitiva de interdicción por demencia y se declaró que doña Claudia Teresita Lillo González, cédl domi ladeidentidad N"18.035.062-4, calle Santa Margarita ciliado en N'833, casa B, comuna de Villa Alemana, no tiene la libre administación de sus bienes y se nombró curadora definitiva del interdicto a Graciela Carolina Lillo González, cédula de identidad16.035.201-9. EXTRACTO CITACIÓN Y Notificac de Quilota, encauTribunal Familia 25-2 RUC RIT C-459-2025, sa 5396410-6, sobre “Cuidado Personal Del Niño”, caratulado “Vásquez/García", cita a los parientes sealados por el artículo 42 del Código Civil delniño/a,C.
IN028.109937 K,a audiencia fijada para 12 de agosto de 2025 a las 10:00 hrs., ante este tribunal ubicado en calle Ramón Freire N*190 de esta ciudad, pudiendosolicitar su comparecencia a través de videoconferencia de acuerdo alo prescrito en el artículo 60 bis de la ley 19.968. Quillota, dos de mayo de dos mil veinticinco, RIT: 2025 Andres Franco Mantell Ministro de Fe Tribunal de Familia Quillota lasdel tribunal. EXTRACTO CITACIÓN Y Notificación las. Tribunal Familia de Quillota, en causa RIT C-530-2025, RUC 25-2-54338071, sobre "Cuidado Personal del Niño”, caratulado “Neira/Acevedo”, cita a los parientes señalados porel artículo 42 del Código Civil del niño/a Maylen Franchesca Araya Acevedo, C. I NO 23995.453 -7 a audiencia fijada parael las 10:00 ho26.
DE Agosto de 2025 a ras, ante este tribunal ubicado en calle Ramón Freire N* 190 de esta ciudad, pudiendo solicitar su comparecenciaa través de videoconferencia de acuerdoa lo prescrito enel artículo60 bis de laley 19968, Quillota, veintidós de febrero dedos mil veinticuatro.
RIT: (:530-2025 Danitza Mayor Cortés Ministro de Fe (S) Tribunal de Familia Quillota EXTRACTO: JUZGADO DE Letras y Garantías de Quintero, en causa RIT C315-2022, caratulado ROJAS/VARGAS, notifíquese al demandado don WALDO EMERSON GERALD VARGAS SANTELICES, C_. 19727.890 -0, que cita a examen de ADN enel Servicio Médico Legal de Valparaíso, ubicado en calle Órellalv*911, Valparaíso para el día 10 dejunio de 2025, alas 10.30 horas EXTRACTO: AUDIENCIA DE parientes por interdicción, causa ROL V-28-2025 ante el Juzgado de Letras y Garantis de Quintero caratulado BERNAL/. tese a los parientes de don CARLOS BERNAL CONNELL, C. 1N'5.490.407 -k, afin deser oídos en la audiencia del día 5 de junio de 2025a las 8:45horas. EXTRACTO CM-00045-2025 LOS 1600 LEGALES Y CS Judiciales.