Autor: POR SEBASTIÁN VALDENEGRO
Chile actualiza listado paraisos fiscales: salen Islas Vírgenes e Islas Caimán, entran Bolivia y la Antártida
Chile actualiza listado paraisos fiscales: salen Islas Vírgenes e Islas Caimán, entran Bolivia y la Antártida Basado en los nuevos criterios de la Ley de Complimiento Tributario, el SI! publicó un nuevo listado, reduciendo de 147 a 105 los integrantes. Esto tiene incidencias sobre fiscalizaciones.
POR SEBASTIÁN VALDENEGRO El año 2018 fue la última vez que Chile actualizó la lista de los países, territorios o jurisdicciones que considera tienen un régimen fiscal preferencial, los que coloquialmente se conocen como "paraísos fiscales". En ese entonces, eran 147 los que cumplían, a lo menos, dos de los seis requisitos que establecía la Ley sobre Impuesto a la Renta. Sin embargo, a partir de este año esos criterios cambiaron, al alero de la Ley que Refuerza el Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias de los Contribuyentes. Ahora, para ser considerado paraíso fiscal hay que cumplir, copulativamente, dos condiciones.
La primera, es no haber celebrado con Chile un convenio que permita el intercambio de información para fines tributarios o el celebrado no esté vigente o, si lo está, que contenga limitaciones que impidan un intercambio efectivo de información.
El segundo eje es que dichos países, territorios o jurisdicciones no reúnan las condiciones para ser considerado cumplidor o sustan= cialmente cumplidor en materia de transparencia e intercambio deinformación con fines fiscales basado enlas calificaciones realizadas por el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales de la OCDE. Así, la semana pasada el Servicio de Impuestos Internos (SII) actualizó el listado, reduciendo sus integrantes de 147 a 105.
Entrelos 46 que salieron destacan Emiratos Árabes, Baréin, Bahamas, Belice, Costa Rica, Curazao, Mala= sia, Catar, El Salvador, Hong Kong, Kuwait, Islas Caimán, Tailandia, Islas Vírgenes Británicas y Vietnam. ¿Los nuevos? Sobresalen Bolivia, la Antártida, Argelia y Gabón. Implicancias prácticas La socia de Tax Legal de Forvis Mazars, Sofía Orbegozo, explica que la actualización del SII trae "cambios significativos" para algunos de los contribuyentes chilenos con ope= raciones internacionales.
A partir de ahora, dice, quienes realicen transacciones en los territorios integrados deberán reportarlas a través de declaraciones juradas al SH, lo que conlleva un mayor nivel ; a mayor inform los contri A AM asi COMO EEES EEES EEES EJEM EA E EEES que se refuerzan las normas de control alos a de MEISCCIAEN EEES ESTÉS y los supuestos de controbde AETES sociedades, E potenciales mayores impuestos. mayores impuestos. salen Islas Vírgenes e Islas Caimán, entran Bolivia y la Antártida de control y posibles exigencias administrativas: El no cumplimiento "puede derivar en sanciones económicas, con multas que oscilan entre UTA 10 y 50", precisa.
La socia de Mizon Abogados, Javiera Céspedes, enumera algunas de las principales implicancias en materia de fiscalización de parte del SII al realizar operaciones en paraísos tributarios, por ejemplo, que si una de las partes está domiciliada en un país del listado, se entiende como una parte relacionada y, por tanto, debe cumplir con la normativa de precios de transferencia (el control a los valores a los que se realizan determinadas operaciones, lo que tiene implicancias en el pago de impuestos). También indica que existen imPplicancias en el plazo que el servicio tiene para efectuar la fiscalización de operaciones que involucran a partes del listado, que se amplía el plazo de nueve meses a 18 meses.
Las Islas Caimán o las Islas Vírgenes Británicas son jurisdicciones "populares" para la creación de sociedades de inversión de capital de riesgo o de venture capital, por lo que su salida de la lista podría eximir de impuestos a la ganancia de capital generada en la venta indirectas de acciones o derechos en sociedades chilenas, opina el socio y director del Área Tributaria de Arteaga Gorziglia, Andrés Ossandón. "La incorporación en la nómina, para quienes se relacionen con entidades ubicadas en esas jurisdicciones, gatillará por ejemplo obligaciones de información adicionales, oinclusos impuestos de retención mayores que los que se aplicarían por ciertas cantidades pagadas a jurisdicciones que se encuentren fuera del listado", sostiene.
Control a ingresos Claudio Bustos, socio de Bustos Tax 8, Legal, pone el foco en el impacto sobre el control del SIT a las rentas pasivas, es decir, los ingresos que se perciben desde otras entidades por inversiones, utilidades, dividendos, arriendos 0 intereses. "La calificación de un país como paraíso fiscal implica una presunción de entidad controlada, que incide en la aplicación de dicha norma, como también una presunción de generación de rentas pasivas para efectos de aplicación de la misma norma. lincluir a nuevos países en esta calidad de paraíso fiscal implica una serie de potenciales y actuales obligaciones adicionales para los contribuyentes", recalca.
Sobre esto profundiza el socio de Moraga Cía., Álvaro Moraga: "Las sociedades domiciliadas en un territorio o jurisdicción que tiene un régimen fiscal preferencial, por el solo hecho de su domicilio, se presumen controladas por el contribuyente chileno, y por tanto, sus rentas deben pagar impuesto en Chile (30%) desde que se devengan.
Es decir, sin atender a si se percibieron materialmente, y sin que respecto a las mismas aplique el tramo excluido de esta excepción (UF 2.400)". El socio de Binatax, David Fischer, sostiene que el SII podrá presumir automáticamente la existencia de una relación entre partes en cualquier operación con entidades ubicadas en los territorios del nuevo listado: "Esto significa que los contribuyentes deberán demostrar que las condiciones de sus tran= sacciones se ajustan a valores de mercado, lo que puede derivar en ajustes fiscales y en la obligación de documentar exhaustivamente estas operaciones"..