SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Región del Libertador Gral. Bernardo O”Higgins Notifica Resolución de Inicio de Proceso de Participación Ciudadana Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto: “Conjunto Habitacional D.S. N%19 Condominio Pintor Gustavo Cabello IT”
LOA Ambiental De conformidad con lo dispuesto en al artículo 94 del D.S.
N*40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se notifica que mediante la Resolución Exenta N*20250600174 de fecha 15 de abril de 2025 del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Conjunto Habitacional D.S. Condominio Pintor Gustavo Cabello IP” cuyo titular es Inmobiliaria PY S.A. El Proyecto se ubicará en la comuna de Rancagua, perteneciente a la provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Que, conforme a la descripción y naturaleza del Proyecto “Conjunto Habitacional D.S. N%19 Condominio Pintor Gustavo Cabello II”, consiste en la construcción y operación de un conjunto habitacional destinado a la vivienda social. Se desarrollará en dos etapas, con un total de 256 departamentos, distribuidos en dos edificios de 8 pisos, además de 4 locales comerciales. El proyecto contempla 288 estacionamientos vehiculares y 160 estacionamientos para bicicletas, con el objetivo de facilitar la movilidad de los residentes. Además, se incorporarán 4.814 m? de áreas verdes, mejorando el entorno y la calidad de vida de los habitantes. El desarrollo de esta iniciativa responde al Plan de Emergencia Habitacional establecido en la Ley N*21.450 y el D.S. N*19/2016 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, contribuyendo a la reducción del déficit habitacional en la comuna.
Que, esta Dirección Regional estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo con lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la ley 19.300.
El texto integro de la resolución que resuelve iniciar un proceso de participación ciudadana puede ser conocido en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Campos N*241, piso 7, ciudad de Rancagua, o en el siguiente link: Yamal Karim Suez Muñoz Director Regional O