PUCARA 8, 1 al 100 / Compañía Minera San Gerónimo
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.050 Jueves 16 de Enero de 2025 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2596864 24 Nº 15 MANIFESTACIÓN PUCARA 8,1 al 100 UBICADA EN LA COMUNA DE VICUÑA, PROVINCIA DE ELQUI, REGIÓN DE COQUIMBO COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO REPERTORIO FS. 82 Nº 05 En Vicuña, Chile a seis de enero del año dos mil veinticinco.
Se ha requerido inscribir la siguiente Manifestación Minera: Código: M01 Procedimiento: Voluntario Materia: Manifestación minera Solicitante: COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO Rut: 78.801.520-8 Representante: LUIS FERNANDO PASTÉN BINVIGNAT Rut: 9.782.494 -0 EN LO PRINCIPAL: Manifestación Minera en uso del derecho preferente que indica; EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Se tenga presente; EN EL TERCER OTROSI: Acredita personería. S. J.L. (Vicuña) LUIS FERNANDO PASTEN BINVIGNAT, chileno, casado, ingeniero civil de minas, C.I. N 9.782.494 -0, en representación de COMPAÑIA MINERA SAN GERÓNIMO, Sociedad Contractual Minera, Chilena, del giro de su denominación R.U.T.
N 78.801.520-8, con domicilio en Quebrada de Marquesa S/N, comuna de Vicuña y para estos efectos ambos domiciliados en Talca Sur N 101, Barrio Industrial Alto Peñuelas, comuna y región de Coquimbo, a US. respetuosamente digo: Mi representada es dueña de la concesión de exploración constituida y vigente denominada "ARRAYAN 30", cuya sentencia constitutiva fue dictada por el Juzgado de Letras de Vicuña, en el expediente V-2312020, con fecha 22 de diciembre de 2.020, la cual fue prorrogada con fecha 13 de abril de 2023 e inscrita a fojas 180 N87 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vicuña, en el año 2021, anotada marginalmente su prorroga y su vigencia el 12 de marzo 2024. El pedimento que dio origen a dicha concesión de exploración fue presentado el 7 de julio de 2020, fecha en que se debe tener por presentada esta manifestación.
Encontrándome dentro del plazo de vigencia de la referida concesión de exploración y en uso del derecho exclusivo que el artículo 114 del Código de Mineria otorga a mi representada, vengo en manifestar para COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO, un yacimiento que contiene sustancias concesibles, ubicado dentro del perímetro de la concesión de exploración mencionada, en terrenos abiertos y sin cultivos. El Punto de Interés del terreno manifestado se ubica en la Comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M. Norte 6.661.000 ,00 metros y Este 305.500 ,00 metros, referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Zona o Huso 19. El terreno manifestado tiene la forma de un cuadrado, cuyos lados orientados en sentido Norte-sur miden 1.000,00 metros y aquellos orientados en sentido Este-oeste miden 1.000,00 metros.
Solicito a US, previa la tramitación de rigor, se conceda a mi representada 100 pertenencias mineras con una superficie de 1,0 hectárea cada una, las que se denominarán "PUCARA 8,1 al 100", comprendiendo una superficie total de 100,0 hectáreas.
POR TANTO, en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los articulos 41,44 y 114 del Código de Minería y 15 y 18 de su Reglamento, A US RUEGO: Tener por presentada, en uso del derecho que otorga la concesión de Exploración "ARRAYAN 30", a la manifestación "PUCARA 8,1 al 100", ordenar su inscripción, publicación y en definitiva declarar constituida a favor de mi representada las pertenencias "PUCARA 8,1 al 100". PRIMER OTROSI: Solicito a US. se sirva tener por acompañados los siguientes documentos: 1.
Copia autorizada de la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración "ARRAYAN 30", de fojas 180 N87 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vicuña, año 2021, con su anotaciones marginales. 2. Copia autorizada de la inscripción de la sentencia prorroga constitutiva de la concesión de exploración "ARRAYAN 30", de fojas 890 N503 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vicuña, año 2023. SEGUNDO OTROS?: Sírvase US. declarar que Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2596864 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.050 Jueves 16 de Enero de 2025 Página 2 de 2 de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 41 del Código de Minería, deberá tenerse como fecha de presentación de esta manifestación el 7 de julio de 2020, que corresponde a la fecha de presentación del pedimento "ARRAYAN 30" que originó esta manifestación.
TERCER OTROSI: Sírvase S.S. tener presente que mi personería para representar a COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO, consta en la escritura pública de fecha seis de septiembre de 2024, otorgada ante el notario Público de La Serena, don Pedro Villarino Krumm, con firma electrónica avanzada. Una firma Luis F.
Pastén Binignat 9.782.494 -0 NOMENCLATURA: 1. [4729]Certificado ingreso solicitud JUZGADO: Juzgado de Letras de Vicuña CAUSA ROL: V-434-2024 CARATULADO: COMPAÑIA MINERA SAN GERÓNIMO/ CERTIFICO: Que, la solicitud fue ingresada con fecha 27 de diciembre de 2024, a las 10:05 horas y se encuentra ya ingresado digitalmente en el libro "Registro de Minas". - Vicuña, 27 de diciembre de 2.024.
MINISTRO DE FE Aaron Kallikrates Pastén Trujillo Secretario PJUD Veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro 10:46 UTC-3 Un código QR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GMBQXRZNNQX NOMENCLATURA: 1. [4690]Ordena Inscribir y Publicar JUZGADO: Juzgado de Letras de Vicuña CAUSA ROL: V-434-2024 CARATULADO: COMPAÑIA MINERA SAN GERÓNIMO/ Vicuña, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro Proveyendo la presentación de folio N1: A lo principal: Inscríbase y publiquese. Al primer otrosí: Téngase por acompañados los documentos. Al segundo otrosí: Como se pide. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada la personería. Se deja constancia que la manifestación minera fue presentada con fecha 07 de julio de 2020, conforme al articulo 41 del Código de Minería. Proveyó Jueza de Letras de Vicuña que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente resolución/Rnm. En Vicuña, a veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.
Diana Gumercinda Marin Castañeda Juez PJUD Veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro 13:04 UTC-3 Un código QR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: UGFGXRKXKQX Copia de dicha resolución dejo Agregada al final del presente Registro bajo el número nueve (09). - Requirió don Luis Pastén. - Caratula 120578. DANIEL HURTADO NAVIA NOTARIO CONSERVADOR Y ARCHIVERO JUDICIAL VICUÑA - PAIHUANO.
Conservador de Bienes Raíces Vicuña y Paihuano Daniel Ramiro Hurtado Navia Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de COPIA AUTORIZADA otorgado el 10 de Enero de 2025 reproducido en las siguientes páginas.
Conservador de Bienes Raíces Vicuña y Paihuano Daniel Ramiro Hurtado Navia. - Gabriela Mistral Nº 582. - Carátula Nº: 120578. - Vicuña y Paihuano, 10 de Enero de 2025. - Firmado digitalmente por: DANIEL RAMIRO HURTADO NAVIA Fecha: 13.01.2025 11:45 Razón: Conservador de Bienes Raices Ubicación: Vicuna. Nº Certificado: 123457019653. - www.fojas.cl. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2596864 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl