Resolución exenta número 8.170, de 2024.- Modifica resolución N° 975 exenta, de 2022, que actualiza el Sistema de Identificación y registro de los animales de la especie bovina
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.017 Viernes 6 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2579451 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N 975/2022, ACTUALIZA EL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LOS ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA (Resolución) Núm. 8.170 exenta. - Santiago, 26 de noviembre de 2024.
Vistos: La Ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA N 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; la ley N 19.162, que establece el Sistema Obligatorio de Clasificación de Ganado, Tipificación y Nomenclatura de sus Carnes y regula Funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne; la ley N 20.596, que mejora la Fiscalización para la Prevención del Delito de Abigeato; los decretos N 46, de 1978, Reglamento para la Prevención y Control de la Fiebre Aftosa; N 56, de1983, Reglamento de Ferias de Animales; N 240, de 1993, Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, todos del Ministerio de Agricultura; el decreto N 17, de 2023, del Ministerio de Agricultura, que designa al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto N 977, de 1997, Aprueba Reglamento Sanitario de los Alimentos, del Ministerio de Salud, y las resoluciones exentas N 7.219, de 2006, que crea el Programa de Información Pecuaria; resolución exenta N 6.774, de 2015, que Actualiza el Programa Oficial de Trazabilidad Animal; resolución exenta N 6.410, de 2024, que establece requisitos para habilitarse como proveedores de DIIO con radiofrecuencia y exigencias a distribuidores; resolución exenta N 975/2022, que actualiza el Sistema de Identificación y registro de los animales de la especie bovina, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece actos administrativos sujetos al trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que, corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante indistintamente el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio zoosanitario del país. 2.
Que, corresponde al Servicio, establecer las normas de un sistema de trazabilidad del ganado y carne, el cual contempla dentro de sus componentes el registro de declaración de existencias de animales (DEA), identificación animal oficial y registro en el sistema de información pecuaria oficial. 3.
Que, es necesario que el programa de trazabilidad animal incluya un sistema de identificación individual oficial obligatoria para todos los bovinos nacidos, criados y que ingresen al país, asimismo como su registro en el sistema de información pecuaria. 4. Que, el registro de las existencias de animales es esencial para mantener un sistema de vigilancia de los animales presentes en el país y contar con registros actualizados en caso de eventos sanitarios. 5.
Que dado lo anterior, ha surgido la necesidad de actualizar la modalidad y criterios de venta de los dispositivos de identificación individual oficial por parte de proveedores y distribuidores de DIIO, y los requisitos que deben cumplir los titulares de establecimientos para la compra de los mismos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2579451 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.017 Viernes 6 de Diciembre de 2024 Página 2 de 2 Resuelvo: 1. Se modifica la resolución exenta N 975/2022, que actualiza el Sistema de Identificación y registro de los animales de la especie bovina, de acuerdo a lo siguiente: A.
Reemplázase en el resuelvo 9. el numeral 9.2, por lo siguiente: 9.2 La cantidad de DIIO a comprar para la especie bovina estará supeditada a la cantidad total de hembras (suma de vacas y vaquillas) indicadas en la declaración de existencia animal (DEA) vigente. El titular deberá presentar una fotocopia legible de la DEA entregada en la oficina SAG, o una copia impresa obtenida a través de la funcionalidad electrónica al momento de realizar la compra. Lo anterior, se debe presentar por cada RUP asociado al RUT del titular. La cantidad de DIIO declarada por el titular en DEA podrá ser vendida en una sola vez o fraccionada durante el año calendario.
B. Reemplázase en el resuelvo 9. el numeral 9.3, por lo siguiente: 9.3 Para realizar la compra de DIIO, el titular deberá presentar la Declaración de Existencia Animal (DEA) vigente, es decir, no superar los 365 días desde su realización. El titular podrá solicitar por escrito a la oficina del Servicio la autorización adicional de compra de DIIO, de un 5% respecto a la DEA presentada. El titular debe presentar al momento de la compra la autorización entregada por el Servicio al proveedor/distribuidor de DIIO. C. Reemplázase en el resuelvo 10. el numeral 10.1, por lo siguiente: 10.1. Bovinos sin DIIO, deben restringir la transacción de dichos animales, los cuales deben ser devueltos al RUP de origen y notificar inmediatamente la situación al titular del RUP y al Servicio. El Servicio deberá aplicar y registrar el DIIO en SIPEC, junto con emitir un FMA que ampare dicho movimiento al RUP de procedencia. 2. En lo no modificado, rige plenamente lo establecido en la resolución exenta N 975/2022, ya individualizada. 3. La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese, comuníquese y publíquese. - José Arturo Guajardo Reyes, Director Nacional, Servicio Agrícola y Ganadero. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2579451 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl