Resolución exenta número 623, de 2024.- Establece los criterios regionales de selección de proyectos en el marco de la resolución N° 553 exenta, de 2024, que llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Te
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.916 Sábado 3 de Agosto de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2525084 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Secretaría Regional Ministerial Región del Libertador General Bernardo OHiggins ESTABLECE LOS CRITERIOS REGIONALES DE SELECCIÓN DE PROYECTOS EN EL MARCO DE LA RES. EX. N 553, SEREMI MINVU OHIGGINS, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, REGULADO POR EL DS N 27(V.
Y U. ), DE 2016, PARA LA ATENCIÓN DE PROYECTOS DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES Y ECONÓMICOS, DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS (Resolución) Núm. 623 exenta. - Rancagua, 11 de julio de 2024. Vistos: 1. Lo dispuesto por la Constitución Política de la República de Chile, artículos 6 y 7; 2.
Lo dispuesto en la ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio del Interior, publicada en el Diario Oficial de fecha 5 de diciembre de 1986, en su artículo 2; 3. Ley N 16.391, del Ministerio de Obras Públicas, publicada en el Diario Oficial de 16 de diciembre de 1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; 4. En el decreto ley N 1.305, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; 5. Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, artículos 2 y 51; 6.
Las facultades que me confiere el decreto supremo N 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1976, publicado en el Diario Oficial el 8 de febrero de 1977, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, incluidas todas sus modificaciones; 7. El artículo 16 de la ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto fuera fijado por el DFL N 29, del año 2004 (Ministerio de Hacienda); 8. Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, modificada por la ley N 21.073 de 2018, en especial el artículo 62 inciso final; 9. Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; 10. El DS N 27 (V. y U. ), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios; 11.
Resolución exenta N 380 (V. y U. ), de fecha 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda del DS N 27 (V. y U. ), de 2016, que aprueba el reglamento del Programa de Mejoramientode Viviendas y Barrios; 12. Ordinario N 384, Seremi Minvu, de fecha 15 de marzo de 2023, que informa situación de conjuntos habitacionales con problemas de filtraciones en redes de agua potable OHiggins; 13.
Resolución exenta N 877 (V. y U. ), de fecha 14 de junio de 2024, que llama a postulación en las regiones de Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Ñuble, Los Ríos y Magallanes y autoriza la realización de llamados regionales a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de las regiones de Tarapacá, Valparaíso, Metropolitana, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2525084 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Resolución exenta N 553, Seremi Minvu, de fecha 21 de junio de 2024, que llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, regulado por el DS N 27 (V. y U. ), de 2016, para la atención de proyectos de Condominios de Viviendas Sociales y Económicas, de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins; 15.
Resolución exenta N 616, Seremi Minvu, de fecha 10 de julio de 2024, que complementa y modifica resolución exenta N 553, Seremi Minvu OHiggins, de fecha 21 de junio de 2024, en el sentido que indica. Considerando: a) Que, el resuelvo N 5 ítem ii de la Res. Ex.
N 877V. y U., individualizada en el visto N 13) del presente acto administrativo, dispone que los Criterios Regionales de Selección indicados en los numerales 1 y 2 del artículo 94 del DS N 27 (V. y U. ), de 2016, deberán ser establecidos mediante resolución por cada Seremi, de acuerdo con uno o más factores constructivos, sociales, geográficos, económicos, medioambientales y/o culturales de relevancia, así como aquellos derivados de las orientaciones de la política sectorial, los cuales tendrán una ponderación del 40% según lo señalado en el artículo 94 del DS N 27 (V. y U. ), de 2016. b) Que, el artículo 62 inciso final de la ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, modificada por la ley N 21.073, de 2018, señala quelos Secretarios Regionales Ministeriales serán nombrados por el Presidente de la República a propuesta del Delegado Presidencialy oyendo al efecto al Ministro del ramo. c) Que el artículo 16 de la ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto fuera fijado por el DFL N 29, del año 2004 (Ministerio de Hacienda), indica que, si el decreto o resolución ordenare la asunción de funciones en una fecha anterior a la de su total tramitación, el interesado deberá hacerlo en la oportunidad que aquel señale;luego, el mismo artículo, señala quelas actuaciones del interesado efectuadas durante ese periodo serán válidas y darán derecho a la remuneración que corresponda. d) Que, estando en actual tramitación el decreto, que culminará con la designación del suscrito en calidad de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismode la Región del Libertador General Bernardo OHiggins. e) Que, en el decreto aludido en el numeral anterior, se establecerá como fecha de asunción el 25 de marzo de 2024, por razones impostergables y de buen servicio. f) Que, existiendo jurisprudencia de la Contraloría General de la República, en el sentido de quelos actos administrativos suscritos previa dictación del decreto que nombra a la autoridad en el cargo, son perfectamente válidos y gozan del principio de legalidad. g) Que la interpretación armónica de los Vistos y Considerandos precedentes determina la dictación de la siguiente: Resolución: 1.
Establézcase los siguientes criterios regionales de prelación para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N 27 (V. y U. ), de 2016, Capítulo Tercero, proyectos para Condominios de Vivienda, los siguientes: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2525084 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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