BOSQUE NATIVO SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.878 Lunes 17 de Junio de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2507288 EXTRACTO JOAQUIN JUNKER CÁRCAMO, Notario Público de la Tercera Notaria de esta ciudad, Suplente de la Titular doña SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 13/06/2024, repertorio N966/2024, ante mí: Don DANIEL EDUARDO VEGA SALINAS, chileno, casado, técnico marino, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos doce mil quinientos trece guion cero, y doña MARCIA ANGÉLICA VERGARA CARRASCO, chilena, casada, educadora de párvulo, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos noventa y tres mil setecientos cuarenta y tres guion tres, ambos domiciliados para estos efectos, en Ruta Cinco Sur, Kilometro mil doce, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la Sociedad será “BOSQUE NATIVO SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Puerto Varas, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros lugares dentro y fuera del país.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La realización de toda clase de inversiones en bienes inmuebles, por cuenta propia o de terceros, pudiendo comprar, vender, arrendar, permutar, administrar, lotear, urbanizar, construir y en general, explotar y administrar toda clases de negocios e inversiones inmobiliarias, pudiendo al efecto organizar otras sociedades o incorporarse a sociedades ya existentes, de cualquier naturaleza y objeto; b) La realización por cuenta propia o ajena de toda clase de negocios e inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones bonos, cuotas, títulos de créditos y cualquier otro valor mobiliario y derechos en sociedades, asociaciones y comunidades del cualquier naturaleza, nacionales o extranjeras; c) La importación y exportación de todo tipo de bienes y servicios, equipos e insumos; d) La prestación de todo tipo de servicios de terceros, relacionados o no con lo anterior, consultorías, asesorías financieras e inmobiliaria, además de asesorías profesionales; e) El desarrollo de inversiones financieras de cualquier naturaleza, negocios inmobiliarios, compra, venta y arrendamiento de bienes muebles o inmuebles g) y, en general, cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.
Capital: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, de igual valor cada una, suscrito y pagado conforme a lo señalado de la siguiente manera: A) DANIEL EDUARDO VEGA SALINAS, aporta la suma de novecientos mil pesos, divididos en novecientas acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto, lo que equivale al noventa por ciento de los derechos sociales, y B) MARCIA ANGÉLICA VERGARA CARRASCO, aporta la suma de cien mil pesos, divididos en cien acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto, lo que equivale al diez por ciento de los derechos sociales.
Administración: Corresponderá la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá don DANIEL EDUARDO VEGA SALINAS, quien podrá actuar anteponiendo la razón social a su firma representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, ante cualquier persona natural o jurídica, en toda clase de actos y negocios tanto de administración como de suposición de bienes, con las más amplias facultades y atribuciones, sin limitación ni exclusión alguna, pudiendo incluso autocontratar, las que sin ser limitativas o taxativas, sino meramente enunciativas, conforme a las facultades que se señalan en la escritura extractada. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 13 de junio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2507288 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl