CAVAS DEL VALLE LIMITADA 76.822.587-7*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.854 Sábado 18 de Mayo de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2494485 EXTRACTO DANIEL HURTADO NAVIA, Notario, Conservador y Archivero Judicial Titular de Vicuña - Paihuano, con oficio en Gabriela Mistral Nº 582, Vicuña, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha de hoy, repertorio Nº 188, Raymundo Piracés Lubbert, geólogo, domiciliado Carlos Antúnez Nº 2027, departamento 503, Providencia, Región Metropolitana; Sandra Piracés Duerr, periodista, domiciliada Bernardo OHiggins s, comuna de Paihuano, Región de Coquimbo; Julia Piracés Duerr, diseñadora, domiciliada Bernardo OHiggins s, comuna de Paihuano, Región de Coquimbo; y, Marina Piracés Duerr, artista visual, domiciliada Antupiren 9613, Casa 20, comuna de La Reina, Región Metropolitana, modificaron sociedad denominada “CAVAS DEL VALLE LIMITADA”, constituida 12 diciembre de 2017, Notaría Fernando Celis Urrutia de Santiago, extracto inscrito fojas 97.532, Nº 52.487, Registro Comercio Santiago 2017, publicado Diario Oficial 23 diciembre ese año, siguiente sentido: (Uno) Doña JULIA PIRACÉS DUERR vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al dos por ciento del haber social, a don RAYMUNDO PIRACÉS LUBBERT.
El precio de la venta es la suma de $4.707.606. -, dinero que la parte vendedora declara haber recibido con esta fecha al contado. (Dos) Don RAYMUNDO PIRACÉS LUBBERT vende, cede y transfiere el sesenta y ocho por ciento del haber social a doña SANDRA PIRACÉS DUERR.
El precio de la venta es la suma de $160.058.619. -, de los cuales $16.005.934. - se pagan con esta fecha al contado, y el saldo, de $144.052.685. -, equivalente a esta fecha a 3.885,75 Unidades de Fomento, se pagará en 9 cuotas anuales iguales y sucesivas de 431,75 Unidades de Fomento cada una.
Con el mérito de las modificaciones se retira de la sociedad doña JULIA PIRACÉS DUERR, don RAYMUNDO PIRACÉS LUBBERT disminuye su participación a un 28% de los derechos sociales, doña MARINA PIRACÉS DUERR conserva su participación equivalente a un 2% de los derechos sociales y, doña SANDRA PIRACÉS DUERR aumenta su participación a un 70% de los derechos en la sociedad. (Tres) Se reemplaza íntegramente el texto del artículo noveno de los estatutos sociales relativo a la distribución de las utilidades y pérdidas. (Cuatro) Agregan al final del artículo segundo de los estatutos sociales la siguiente nueva frase final: “Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.
” (Cinco) Modifican el artículo octavo de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social, estableciendo que a contar de la fecha de la presente escritura ella corresponderá indistintamente a don RAYMUNDO PIRACÉS LUBBERT, a doña SANDRA PIRACÉS DUERR y a doña MARÍA LUISA DUERR REUTTER, quienes, actuando separadamente, representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades enumeradas en el citado artículo octavo de la escritura de constitución. (Seis) Agregan al final del artículo octavo de los estatutos, a continuación de la facultad número “TREINTA Y CINCO”, la siguiente nueva frase final: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los socios de la Sociedad. ” Demás estipulaciones constan escritura extractada. Vicuña, 28 marzo de 2024. Doy Fe. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2494485 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl