SOCIEDAD AGRÍCOLA LA PRINCESA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.958 Jueves 26 de Septiembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2549318 EXTRACTO GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, Notario Público Rancagua, con Oficio en calle Campos 466, Rancagua, certifica: por escritura pública hoy, ante mí, de disolución y liquidación de sociedad, anotada en el repertorio de esta notaria bajo el número 2.228-2024, don FERNANDO HUMBERTO GONZALEZ LOBOS, chileno, ingeniero comercial, casado bajo régimen de separación total de bienes, cedula nacional de identidad número trece millones seiscientos sesenta y seis mil ciento veintitrés guión K, domiciliado Avenida Paseo Los Bravos cuatro mil doscientos, casa número cuatrocientos diecisiete, Lo Barnechea; don PABLO ANTONIO TRONCOSO SOTO, chileno, agricultor, casado bajo régimen de sociedad conyugal, cedula nacional de identidad número nueve millones seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos sesenta y nueve guión ocho, domiciliado en Pedro Aguirre Cerda número novecientos cinco, Población Valenzuela, Rancagua; y don MANUEL CELERINO TRONCOSO MORENO, chileno, agricultor, casado bajo régimen de sociedad conyugal, cédula nacional de identidad cuatro millones setecientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y siete guión siete, domiciliado en Parcela Ocho fundo El Maitén, Machalí, acordaron disolver la “SOCIEDAD AGRÍCOLA LA PRINCESA LIMITADA”, Rol único tributario setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y ocho mil dos guión uno, con domicilio en la comuna de Rancagua, el capital social la suma de sesenta y tres millones de pesos, que los socios aportan con veintiún millón de pesos cada uno en dinero efectivo, ingresado a la caja social, el cual se dio cuenta de su pago. Inscrita a fojas mil sesenta y tres, con el número ochocientos setenta y ocho, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año dos mil quince.
De común acuerdo y en conformidad al artículo dos mil ciento siete del Código Civil, los comparecientes, en su carácter de únicos socios, acuerdan en forma unánime el término anticipado y liquidación de la “SOCIEDAD AGRÍCOLA LA PRINCESA LIMITADA”, singularizada en la cláusula primera de este instrumento, considerando además que a contar del veintiocho de septiembre del año dos mil veintidós, se decretó el término de giro en base a Certificado número noventa y seis del Servicio de Impuestos Internos.
La sociedad adquirió durante su vigencia un inmueble, ubicado en el lugar Manzanar, de la comuna de Curacautín, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, que tiene una superficie aproximada de veinticinco coma dieciséis hectáreas, individualizado en la escritura que se extracta, inmueble que se encuentra inscrito a fojas mil veinticinco vuelta, con el número novecientos setenta, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curacautín del año dos mil quince. Rol de avalúo fiscal número doscientos doce guión diecisiete, de la comuna de Curacautín. Declaran los comparecientes que el haber social está constituido únicamente por el inmueble señalado e individualizado en la escritura extractada y que no existen otros bienes. Que la sociedad no reconoce deudas, y que no hay frutos pendientes y que los percibidos fueron consumidos por los comuneros o distribuidos entre ellos de común acuerdo.
Que, para los fines antes señalados, se procedió a subdividir el bien raíz común, en DOCE LOTES, a saber: LOTE A, de una superficie total de una coma ochenta y cuatro hectáreas; LOTE B, de una superficie total de una coma ochenta y cuatro hectáreas; LOTE C, de una superficie total de una coma ochenta y cuatro hectáreas; LOTE D, de una superficie total de cinco coma cincuenta y seis hectáreas; LOTE E, de una superficie total de cinco coma cincuenta y un hectáreas; LOTE F, de una superficie total de cinco coma cincuenta y un hectáreas; LOTE G, de una superficie total de cero coma cincuenta y un hectáreas; LOTE H, de una superficie total de cero coma cincuenta y un hectáreas; LOTE I, de una superficie total de cero coma cincuenta y un hectáreas; LOTE J, de una superficie total de cero coma cincuenta y un hectáreas; LOTE K, de una superficie total de cero coma cincuenta y un hectáreas; LOTE L, de una superficie total de cero coma cincuenta y un hectáreas.
Los socios y comuneros de consuno, tasaron los haberes comunes, compuesto por el bien raíz singularizado en la cláusula tercera de esta escritura extractada en la suma total de CIENTO VENTE MILLONES DE PESOS y de consuno han acordado en distribuir esta tasación por partes iguales Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2549318 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.958 Jueves 26 de Septiembre de 2024 Página 2 de 2 respecto de los lotes resultantes de la subdivisión referida en las cláusulas precedentes.
El total del activo de la comunidad asciende a la suma total CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS y no habiendo pasivo, es ese el importe del capital partible. corresponde al comunero don FERNANDO HUMBERTO GONZALEZ LOBOS, el treinta y tres coma tres por ciento del haber común, lo cual equivale a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS; corresponde al comunero don PABLO ANTONIO TRONCOSO SOTO, el treinta y tres coma tres por ciento del haber común, lo cual equivale a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS; y corresponde al comunero don MANUEL CELERINO TRONCOSO MORENO, el treinta y tres coma tres por ciento del haber común, lo cual equivale a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS. los socios y comuneros en forma unánime acuerdan realizar las siguientes adjudicaciones, tomando en consideración la tasación del bien raíz y porcentaje que de la misma le corresponde a cada compareciente, de la forma que sigue: A. ) Se entera la participación del comunero don FERNANDO HUMBERTO GONZALEZ LOBOS, que asciende a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS, adjudicándole y transfiriéndole en propiedad los siguientes lotes: UNO. LOTE B, de una superficie de una coma ochenta y cuatro hectáreas; DOS. LOTE E, de una superficie de cinco coma cincuenta y una hectáreas; TRES. LOTE G, de una superficie de cero coma cincuenta y una hectáreas; y CUATRO. LOTE J, de una superficie de cero coma cincuenta y una hectáreas.
Se avalúan el LOTE B en la suma de diez millones de pesos; el LOTE E en la suma de veinte millones de pesos; el LOTE J en la suma de cinco millones de pesos; y el LOTE G en la suma de cinco millones de pesos; B. ) Se entera la participación del comunero don PABLO ANTONIO TRONCOSO SOTO, que asciende a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS, adjudicándole y transfiriéndole en propiedad los siguientes lotes: UNO. LOTE C, de una superficie de una coma ochenta y cuatro hectáreas; DOS. LOTE D, de una superficie de cinco coma cincuenta y seis hectáreas; TRES. LOTE K, de una superficie de cero coma cincuenta y una hectáreas; y CUATRO. LOTE L, de una superficie de cero coma cincuenta y una hectáreas.
Se avalúan el LOTE C en la suma de diez millones de pesos; el LOTE D en la suma de veinte millones de pesos; el LOTE K en la suma de cinco millones de pesos; y el LOTE L en la suma de cinco millones de pesos; y C. ) Se entera la participación del comunero don MANUEL CELERINO TRONCOSO MORENO, que asciende a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS, adjudicándole y transfiriéndole en propiedad los siguientes lotes: UNO. LOTE A, de una superficie de una coma ochenta y cuatro hectáreas; DOS. LOTE F, de una superficie de cinco coma cincuenta y una hectáreas; TRES. LOTE H, de una superficie de cero coma cincuenta y una hectáreas; y CUATRO. LOTE I, de una superficie de cero coma cincuenta y una hectáreas.
Se avalúan el LOTE A en la suma de diez millones de pesos; el LOTE F en la suma de veinte millones de pesos; el LOTE H en la suma de cinco millones de pesos; y el LOTE I en la suma de cinco millones de pesos.
Los socios aceptaron las adjudicaciones y demás actos que da cuenta el presente instrumento, en los términos ya señalados, renunciando expresamente a cualquier alcance o diferencia que derive de las adjudicaciones por concepto de la siguiente liquidación de la sociedad y comunidad, otorgándose el más amplio y completo finiquito a su respecto. A mayor abundamiento, renuncian expresamente a cualquier acción que pudiera ejercerse.
Las adjudicaciones de los inmuebles descritos, se efectúan como especie y cuerpo cierto, con todo lo edificado, cercado y plantado en ellas, en el estado en que actualmente se encuentran, con todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, libre de todo gravamen, prohibición, embargo o litigio, deuda de contribuciones, impuestos fiscales, municipales y derechos preferentes de terceros de cualquier naturaleza. Los comparecientes declaran que la sociedad ha sido administrada de acuerdo con las cláusulas sociales pertinentes, no teniendo cargo alguno que formular a dicha administración.
Y comparecieron autorizando el instrumento la cónyuge de don PABLO ANTONIO TRONCOSO SOTO, doña MARÍA TERESA LÓPEZ DROGUETT, chilena, dueña de casa, cedula nacional de identidad número nueve millones setecientos trece mil cero cuarenta y cuatro guión dos, de su mismo domicilio; y la cónyuge de don MANUEL CELERINO TRONCOSO MORENO, doña ERNA MARCIA DE LOURDES GJAKONI ESPINA, chilena, dueña de casa, cedula nacional de identidad número cinco millones novecientos treinta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro guión uno, de su mismo domicilio. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Rancagua, 06 de septiembre de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2549318 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl