Autor: Redacción La Estrella
Primer Tribunal ambiental resolvió llamar a Conciliación a Quiborax y el CDE
Primer Tribunal ambiental resolvió llamar a Conciliación a Quiborax y el CDE ras cuatro extensas T jornadas de audiencia, realizadas los días 12,13, 14 y 24 de marzo, el Primer Tribunal Ambiental decidió llamar a Conciliación a la empresa Quiborax y al Consejo de Defensa del Estado (CDE) en la demanda por daño ambiental interpuesta por el CDE contra la empresa por el presunto daño ambiental causado por la operación de la faena minera Mina Surire.
De acuerdo con lo expresado durante la última audiencia, los ministros decidieron efectuar un llamado extraordinario a conciliación, para lo cual citaron a las partes a audiencia para el 29 de abril, con el objeto de que informen los resultados de la transacción que fue propuesta porla parte demandada. QUIBORAX Y EL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (CDE) SERÁN LLAMADOS A CONCILIACIÓN. las partes pudieron exponersu postura en este caso.
El primero en exponer fue el abogado Osvaldo Solís, por parte del Consejo de Defensa del Estado, quien solicitó seacoja la de'manda en base a los estándares probatorios, donde afirmó que el saldo final de 37 años de explotación del Salar de Surire es la afectación al ecosistema.
Solís destacó que, según los informes de CONAF, SAG y Seremi de Medio Ambiente, la explotación afectó patrones de inundación, dañóla estratigrafía y comprometió áreas críticas para la reproducción de flamencos, generando lagunas artificiales hipersalinas no funcionales para el ecosistema. El abogado resaltó que la empresa, al operar en un área protegida, debía ejercer máxima di gencia, pero no cumplió adecuadamente medidas de mitigación ni compensación ambiental.
Solís enfatizó que, a pesar de po-años lleva Quiborax efectuando faenas mineras en el Salar de Surire. sibles signos de vida en lagunas artificiales, la biodiversidad original está severamente comprometida debido a sales caotrópicas que impiden un hábitat funcional. Finalmente, afirmó que existe daño comprobado en cerca del 33% del salar, subrayando quela buena fe nojustifica permitir la continuidad del daño ambiental.
Continúo con los alegatos Antonio Pulgar, quien pidió acoger la demanda por daño ambiental en el Salar de Surire, destacando los efectos continuos de la actividad minera sobre la estratigrafía, escorrentía y calidad química del agua, asícomo el impacto negativo del tránsito de camiones, extracción ilegal deAUDIENCIA SE REAELN 4I JOZRNAÓDAS. todos los efectos de la actividad de Quiborax, incluyendo el traslado de material, el paso de camiones y la extracción ilegal de agua para humectar los caminos.
En total se presentaron un total de 14 testigos ofrecidos por la demandante y la demandada, que buscaron establecer siexisteo no daño ambiental en el Salar de Surire debido a las operaciones de la empresa Quiborax desde el año 1987. Hubo testigos expertos queentregaron antecedentes científicos respecto a la situación ambiental de este salar altoandino, ubicado en la cordillera de la Región de Arica y Paricanota. Asimismo, se contó con testigos simples que aportaron sus percepciones y experiencias acerca de los cambios observados en el Salar de Surire durante las últimas décadas. Tras la exposición del último de los testigos de la demandada, Eduardo Rodríguez, especialista ambiental, comenzaron los alegatos de clausura, dondetoreos ambientales adecuados, y daños significativos en y protegidas áreas comunidades indígenas.
Finalmente, Javiera Pérez-Santos, argumentó que esta es la vía con la que cuentan sus representados para acceder a la justicia ambiental y descartó que la acción estuviese prescrita o que el daño ambiental sea cosa juzgada.
Alegó que, mediante la acción de su parte, se busca incorporarElabogado de la demandada, Mario Galindo, explicó primero que la empresa está ejerciendo una actividad que, lícita y además, todas las acusaciones han traído para Quibo-raxuna importante afectación, al igual que para las comunidades que dependen de la compañía.
En su alegato, Mario Galindo cuestionó la credibilidad y validez de la demanda contra Quiborax, argumentando que las acusaciones de daño ambiental se basaron en imágenes sin sustento suficiente y testimonios sesgados de activistas y funcionarios que ocultaron información clave.
Galindo enfatizó que no se acreditó la gravedad ni la continuidad del daño alegado, destacando que la descripción catastrofista llevó a la paralización total de faenas con graves efectos Finaleconómicos. mente, aseguró que esta materia ya había sido abordada en un juicio previo de 2009, constituyendo cosa juzgada, y que no se cumplen las condiciones para declarar la existencia de daño ambiental continuo o irreparable.
El abogado Hugo Botto, en representación de las comunidades ancestrales de Caracota, y Surire afirmó que el Estado de chile reconoció en 1996 que el Salar de Surire y sus son zonas aledañas de privada propiedad indígena.
Botto enfatizó que, según el Convenio N? 169 de la OIT, estas comunidades tienen derecho a decidir sobre el uso de sus tierras en función de su desarrollo económico, social y cultural, especialmente la desconfianza frente a generada por el actuar del Estado que, en su parecer, no las ha considerado en este caso.
Finalmente, Gastón Padilla en representación de los sindicatos 1,2 y 3 de la empresa Quiborax, explicó lo que este proceso ha significado para los trabajadores, gran parte de los cuales pertenecen a las comunidades cercanas al salar.. Ministros decidieron citar a otra audiencia el 29 de abril, a objeto de informaros resultados de la transacción entre las partes. agua, ausencia de moniPRIMERTRIGUNAL AMBIENTAL