6-
6Mi, 5-Sobremanifestaciones, reuniones públicas, teatros, cines y recintos de espectáculos o eventos deportivos, artísticos oculturales. Queda prohibidalarealizaciónde manifestaciones o reuniones pública de carácter electoral desde las 00:00 horas del viemes 25de octubrede2024, hasta cuatro horas después de haberse cerrado la votación en las Mesas Receptorasde Sufragios.
Elpermisopara efectuar desfiles, manifestacionesy reuniones públicas de cualquier naturaleza que se pretendan realizar. expiradoelplazoseñalado en elpárrafoanterior de Valparaíso. deberá olictarse la Delegación Presidencial dea Región Conformealanormativalegalvigente, os días 26y27 de octubre de 2024, y hasta doshoras después del ierredela votación, no podránrealizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos, culturales de carácter masivo, cuandola fuerza. encargada del orden público estime que éstos podrán afectar el normal desarrollo del proceso electoral. La fuerza encargada del orden público dispondrá laclausura de losrecintos en quese infringiere esta disposición. JEFATURA DE FUERZAS DELA REGIÓNDE VALPARAÍSO DISPOSICIONESPARAEL RESGUARDO DELORDEN PÚBLICODELAS ELECCIONES DEGOBERNADORES REGIONALES, CONSEJEROS REGIONALES, ALCALDES Y CONCEJALES, AREALIZARSE LOS DÍAS 26 Y27DEOCTUBRE DE 2024 24 deoctubrede2024, VALPARAÍSO, VISTO Y CONSIDERANDO: Vil. Sobrelos periodistas nacionales, 11 1a) b) 9 Lasdisposiciones y medidas contempladas en los siguientes cuerpos legales: Artículo 180 dela Constitución Política de la República. DF.L. NO2, de 2017 quefija ltextorefundido, coordinado y sistematizado dela Ley N'18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Decreto Supremo NO195, de fecha 06 de agosto de 2024, publicado enel Diario Oficial el día 27 deagosto de2024, que designa los Jefes de Fuerza Regionales, titulares y reemplazantes, paralas Elecciones Generales de Gobemnadores Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales, arealizarselos días 26 y27 de octubre de 2024. de 2024, publicadaenel DiarioOficial Circular NO 53 del Ministerio del Interior ySeguridad Pública, de fecha 16 de octubre de octubre de 2024, que dicta las disposiciones para el resguardo del orden público de las Elecciones Generales el día18 deGobemadores Regionales Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales, arealizaselosías 26y 27 de octubrede 2024. y Carabineros de Chile deresguardarel Orden Público desdeel segundo día anterior Lamisión delas Fuerzas Armadas actoelectoraly hasta el término delas funciones de losColegios Escrutadores, para asegurarelibreejerciciodel derecho Regionales, Consejeros Regionales, asufragioy lanormalidad del desarrollo delas Elecciones Generales de Gobemadores Alcaldes y Concejales, a realizarse los días 26 y 27 de octubre de 2024. d) 2de prensa y periodistas extranjeros. Losperiodistasnacionales, extranjeros yloscorresponsalesdemedios informativos del exterior, tendrán gualesderechos quelos profesionales de prensa nacionales, los que podrán acceder a los locales de votación. En cualquier caso, las de fuera de loslocalesdevotación. o conferencias de prensa de cualquier persona deberánrealizarse dlaraciones, entrevistas VIII.
Respectoal Libro deórdenes. 12IX... 13DISPONGO: L 1 Respectoala propagandaelectoral, Lapropagandaelectoral realizada por medio de prensa y radioemisoras, y la propaganda realizada poractivistas 14. obrigadistasentavía pública portando banderas, lienzos uotros elementos no fos que identifiquen las propuestas, o seefectúe mediantelaentregade materialimpreso uotro tipodeobjetos informativos, sólo podráefectuarsehastalas 24:00 horas del día jueves 24 deoctubre de 2024.15. 2Seprohíbela propaganda electoral en cinematógrafosy salas de exhibición de video, la propaganda aérea mediante aeronaves o cualquier otro tipo de elementos de desplazamiento en el espacio aéreo, comotambién toda aquella propaganda que, pese a ubicarse en lugares autorizados, destruya, modifique, altere o dañe losbienesmuebles o inmuebles queallíse encuentren.
Asimismo, se prohiberealizar propaganda electoral en bienes de propiedad privada destinados aservicios públicos localizados en bienes de uso público, tales como vehículosde transporte de pasajeros, paradasde transporte público, estaciones de ferrocarriles o de metro, postes de alumbrado y/o tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza.
Respectoalfuncionamiento de lassedes Sólopodrán funcionarlas sedesde partidos políticos y candidatos independientes dedaradas con de anticipación alo menosquince días las elecciones, conformeal artículo 167 dela Ley N018700, y únicamente para lossiguientes efectos: Atender preparar y distribuir alos apoderados Seguir losescrutinios y entregarlessus materiales recibircopias delasactas de escrutinios. de conformidad al artículo 185 de la Ley N0 18700. Enningún caso lasreferidas sedes podrán realizar propagandaelectoral o política, atender electoresenlos días delas elecciones. realizar reuniones de carácter político antes del ierre de lasmesas de votación.
Eljefedelas Fuerzas y/oelJefede Fuerzas de cadacircunscripción, encompañía del MiniterioPúblio, podrá inspeccionar lassedesdedlaradas, conel fin deestablecersienellasse practicare cohecho deelectores, siexistierenarmaso explosivos ensuinterioroserealizarenactividadesde propaganda electoral fueradel periodo establecido porlaley. lgualesinvestigaciones. sellevarán acabo en cualquier lugaren quese denuncie la práctica de cohecho, enciero deelectoreso actividades de propaganda electoral. 1.31) li) 4.
CadaJefedeFuerzadelaslocalidades adjuntará. ensurespectivoLibro de Órdenes aspresentesdisposiciones yla Circular singularizada enellterald) de “VISTO”, el que estaráa disposicióndelos Apoderados, quienes podránreclamar en cual quiermomentoantedichoJefede Fuerza delafaltadeseguridad y garantiasindividuales que está obligado amantener paraloselectores, pudiendo dejar testimonio en referido Libro delos hechos que motivaron estos reclamos.
Sedeja constancia queel Libro de Órdenes del Jefe de Fuerza Regional seencontrará duranteel acto electoral enlaSala deMandode la Comandancia en Jefe dela Primera Zona Naval, ubicada en el Edificio Armada deChile, Plaza Sotomayor delos Jefes de Fuerza delas diferentes localidades, estarán disponibles número592, Valparaiso. Los Libros deórdenes en cadalocal devotación. en LocalesdeVotación.
Disposiciones parael Resguardo del OrdenPúblico Lafuerzaencargada del orden público no podrá situarse o ubicarse en un radio menor de veinte metros de una Mesa Receptorade sufragios delrecinto en que funcione un colegio Escrutador o unajunta Electoral, segúnsea elcaso, sin perjuicio de acudir en auxilio delas autoridades electorales, cuando así lorequieran. Lasfuerzas encargadasdel orden público deberán permanecer entre losdías 26y 27 de octubre de2024, resguardando ellocal devotación. En especial, deberán permanecer enel exterior delasaladecustodia, en que el Delegado Electoral haya guardado las umas y cajas deútles escolares.
LaFuerzaencargada delorden público, a requerimiento de las autoridades pertinenteso de oficio, detendráy pondráa disposición de la autoridad judicial aquien impidiere ejercer sus funciones a algún miembro de la Junta Electoral, Mesa Receptora, Colegio Escrutador ol Delegado de aquélla artículo 143, ey NO 1800);al que perturbare el orden en el recintoenque funcionareuna Junta, Mesa Receptorao Colegio Escrutador o ensusalrededores, conelfin deimpedirsu funcionamiento artículo 43, ley N918.700 );al que votare más de unavezen el mismo actoelectoral; al quesuplantare lapersona de unelector opretendierellevarsu nombre para sustituiro;al que confeccionareactas deescrutinio deuna 'mesaquenohubiere funcionado; alquefalsficae, sustrajere, ocultareodestruyerealgún PadróndeMesa, actade escrutinio votos emitidos que aún no se hubieren escrutado;al océdula electoral; al quese apropiare de una ura que contuviere uesuplantare la persona del delegado delaJunta Electoralo deuno delosmiembrosde una MesaoColegio;alque tuviere cédulas electorales en drcunstancias que no sean las previstas por laley; al queimpidierea cualquier elector ejercersu de sucédulanacionalde identidad, pasaporteo cédula derechoa sufragar por medios violentos, amenazas oprivándolo deidentidad paraextranjeros, yal queseasorprendido presionando aun elector con discapacidad, o ala personaquele del quesolictare votos porpaga, sivecomoasistente(artículo14 ley N018700). lgualmente, se procederáaala detención dádivao promesa de ánerouotrarecompensaocohechareencualquierformaa unelector, presumiéndose estaconducta enel queacompañareaun elector hasta dentro del radio de veinte metrosalrededor de una mesa, salvo quese trate de discapacitados que hubierenoptado por serasistidosen el acto de votar, a excepción delos casos de delito flagrante. Asi por dinero uotradádiva, y se presumirá queincurre en esta con mismo, sedetendráal quevendieresu votoo sufragase ducta elelector que, procedimiento o medio encaminado de sufragar, sea sorprendido empleandocualquier haya señalado. la cédula.
En este último caso, la detención enelacto adejar constancia dela preferenciaque pueda señalar deberá serordenadaporel Presidente dela Mesa (artículo 150, leyN018700). Igualmente, se procederá ala detención que infrngierelo dispuesto enel de toda personaque participare enel proceso eleccionario, cualquiera sea sucalidad, artículo 318 del Código Penal, así como otros cuerpos legales que forman parte de la presentecircular.X.
DisposicionesEspeciales 1617-. dependencias específicas, quepermitan unaadecuadadifrenciadón de dichos espacios enrelaciónalresto Electoral, apoderados de mesa, personal de enlace, ayudantestécnicos, expertos deidentificación de Correos deChile, observadores del Servicio de Registro quedeba cumpliralguna función otareaenrelacióna laactividad electoral, dentro de informar previamentesus identidades ingresar aejercer su derecho desufragio desde que comiencen a funcionarlas respectivas mesasreceptoras de sufragios, 18-parala Mantención del OrdenPúblico en establecimientos penitenciarios. EnlosEstablecimientos Penitenciariosenque funcionaránlocales devotación, Gendarmería de hilehabiltarásectores. del establecimiento.
LosDelegadosdelaJunta Civile Identificación, equipos periodísticos, digitadores, trabajadores del proceso, debidamente autorizados, miembros de lasFuerzas Armadas y Carabineros deChie, ytodapersona ofuncionario unrecinto penitenciario, deberán y cargos a Gendarmería de Chile, Loselectores queseencuentren enlibertad y tienensu domicilio electoral en un Establecimiento Penitenciario, podrán hastala horaque sedeclareel cierre de las mesas por los respectivos delegados. 19.
Losencargados de orden públicose constituirán enlos locales de votación a partir delas 9:00 horasdel día 24 de octubre de 2024, Paraestos efectos, Gendarmería de Chile brindará todas las condiciones necesarias parael debido resguardo delaoficinaelectoral y susmateriales, como del espaciofísico en sí.
Nose permitirá el acceso ala población penala dichos lugares, nítampocoa personal de Gendarmería de Chile, salvo quesea necesario para acompañara Delegado Electoral 0al personal deorden público, siellos lo estimasen pertine 20Considerandola naturalezade losEstablecimientos Penitenciarios, la fuerzas encargadas delorden públicose ubicarán IV. Sobrelospermisos para portar armas. 7.
Ellefede Fuerza decreta lasuspensión de lospermisos paraportararmas en su zona jurisdiccional, en ellapsocomprendido de 2024. entrelas 00:00 horas del día sábado 26 de octubre de 2024 y las23:59 horas del día domingo 27 deoctubre Loanterior, sin pericio de laseximiciones expresamente solicitadas por las empresas de transportes devalores. Y. 8+ Enloreferenteal 'de explosivos.
Entrelas00:00 horas ylas 24:00 horas de los días 26 y 27 de octubre de2024, quedan suspendidos todos los permisos de productos químicos, inflamables y corrosivos. para transportar explosivos y queda prohibido el transporte Loanterior, sin perjuicio de lassoliitudes que sean autorizadas por este Jefede Fuerza Regional, parael transportede grave perjuicio. productos esenciales para la mantención de actividades que no puedan paralizarse sin causar M. Respectoaltránsito público.
Sepodrárestringirel tránsito de vehículos y orientarlo con el objeto deno interferirla librecirculación delos peatones dentro delo posible, no inferior a una cuadra de los locales en que funcionen las mesasreceptoras 21. enunradio prudencial, desufragjos impidiendo además endichoracio, elestacionamiento de vehiculo de cualquiernaturaleza, incluso detracción animal. Laspersonasconalguna discapacidad, como quieneslas acompañen paraasistrlasenelvoto, tendránaccesoexpedito nose impedirá l acceso apersona alguna que concurra aun localdevotación adecuado alrespectivolocaldevotacióny asistidas, comunicarán encalidadde asistente de tra personacon discapacidad.
Endíchocaso, laspersonasqueoptenporser o por escrito al Presidente dela Mesa, queuna personadesu confianza, mayor de verbalmente, porlenguajedeseñas edadysindistinción de sexo ingresará conellaalacámarasecreta, no pudiendo aquel ni ninguna personaobstaculzar del derechoaser asistido. odificultarelejercico 9.10». enelexteriordeestosrecintos, sin perjuicio de acudiren auxlio de lasautoridades electorales, cuandoasílorequieran. pueda ejercer el control efectivo del orden público enloslocales devotació Para garantizar queel Jefe de Fuerza respectivo quese encuentrenal interiorde Establecimientos Penitenciarios, éste podrá requerira Gendarmería de Chile la colaboración necesaria parael cumplimiento de lasinstrucciones que disponga al efecto, enejercicio delas atribuciones quela Ley y la Constitución Política le ha encomendado.
Parael mantenimiento del orden en el lugar de votación, los Presidentes de Juntas Electorales, Delegados de Juntas de Colegios de Sufragios y los Presidentes Electorales en cada local de votación, Presidentes delas Mesas Receptoras Escrutadores, solicitarán l Jefe de Fuerza respectivoel auxilio de lafuerza, para queéste, asu vez, adopte las medidas de Chile. de votación, en coordinacióncon Gendarmería necesarias paraelcontrol y restablecimiento del orden en ellocal Sesolicitaa losmedios de prensa, televisión y comunicación social dar amplia difusióna la presente Orden del Jefe de Fuerza Regional. ROBERTO ZEGERS LEIGHTON CONTRAALMIRANTE JEFE DE FUERZA REGIÓN DE VALPARAÍSO.