Superintendencia de Salud dicta circular para que las isapres implementen la ley corta
Superintendencia de Salud dicta circular para que las isapres implementen la ley corta Las isapres desde este viernes tienen un mes para presentar su plan de pago y ajustes, prorrogable por otro mes. El 1 de septiembre deberán ajustar todos los planes según la tabla única de factores, y en paralelo ajustarán todos los planes que tengan un valor por debajo de la cotización legal, al 7% correspondiente.
MARIANA MARUSIC Finalmente este viernes, según el plazo final que dio la ley corta de isapres, la Superintendencia de Salud dictó la circular que establece las medidas para que las isapres determinen la deuda y restituyan los cobros en exceso a sus afiliados, donde también viene el detalle del ajuste que tendrán que hacer de todos los planes al7% de la cotización legal, y otros aspectos que reguló la ley corta. En concreto, el 1 de septiembre las isapresdeberán ajustar todos losplanes según la tabla única de factores, de acuerdo con lo que dictó el fallo de la Corte Suprema en noviembre de 2022. Ese mismo día, las isapres en paralelo ajustarán todos los planes que tengan un valor por debajo de la cotización legal de salud, al 7% correspondiente.
Pero antes que eso, las isapres desde este viernes tendrán un mes para presentar a la Superintendencia su plan de pago y ajustes, "documento que deberá incluir una propuesta de devolución de la deuda, de reducción de costos y determinación de una prima extraordinaria para el cumplimiento de los contratos de salud", según puntualiza la circular. Si bien el plazo para presentar este plan vence el 7 de julio, igualmenteserá prorrogable por un mes.
Cuando la isapre presente el plan, el regulador tendrá un plazo de cinco días para revisar los aspectos formales y remitirlo al Consejo Consultivo, explicó el superintendente de Salud, Víctor Torres, en un punto de prensa. Luego detalló que dicho Consejo, a su vez, tendrá30 días para poder revisarlo.
A continuación, la Superintendencia dispondrá de 10 días extras para definir si acepta o no dicho plan de pago. "Por lo tanto, ahí hay un período de tiempo de más de dos meses y medio, si es que efectivamente se usaran los tiempos máximos en el mejor escenario, y el mejor escenario es que aprobemosinmediatamente el plan de ajustes", sostuvo Torres.
Pero agregó que "también esto se podría extender, porquesi no se aprobase el planen la primera evaluación, debiéramos requerir una corrección de este plan, y para eso las isapres tienen un mes más para poder entregar las correcciones, nosotros revisamos en dos días si cumplen o no con los aspectos formales, y el Consejo tiene 10 días más para pronunciarse si sugiere o no aprobar o rechazar.
Y después la Superintendencia toma la decisión definitiva de aprobaro rechazar". En caso de que el regulador rechace nuevamente el plan, la Superintendencia tiene 30 días para elaborar un plan. "Entonces, en el peor de los casos, lo que podría llegar a sumar por lo menos dos meses y medio más", dijo Torres.
En el plan de pago y ajustes lasisapres deberán presentar ante la Superintendencia una propuesta de devolución de la deuda, precisando el número de contratos afectos a devolución, los montos adevolver acada afiliado expresados en UF, el plazo máximo de devolución, las modalidades de devolución y propuestas de compensación.
El plazo máximo para saldar la totalidad de la deuda con los afiliados es de 13 de años desde que implementen el plan de pago y ajustes. "No obstante, si los acreedores de estos excesos fueran mayores de 80 años, tal plazo no podrá superar los 24 meses, y 60 meses, si fueran mayores de 65 años", puntualiza la circular.
Esta también establece que las isapres deberán tener un vínCulo directo en su sitio web "para que las personas puedan consultar sobre la existencia y monto de la deuda, además de las cuotas en las cuales se ha dividido su reintegro, de haberse optado por tal modalidad en el plan de pago y ajustes". En ese plan es donde además las isapresdeberán decir cuánto pretenden subir los planes de salud de todos sus afiliados mediante una prima extraordinaria, y desde cuándo. ria, y desde cuándo..