Reglamento número 1, de 2023.- Modifica la planta del personal municipal, regido por la ley Nº 18.883
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.946 Lunes 9 de Septiembre de 2024 Página 1 de 7 Normas Generales CVE 2541231 MUNICIPALIDAD DE RÍO HURTADO REGLAMENTO QUE MODIFICA LA “PLANTA DEL PERSONAL MUNICIPAL, REGIDO POR LA LEY Nº 18.883, DE LA MUNICIPALIDAD DE RÍO HURTADO” Núm. 1.- Samo Alto, 3 de marzo de 2023.
Vistos: La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; la Ley Nº 19.130 que modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley Nº 19.280 que modifica la Ley Nº 18.695 y establece normas sobre Plantas de Personal de las Municipalidades; la Ley Nº 19.602, que modifica la Ley Nº 18.695 en materia de Gestión Municipal; la Ley Nº 20.033, que modifica la Ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial; el decreto ley Nº 3.063 sobre Rentas Municipales; la Ley Nº 18.695, y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica; la Ley Nº 20.554, que crea Juzgados de Policía Local en la Comuna de Río Hurtado; la Ley Nº 15.231, que fija el texto definitivo y refundido de la Ley de Organización y atribuciones de los Juzgados de Policía Local; la Ley Nº 20.742, que perfecciona el rol fiscalizador del concejo, fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades, crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales; la Ley Nº 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; la Ley Nº 15.076, que fija el texto refundido del estatuto para los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químico-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas; reglamento Nº 1.675 del 15.11.2016, del Ministerio de Interior, que regula la categorización de municipios y rangos de grado del Alcalde; y la resolución exenta Nº 5.185 del 14.08.2018, del Ministerio del Interior que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios; el decreto con fuerza de ley Nº 333, que Adecua, modifica y establece Planta de Personal de la Municipalidad de Río Hurtado; el Instructivo Nº 6.554 de fecha 12 de marzo de 2019 de la Contraloría General de la República, el cual actualiza instrucciones impartidas por el dictamen Nº 17.773, de 2018, en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades; la Ley N 21.493 de octubre de 2022 que modifica el régimen de los reglamentos que fijen o modifiquen las plantas del personal municipal; el decreto alcaldicio Nº 271, de 24.02.2023, que Aprueba modificación y adecuación de Planta Municipal de Río Hurtado, según modificaciones de ley. Considerando: 1.
Las facultades otorgadas por la ley Nº 20.922 a los Alcaldes para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades del país, mediante regulación y requisitos indicados en dicho precepto legal como, asimismo, el límite de gastos en personal vigente. 2. El DFL Nº 324 que Fija Planta de personal para la Municipalidad de Río Hurtado. 3. El DFL Nº 333 de 3 de noviembre de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Río Hurtado. 4.
La ley Nº 20.033, de fecha 23 de junio de 2005, que en su artículo 7º señala "Reemplázase en las correspondientes plantas del personal municipal, los actuales grados 7 asignados a Alcaldes, por grados 6, modificándose de pleno derecho, para tal efecto, los respectivos decretos con fuerza de ley.
Lo establecido en el presente artículo no implicará, en caso alguno, una modificación en la adscripción de los restantes grados de las escalas de personal de las respectivas municipalidades". Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541231 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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El decreto municipal Nº 490 de fecha 12 de abril de 2013, que declara instalación del Juzgado de Policía Local y declara legalmente investido al Juez de Policía Local, según ley Nº 20.554 del 23.01.2012. 6.
El decreto municipal Nº 644 de fecha 22 de mayo de 2013, que incorpora a la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado, el cargo grado 9º E.M.S. del escalafón de Directivos, denominado Juez de Policía Local, de acuerdo a lo señalado en la ley Nº 20.554 del 23.01.2012. 7.
El decreto municipal Nº 643 de fecha 22 de mayo de 2013, que incorpora a la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado el cargo grado 11º E.M.S. del escalafón de Profesionales, denominado Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local, de acuerdo a lo señalado en la ley Nº 20.554 del 23.01.2012. 8. El decreto municipal Nº 784 de fecha 3 de junio de 2014, que crea e incorpora a la Planta de Directivos en grado 8º de la I. Municipalidad de Río Hurtado, los cargos de Secretario Comunal de Planificación, Director de Desarrollo Comunitario, Director de Administración y Finanzas, y Director de Control, de acuerdo a la ley Nº 20.742.9. El decreto municipal Nº 286 de fecha 13 de noviembre de 2014, que modifica los grados del escalafón de Directivos de la Planta de la I.
Municipalidad de Río Hurtado, señalados en el artículo 16 de la ley Nº 18.695, y ordenados por la ley Nº 20.742, correspondiente a los cargos de Administrador Municipal, Juez de Policía Local y Secretario Municipal. 10.
Los decretos municipal Nos. 1.523, 1.524, 1.525, 1.526, 1.527, 1.528, 1.529, 1.530, 1.728 y 1.729, de fechas 18 de agosto y 21 de septiembre de 2016, que encasilla en un nuevo grado el año 2016, en virtud de la ley Nº 20.922 del 2016, los siguientes grados de la Planta de Técnico, Administrativo y Auxiliares de la I. Municipalidad de Río Hurtado: 11. Los decretos municipales Nos. 2.184, 2.185, 2.186, 2.187, 2.188, que incrementan los grados al personal a contrata en los mismos términos y requisitos señalados en la ley Nº 20.922 de 2016.12. Los decretos municipales Nos. 035,036, 037,038, 039 y 040, de fecha 10 de enero de 2017, que otorga un nuevo encasillamiento a los escalafones de Técnicos, Administrativos y Auxiliares de la Planta de la I. Municipalidad de Río Hurtado, en virtud de la ley Nº 20.922 del año 2016. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541231 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Decretos alcaldicios Nos. 3.836, 3.837 y 3.838 de fecha 16 de diciembre de 2019, que ratifica creación de cargos en la Planta, según ley Nº 20.922, en consecuencia, según lo establecido en el artículo 4º transitorio, se suprime por el solo Ministerio de la Ley un cargo grado 15º del escalafón de Administrativos y un cargo grado 17º del escalafón de Auxiliares. 14. El decreto municipal Nº 1.772 de fecha 12 de septiembre de 2017, que incrementa grados al personal a contrata en los mismos términos y requisitos establecidos en la ley Nº 20.922 de 2016.15. El decreto alcaldicio N 271 del 23 de febrero de 2023 que aprueba modificación y adecuación Planta Municipal. 16. El decreto municipal Nº 582 de fecha 23 de marzo de 2016, que aprueba el Reglamento Interno de Estructura y Funciones del Municipio actualizado. 17. El Escalafón del personal de planta regido por la ley Nº 18.883, vigente para el año 2023.18. El decreto municipal Nº 2.760 de fecha 30 de diciembre de 2022, que aprueba el escalafón de mérito del personal de Planta y Contrata de la I. Municipalidad de Río Hurtado, para el año 2023.19. El decreto municipal Nº 1.736, de 28 de diciembre de 2022, que modifica y designa integrantes del Comité Bipartito. 20.
El certificado de fecha 27 de junio de 2024 emitido por los Directores de Control y Administración y Finanzas, sobre la disponibilidad presupuestaria, considerando el cálculo de la disponibilidad presupuestaria y su proyección, considerando los últimos tres años: 2020,2021 y 2022.21. El certificado de fecha 27 de junio de 2024 sobre límite de gastos en personal, firmado por la Directora de Administración y Finanzas. 22.
El certificado de fecha 24 de febrero de 2023 emitido por los Directores de Control y Administración y Finanzas, sobre el cumplimiento del límite del 75% y 25% del artículo 4º, Nº 5º de la ley Nº 20.922 que señala que a lo menos el 75% de los cargos creados en la planta deben poseer título profesional y/o técnico. 23.
Se crea el cargo de Director de Tránsito y Transporte Público grado nueve, esto por la importancia y el carácter esencial para la gestión municipal respecto a supervisar los procesos de tramitación y obtención de Licencias de Conducir, Permisos de Circulación y Gestión Vial, velando por que éstos se realicen bajo el estricto apego a las disposiciones de la normativa vigente, además de coordinar y evaluar la labor de los funcionarios(as) que se desempeñan en esta Dirección, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna, proponer la dictación de ordenanzas sobre circulación, detención estacionamiento de vehículos, tránsito peatonal en las vías públicas, como de cualquier actividad que afecte la circulación vehicular y/o peatonal, cumplir las instrucciones técnicas que imparte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones otros organismos pertinentes, efectuar estudios y proponer los proyectos correspondientes al programa municipal anual, proponer modificaciones a las ordenanzas locales que regulan el tránsito transporte público en la comuna, evaluar proponer proyectos en materia de señalización, relativas al mejoramiento del diseño geométrico operativo de las vías y/o intersecciones, supervisar los contratos de mantención de servicios relacionados con semáforos, señales y demarcación, disponer la ejecución de estudios de tránsito vehicular peatonal, establecer procedimientos para la recaudación de permisos de circulación, velando por el cumplimiento de las disposiciones municipales, disponer de todas las medidas conducentes para llevar el buen control del Registro Comunal de Permisos de Circulación, Registro Municipal de Carros Remolques de acuerdo la normativa vigente, supervisar el cumplimiento de los contratos de mantención, de los equipos e instrumentos utilizados en la evaluación de los postulantes licencias de conducir, de todos aquellos relacionados con su función que el Alcalde le encomiende y tiene como objetivo dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, que establece como una de las funciones esenciales de la municipalidad, el tránsito y transporte público, es por ello que el año 2012 se crea la Dirección de Tránsito y Transporte Público y que contó con la aprobación del Gabinete Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541231 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Se crea el cargo de Jefatura de Recursos Humanos grado once, esto por la importancia en la administración interna de personal municipal para llevar adelante las políticas de recursos humanos y tener la responsabilidad de coordinar al equipo de remuneraciones y personal para ejecutar proceso de Remuneraciones Municipales, Código del Trabajo y prestadores de servicios a honorarios, revisar el cálculo de asistencia del personal mensualmente, revisar el proceso de remuneraciones del personal municipal de planta a contrata y Código del Trabajo, ejecutar Planillas Suplementarias, como Incentivos, etc., realizar cuadratura y pago de Planillas Previsionales, realizar todas las labores encomendadas por el Alcalde, que tengan relación con temas de su competencia, confeccionar informes solicitados por organismos externos, revisar, analizar, tomar conocimiento y distribuir toda la correspondencia recepcionada en la Unidad de Reclutamiento y Selección, revisar y visar Decretos Alcaldicio y Exentos, relacionados con el Área de Personal y Remuneraciones, realizar el registro de documentos que son afectos a registro Siaper, preparar y elaborar anualmente el proceso de calificaciones y escalafón de mérito del personal municipal, revisar y registrar los decretos de sumarios administrativos e investigaciones sumarias, mantener actualizado el enrolamiento del personal municipal en reloj control, revisar ley de retiro voluntario, incluido desahucio e indemnizaciones, informar al banco de los montos líquidos a pagar y coordinar el pago de los mismos con el departamento de Finanzas, revisar y visar porcentajes de endeudamiento del personal, coordinar diversos procesos con los departamentos de Bienestar y Prevención de Riesgos. 25. El acuerdo final del Comité Bipartito, de fecha 27.02.2023, presentada al H. Concejo Municipal. 26. La Política de Recursos Humanos vigente para el año 2023, aprobada por decreto municipal Nº 1.732 de fecha 28 de diciembre de 2023.27. El certificado Nº 43 de fecha 03/03/2023 que fue emitido por la Secretaria Municipal, mediante el cual certificó que el H.
Concejo Municipal aprobó por unanimidad en el mes de marzo de 2023, la Propuesta de Planta de Personal y el Reglamento que modifica la Planta del Personal Municipal, propuesto para entrar en vigencia a contar del 1º de junio de 2023.28. El oficio Nº 333 de fecha 26 de abril de 2023 de la I. Municipalidad de Río Hurtado, mediante el cual se solicita el Retiro del Reglamento Nº 1 que modifica la planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 29. El oficio Nº E338221 de fecha 28 de abril de 2023 mediante el cual la Contraloría Regional de Coquimbo accede al retiro del Reglamento Nº 01.30. El Ord.
Nº 1.151 de fecha 22 de diciembre de 2023, mediante el cual se ingresa a toma de razón a la Contraloría Regional de Coquimbo el Reglamento Nº 1 que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 31. El Ord. Nº 73 de fecha 19 de enero de 2024 de la Municipalidad de Río Hurtado que solicita retiro del Reglamento que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 32.
El oficio Nº E442286 de fecha 22 de enero de 2024 de la Contraloría Regional de Coquimbo que accede a solicitud de Retiro del Reglamento Municipal Nº 1, de 2023, que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 33. El certificado Nº 021 de fecha 26 de enero de 2024 que fue emitido por la Secretaria Municipal, mediante el cual certificó que el H.
Concejo Municipal aprobó por mayoría absoluta en el mes de enero de 2024, la Propuesta de Planta de Personal y el Reglamento que modifica la Planta del Personal Municipal, propuesto para entrar en vigencia a contar del 1º del mes siguiente a la publicación en el Diario Oficial. 34. El Ord.
Nº 274 de fecha 28 de marzo de 2024, mediante el cual se ingresa a toma de razón a la Contraloría Regional de Coquimbo el Reglamento Nº 1 que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 35. El Ord. Nº 355 de fecha 22 de abril de 2024 de la Municipalidad de Río Hurtado que solicita retiro del Reglamento que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 36.
El correo electrónico de fecha 24 de abril de 2024 de la Contraloría Regional de Coquimbo, que accede al retiro del Reglamento Municipal Nº 1, de 2023, que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 37. El certificado Nº 66 de fecha 4 de junio de 2024 emitido por la Secretaria Municipal, mediante el cual certifica que el H. Concejo Municipal aprobó por unanimidad el Reglamento que modifica la Planta del Personal Municipal regido por la Ley Nº 18.883 de la Municipalidad de Río Hurtado. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541231 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Nº 472 de fecha 5 de junio de 2024, mediante el cual se ingresa a toma de razón a la Contraloría Regional de Coquimbo el Reglamento Nº 1 que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 39. El Ord. Nº 517 de fecha 21 de junio de 2024 de la Municipalidad de Río Hurtado que solicita retiro del Reglamento que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 40.
El correo electrónico de fecha 24 de junio de 2024 de la Contraloría Regional de Coquimbo, que accede al retiro del Reglamento Municipal Nº 1, de 2023, que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 41. El certificado Nº 92 de fecha 24 de julio de 2024 emitido por la Secretaria Municipal, mediante el cual certifica que el H. Concejo Municipal aprobó por unanimidad el Reglamento que modifica la Planta del Personal Municipal regido por la Ley Nº 18.883 de la Municipalidad de Río Hurtado. 42. El Ord.
Nº 607 de fecha 24 de julio de 2024, mediante el cual se ingresa a toma de razón a la Contraloría Regional de Coquimbo el Reglamento Nº 1 que modifica la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado. 43. El Ord. E533098 de fecha 28 de agosto de 2024 de la Contraloría Regional de Coquimbo, que aprueba modificación a la Planta de la Municipalidad de Río Hurtado, por cuanto se ajusta a derecho y cursa alcance.
Díctase el siguiente reglamento de la planta municipal, en los términos que se indican: Artículo Nº 1º. - De conformidad a lo establecido en el Art. 49 bis de la ley Nº 18.695, modificado por la ley Nº 20.922, fíjese la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Río Hurtado en la forma que se señala: Artículo Nº 2º. - Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Río Hurtado: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541231 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DE COQUIMBO Unidad Jurídica Cursa con alcances el Reglamento Nº 1, de 2023, de la Municipalidad de Río Hurtado Nº E533098/2024. - La Serena, 28 de agosto de 2024. Esta Contraloría Regional ha dado curso al reglamento del epígrafe, a través del cual la Municipalidad de Río Hurtado aprueba la modificación a la planta de personal municipal, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que esta Entidad de Control entiende que en la proyección de ingresos y gastos presupuestarios presentados se ha tenido especialmente en cuenta lo previsto en el artículo 17 del decreto ley Nº 1.263, de 1975, en concordancia con el inciso cuarto del artículo 49 bis de la ley Nº 18.695, en cuanto a la responsabilidad que le cabe al alcalde y a los concejales en las proyecciones utilizadas para la fijación o modificación de las plantas y la veracidad de la información proporcionada, como asimismo, deberá tener presente lo prescrito en el artículo 81 de la citada ley orgánica.
Finalmente, a diferencia de lo establecido en el artículo 5º del acto en trámite, y de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la ley Nº 21.493, el reglamento de la especie entrará en vigor desde su publicación en el Diario Oficial. Con los alcances señalados precedentemente, se ha tomado razón del reglamento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Hugo Segovia Saba, Contralor Regional. A la señora Alcaldesa Municipalidad de Río Hurtado. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541231 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl