PIZARRO UGARTE Y COMPAÑÍA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.166 Jueves 5 de Junio de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2655681 EXTRACTO María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 15 de mayo de 2025 bajo repertorio Nº 4.195-2025, ante mí, don Guillermo Andrés Pizarro Ugarte y doña Pamela Ivonne Morales Herrera, ambos domiciliados en La Serena 750, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “PIZARRO UGARTE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “Pizarro Ugarte Ltda. ” Objeto: El objeto de la Sociedad será: Uno) La prestación de los servicios profesionales propios de la abogacía, por medio de sus socios y demás abogados, en los términos que establezca la legislación aplicable. Dos) El desarrollo de actividades de investigación científica y académica en el ámbito del Derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía. Tres) La asesoría a terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el fin indicado, al desarrollo de su negocio.
Capital: $1.000.000, aportados por los socios en la siguiente proporción: don Guillermo Andrés Pizarro Ugarte aportará la suma de $990.000, correspondiente al 99% del total de los derechos sociales, y doña Pamela Ivonne Morales Herrera, aportará la suma de $10.000, correspondiente al 1% del total de los derechos sociales. El capital se pagará en 3 años contados desde la fecha del acto de constitución. Limitación de Responsabilidad: Los socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración: Corresponde al socio Guillermo Andrés Pizarro Ugarte, individualmente, con las facultades del artículo sexto de los estatutos.
Duración: 20 años desde la fecha del acto de constitución prorrogables en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de mayo de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2655681 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl