Ministerio de Relaciones Exteriores Modifica Resolución Ministerial Nº 6 Exenta, Del 12 de Enero de 2023, Del Ministerio de Relaciones Exteriores, Que Designó Integrantes Del Consejo de Política Exterior Del Ministerio de Relaciones Exteriores
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Subsecretaría de Relaciones Exteriores MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 6 EXENTA, DEL 12 DE ENERO DE 2023, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE DESIGNÓ INTEGRANTES DEL CONSEJO DE POLÍTICA EXTERIOR DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES (Resolución) Núm. 148 exenta. - Santiago, 17 de noviembre de 2023.
Vistos: El artículo 32 Nº 15 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo Nº 41, de 2020, que determina la organización interna de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores; el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la resolución ministerial exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de toma razón; y Considerando: 1.
Que, según lo previsto en la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores, esta Secretaría de Estado es la encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, planificación, prospección, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior que éste formule, proponiendo y evaluando las políticas y planes orientados a fortalecer la presencia internacional del país, y velando por los intereses de Chile, con el propósito de elevar la calidad del desarrollo, seguridad y bienestar nacional. 2.
Que, enseguida, a esta Cartera Ministerial le corresponde, entre otras materias, coordinar e integrar a los distintos ministerios y demás órganos de la Administración del Estado en todos los asuntos que inciden en la política exterior, comprendiendo entre ellos, la cooperación internacional, la promoción cultural en el extranjero, la vinculación y atención de los connacionales en el exterior, la seguridad y paz internacional, además de las relaciones económicas internacionales, considerando asimismo el rol de distintos actores de la sociedad civil, generando así un Sistema Nacional de Política Exterior. 3.
Que, asimismo, el artículo 6 de la ley Nº 21.080, establece un Consejo de Política Exterior, el cual deberá desempeñarse como un organismo consultivo, de carácter permanente, encargado de asesorar al Ministro de Relaciones Exteriores en las materias relativas a las relaciones internacionales que ésta someta a su consideración y en la labor de velar por la unidad de la política exterior. Agregando, que el apoyo para el adecuado funcionamiento de este Consejo corresponderá a la Dirección de Planificación Estratégica de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores. 4.
Que, la citada norma dispone que el Consejo de Política Exterior, será presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores y estará integrado por las siguientes autoridades: DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.707 Miércoles 22 de Noviembre de 2023Página 2 de 3 CVE 2408765 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl - La Subsecretaria o el Subsecretario de Relaciones Exteriores. - La Subsecretaria o el Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales. - La Secretaria o el Secretario General de Política Exterior de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores. - La Directora o el Director General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores. - La Directora o el Director de Planificación Estratégica de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, quien actuará como secretaria/o ejecutivo del Consejo. 5.
Que, además de las autoridades indicadas en el considerando anterior, y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 5, del artículo 6º de la ley Nº 21.080, el Consejo de Política Exterior podrá ser integrado por académicos/as y otras personalidades de reconocida versación en materia de política internacional, que sean designados/as por el Ministro de Relaciones Exteriores. 6.
Que, mediante la resolución ministerial exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se designó a los/as académicos/as y personalidades de reconocida versación en materia de política internacional, que, además de las autoridades que se especifican en el considerando 4 anterior, integran el Consejo de Política Exterior, acorde con los lineamientos que ha planteado la autoridad en materia de política exterior. 7.
Que, resulta necesario actualizar la designación formalizada mediante la resolución ministerial exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, incorporando como integrantes del Consejo de Política Exterior a las Sras. Marta Eliana Maurás Pérez y Carolina Valdivia Torres, y a los Sres. Carlos Alberto Portales Cifuentes, Carlos Octavio Ominami Pascual y José Rodríguez Elizondo. Junto con ello, corresponde aceptar la renuncia voluntaria al cargo antes mencionado, de los Sres. Cristóbal Benjamín Bywaters Collado y Jaime Rodrigo Gazmuri Mujica, debido a la incompatibilidad de funciones que expresan en sus respectivas cartas. 8.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, es necesario dictar el correspondiente acto administrativo que modifique el listado de académicos/as y personalidades de reconocida versación que integran el Consejo de Política Exterior. 9. Que, en todo lo no modificado, rige plenamente lo dispuesto en la resolución ministerial exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, de esta Cartera de Estado. Resuelvo: Artículo primero: Acéptase la renuncia voluntaria al cargo de integrante del Consejo de Política Exterior (CPE), remitida por los Sres. Cristóbal Benjamín Bywaters Collado (cédula de identidad Nº 17.325.118-1) y Jaime Rodrigo Gazmuri Mujica (cédula de identidad Nº 4.944.210 -6), por las razones que se indican en el séptimo considerando del presente acto administrativo.
Artículo segundo: Modifícase el listado que designa a los/as integrantes del Consejo de Política Exterior, señalado en el artículo primero de la resolución exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido de prescindir de las siguientes personas: - Cristóbal Benjamín Bywaters Collado, cédula de identidad Nº 17.325.118-1. - Jaime Rodrigo Gazmuri Mujica, cédula de identidad Nº 4.944.210 -6.
Artículo tercero: Compleméntese el listado que designa a los/as integrantes del Consejo de Política Exterior, establecido en el artículo primero de la resolución exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido de incorporar a los siguientes nuevos integrantes: - Marta Eliana Maurás Pérez, cédula de identidad Nº 5.318.156 -2. - Carlos Alberto Portales Cifuentes, cédula de identidad Nº 5.199.696 -8. - Carlos Octavio Ominami Pascual, cédula de identidad Nº 5.470.678 -2.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.707 Miércoles 22 de Noviembre de 2023Página 3 de 3 CVE 2408765 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl - Carolina Valdivia Torres, cédula de identidad Nº 12.124.634-1. - José Alejandro Rodríguez Elizondo, cédula de identidad Nº 3.649.490 -5. Artículo cuarto: Déjase establecido que, por razones impostergables de buen servicio, el presente acto administrativo regirá a contar de su dictación, sin esperar su total tramitación. Artículo quinto: Déjase establecido que, en todo lo no modificado, rige plenamente lo dispuesto la resolución ministerial exenta Nº 6, del 12 de enero de 2023, de esta Cartera de Estado, citada en los vistos. Anótese, publíquese y archívese. - Gloria de la Fuente González, Ministra de Relaciones Exteriores (S). Lo que transcribo a Us. para su conocimiento. - Claudia Rojo, Directora General Administrativa.