Nueva Ley de Delitos Económicos
Nueva Ley de Delitos Económicos Señor director: A partir del 1 de septiembre pas: do, comenzaron aregir las modificaciones introducidas por la Ley 21.595 sobre delitos económicos a la Ley 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. Estos cambios impactarán directamente a los modelos de prevención de delitos en las empresas, de todos los tamaños -grandes y Pymes, públicas o privadas que deberán adoptar este nuevo estándar en sus organizaciones. Se ha hablado poco sobre el hecho de que esta nueva legislación abarca, además de los delitos económicos ampliamente conocidos, también delitos relacionados con la seguridad social y el trabajo, tales como: 1.
La sanción al empleador que, sin consentimiento del trabajador, omita retener o ingresar las cotizaciones previsionales de un trabajador o declare pagarle una renta imponible o bruta menor a la real, reduciendo el monto de las cotizaciones. 2. El delito económico relacionado con el pago de remuneraciones desproporcionadas e inferiores al ingreso mínimo mensual, aprovechándose gravemente de la situación de necesidad, la inexperiencia ola incapacidad de discernimiento del trabajador. 3.
La incorporación de delitos económicos contra la seguridad de las personas, incluyendo aquellos cometidos por imprudencia temerametidos por imprudencia temeraria o por negligencia culpable (en el caso de médicos y farmacéuticos, por ejemplo). Esto resalta la importancia de las áreas de prevención de riesgos para las empresas, particularmente en las actividades que puedan significar un riesgo para la integridad de las personas. 4. Se incorpora como delito económico el delito de amenaza condicional, cumpliéndose o no el propósito del mal que se amenaza.
Finalmente, es crucial tener presente que las personas naturales, incluidos los trabajadores que sean consideradas penalmente como responsables de delitos económicos conforme a la ley, o bien, que hayan tenido conocimiento de la concurrencia de las circunstancias que establece la ley para que un delito sea considerado como delito económico, seles aplicarán agravantes y sanciones más duras, siendo absolutamente necesario que las empresas de todos los tamaños robustezcan sus modelos de prevención de delitos y los implementen en forma efectiva, aplicando, entre otras medidas, una capacitación permanente a sus trabajadores respecto de las conductas que pueden constituir una infracción a la ley. la ley. Nicolás García Lorca Cristóbal García Lorca socios García Parot Abogados socios García Parot Abogados.