Detalles de la querella y las autoridades a las que apunta la acción por cuasidelito de homicidio múltiple por el megaincendio
Detalles de la querella y las autoridades a las que apunta la acción por cuasidelito de homicidio múltiple por el megaincendio Fue Fue la noche de este martes martes 1 de octubre cuando la Salade la Cámara de Diputados, Diputados, mediante 65 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, aprobó el informe de la Comisión Especial Investigadora (CEI) del Megaincendio del 2 y 3 de febrero en Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana, Alemana, catástrofe que terminó con la vida de 137 personas, destruyó más de 8 mil viviendas por acción del fuego y dejó a más de 22 mil damnificados. 72 horas después, el presidente de dicha instancia legislativa, el diputado diputado Tomás Lagomarsino, acudió al Juzgado de Garantía de Valparaíso Valparaíso para presentar una querello criminal contra quienes resulten responsables por cuasidelito de homicidio múltiple, con infracción al reglamento, y negligencia de parte de autoridades y funcionarios públicos, “que habría llevado al lamentable lamentable deceso 137 chilenos” El representante del Distrito 7 y militante del Partido Radical (PR), explicó que esta presentación se sustento en que “había información información más que suficiente (66 minutos minutos antes para el caso de Villa del Mar y 56 minutos antes para el caso de Quilpué, según se estableció estableció en la CEi del Megaincendio) para haber iniciado un proceso ficado (PMU. ) 66 minutos antes de las alertas de emergencias emitidas en Viña del Mar.
Pero, además, a las 17:40 horas, un vuelo alertó también también al PMU que el fuego se encontraba encontraba a 1 kilómetro de la localidad quilpueína de Pompeya Sur, aunque sin iniciarse el sistema de evacuación. evacuación. De hecho, pasaron 56 minutos hasta que las alertas fueron des pachadas pachadas ala Ciudad del Sol.
“Tenemos antecedentes suficientes suficientes para saber que había información para haber iniciado un proceso de evacuación mucho más planificado y coordinado para los sectores de Viña del Mar y Quilpué, y que hubiera podido, probablemente, evitar el fallecimiento fallecimiento de las 137 víctimas fatales, que es lo que estamos sosteniendo en nuestra querello criminal conpor el megaincendio j t.. jputado Lagomarsino ingresó una querella criminal ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso, instancia en la que solicitó una serie de diligencias, entre ellas, que se cite a declarar a una serie de autoridades técnicas, de Gobierno ymunicipales de Viña y Quilpué. de evacuación más coordinado, planificado, y no exclusivamente a través del Sistema de Alertas de Emergencias (SAE) como finalmente finalmente ocurrió Cabe recordar que a las 17:35 horas de aquel fatídico viernes 2 de febrero, una torre de vigilancia, ubicada entre los inicios de los focos focos y las zonas urbanas de Viña del Mar y Quilpué, alertó que el fuego iba rápidamente con destino a la Ciudad Jardín. Aquella información información llegó al Puesto de Mando Uni. Detalles de la querella y las autoridades a las que apunta la acción por cuasidelito de homicidio múltiple por el megaincendio tra quienes resulten res ponsables sostuvo el legislador.
FALTÓ INFORMACIÓN Junto a destacar que la información información recabada en la Comisión Especial Investigadora del Megaincendio Megaincendio es suficiente para circunscribir circunscribir las responsabilidades políticas y penales en diversas personas que estuvieron en el Puesto de Mando Unificado, Lagoniarsino lamentó que “no obtuvimos la información suficiente en nuestra inda gatoria, gatoria, porque evidentemente en algunas algunas preguntas que realizamos reinaba el silencio o evadían las preguntas cuando llegábamos a los puntos más complejos En ese sentido, expresó que “nosotros “nosotros tenemos claridad de quiénes quiénes podrían estar circunscritos a la responsabilidad penal, pero no somos capaces con la información información recabada de puntualizar cuál de todos ellos, o si más de uno, son los responsables. Aqu( teníamos un PMU en el que estaba trabajando colaba rativamente la Delegación Presidencial Regional que tenía el mando de autoridad; Conaf que tenía el mando técnico; y Senapred, que tenía el mando de coordinación.
Entre estos tres organismos organismos según el Plan regional de Emergencia debía tomarse la decisión e informar al Sistema de Respuesta ante Desastres que haLAQUERELLA En cuanto a la acción judicial presentada documento al que accedió Puranoticia. cl se circunscribieron circunscribieron las responsabilidades y, además, se pidieron una serie de diligencias, junto a aportar textos y archivos como el propio informe de la CEI, logrando individualizar individualizar aquellos que son más relevantes para la investigación. Entre estos están las bitácoras de Conaf de Sena pred y un oficio enviado enviado por la institución forestal con la información del vuelo de las 17:40 horas yla comunicación que hubo.
Sobre esta base, se solicitaron diligencias para que concurro a declarar al Ministerio Público el exdirector de Conaf Christian Little; el director regional de Conaf Leonardo Leonardo Móder; el comandante de Incidentes de Conaf Luis Correa; el jefe del Departamento de Protección Protección contra Incendios Forestales, Juan Atienza; todos los cuales se encontraban presentes el Puesto de Mando Unificado aquel viernes 2 de febrero. Las diligencias también apuntan a Paula Gutiérrez, seremi de Justicia Justicia que aquel día se desempeñaba como Delegada Presidencial Regional Regional subrogante de Valparaíso; así como también a una asesora del mismo organismo gubernamental.
En la querello también se indica que se busca obtener las declaraciones declaraciones de un funcionario de Senapred Senapred que estuvo en el PMU; los dos que habrían estado en la torre torre de vigilancia; los que estaban en el vuelo de reconocimiento que sobrevoló Pompeya Sur; el director director regional de Sena pred; y todos los funcionarios que estaban en el PMU, además de las alcaldesas Macarena Ripamonti y Valeria Melipillán, junto a sus jefes de Departamentos Departamentos de Gestión de Riesgo y Desastres de Viña y Quilpué.
CRÍTICAS A DELEGADA Consultado respecto a las declaraciones declaraciones de la delegada presidencial presidencial regional de Valparaíso, Sofía González, quien señaló que no se debían determinar los res ponsabilidades ponsabilidades políticas, sino sólo las materiales, materiales, el diputado Lagomarsino puntualizó que “me parece una declaración bien desafortunada, porque recordemos que en 2010, cuando fue el terremoto del 27F, el Subsecretario del Interior y la ex Directora de Onemi de aquel entonces entonces fueron juzgados y sentenciados sentenciados por la justicia de nuestro país por los mismos artículos que estamos invocando hoy, producto del fallecimiento de las personas por el tsunami que no fue advertido advertido “No sólo se debe indagar, investigar, investigar, llevar a la justicia y condenar a los responsables materiales materiales del incendio, sino que la justicia también debe indagar los actos u omisiones que llevaron a esta cifra.
De hecho, esto está considerado en el Código Penal, en el Artículo 492, que establece que todo aquel que incumpliendo los reglamentos o actúe con negligencia negligencia indebida y aquello resultare en fallecimiento, puede ser condenado en el presidio que determina el Código Código Penal continuó.
Considerando esto último, el parlamentario PR dijo que “aquí, la Delegada, yo diría que está tratando tratando de exculpar res ponsabilidad ponsabilidad a autoridades y funcionarios públicos, que me parece que no es lo debido en un incidente que llevó llevó al lamentable fallecimiento de 137 personas agregado que “sostenemos “sostenemos en la querello que había información suficiente en el Puesto de Mando Unificado para haber iniciado iniciado un proceso de evacuación con antelación, de 66 minutos en Viña y 56 para Quilpué PRECEDENTES También expuso que “no individualizamos individualizamos la querella con ninguna de las autoridades en particular, porque sabemos que la decisión se dejó de tomar en el PMU, donde habían autoridades y funcionarios que tenemos claros quiénes estaban allí y que dejaron de tomar la decisión de evacuar evacuar oportunamente yde comunicarla comunicarla oportunamente al sistema” A ello agregó que “si nos basanios basanios en la experiencia, y el precedente precedente y la jurisprudencia del 27F de 2010, hay precedentes de que autoridades y funcionarios públicos públicos que, por su actuar u omisión en el ejercicio de sus funciones, llevaran al fallecimiento de chilenos chilenos y chilenas, pueden ser condenados condenados a presidio, independiente de las otras medidas que se puedan puedan adoptar Por último, luego que el ex director director regional de Conaf en Valparaíso, Alejandro Zuleta, afirmara que “no estábamos preparados para una emergencia Lagomarsino cerró diciendo que “uno no puede dejar de escuchar y encontrarle sentido, sentido, sobre todo después de haber escuchado oficial y extraoficialmente extraoficialmente a tantas personas durante durante el transcurso de la Comisión Especial Investigadora. Y por ello, damos fe que, dentro de nuestra apreciación, coincidimos en torno al estado de Conaf TRIBUNAL: GARANTIA DE VAIPARAISO MATERIA: CUASIDELITO DE HOMICIDIO PROCEDIMIENTO: DE ACCIÓN PENAl. PÚBLICA QUERELLANTE: TOMAS IGNACIO LAGOMARSINO GUZMÁN ABOGADO PATROCINANTE, TOMAS JOAQIJIN BARROS VALENZUELA QUERELLADOS: TOCO AQUEL OUE RESULTE RESPONSABLE EN LO PRJNICFAL: InIefpore querela cnn, mal. PRIMER OTROSI: Acomp&Ia documento. : SEGUNDO OTROSt Solicito dhgenaas. TERCER OTROSI: Patrocinio y poder: CUARTO OTROSI: Forma especial de, odficadon. S. J DE GARANTIA DE VALPARAJSO TOMAS IGNACIO LAGOMARSINO GUZMÁN. Cédula Naecoal de Idenhdad W Médco Cirujano. H. Diputado de la República. Pres, dente de la C, s:o Especial Ineabgadora del Mega lncendm que efecto la Región de Valparaleo en Febrero de 2024 de la CAmera de Diputadas y Dputadoe. dOmicAadO en Av.
Pedro MonI! SIN, comuna y región de Valparalso, cUS, digo: De confornirdad con lo dispuesto en los arbajlo. 53 y siguientes y 111 y siguientes del C6&ga Procesal Penal, vengo en interponer querelle awn. nal en contra de QUIENES RESULTEN RESPONSABLES por loe hecho. que configuren el cuasadeldo con resultado mséI, ple de hororodio. prenIstos y sanoonados en el mazo pómero del MIado 492. en relación a los A, llculoe 490 N9 y391 N1 y W2. todos del Código Penal, las deMos se configuran par Mo enlacedenlas de hecho y de derecho que paso a esponer. bía que proceder a una evacuación coordinada, planificada, encabezada encabezada por los municipios, con cooperación cooperación y apoyo de Carabineros, Bomberos Bomberos e incluso Fuerzas Armadas”.