Resolución exenta número 102, de 2025.- Aprueba Plan de Acción Regional de Cambio Climático
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.093 Viernes 7 de Marzo de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2617396 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Delegación Presidencial Regional de Antofagasta APRUEBA PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE CAMBIO CLIMATICO (PARCC), REGIÓN DE ANTOFAGASTA (Resolución) Núm. 102 exenta. - Antofagasta, 18 de febrero de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República en el artículo 115 bis y siguientes y demás pertinentes; DFL N 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; DFL 1-19.175, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; DFL 22/1959, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior de la República; Ley N 21.722 de Presupuestos para el Sector Público para el año 2025; lo dispuesto en la ley N 21.455, de 2022, “Ley Marco de Cambio Climático”, del Ministerio del Medio Ambiente; decreto supremo N 16/2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento que “establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático”, publicado en Diario Oficial el 21 de diciembre de 2023; decreto N 15/2024, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento que establece Conformación y Funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático y de los Comités Regionales para el Cambio Climático, publicado en Diario Oficial el 25 de septiembre de 2024; resolución exenta N 235/2024, de fecha 29 de febrero de 2024, del Gobierno Regional de Antofagasta, que “da inicio del procedimiento de elaboración del Plan de Acción Regional de Cambio Climático de la Región de Antofagasta”; publicada en Diario Oficial el 9 de marzo de 2024; resolución exenta N 804/2024, de fecha 24 de julio de 2024, del Gobierno Regional de Antofagasta, cuyo extracto fue publicado en Diario Oficial el 3 de agosto de 2024, que “aprueba Anteproyecto del Plan de Acción Regional de Cambio Climático de la Región de Antofagasta”; oficio Ord.
N 02865/2024 del Gobierno Regional de Antofagasta, que invita a Cuarta Sesión del Comité Regional del Cambio Climático; Acta de Sesión N 4/2024, de fecha 16 de diciembre de 2024, del Comité Regional de Cambio Climático (Corecc) de la Región de Antofagasta, Acuerdo N 17769-25, de la Sesión Ordinaria N 770, de 6 de febrero de 2025, del Consejo Regional del Gobierno Regional de Antofagasta, que aprueba por unanimidad la Propuesta del “Plan de Acción Regional de Cambio Climático de Antofagasta (Parcc)”; oficio N 00352, de 18.02.2025, del Gobierno Regional de Antofagasta, que remite Plan de Acción Regional de Cambio Climático, Región de Antofagasta; los decretos supremos N 123 de 1995, N 30 de 2017 y N 209 de 2022, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulgan, respectivamente, la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Acuerdo de París adoptado en la Vigésimo Primera Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y El Caribe y su anexo N 1; ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente;lo dispuesto en la ley N 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; decreto N 77/2022, del Ministerio del Interior, que nombra Delegada Presidencial en la Región de Antofagasta; resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de la toma de razón; resolución N 14, de 29 de diciembre Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617396 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.093 Viernes 7 de Marzo de 2025 Página 2 de 3 de 2022, de la Contraloría General de la República, que determina los montos en UTM a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; oficio N 00352, de 6 de febrero de 2025, del Gobierno Regional de Antofagasta, que envía proyecto final Plan de Acción Regional de Cambio Climático, Región de Antofagasta con acuerdo CORE N 17769-25 de la sesión ordinaria N 770, de fecha 06.02.2025; y demás normas pertinentes.
Considerando: 1. - Que, en materia de cambio climático, Chile se ha hecho parte de los esfuerzos globales para combatirlo, a través de la adopción de los instrumentos internacionales más relevantes en la materia, a saber, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París, los que fueron promulgados en nuestro país, respectivamente, a través de los decretos supremos N 123/1995, N 349/2004, y N 30/2017, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 2.- Que, a nivel nacional, se están desarrollando instrumentos y acciones para enfrentar el cambio climático y dar cumplimiento a lo comprometido en los instrumentos internacionales anteriormente mencionados, en ese sentido, la ley N 21.455, Ley Marco de Cambio Climático (en adelante, “ley N 21.455 ”) es la normativa que establece las bases de la institucionalidad, instrumentos y procedimientos necesarios para un desarrollo bajo en emisiones, hasta alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero, a más tardar, al año 2050; aumentar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad a los efectos adversos del cambio climático; y dar cumplimiento a los compromisos internacionales adoptados por el país en materia de cambio climático. 3.- Que, la ley N 21.455 establece, en su Título II, una serie de instrumentos de gestión del cambio climático, entre los que se encuentran la Estrategia Climática de Largo Plazo, consagrada en el artículo 5, aprobada mediante Acuerdo N 33, del año 2021, del Consejo de Ministros de la Sustentabilidad y reconocida legalmente mediante el artículo 1 transitorio de la ley N 21.455 ; la Contribución Determinada a Nivel Nacional, en el artículo 7, aprobada mediante Acuerdo N 6 del Consejo de Ministros de la Sustentabilidad; los Planes Sectoriales de Mitigación y Adaptación del Cambio Climático, en los artículos 8 y 9, respectivamente; los Planes de Acción Regional de Cambio Climático, en el artículo 11; y los Planes de Acción Comunal de Cambio Climático, en el artículo N 12; los cuales en su conjunto conforman un sistema ordenado de instrumentos de gestión del cambio climático, de acuerdo al ámbito en el cual producen sus efectos. 4.- Que, el artículo 24, inciso 1, de la ley N 21.455, establece que los Corecc se conformarán por la Gobernadora o Gobernador Regional, quien lo preside; la Delegada o Delegado Presidencial; las Secretarias o Secretarios Regionales Ministeriales de aquellos Ministerios que conforman el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, regulado en el artículo 71 de la ley N 19.300 ; por uno o más representantes de las municipalidades de la región; y por dos representantes de la sociedad civil. 5.- Que, el artículo 24, inciso 3, de la ley N 21.455, dispone que un reglamento del Ministerio del Medio Ambiente regulará la conformación y funcionamiento de los Corecc.
Dando cumplimiento a lo anterior, con fecha 25 de septiembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N 15/2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento que establece la conformación y funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático y de los Comités Regionales para el Cambio Climático ("Reglamento"). 6.- Que, a mayor abundamiento, el artículo 11 de la ley N 21.455, señala que los Planes de Acción Regional de Cambio Climático, contendrán los objetivos, acciones y medidas concretas para la gestión del cambio climático en la región, y mandata que estos instrumentos sean elaborados por los Comités Regionales para el Cambio Climático, organismos contemplados en el artículo 24 de la señalada ley.
Asimismo, el artículo segundo transitorio de dicha ley disponía que los Planes de Acción Regional de Cambio Climático deberían elaborarse en el plazo de 2 años, contados desde la publicación de la Estrategia Climática de Largo Plazo, a saber, el día 3 de noviembre de 2024.7.- Que, conforme lo establecido en considerando anterior y en partir en los artículos 50 al 63 del decreto supremo N 16/2023, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en Diario Oficial 21 de diciembre de 2023, el Gobierno Regional de Antofagasta mediante resolución N 235/2024, de fecha 29 de febrero de 2024, publicada en Diario Oficial con fecha 9 de marzo de 2024, que “Dio Inicio del Procedimiento de la Elaboración del Plan de Acción Regional para el Cambio Climático de la Región de Antofagasta”. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617396 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.093 Viernes 7 de Marzo de 2025 Página 3 de 3 8. - Que, en razón de la cronología establecida en el reglamento normado por el DS N 16/2023, a través de resolución exenta N 804/2024, de fecha 24 de julio de 2024, del Gobierno Regional, se “Aprobó Anteproyecto del Plan de Acción Regional para el Cambio Climático de la Región de Antofagasta”, cuyo extracto fue publicado en Diario Oficial el 3 de agosto de 2024.9.- Que, con fecha 16 de diciembre de 2025, se llevó a cabo la Sesión N 4 del Comité Regional de Cambio Climático, instancia en la cual el referido comité presidido por el Gobernador de la Región Antofagasta, aprobó de forma unánime el Proyecto Definitivo del Plan Acción Regional de Cambio Climático, en conformidad a lo establecido en el artículo 62del DS N 16/2023, lo cual ha quedado refrendado en Acta de la cuarta Sesión, disponible en sitio web del Ministerio del Medio Ambiente, Sección Cambio Climático - Organismos Colaboradores - CORECC. 10. - Que, el artículo 62 sobre “Acuerdo favorable del Gobierno Regional” del decreto supremo N 16/2023, señala que “Una vez aprobado el proyecto definitivo, el Comité Regional para el Cambio Climático, lo remitirá al Consejo Regional para su discusión y generación de un acuerdo, en conformidad a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 11 de la ley N 21.255.
El acuerdo favorable deberá ser remitido por la Presidencia del señalado Comité al Delegado Presidencial Regional respetivo para la dictación del acto administrativo correspondiente”. 11. - Que en razón del considerado anterior, el Consejo Regional de Antofagasta, mediante Acuerdo 17769-25 de la Sesión Ordinaria N 770, de fecha 6 de febrero de 2025, aprobó la propuesta del Plan de Acción Regional de Cambio Climático, Región de Antofagasta. 12. - Que la elaboración de la Propuesta del Proyecto Definitivo del Plan de Acción Regional de Cambio Climático, Región de Antofagasta, fue consecuencia del trabajo encabezado por el Gobierno Regional de Antofagasta, con la elaboración de aquellas autoridades comunales, regionales y nacionales que integran el Corecc de Antofagasta, con el soporte técnico de profesionales del Ministerio del Medio Ambiente, quien actuó como Secretaría Técnica del mencionado Comité, de las Secretarías Regionales Ministeriales de la Región de Antofagasta, de instituciones públicas sectoriales, funcionarios municipales y academia, entre otros; ya sea en su calidad de integrantes u órganos coadyuvantes; considerando también; procesos participativos ciudadanos reglamentarios y voluntarios.
Todo lo cual ha quedado refrendado en el expediente del instrumento disponible en www.goreplanifica.cl. 13. - Que, la ley N 19.175 en su artículo 2 letra o) establece que “Corresponderá al delegado presidencial regional: o) Dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones, y Resuelvo: Primero: Apruébese, el Plan de Acción Regional de Cambio Climático (Parcc), de la Región de Antofagasta, teniendo presente que fue aprobado por unanimidad de los votos de los Consejeros Regionales de la Región de Antofagasta, presentes enSesión Ordinaria N 770 celebrada el 6 de febrero de 2025, en conformidad a lo establecido en el artículo 62 y 63 del decreto supremo N 16/2023, lo cual se entiende del presente acto. Segundo: Publíquese, la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Delegación Presidencial Regional de la Región de Antofagasta.
Tercero: Publíquese de manera íntegra la presente resolución en el Diario Oficial de la República, conforme dispone el artículo 63 del decreto N 16/2023 que aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los instrumentos de gestión del cambio climático. Anótese, publíquese y archívese. - Miguel Alberto Ballesteros Candia, Delegado Presidencial Regional de Antofagasta (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617396 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl