Autor: M. MATHIEU
Chile Vamos va al TC por casa de Allende buscando diferenciarse de texto de Republicanos
El documento busca el cese de cargo de la senadora Allende, al igual que el de la tienda de José Antonio Kast, aunque tiene 50 páginas más y refuta algunos argumentos de la defensa.
Con el paso de los días, no termina de incomodar en el Congreso las incógnitas que permanecen abiertas sobre el nivel de responsabilidad que tuvieron la ministra de Defensa, Maya Fernández, y la senadora socialista Isabel Allende en la fallida compra de la casa del expresidente Salvador Allende.
Así, a un primer requerimiento que ingresó la bancada del Partido Republicano al Tribunal Constitucional pidiendo evaluar tanto la responsabilidad de la ministra como de la senadora, se sumó ayer el documento ingresado por Chile Vamos. A diferencia del republicano, Chile Vamos ingresó el suyo tres días después, en un texto elaborado por múltiples abogados y con una longitud de 70 páginas, mientras que el de republicanos tiene 20. Si bien los y normas a las que se apelan no se diferencian mucho entre sí, la manera de presentar sus argumentos por parte de Chile Vamos es la que se distancia de republicanos.
Y es que si bien los involucrado mencionan que en un comienzo era la intención irjuntos al TC, finalmente por temas de tiempo y de forma presentaron sus requerimientos por separado, además de que ninguno de los actores quería quedarse fuera del triunfo que implicaría si el TC les otorga la razón en el cese del cargo. ¿ Qué dicen los argumentos? En el escrito de ChV, se argumenta la cesación en el cargo por cuatro razones.
La primera se explica por el sentido y alcance de la Ayer un grupo de parlamentarios de Renovación Nacional, la Unión Demócrata Independiente y Evópoli, llegaron al Tribunal Constitucional para ingresar un requerimiento por el posible cese del cargo de la senadora Isabel Allende.
M Contraloría: decreto por casas de Aylwin no incluyó tasación Según publicó ayer La Segunda, desde 2022 que el Estado mostró interés en adquirir los inmuebles —la residencia y la oficina— que pertenecieron al expresidente Patricio Aylwin, para transformarlos en museos. Así lo explica Miguel Aylwin Oyarzún, presidente del directorio de la fundación que lleva el nombre del exmandatario.
Pero en el proceso de adquisición hubo un error, aunque este no impidió seguir adelante el proceso: Contraloría, al revisar el decreto de autorización de la compra, notó que este no incorporaba las tasaciones de los inmuebles, el mismo punto que resaltó respecto de la compra de la casa de Salvador Allende que hoy está envuelta en una polémica.
El órgano fiscalizador reclama que el decreto no aclara cómo se estableció el precio de la transacción, aunque menciona que se entregaron antecedentes "tenidos a la vista” que hablan de dos cotizaciones comerciales externas y una hecha por el ministerio. “En lo sucesivo, deberá incorporarse expresamente en el pertinente acto administrativo”, señala Contraloría, en la nota del citado medio.
Ingresaron documento tres días después: Debido a los plazos en su tramitación, presentaciones serían resueltas en marzo Para el jueves 23 de enero fue programado el pronunciamiento sobre admisión a trámite del Tribunal Constitucional respecto de los requerimientos de legisladores republicanos y de Chile Vamos que buscan la cesación en el cargo de la senadora Isabel Allende (PS) por haber firmado el contrato de compraventa de la casa que pertenecía a su padre, el expresidente Salvador Allende, con el Gobierno. Ambas presentaciones apuntan a que la legisladora infringió la prohibición constitucional de celebrar contratos con el Estado, consagrada en el artículo 60 de la Carta Fundamental.
Al interior del TC confirman que, de ser admitidos a trámite, e independiente de eventuales etapas que pudieran producirse, un pronunciamiento sobre el fondo tendría lugar en marzo, pues durante febrero no hay pleno de ministros, sino que una sala que opera en sistema de turnos. Esto, ya que al superar el primer trámite, se otorgan 10 días de traslado para que las partes afectadas puedan responder. Transcurrido ese plazo, el pleno podría nar recibir la causa a prueba, para que todas las partes rindan la totalidad de evidencia que logren reunir. Eso, por un plazo de 15 días. Posteriormente, la causa quedaría en condiciones de ser puesta en tabla y tras oír alegatos, el pleno de ministros se pronunciaría respecto del fondo del asunto.
El proceso de adquisición del inmueble, si bien fue cancelado por parte del Ejecutivo, abrió un nuevo flanco que, además de acciones ante la justicia constitucional, incluye una querella penal en contra del Presidente Gabriel Boric, y esta semana la Fiscalía Regional de Coquimbo y la Policía de Investigaciones realizaron diligencias en el Ministerio de Bienes Nacionales, en donde accedieron a documentos y versiones de funcionarios involucrados. causal de cesación establecida en el artículo 60 de la Constitución. “Existe un acto jurídico el cual tiene por objetivo un provecho patrimonial personal propio que no es compatible con una prohibición que la Constitución ha establecido en términos claros y explícitos”, lee.
La segunda, dice relación con la doctrina del TC en materia de cesación en el cargo parlamentario y que “las prohibiciones son de Derecho Estricto”. “Las causales de interpretación son de derecho estricto, esto es, que no es lícito para fijar el sentido y alcance de la causal de cesación invocada extender su interpretación más allá de lo previsto en el tenor literal de la norma.
De esta manera, atentaría contra la propia jurisprudencia reciente del Tribunal Constitucional sostener que no procede la declaración de cesación o por ignorancia de la norma, o porque no existió daño al patrimonio fiscal, o porque la Honorable Senadora Isabel Allende Bussi concurrió de buena fe a la celebración del Contrato de compraventa por interpósita persona”, dice el escrito. Siguiente, se plantea que “la senadora Allende celebró el contrato con el Estado a sabiendas o no pudiendo menos que saber la existencia de prohibición constitucional expresa.
Inoponibilidad del argumento de la buena fe”. Y por último, postulan: “Incluso si el excelentísimo Tribunal Constitucional considerase que por algún razón jurídica el contrato no se encuentra perfeccionado, la causal de cesación tiene aplicación al tenor literal del artículo 60 inciso tercero”. Pero además se incluyen contraargumentos a algunos delos lineamientos que se han filtrado serían la argumentación de la defensa de Allende, como que las autoridades celebran constantemente contratos implícitos con el Estado como, por ejemplo, al usar el Metro.
Así, se lee “es evidente que si un parlamentario asiste a un centro asistencial la red de salud y desembolsa una prestación pecuniaria, abre con Banco Estado la cuenta necesaria para dar cumplimiento a las normas sobre transparencia, límite y control de gasto electoral o celebra un contrato de transporte a fin de utilizar el Metro de Santiago, no incurre en la causal de cesación. Por lo demás, no estarían contratando con la persona jurídica del Fisco, sino con otros entes personificados del Estado que no tienen la capacidad para poder representarlo patrimonialmente. Sin embargo, y siempre de acuerdo al acta de la comisión Ortúzar, distinta es la situación cuando se verifica la realización de un contrato especial y particular con miras a obtener un provecho económico individual”.