Ministerio de Obras Públicas Solicitud de Traslado de Derecho Aprovechamiento Aguas Superficiales
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas PROVINCIA DE PETORCA Solicitud de traslado de derecho aprovechamiento aguas superficiales Milo Millán Romero, ingeniero civil, Director Nacional de Obras Hidráulicas (S) en representación de la DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS, ambos domiciliados en Morandé 59, piso 5° de Santiago y para estos efectos en Embalse Aromos, ubicado en Camino Internacional Tabolango s/n, comuna de Limache, provincia de Quillota, Región de Valparaíso, al Sr. Director General de Aguas digo: 1.
Por medio de las Resolución DGA, Región de Valparaíso Nº 25, de 2015, se constituyó en favor de la Dirección de Obras Hidráulicas, un derecho de aprovechamiento consuntivo, de ejercicio eventual y discontinuo, entre los meses de septiembre, octubre y noviembre, sobre las aguas superficiales y corrientes del río Sobrante, por caudal de 34 litros por segundo en septiembre; de 583 litros por segundo en octubre y de 628 litros por segundo en noviembre, con un volumen anual eventual de 3 Hm3/año, en la provincia de Petorca, Región de Valparaíso. El derecho indicado se encuentra inscrito a fs. 25 N° 15, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Petorca, correspondiente al año 2022. También, el derecho se encuentra anotado en el Registro Público de Derechos de Aprovechamiento de Aguas, como consta del Certificado N° 3.156, de 2022.
Las aguas correspondientes al derecho de aprovechamiento indicado, se captan en forma gravitacional desde el río Sobrante, afluente del río Petorca, en un punto definido por las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.433.550 y Este: 332.400, Datum Provisorio Sudamericano de 1956.2.
Para los efectos del futuro Embalse Las Palmas, se hace necesario solicitar dos cambios de puntos alternativos e indistintos de captación de las aguas, además de mantener el punto de captación original. a) Punto alternativo 1, definido por las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.433.089 y Este: 323.740, Datum WGS 84, Huso 19s, lugar que corresponde al de la bocatoma del Canal Alimentador del Embalse Las Palmas, determinado por la RCA del Proyecto Embalse Las Palmas. b) Punto alternativo 2, definido por las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.433.906 y Este: 324.502, Datum WGS 84, Huso 19.
El derecho de aprovechamiento cuyos cambios alternativos de captación se solicita es de uso consuntivo, de ejercicio eventual y discontinuo, entre los meses de septiembre (34 litros por segundo); octubre (583 litros por segundo) y noviembre (628 litros por segundo). Las aguas se captarán en forma gravitacional, indistintamente en cualquiera de los puntos alternativos indicados. Conforme a lo previsto en el artículo 163 del Código de Aguas, solicito al Sr. Director General de Aguas, se sirva autorizar a mi representada la Dirección de Obras Hidráulicas, el cambio de puntos de captación alternativos del derecho de aprovechamiento indicado.