Resolución exenta número 1.792, de 2024.- Delega funciones en el cargo que señala
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.941 Martes 3 de Septiembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2538977 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Subsecretaría de Relaciones Exteriores DELEGA FUNCIONES EN EL CARGO QUE SEÑALA (Resolución) Núm. 1.792 exenta. - Santiago, 23 de agosto de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en el DFL 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.255, que establece el Estatuto Chileno Antártico; en la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo Nº 41, de 2020, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo Nº 62, de 2023, que aprueba Reglamento del artículo 25 de la ley Nº 21.255, sobre las condiciones y requisitos para realizar actividades antárticas no estatales; el decreto supremo Nº 63, de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueba Reglamento del artículo 31 de la ley Nº 21.255, sobre las condiciones y requisitos para realizar las actividades de turismo en la Antártica, y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, el artículo 37 de la ley Nº 21.255, que establece el Estatuto Chileno Antártico, señala que "el proponente de todo proyecto o actividad que se deba someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el medio ambiente antártico, deberá presentar, en la forma que determine el reglamento, una solicitud formal ante el Ministerio de Relaciones Exteriores". 2.
Que, el decreto supremo Nº 62, de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueba el Reglamento del artículo 25 de la ley Nº 21.255, sobre las condiciones y requisitos para realizar actividades antárticas no estatales, señala en su artículo 13 que el Ministerio de Relaciones Exteriores emitirá la resolución que apruebe o rechace las solicitudes para realizar actividades antárticas no estatales, y su correspondiente certificación de que el proyecto o actividad no pugna con la Política Antártica Nacional ni con la política exterior del Estado de Chile ante el Sistema del Tratado Antártico. 3.
Que, el decreto supremo Nº 63, de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueba el Reglamento del artículo 31 de la ley Nº 21.255, sobre las condiciones y requisitos para realizar las actividades de turismo en la Antártica, establece en su artículo 12 que el Ministerio de Relaciones Exteriores se pronunciará sobre las solicitudes para realizar actividades de turismo en la Antártica y certificará que el proyecto o actividad no pugna con la Política Antártica Nacional ni con la política exterior del Estado de Chile ante el Sistema del Tratado Antártico. 4.
Que, la delegación de facultades es una institución contemplada en el artículo 41 del DFL 1-19.653, cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cuales posible delegar el ejercicio de determinadas atribuciones y facultades propias de las que se encuentra dotado el titular de uno de los mismos, en razón de su cargo, mecanismo que deberá efectuarse en forma parcial, sobre materias específicas y en funcionarios de su dependencia. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2538977 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, el numeral 12 del artículo 12 de la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores, señala que corresponderá a la Subsecretaría de Relaciones Exteriores "cumplir las funciones que el Ministro de Relaciones Exteriores le instruya o delegue". 6.
Que, en virtud del principio de celeridad, dado lo acotado de los plazos establecidos para resolver las solicitudes de autorización para realizar actividades de turismo y no estatales en la Antártica, y con el objeto de agilizar el procedimiento, resulta necesario delegar en la Subsecretaria de Relaciones Exteriores la función de resolver sobre las solicitudes para realizar actividades de turismo y no estatales en la Antártica y certificar que los proyectos o actividades no pugnen con la Política Antártica Nacional ni con la política exterior del Estado de Chile ante el Sistema del Tratado Antártico. Resuelvo: 1. Deléganse en la Subsecretaria de Relaciones Exteriores, o en quien la subrogue, las facultades deejercer las siguientes funciones: 1.1.
Resolver las solicitudes de autorización para realizar actividades antárticas no estatales, y en caso de corresponder, la certificación de que el proyecto o actividad no pugna con la Política Antártica Nacional ni con la política exterior del Estado de Chile ante el Sistema del Tratado Antártico, en conformidad al procedimiento establecido en el decreto supremo Nº 62, de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores. 1.2.
Resolver las solicitudes de autorización para realizar las actividades de turismo en la Antártica y en caso de corresponder, la certificación de que el proyecto o actividad no pugna con la Política Antártica Nacional ni con la política exterior del Estado de Chile ante el Sistema del Tratado Antártico, de acuerdo al procedimiento establecido en el decreto supremo Nº 63, de 2023, del Ministerio de Relaciones Exteriores. 2. La presente resolución entrará en vigencia a contar de su publicación en el Diario Oficial. Anótese, publíquese y archívese. - Albert van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores. Lo que transcribo a Us. para su conocimiento. - Claudia Rojo, Directora General Administrativa. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2538977 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl