Autor: Redacción La Estrella
Corte rechaza recurso de Coyo en contra de acuerdo Codelco-SQM
Corte rechaza recurso de Coyo en contra de acuerdo Codelco-SQM a Corte de ApelacioL: de Antofagasta reIchazó el recurso de protección presentado (20 de junio de 2024) por la comunidad atacameña de Coyo en contra el acuerdo celebrado entre Codelco y SQM para la materialización de la Estrategia Nacional del Litio, por considerar que dicha suscripción no representa un actoque habilite, por ahora, la intervención del Salar de Atacama, la tramitación de permisos ambientales y consultas indígenas respectivas.
En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Virginia Soublette, Juan Opazo y el abogado Marcelo Díaz rechazó la acción cautelar al no existir un acto ilegal o arbitrario por parte de las recurridas al suscribir el acuerdo.
“(... ) esta Corte no advierte la existencia de un actuar ilegal o arbitrario que importe una pertur-bación o amenaza de las garantías constitucionales invocadas por la recurrente, toda vez que el referido acuerdo tiene como fin establecer el marco legal y condiciones comerciales entre Codelco y SQM para que en un futuro desarrollen actividades tendientes a explotar el litio en el Salar por intermedio de la sociedad conjunta, por lo tanto no es un acto o medida administrativa que habilite la explotación de recursos mineros de propiedad del Estado, ya que la referida asociación, está supeditada a una futura suscripción de contratos, como también a la obtención de los permisos ambientales y la correspondiente consulta indígena, tal como se establece en el Acuerdo de Asociación y en las normas citadas precedente; asociación que a la fecha no se ha hecho efectiva, ya que previamente es necesario que se dé cumplimiento a las diversas obligaciones acordadas entre las partes”, sostiene el falo. tas, el recurso deducido por Gabriel Muñoz, abogado, en representación de la Comunidad Ataca'meña de Coyo, en contra de la Corporación Nacional del Cobre de Chile y de la Corporación de Fomento de la Producción”. %La resolución agrega que: “(... ) en cuanto al actuar arbitrario alegado por la recurrente al escogera SQM para explotar el litio y no realizar una licitación pública, no se observa vulneración alguna a la norma, ya que tal co-mo se expuso en el consi-derando precedente, tanto el régimen constitucional, organización, administración y explotación minera que constituye el giro de Codelco”. Por tanto, se resuelve que: “Se rechaza, sin cos-. Rechazó la acción cautelar al “no existir un acto ilegal o arbitrario por parte de las suscriptoras al acuerdo”. LA CORTE SUPREMA RECHAZÓ EL RECURSO IMPUESTO POR LA COMUNIDAD DE COYO.