Se toparon con trabas para sus sillas de ruedas
Se toparon con trabas para sus sillas de ruedas Ir a ver un concierto, un evento deportivo o cualquier otro espectáculo debería ser un panorama en que todos disfruten, sin importar si la persona se traslada en silla de ruedas o si tiene movilidad reducida. No obstante, a veces encuentran obstáculos, como le ocurrió a Alexandro Montoya, quien nos contó que tenía entradas para ir a ver a Luis Miguel al Estadio Nacional. Cuando consultó si había estacionamientos para personas discapacitadas, le dijeron que no disponen de ellos. "¿Qué pasó con la inclusión?", nos señaló en su carta. Enviamos su reclamo a la productora y no obtuvimos respuesta.
Ronald Motzfeld quiso ir al Chile Open en el Estadio San Carlos de Apoquindo y se dio cuenta de que no existe ninguna rampa para ingresar al recinto. "Está lleno de escalas simples y accesos dobles en curvas, más aún en las esquinas, lo que es inentendible. Las personas en silla de ruedas seguimos condenadas de antemano, más aún en el que considero mi propio estadio", reclama. Del club Universidad Católica acusaron recibo de esta carta, pero no nos dieron una respuesta.
Consultamos en el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis) y nos dijeron que el DS N 50, del Minvu, incorpora las normas necesarias para dar cumplimiento a la Ley N 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, referente a obligaciones en materia de accesibilidad universal. Adecuaciones Las adecuaciones que se especifican aplican en todo edificio de uso público y en aquellos que presten servicio a la comunidad, así como las nuevas edificaciones colectivas. El resultado es que las personas con movilidad reducida no tengan dificultades para el acceso a estos inmuebles. Ello incluye teatros, cines, auditorios, patios de comida, recintos educacionales y servicios de salud, entre otros.
En el caso de las edificaciones, corresponde fiscalizar a las direcciones de Obras Municipales (DOM), de acuerdo con la Ley N 20.422, y a la Contraloría en los casos que legalmente no pueda cubrir una DOM. Precisaron que el juzgado de policía local puede cursar multas de 10 a 120 UTM e incluso clausurar o cerrar un espacio, aseguran en el Senadis.
En cuanto a los conciertos y eventos m u s i c a l e s m a s i v o s, l a L e y N 21.205 (sobre fomento de la música chilena) fija ciertos requisitos. Entre ellos, que el recinto debe disponer de espacios reservados para personas en situación de discapacidad, ubicados en áreas que cuenten con visibilidad y comodidad adecuadas.
A su vez, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) señala que los edificios que se construyan tienen que ceñirse a una serie de normas cuando su cabida total sea superior a mil personas, o si las aposentadurías para el público comprendan más de un piso principal y un balcón o galería.
En los sectores destinados a las aposentadurías o a los asientos fijos se dispondrá de espacios libres horizontales, con determinado largo y ancho, reservados para personas en silla de ruedas, contemplando lugar suficiente para un acompañante. Las especificaciones contempladas en la norma se aplican a los anfiteatros o las graderías que se consulten al interior de espacios públicos o privados. En cuanto a los establecimientos deportivos y recreativos, aclaran que se aplican las condiciones generales de diseño, seguridad y habitabilidad de la OGUC.
Para los estacionamientos, la Ley N 19.900 (2003) introdujo modificaciones a la Ley N 18.290 (de Tránsito), y determina que en todas las vías públicas en que esté permitido estacionar, gratuitamente o no, las municipalidades deberán establecer dos lugares por cada tres cuadras, destinados exclusivamente para personas con discapacidad. Estos sitios deben estar señalizados y los puede ocupar cualquier vehículo que las transporte. Personas con discapacidad: Fueron a espectáculos en recintos donde no había facilidades para desplazarse. En Senadis explican lo que indica la ley en materia de inclusión. ASIENTOS La ley fija la cantidad de asientos para personas con discapacidad. Por ejemplo, sobre 501 y hasta 5.000 asientos, los espacios libres horizontales deben ser 5 más 1 por cada 300 o fracción. Se toparon con trabas para sus sillas de ruedas FUTURO. -Ronald Motzfeld confía en que el nuevo estadio del club del que es hincha tenga las facilidades para que pueda ir a los partidos..