Se desestima daño ambiental tras derrame de kerosene en bahía de Caldera
Se desestima daño ambiental tras derrame de kerosene en bahía de Caldera En vista de las pruebas presentadas, el Primer Tribunal Ambiental, concluyó que el derrame de kerosene de aviación registrado el 25 de enero de 2023, no tuvo la significancia suficiente para generar un daño ambiental en la columna de agua, sedimentos y fauna bentónica de la bahía de Caldera, de manera que, al no verificarse dicho elemento central de la responsabilidad, la demanda fue desestimada.
La demanda de la Municipalidad de Caldera se sustentó en un informe que presentó diversas deficiencias metodológicas, consistentes en falta de enfoque y de diseño, tratándose de un análisis puntual y limitado en su alcance de espacio y tiempo, el cual resulta insuficiente por sí solo para sustentar la existencia de un menoscabo significativo al medio marino.
Adicionalmente, se rindió diversa prueba en el procedimiento, tras cuyo análisis el la existentribunal descartó cia de una afectación significativa que constituya daño sobre la columna de agua, los sedimentos submareales y la biota marina submareal e intermareal derivado del derrame, ya que el ecosistema marino costero ha conservado su estabilidad y funcionalidad, sin alteraciones permanentes atribuibles al evento que motivó la presente acción de responsabilidad por daño ambiental.
“El tribunal rechaza la excepción de la falta de capacidad de la demandante, afirmando que la Ilustre Municipalidad de Caldera tiene legitimación activa para actuar en defensa del medio ambiente en su territorio, en su comuna. Pero por otro lado, la demanda de reparación por daño ambiental fue desestimada al no encontrarse evidencia suficiente de un daño ambiental significativo producto del derrame de hidrocarburos.
Hay que entender que nuestra legislación indica que hay daño ambiental, cuando este es de carácter significativo, respecto del medio ambiente o alguno o más de sus componentes ambientales, cosa que en los hechos no ocurrió”, explicó el ministro titular en ciencias, Marcelo Hernández.
Sin perjuicio de la inexistencia de un daño ambiental, el Tribunal reconoció la capacidad y legitimación de la Municipalidad de Caldera para demandar la reparación del daño ambiental que ocurra en el espacio marino colindante la comuna.
En este sentido, se enfatiza en la sentencia que los ecosistemas marinos costeros mantienen una estrecha interrelación con las zonas costeras, especialmente debido a las actividades que allí se desarrollan, existiendo entre ambos un vínculo permanente y continuo. En este sentido, los hechos que afectan el espacio marítimo pueden proyectarse hacia el medio terrestre al que se conectan, tal como se alegó en este caso..