"Energía nuevos clientes libres"
“Energía: nuevos.
Y clientes libres Señor Director: En el editorial del viernes "Energía: nuevos cliente libres” se indica erróneamente que los nuevos clientes libres, aquellos con potencias conectadas entre 500 kW y 300 kW, no concurrirían a pagar la deuda que se mantiene con los generadores por el congelamiento de las tarifas eléctricas.
Al respecto, es necesario recordar que tanto la Ley 21185 (PEC 1) como la Ley 21472 (PEC 11) señalan que un cliente regulado al cambiar al régimen libre deberá participar de los mecanismos de estabilización, en igualdad de condiciones con los clientes regulados y el resto de los clientes libres, a través de una componente especffica que finalmente se adicionará a la tarifa. De acuerdo con lo anterior, aquellas pymes que teniendo la opción elijan ser cliente libre pagarán la parte de la deuda que les corresponde.
Lo mismo ocurre con los actuales clientes libres, con potencias conectadas de más de 500 kW que optaron por acceder al mercado libre, los que también deberán concurrir al pago de la deuda, en caso de haber uso de los mecanismos establecidos en las leyes PEC 1 y Tal como lo expresa el editorial, la rebaja del límite de la potencia beneficiará a un sector importante de la economía de nuestro país, permitiendo a miles de pymes poder optar a tarifas atractivas, elegir el tipo de energía que quieren consumir, además de tener a su disposición una amplia gama de servicios relacionados con el suministro eléctrico. EDUARDO ANDRADE HOURS Secretario ejecutivo Asociación Chilena de Comercializadores de Energía, ACEN