Decreto número 23, de 2023.- Nombra a don Juan Ricardo Vásquez Alarcón como Secretario Regional Ministerial de Minería en la Región de Aysén
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.966 Sábado 5 de Octubre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2552602 MINISTERIO DE MINERÍA NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE MINERÍA EN LA REGIÓN DE AYSÉN Núm. 23. - Santiago, 20 de noviembre de 2023.
Visto: Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 100 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio del Interior del año 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley Nº 29 del Ministerio de Hacienda del año 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Minería del año 2009, que establece y modifica requisitos específicos de ingreso y promoción de la planta del personal contenida en el decreto con fuerza de ley Nº 6, de 1990, del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 22, del Ministerio de Minería, del año 2023, que acepta renuncia voluntaria al cargo de Secretario Regional Ministerial de Minería de la Región de Aysén; en el oficio Nº 600, del Delegado Presidencial Regional de Aysén, del año 2023, que dispone terna; y en la resolución Nº 6 de la Contraloría General de la República del año 2019.
Considerando: 1. - Que, el artículo segundo del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Minería, del año 1990, modificado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, del año 2009, establece como cargos de exclusiva confianza de la planta de directivos del citado ministerio, a doce cargos de Secretarios Regionales Ministeriales, quienes serán los representantes del Ministerio en la Región, y colaboradores directos de los Delegados y Delegadas Presidenciales Regionales. 2.- Que, desde el 3 de octubre del año en curso, se encuentra vacante el cargo de Secretario Regional Ministerial del Ministerio de Minería de la Región de Aysén, de conformidad con el decreto supremo Nº 22 del Ministerio de Minería del año 2023 actualmente en trámite. 3.- Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva confianza de S.E. el Presidente de la República y es nombrado de entre las personas que figuren en la terna elaborada por el Delegado Presidencial Regional de Aysén, oyendo al Ministerio del ramo, de conformidad con el artículo 7 letra b) del Estatuto Administrativo, y artículo 62 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. 4.- Que, mediante el oficio Nº 600, del Delegado Presidencial Regional de Aysén, del año 2023, se ha remitido la tema con los nombres de las personas propuestas para el cargo de Secretario Regional Ministerial de Minería de la Región de Aysén, de conformidad a lo establecido en el artículo 2 letra k) de la ley Nº 19.175.5. - Que la persona individualizada a continuación reúne los requisitos necesarios para desempeñar el cargo de Secretario Regional Ministerial de Minería de la Región de Aysén, existiendo opinión favorable del Ministerio de Minería. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2552602 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Departamento de Previsión Social y Personal Área de Control de Personal de la Administración Cursa con alcance decreto Nº 23, de 2023, del Ministerio de Minería Nº ES 28.835. - Santiago, 27 de septiembre de 2024.
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento singularizado en la suma, mediante el cual se nombra a don Juan Ricardo Vásquez Alarcón en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Minería de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, por cuanto se ajusta a derecho.
Sin embargo, cumple con hacer presente que el señor Vásquez Alarcón asumió sus funciones el 20 de noviembre de 2023, mientras que el acto administrativo fue ingresado a esta Entidad de Control, para su trámite de toma de razón, el día 11 de marzo de 2024.
Al respecto, es del caso precisar que la tardanza señalada implica una infracción al artículo 3º inciso segundo de la ley Nº 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a los órganos de la Administración del Estado el deber de observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación e impulsión de oficio del procedimiento; del mismo modo, tal demora supone el incumplimiento de lo preceptuado por el artículo 8º del mismo cuerpo legal, el que, como ha informado este Órgano Fiscalizador, entre otros, en sus dictámenes Nos. 53.114 y 27.815, ambos de 2008; 43.321 y 66.160, ambos de 2009 y 9.382, de 2010, exige a dichos órganos el actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites.
Asimismo, el retardo en la tramitación del acto en examen contraviene lo previsto en el artículo 7º de la ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, relativo al principio de celeridad, conforme al cual las autoridades y funcionarios deben actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites pertinentes.
En consecuencia, esa Cartera de Estado deberá, en lo sucesivo, remitir los actos administrativos que deban cumplir con el trámite de toma de razón, dentro de un tiempo prudente, que se ajuste a las normas expuestas previamente. Con el alcance que antecede, se ha dado curso al instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República (S). A la señora Ministra de Minería Presente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2552602 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl