Extracto de resolución exenta número 1.719, de 2023.- Aplica multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.900 Lunes 15 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2515783 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región del Maule NOTIFICACIÓN Res. Ex.
Nº 1.719/2023, de fecha 31/08/2023, Vistos: Lo señalado en la ley Nº 18.755 de 7 de enero de 1989, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283 de 5 de enero de 1994, por la ley Nº 20.161 y 20.227, ambas de 2007, ley 20.596 del año 2012, ley Nº 20.720 del año 2014; Lo señalado en la ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº 19.880.
Lo señalado en la resolución exenta RA Nº 240/995/2021, de fecha 12 de octubre de 2021, del Director Nacional del Servicio, lo señalado en ley Nº 19.473, que fija Normas de la Caza, Captura, Vedas y otras disposiciones relacionadas, lo señalado en la resolución exenta Nº 447/2022 de fecha 22 de enero de2022 del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y en la resolución Nº 7 de2019, de la Contraloría General de la República. - Considerando: 1. - Que, de conformidad al artículo 3 letra K) el Servicio Agrícola y Ganadero, es el organismo encargado de k) Aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre caza, registros genealógicos y de producción pecuaria, apicultura, defensa del suelo y su uso agrícola, contaminación de los recursos agropecuarios, habilitación de terrenos y protección de la flora del ámbito agropecuario y de la fauna terrestre bravía, cuyo hábitat esté en los ríos y lagos. 2.- Que a fojas Uno del expediente administrativo, se acompaña Parte Nº 05, boleta Nº 18294, cursada por Carabineros de Chile a Jhovani Alexander Gaete Vera, Cédula de Identidad Nº 21.776.650-8, con domicilio en Pje.
Lautaro Nº 234, Barrio Estación, comuna de Cauquenes, Región del Maule, por haberse comprobado la siguiente infracción: Efectuar caza deportiva de liebres y conejos con perros galgos y sin permiso del SAG, presunto infractor citado a comparecer para el día 29 de mayo de 2023.3.- Que, conforme lo establece el artículo Nº 12 de la ley 18.755, los inspectores del Servicioson ministros de fe y disponen “las denuncias formuladas por los inspectores o por el personal de Carabineros de Chile, constituyen presunción legal de haberse cometido la infracción. 4.- Que a fojas 3 rola consta acta de no comparecencia donde se indica que el inculpado no se presenta para prestar declaración en el día y hora citado en Boleta Nº 18294 y Parte Nº 05 de Carabineros de Chile 4º Comisaría Cauquenes, Retén Sauzal, ya mencionada. 5.- Que a fojas 04, rola informe del sustanciador que extractadamente indica los hechos denunciados, sugiriendo sancionar, recomendaciones no vinculantes para este sentenciador. 6.- Que, no habiéndose presentado descargos por el denunciado en la oportunidad procesal pertinente, se procederá a resolver sin más la denuncia realizada en su contra, estableciendo por acreditadas ambas conductas, lo que constituye infracción a los siguientes cuerpos legales. 7.- Que, se han infringido las disposiciones legales cuya fiscalización y control corresponde al Ministerio de Agricultura, en especial, lo señalado en los siguientes cuerpos legales: En lo que respecta a realizar caza sin permiso (carnet) del Servicio Agrícola y Ganadero: Lo señalado en el artículo 8 de la ley Nº 19.473 que dispone: “La caza sólo podrá practicarse previa obtención de un permiso de caza expedido por el Servicio Agrícola y Ganadero y con la autorización expresa del dueño de la propiedad en conformidad a los artículos 609 y 610 del Código Civil. El permiso de caza, que tendrá una vigencia de dos años calendario, habilitará a su titular para practicar la caza mayor o la caza menor, según corresponda. El otorgamiento de tal permiso estará sujeto a la aprobación de un examen y al pago de una tarifa que será determinada anualmente.
” En lo que respecta a realizar caza de liebres y conejos con perros: Lo señalado en el artículo 23 del decreto 5 que establece el reglamento de la ley 19.473, que dispone: "Artículo 23. - Las armas autorizadas para la caza menor serán las escopetas de calibre 10 o menor, sean éstas de acción manual o de repetición de no más de cinco tiros, los rifles calibre 22 de acción manual o de repetición, los rifles de aire comprimido, las ballestas y los arcos.". 8. - Que, las infracciones cometidas serán sancionadas en la forma siguiente: En lo que respecta a realizar caza sin permiso (Carnet) del Servicio Agrícola y Ganadero: Conforme lo dispone la ley Nº Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2515783 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Si no pagare la multa en el plazo establecido, o si se celebrare un convenio de pago, en caso de adeudar dos cuotas consecutivas, el total del remanente impago pasará a la Tesorería General de la República para el procesamiento de su cobro. 5.- Si en el acto de la notificación no fuere habido el infractor, ésta se hará a cualquier persona mayor de edad que se encontrare en el domicilio. Firma: Luis Fernando Pinochet Romero, Director Regional SAG, Región del Maule. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2515783 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl