Víctor Jara: Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso del secuestro y homicidio del cantautor
Víctor Jara: Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso del secuestro y homicidio del cantautor Máximo tribunal ratificó fallo que condenó a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios del artista y de Littré Quiroga, además de 10 años y un día de presidio, como autores de secuestro calificado. homicidios del artista y de Littré Quiroga, además de 10 años y un día de presidio, como autores de secuestro calificado.
José Navarrete José Navarrete A dossemanas de la conmemoración de los 50 años del Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, la Corte Suprema dio a conocer ayer lunes su sentencia definitiva contra siete miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado enelcaso del cantautor y director teatral Víctor Lidio Jara Martínez y del director de prisiones del gobierno de Salvador Allende, Littré Abraham Quiroga Carvajal.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministro Haroldo Brito, Jorge Dahm, la ministra Eliana Quezada y las abogadas (i) Carolina Coppo y Leonor Etcheberry descartó error en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre de 2021, que condenó a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios; y a 10 años y un día de presidio, como autores de los secuestros calificados. En tanto, el otrora oficial Rolando Melo Silva deberá purgar 5 años y un día y 3 años y un día de presidio, como encubridor delos homicidios y los secuestros, respectivamente.
Por otro lado, en el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar a cada uno de los demandantes, cónyuge e hijos de la víctima Littré Quiroga Carvajal, la suma de $150.000.000; y a cada uno de sus hermanos la suma de $80.000.000; en tanto, a la viuda e hijos de la víctima Víctor Jara Martínez, la suma de $150.000.000, para cada uno. La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por las defensas de los sentenciados. La noticia se dio a conocer coincidiendo con un acto que tuvo lugar en la Universidad de Santiago de Chile (Usach), encabezado por el Presidente Gabriel Boric. En esa casa de estudios, el 11 de septiembre de 1973 seibaarealizarla exposición fotográfica Por la vida... ¡Siempre!, con la presencia de Sal¿ re vador Allende. Víctor Jara era funcionario de la entonces Universidad Técnica del Estado y sería uno de los anfitriones de la actividad. El Golpe de Estado postergó 50 años la inauguración de la muestra. Víctor Jara fue detenido por militares en la UTE y trasladado al Estadio Chile para ser torturado y asesinado.
Quiroga se presentó en un regimiento y fue detenido El director nacional de Prisiones Littré Quiroga fue detenido el 11 de septiembre de 1973 cuando se fue a presentar voluntariamen Víctor Jara fue detenido en la Universidad Técnica del Estado (UTE), actual USACH. Víctor Jara fue detenido en la Universidad Técnica del Estado (UTE), actual USACH. te al regimiento Blindado N" 2 y trasladado hasta el Estadio Chile dos días más tarde. Tenía 33años. Su cuerpo fue encontrado en las cercanías del Cementerio Metropolitano, junto a otras cuatro personas, entre ellas Víctor Jara.
Egresado de Derecho de la Universidad de Chile, en junio de 2023 la Corte Suprema aprobó entregarle el título póstumo de abogado. "Las referidas detenciones fueron decididas por las autoridades administrativas sin ordenjudicial de ninguna naturaleza y bajo ningún procedimiento y, el encierro en el Estadio Chile, que era un lugar que se ocupaba para espectáculos deportivos y culturales, fue decidida por las autoridades y oficialidad que estaba a cargo del mismo, no teniendo facultad legal alguna para ello, sin haberse dejado constancia de la identidad de los detenidos, fecha y circunstancias de su detención, motivos y cargos que se les imputaban", señaló la Suprema en su fallo de 60 páginas. 44 y 23 impactos de bala En el texto se expone que entre el 13 y el 15 de septiembre de 1973 se practicaron interrogatorios a detenidos al interior del Estadio Chile, sin que ellos obedecieran a procedimientos judiciales y/o administrativos previos, algunos realizados por personal de la Segunda Fiscalía Militar de la época y, entre otros, fueron interrogados Víctor Jara y Littré Quiroga, sin que de estas actuaciones quedara constancia alguna, como tampoco de los supuestos cargos imputados o de la formación de algún proceso. "El día 15 de septiembre de 1973, se procedió a organizar el traslado de todos los detenidos del Estadio Chile al Estadio Nacional, siendo separados desde una fila de prisioneros, Víctor Lidio Jara Martínez, Littré Quiroga Carvajal y el médico del Presidente Allende, Danilo del Carmen Bartulín Fodich, porlos efectivos militares que estaban acargo del recinto, ordenándose que fueran llevados al sector de camarines, ubicado en el subterráneo del mismo, donde también había personal militar, instantes en que Danilo Bartulín fue llamado desde el primer piso por un oficial, para ser introducido a un vehículo en el cual fue finalmente trasladado al Estadio Nacionaljunto a otros detenidos, quedando en los camarines, en lugares diferentes, Víctor Lidio Jara Martínez y Littré Quiroga Carvajal, luego se les dio muerte a ambos, hecho que se produjo a consecuencia de, al menos, 44 y 23 impactos de bala, respectivamente, en todos los casos de calibre 9,23 milímetros, según se precisa en los correspondientes informes de autopsia y pericias balísticas, lo que corresponde al armamento de cargo que era utilizado por los oficiales del Ejército que se encontraban en dicho recinto", dice el histórico fallo. O Víctor Jara: Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso del secuestro y homicidio del cantautor.