DT descarta “reconsiderar” su dictamen sobre los trabajadores sin jornada laboral
DT descarta “reconsiderar” su dictamen sobre los trabajadores sin jornada laboral DT descarta “reconsiderar” su dictamen sóbÉe lós bj*iÓt SI jÓii$ 1ba1 1 El servicio entregó su respuesta a la solicitud de reconsideración de los gremios, declinando cambiar el pronunciamiento “por encontrarse plenamente ajustado a derecho”. os casones IrÓN Febrero fue un mesintensu para la Dirección del Trabajo (DT) ad portas de la entrada en vigencia en abril de la primera fase de la reducción de la jornada laboral de 45 a 44 horas semanales, el setvicio publicó una serie de dictámenespararesponderconsultas dictámenespararesponderconsultas particulares sobre este tránsito, Entre ellos hubo uno que desencadené desencadené una serie de críticas desde el mundo empresarial, y fue el que decía relación con la aplicación del nuevo inciso, del artículo 22 del Código del Trabajo, el cual regula a los trabajadores que están excluidos del control de jornada, es decir, que no cumplen horarios.
En dicho texto, el servicio entregó entregó lineamientos respecto a lo que debe entenderse como trabajadores trabajadores sin jornaday estableció que, a modo de ejemplo, “la sola circunstancia de prestar servicios fuera del local, establecimientos faena de la empresa, inclusive en otra región del país, no constituye un obstáculo para controlar la asistencia y horas de trabajo de un dependiente”. Este pronunciamiento gatillé que en mayo, ya con la ley en vigencia, la Confederación de la Produccionydel Comercio (CPC), la Cámara Nacional de Comercio (CNC), la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y la Cámara Chilena Chilena de la Construcción (CChC) solicitaran al director del Trabajo, Pablo Zenteno, “reconsiderar” el pronunciamiento. Para los gremios, el dictamen generópreocupaciénenempresas de distintos tubros, tamaños y ubicaciones geográficas, pues pasaría a llevar el derecho a no tenerhorarios específicos que hoy tienen quienes lo han pactado así con su empleador. Lo que dijo el servicio Tras algunos meses de espera, la DT entregó su respuesta a cada gremio empresarial y decliné cambiarlos ejes de su dictamen.
El servicio planteé que, por normativa, ala DT le corresponde corresponde fijar de oficio o a peticién de parte por medio de dictámenes el sentido y alcance de las luyes del trabajo; yla divulgación de los principios técnicos y sociales de la legislacién laboral.
“De esta forma, el pronunciamiento pronunciamiento impugnado emana de una potestad legal expresa que habilita aesteservicioparafijarelcorrecto sentidoy alcance de las leyes del ttabaiovdivulgar sus orincioios” dijo la DT, descartando que haya actuado fuera de sus facultades, En consecuencia, sobre la base de las normas legales citadas, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, formuladas, el otganismo dtjo que “se niega lugar a la solicitud de reconsidetación parcial del Dictamen Dictamen n84/o4 de 06.02.2024, por encontrarse plenamente ajustado a derecho”..