Profesores de derecho explican cómo es el proceso de caducidad de la concesión eléctrica
Profesores de derecho explican cómo es el proceso de caducidad de la concesión eléctrica La decisión la toma el Presidente de la República a través de un decreto supremo Profesores de derecho explican cómo es el proceso de caducidad de la concesión eléctrica Juan MORALES Juan MORALES tro de Energía Diego Pardow le dio un ultimátum a Enel: si no le reponía el servicio a 20 mil hogares en 24 horas, iniciaría el proceso de caducación de la concesión eléctrica.
Cuando dijo estas palabras, había, según la página web de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC (https: //shorturl. at/ a tarde del miércoles, el minisEnel debía reponerle el servicio a 20 mil clientes en 24 clientes en 24 A2SHY) 66.320 clientes sin luz en horas. la Región Metropolitana.
Cuando se escriben estas líneas, la cifra se había reducido a 54.211. ¿Qué pasa en concreto si Enel no se cumple con el ultimátum? ¿ Se queda sin concesión de un día para otro? Nada de eso.
Como dice el profesor de derecho administrativo de la seguiría, sí Universidad Central Camilo Miroseo sí, un nuevic, "éste es un proceso muy comvo recurso plejo y largo". Pero para explicarlo, ante la Cormejor ir por partes. te Suprema. Causales.
El profesor Mirosevic Y Argumendice que la caducidad de la concesión, 3 tos podrían que es la sanción más grave para un á no faltarle. concesionario, está regulada en el. 2 Perfectaartículo 41 de la Ley General de Sermente povicios Eléctricos. "Si la calidad del servicio suministrado no corresponde a las exigencias establecidas en la ley ha incurrido Enel, no solo este año, sino de años anteriores, como lo probarían las múltiples multas que le ha o en las estipuladas en los decretos, que también fijan obligaciones, el Presidente de la República, a través de un decreto supremo, puede decretar caducada la concesión". El gran problema aquí, como agrega Gustavo Alarcón del Pino, también profesor de derecho administrativo, pero de la Universidad Católica, es que la ley no especifica el estándar adecuado. "El gobierno ha fundado su decisión en la gran cantidad de incumplimientos en que Para que termine anticipadamente el contrato debe haber una falta grave en el suministro del servicio. En el camino, Enel puede apelar hasta llegar a la Corte Suprema. cursado la SEC", dice Alarcón. Ultimátum. Con todo, antes de que el Presidente firme el decreto de caducidad, la ley le da una oportunidad a la concesionaria para que repare la infracción en la que está incurriendo. El ultimátum de reponer el suministro a 20 mil hogares en 24 horas es una de estas oportunidades. De cumplirla, la historia no se acaba, porque el ministro Pardow adelantó en Twitter que enseguida exigiría la reposición del servicio a otros 20 mil hogares. Y si no se cumplen estos plazos, iniciaría el proceso de caducidad, que comienza con una "etapa adversarial". Etapa adversarial. En esta fase, como explica el profesor Marinovic, es donde se le formula un cargo al concesionario. "Se le formula un reproche jurídico, que consiste en un hecho y luego en una imputación. Pero aquí el concesionario puede defenderse, contestar a través de una formulación de descargos, y exigir que haya pruebas que demuestren que incumplió con la calidad del servicio estipulada en la ley", dice Marinovic. Apelaciones. Y suponiendo que el Presidente de la República firme el decreto, existen además instancias de apelación.
Marinovic dice que lo más probable es que Enel recurra a la Corte de Apelaciones, un trámite que dura un año a lo menos, a lo que dría aducir, como dice el profesor Alarcón, que el problema eléctrico es multifactorial, entre otras cosas porque, por ejemplo, el encargado del mantenimiento de los árboles en la ciudad (y que son los que terminan derribando los postes de luz) son las municipalidades. Problema práctico. A todo esto se suma un problema práctico insalvable. También suponiendo que se firma el decreto de caducidad, lo que viene después es el llamado a una nueva licitación que dura, a lo menos, un año.
En ese tiempo la SEC debe nombrar un ente que se haga cargo de la operación de distribución eléctrica de manera provisoria. "Y no se ve organismo alguno en estos momentos que sea capaz de hacerlo", dice el profesor Alarcón..