Extender inhabilidades a litigantes y análisis caso a caso son opciones para asegurar imparcialidad de jueces
Extender inhabilidades a litigantes y análisis caso a caso son opciones para asegurar imparcialidad de jueces Varias aristas se han abierto en los casos Audio y WhatsApp.
Una de ellas: la relación entre jueces y abogados, surgió, por ejemplo, en el marco de los testimonios de relatores (que dan cuenta a las salas sobre los procesos judiciales) de la Corte Suprema a la Comisión de Ética sobre posibles comportamientos anómalos de la suspendida ministra del máximo tribunal, Ángela Vivanco, respecto de ocho causas tramitadas entre 2019 y este año en la Tercera Sala, que ella integra. Respecto de otros ministros, como Antonio Ulloa, de la Corte de Apelaciones de Santiago, también se dio el debate por el hecho de que los magistrados no se inhabiliten cuando tienen cercanía con litigantes. Tanto él como uno de los profesionales aludidos, Mario Vargas, han afirmado que para los jueces la figura no aplica frente al abogado que representa a su cliente.
Las menciones a las inhabilidades están en el Código Orgánico de Tribunales (COT) y, sobre ellas, el profesor de Derecho Procesal de la U. de los Andes, Alejandro Romero, señala que, "efectivamente, la interpretación de las causales legales en el proceso civil se aplica solo a las partes en un juicio, esto es, a los que tienen calidad de demandante y al demandado, no al abogado, que no es parte". "Solo en el proceso penal, donde los abogados adquieren la calidad de parte en cuanto se consideran como intervinientes, podría darse una interpretación diferente", plantea.
A su juicio, "el tema es complejo y hay que ser cautos en su regulación, puesto que se podría generar el incentivo de fomentar que los jueces se consideren amigos de muchos abogados y se paralice el sistema de administración de justicia", y añade que aquello "sería delicado" en muchas comunas donde la relación "es más estrecha". Posibles causales para litigantes La vicedecana de pregrado de Derecho de la U.
Diego Portales, Macarena Vargas, cree que podrían "extenderse algunas de esas causales a los abogados litigantes, ya que, al igual que en el caso de los jueces, se trata de relaciones entre personas". Sobre los magistrados, la también procesalista dice que se podrían ampliar algunas causales, "incorporando situaciones de mayor ocurrencia en la sociedad actual, como la pertenencia a una organización religiosa o política, o si el juez ha manifestado comentarios referidos al caso o en casos similares". Romero sostiene que "es necesario confiar en la rectitud de nuestros jueces", pero estima que se deben regular los casos de conflictos de intereses "que se deban relevar y sobre qué conductas no son admisibles, en términos de comprometer la imparcialidad del juzgador". Normas éticas y formación de abogados El profesor de la U. de Chile y experto en ética profesional, Pablo Fuenzalida, dice que la no mención de relaciones de amistad o profesionales puede entenderse como "un vacío desde el punto de vista de la suficiencia de las normas (... ) en cuanto guías de conducta", aunque, agrega, en 2022 la Corte de Concepción señaló que "la imparcialidad modernamente ha de entenderse desde la perceptiva de la comunidad toda, y no solo la jurídica o constriñéndola al exclusivo ámbito de los litigantes de la causa de que se trate". "Haciendo eco de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de DD.HH., recordó que corresponde al juez de la causa brindar elementos convincentes que permitan eliminar temores legítimos o fundadas sospechas de parcialidad", comenta.
Pero, sostiene, dada la pervivencia de resabios "que favorecen lecturas autointeresadas en desmedro del esperado funcionamiento de la judicatura", podría seguirse el modelo del arbitraje comercial internacional, donde "se optó por eliminar listados de inhabilidades por un estándar más omnicomprensivo, relativo a la existencia de `circunstancias que den lugar a dudas justificadas respecto de su imparcialidad o independencia'". También recuerda el Código Iberoamericano de Ética Judicial, incorporado en un acta de la Corte Suprema, cuyos estándares de imparcialidad señalan que debe mantener en todo el proceso "una equivalente distancia con las partes y con sus abogados", y que no deben existir reuniones que puedan considerarse "injustificadas". Vargas recuerda que "se trata principalmente de un problema de cultura legal, que debería llevarnos a reflexionar sobre la formación de los futuros abogados, un ámbito en el que las facultades de Derecho tenemos un rol primordial que cumplir, no solo en la enseñanza de normas y procedimientos, sino también de principios éticos que orienten el ejercicio profesional". Expertos abordan si causales son suficientes, y plantean algunas mejoras: Extender inhabilidades a litigantes y análisis caso a caso son opciones para asegurar imparcialidad de jueces Una de las discusiones en el caso de la ministra Vivanco ha sido su cercanía con abogados de causas vistas por su sala. Tanto ministros como litigantes han planteado que este deber se refiere solo a las partes, pero no al defensor. ALEJANDRA ZÚÑIGA `` Debería llevarnos a reflexionar sobre la formación de los futuros abogados, un ámbito en el que las facultades de Derecho tenemos un rol primordial".. ........................................................... MACARENA VARGAS PROFESORA U. DIEGO PORTALES `` Se podría generar el incentivo de fomentar que los jueces se consideren amigos de muchos abogados y se paralice el sistema de administración de justicia".. ............................................................ ALEJANDRO ROMERO PROFESOR U. DE LOS ANDES `` (La Corte de Concepción) recordó que corresponde al juez de la causa brindar elementos convincentes que permitan eliminar temores legítimos o fundadas sospechas de parcialidad".. ................................................................. PABLO FUENZALIDA PROFESOR U. DE CHILE Los expertos advierten contra una excesiva regulación que termine impactando negativamente en los tiempos de la justicia. FELIPE BÁEZ.